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Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí n | |
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Sujeto Obligado | | sectur slp |
| | Secretería de Turismo | | | |
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Periodo | |
01 Enero | | 2017 |
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Obligación | | El número total de las plazas y del personal de base y confianza, especificando el total de las vacantes, por nivel de puesto, para cada unidad administrativa |
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Obligación específica. | | | | | |
| | Las contrataciones de servicios profesionales por honorarios, señalando los nombres de los prestadores de servicios, los servicios contratados, el monto de los honorarios y el periodo de contratación. |
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A ) Artículo | | 84 | | | |
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B ) Fracción | | XVI | | | |
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C ) Inciso | | | | | |
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Hipervínculo |
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| | Para Consultar el documento | | | |
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Acceso directo: LTAIPSLPA84FXVI CONTRATO HONORARIO PROFESIONALES ADMINISTRACION CENTRAL.pdf |
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Hipervinculo | | | | | |
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip.nsf/nombre_de_la_vista/07237DB30D5CF8988625813A0051414E/$File/LTAIPSLPA84FXVI+CONTRATO+HONORARIO+PROFESIONALES+ADMINISTRACION+CENTRAL.pdf |
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ADMINISTRACION CENTRAL
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES que celebran
por una parte, el Poder Ejecutivo del Estado de San Luis Potosí por conducto de la
Oficialía Mayor, en lo sucesivo “LA OFICIALÍA”, representado en este acto por EL
C. ______________________________,en su carácter de Oficial Mayor, así como
por ___________________________, en lo sucesivo "LA DEPENDENCIA",
representada por el (la) C. ___________________________ en su carácter de
_____________________; y por otra parte El C. _______________________ a
quien en lo sucesivo se le denominará “EL PRESTADOR” de conformidad con las
declaraciones y cláusulas siguientes: DECLARACIONES
1. Declara "LA OFICIALÍA" que forma parte de la Administración Pública
Centralizada del Gobierno del Estado de San Luis Potosí, de acuerdo a lo previsto
en la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal, vigente a la fecha de
celebración del presente instrumento. 2. Es facultad de "LA OFICIALÍA", proponer e instrumentar la política de prestación
de servicios en general, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, así
como promover oportunamente aquellos servicios que se requieran para el
funcionamiento de la Administración Pública Estatal, contratándolos con apego a la
normatividad aplicable, atribuciones que se encuentran previstas en la citada Ley
Orgánica. 3. "LA OFICIALÍA" asistida por "LA DEPENDENCIA" solicitante, proceden a la
contratación de "EL PRESTADOR". 4. Que las erogaciones que se deriven del presente contrato, serán con cargo a la
partida presupuestal número _________________________. 5. Para los efectos del presente contrato, "LA OFICIALÍA" señala como domicilio
legal el ubicado en la calle de ________________________________DE LA
CIUDAD DE SAN LUIS POTOSI, y "LA DEPENDENCIA" en __________ Por su parte "EL PRESTADOR" declara lo siguiente: 1. Ser de nacionalidad ____________, mayor de edad, con domicilio en la calle de
__________________________________________, código postal _____, que su
Registro Federal de Contribuyentes es _________________. 2. Que cuenta con experiencia suficiente para prestar los servicios que se le
contratan. 3. Que tiene capacidad jurídica para contratarse por lo que desde este momento
se obliga en los términos del presente contrato. Expuesto lo anterior las partes son conformes en sujetase y obligarse en la forma y
términos que se establecen en las siguientes: CLAUSULAS
PRIMERA: "LA DEPENDENCIA" requiere de "EL PRESTADOR" proporcione los
servicios profesionales de su competencia, obligándose este a otorgarlos de
manera eficiente, sin que esto signifique de ninguna forma un vínculo laboral, por
la naturaleza del presente contrato, mismo que se rige bajo el régimen fiscal de
honorarios profesionales en los términos de lo dispuesto en la Ley del Impuesto
sobre la Renta y del Código Civil del Estado de San Luis Potosí en lo que se
refiere a la prestación de servicios profesionales. SEGUNDA: "LA DEPENDENCIA" pagará al prestador la cantidad mensual de
$___________ M.N., que incluye IVA, menos las retenciones que establece la Ley
de la materia, dicha cantidad ha sido fijada de común acuerdo por las partes que
intervienen en este contrato, el pago de los honorarios profesionales se efectuará
al prestador por conducto de la Secretaría de Finanzas, contra entrega y firma de
los recibos que reúnan los requisitos fiscales y legales exigidos por las leyes y
demás ordenamientos administrativos en materia fiscal, estos honorarios se
pagarán en moneda nacional y compensarán al prestador por la totalidad de los
