Tipo |
Sujeto Obligado |
Folio en BD |
Nombre |
Tipo |
Area responsable |
Medidas Seguridad |
Finalidad |
Trámites Registrados |
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| AY |
| 719 | |
| 30 | |
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| Comisión Estatal de Derechos Humanos |
| 8 | |
| | 2.1.1 | CANALIZACIÓN | Proceso / Trámite | CANALIZACIÓN | | La Dirección de Canalización, Gestión y Quejas orientará a las personas usuarias acerca de la naturaleza de su asunto, y de los procedimientos de atención o medios de defensa de que dispongan, cuando de los hechos que se le presenten no se derive fehacientemente una violación a Derechos Humanos. La Dirección de Canalización, Gestión y Quejas, cuando exista en el ámbito municipal, estatal o federal una instancia u organismo especializado para atender los hechos que se le presenten, canalizará el asunto a la instancia u organismo competente. Para lograr lo señalado en el párrafo anterior, se aplicará el Principio de Inmediatez y se recibirá la información que presente la persona usuaria para integrar un expediente y, consecuentemente, se enviará todo lo actuado a la instancia u organismo competente. | | |
| | 2.1.2 | CAPACITACIÓN | Proceso / Trámite | CAPACITACIÓN | | La Dirección de Educación y Capacitación tiene por encargo la promoción de la cultura de los Derechos Humanos, y cuenta con las siguientes facultades y obligaciones: I. Promover la cultura de Derechos Humanos, tanto entre los servidores públicos del Estado, como en la sociedad civil; II. Coordinar las tareas de educación de la Comisión; III. Implementar programas y proyectos de capacitación; IV. Estar a cargo de los programas y proyectos de publicación de la Comisión, incluyendo los electrónicos, y
V. Realizar las tareas de difusión de la Comisión en todos los medios de comunicación. | | |
| | 2.1.3 | CONTRATACIÓN DEL PERSONAL | Laboral | CONTRATACIÓN DEL PERSONAL | | La Dirección de Administración, siguiendo los lineamientos de la Presidencia, estará a cargo del manejo de los recursos humanos, materiales y financieros de la Comisión, así como de la presentación de los estados financieros mensuales. La Dirección de Administración, siguiendo los lineamientos de la Presidencia, estará a cargo del manejo de los recursos humanos, materiales y financieros de la Comisión, así como de la presentación de los estados financieros mensuales. | | |
| | 2.1.4 | EXPEDIENTE DE GESTIÓN | Proceso / Trámite | EXPEDIENTE DE GESTIÓN | | La Comisión aplicará el Principio de Transparencia siguiendo lineamientos específicos para cada tipo de sujeto en los procedimientos que tiene encargados. Para ello, se atenderá a los siguientes lineamientos generales: I. Los datos personales o íntimos que aporte la víctima de la violación a Derechos Humanos, el peticionario o el quejoso, no se darán a conocer a la autoridad señalada como responsable, salvo cuando ello sea indispensable para: a) El esclarecimiento cabal de los hechos. b) La identificación del servidor público responsable. c) La identificación plena de la víctima. d) El conocimiento de la verdad por parte de la Comisión; | | |
| | 2.1.5 | EXPEDIENTE DE QUEJA | Proceso / Trámite | EXPEDIENTE DE QUEJA | | Los datos personales o íntimos que aporte la víctima de la violación a Derechos Humanos, el peticionario o el quejoso, no se darán a conocer a la autoridad señalada como responsable, salvo cuando ello sea indispensable para: a) El esclarecimiento cabal de los hechos. b) La identificación del servidor público responsable. c) La identificación plena de la víctima. d) El conocimiento de la verdad por parte de la Comisión; | | |
| | 2.1.6 | ORIENTACIÓN | Proceso / Trámite | ORIENTACIÓN | | Orientará a las personas usuarias acerca de la naturaleza de su asunto, y de los procedimientos de atención o medios de defensa de que dispongan, cuando de los hechos que se le presenten no se derive fehacientemente una violación a Derechos Humanos. | | |
| | 2.1.7 | PESQUISA | Proceso / Trámite | PESQUISA | | Coadyuvar con la localización de personas desaparecidas. | | |
| | 2.1.8 | SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA | Proceso / Trámite | SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA | | Dar trámite a las solicitudes de acceso a la información. | | |
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| Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí |
| 6 | |
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| Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana |
| 8 | |
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| Tribunal Contencioso Administrativo del Estado. |
| 3 | |
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| Universidad Autónoma de San Luis Potosí |
| 5 | |
| 116 | |
| PE |
| 560 | |
| 13 | |
| PL |
| 10 | |
| 11 | |
| SN |
| 3 | |
| 1462 | |