Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí
Sujeto Obligadocedh slp
Comisión Estatal de Derechos Humanos

Trámites y servicios registrados acorde a la LTAIPSLP por sujeto obligado.


* Campos obligatorios
Nombre de Trámite*Expediente de Gestión

Tipo*Proceso / Trámite

Responsable*

Nombre*Comisión Estatal de Derechos Humanos


Area Administrativa* Dirección de Canalización, Gestión y Quejas

En caso de realizar una posible transferencia en el presente trámite, servicio y/o procedimiento con alguna persona física o jurídica, pública o privada, ajena a la organización del responsable, llenar la siguiente infomación.

Encargado *

Fundamento y finalidadArtículo 74 fracción II, IV y V de la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.

La Comisión, a través de la Dirección de Canalización Gestión y Quejas, bajo la aplicación del Principio de Inmediatez, desde el momento en que se reciba quejas o denuncias de hechos violatorios de Derechos Humanos, hará contacto inmediato con la autoridad señalada como presunta responsable, con el fin de:

I. Conseguir una primera versión de la autoridad respecto de los hechos;

II. Detener de inmediato los actos violatorios;

III. Intentar, cuando proceda, una conciliación entre los intereses de la persona víctima, quejosa o peticionaria, y la autoridad involucrada, cumpliendo con los requisitos estipulados en el artículo 115 de esta Ley;

IV. Establecer con toda claridad las causas por las que la autoridad está actuando como se ha denunciado;

V. Para lograr lo establecido en las fracciones anteriores, la persona titular de la Dirección de Canalización, Gestión y Quejas se considerará Visitador General, contando con todas las facultades y atribuciones inherentes a dicho cargo;

VI. La Dirección de Canalización, Gestión y Quejas abrirá expediente de gestión, una vez comprobados los hechos, si del primer contacto con la autoridad se ha logrado o se considera viable lograr con prontitud que se detengan los hechos violatorios de Derechos Humanos, y

VII. De lograrse una solución satisfactoria para la persona víctima, quejosa o peticionaria, o el allanamiento de la o las persona responsables de los hechos violatorios, se hará constar así y se ordenará el cierre del expediente y su archivo; sin embargo, la Comisión emitirá una advertencia a la autoridad responsable, en la que brevemente se explicará por qué el acto denunciado era violatorio de Derechos Humanos, sugiriendo medidas mínimas para evitar en lo futuro casos similares.

Instrumento legal ,Contrato y/o convenio, archivo.
Ver al final del formato, máximo 1.8Mb * ( documento disponible en la parte inferior ) *





Medidas de seguridad


Manejo de los Datos Personales por parte
de los responsables.
Actividades interrelacionadas
Documento de seguridad






Estructura del Trámite / Servicio / Programa



IdentificaciónsiIdeológicossi

LaboralessiSalud

PatrimonialesPersonalessi

AcademicosSexualsi

MigratoriossiFísicossi

Otro


Fundamento para solicitarlos *

Artículo 22 de la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.

Finalidad de la recolección *

La Comisión aplicará el Principio de Transparencia siguiendo lineamientos específicos para cada tipo de sujeto en los procedimientos que tiene encargados. Para ello, se atenderá a los siguientes lineamientos generales:

I. Los datos personales o íntimos que aporte la víctima de la violación a Derechos Humanos, el peticionario o el quejoso, no se darán a conocer a la autoridad señalada como responsable, salvo cuando ello sea indispensable para:

a) El esclarecimiento cabal de los hechos.

b) La identificación del servidor público responsable.

c) La identificación plena de la víctima.

d) El conocimiento de la verdad por parte de la Comisión;



Nombre del area administrativaN/A

Fundamento y finalidadN/A

En caso de contar con una normativa con la cual se faculta dicha actividad poner la liga.

http:// N/A



Catálogo de datos personales

Identificación


NombresiRFC

DomiciliosiCURP

TeléfonosiCartilla Militar

CelularsiLugar de nacimientosi

Estado civilsiNacionalidadsi

FirmasiEdadsi

Firma ElectrónicaDependientes si

Fecha de nacimientosi

Laborales


Reclutamiento y selecciónPuesto

NombramientoTrabajosi

CapacitaciónCorreo electrónicosi

ExtracurricularesReferencias laborales

Referencias personales


Patrimoniales


Bienes mebles e inmueblesSeguros

Información fiscalAfores

Historial crediticioFianzas

Ingresos y egresosServicios contratados

Cuentas bancariasReferencias personales


Procedimientos administrativos seguidos en forma de juicios y/o jurisdiccionales


Resoluciones judiciales o administrativas


Datos academicos


Trayectoria educativaCertificados

Títulos profesionalesReconocimientos

Cédula profesional


Datos de movimientos migratorios


Tránsito de las personassiInformación migratoriasi


Datos ideológicos


Creencia religiosaAfiliación política

IdeologíaPertenencia a organizaciones de la sociedad civil y/o religiosassi


Datos de salud


Estado de saludEnfermedades

Historial clínicoInformación psicológicasi

AlergiasAparatos ortopedicos



Datos de caracteísticas

Personales
Físicos

Tipo de sangreColor de piel

ADNColor de iris

Huella digitalsiColor de cabello

OtrosSeñas particulares

Estatura

Peso

Complexión

Discapacidadessi


Datos de vida

Sexual
Origen

Preferencia sexualsiEtnicosi

Hábitos sexualesRacial





Hipervínculos a los avisos de privacidad

Documentos registrados
Acceso directo:
Ley_de_la_Comisión_Estatal_de_Derechos_Humanos_15_Dic_2016.pdf






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