servicios prestados, además de cualquier accesorio que utilice para tal fin como: materiales, organización, dirección técnica propia, administración, obligaciones que
"EL PRESTADOR" adquiera con terceros y todos los demás gastos que se
originen como consecuencia del presente instrumento, así como su utilidad, por lo
que el prestador no podrá exigir mayor pago por ningún otro concepto. TERCERA. "LA DEPENDENCIA" podrá asignar vehículo y el mobiliario necesario,
para el cumplimiento de los servicios contratados, debiendo "EL PRESTADOR"
firmar el o los resguardos correspondientes de los bienes que se haya convenido
dotarle, haciéndose completamente responsable del uso y resguardo de los
mismos, y que deberá entregar en el momento que sean requeridos o al término
del contrato. CUARTA. En virtud de la temporalidad de la necesidad de los servicios que se
contratan, es pacto expreso entre las partes que el presente contrato tenga una
vigencia improrrogable del ___________, AL ____________ DEL AÑO ____,
quedando sujeta en todo caso a la disponibilidad presupuestal correspondiente,
motivo por el cual al término de la vigencia pactada en la presente cláusula, "EL
PRESTADOR" se obliga a dejar de prestar los servicios contratados. QUINTA. "EL PRESTADOR" se obliga a cumplir con todos y cada uno de los
puntos acordados así como con las especificaciones que requiere el servicio
profesional contratado, por lo que en caso de incumplimiento será responsable de
los daños y perjuicios que cause a "LA DEPENDENCIA"; y en consecuencia es
pacto expreso entre las partes que "LA DEPENDENCIA" esta facultada para
verificar el cumplimiento de la prestación de los servicios objeto de este contrato. SEXTA. "EL PRESTADOR" se obliga a no divulgar por medio de publicaciones,
informes, conferencias o en cualquier otra forma, los datos y resultados obtenidos
por los servicios objeto de este contrato sin la autorización expresa por "LA
DEPENDENCIA". SÉPTIMA. Es pacto expreso entre las partes que "LA OFICIALÍA" o "LA
DEPENDENCIA", podrán rescindir el presente contrato de prestación de servicios
profesionales, sin necesidad de declaración judicial, con el solo requisito de
comunicar su decisión por escrito a "EL PRESTADOR" en los siguientes casos: A. Si "EL PRESTADOR" no ejecuta los servicios de acuerdo a todos y cada uno de
los puntos y especificaciones acordadas, sujetándose a la mas estricta reserva en
cuanto a las informaciones que haya recibido. B. Si "EL PRESTADOR" suspende injustificadamente la ejecución de los servicios
a que se obliga, por mas de tres días continuos o discontinuos en un periodo de 30
días naturales. C. Si "EL PRESTADOR" no ejecuta fiel y eficientemente los servicios que "LA
DEPENDENCIA" le ha contratado. D. Si "EL PRESTADOR" no entrega o ejecuta los servicios objeto de este contrato
en el plazo establecido. E. Si "EL PRESTADOR" no otorga las facilidades necesarias a "LA
DEPENDENCIA" para la verificación en la ejecución y calidad de sus servicios. F. Si "EL PRESTADOR" cede, traspasa o subcontrata la totalidad o parte de los
servicios contratados, sin consentimiento por escrito de "LA DEPENDENCIA". G. Si "EL PRESTADOR" incurre en faltas de probidad u honradez o en actos de
violencia, amagos, injurias o maltrato contra el personal que labora en "LA
DEPENDENCIA" o persona indistinta, durante la prestación del servicio. H. Si "EL PRESTADOR" desempeña los servicios contratados en estado de
ebriedad o bajo los efectos de alguna droga o enervante. OCTAVA. Las partes son conforme en que el presente contrato se podrá dar por
terminado anticipadamente, por voluntad de alguna de las partes, por lo que en
este caso deberá mediar aviso por escrito a la otra parte con 10 (diez) días de
antelación a la fecha en que se desea finiquitar el presente contrato, será también
causa de terminación anticipada, sin necesidad de declaración judicial la
enfermedad prolongada o permanente, incapacidad o muerte de "EL
PRESTADOR". NOVENA. Este contrato constituye el acuerdo completo entre las partes en
relación con el objeto del mismo y deja sin efecto cualquier otra negociación,
obligación o comunicación entre estas, ya sea oral o escrita con anterioridad a esta
fecha, sin embargo, la liquidación parcial o total de los servicios no significará la
aceptación de los mismos, por lo tanto "LA DEPENDENCIA" se reserva
expresamente el derecho de reclamar los servicios faltantes o mal ejecutados, o
por pago de lo indebido. DÉCIMA. Las partes, en alcance de lo anterior convienen que llegado el caso de
que surgieran discrepancias entre lo establecido en las cláusulas del presente
contrato y el contenido de los documentos que se relacionen con el mismo,
prevalecerá lo asentado en el clausulado de este contrato, en este sentido, es
pacto expreso de las partes, que este contrato no da pauta u origen a relación
laboral alguna entre "LA OFICIALIA", "LA DEPENDENCIA" y "EL PRESTADOR"
dada la naturaleza del contrato, y que en su celebración no ha habido error, dolo,
lesión ni vicio alguno del consentimiento, que pudiese motivar la nulidad ya sea
absoluta o relativa del presente contrato. DÉCIMA PRIMERA. Las partes se obligan a sujetarse estrictamente para el
cumplimiento del presente contrato, a todas y cada una de las cláusulas del
mismo, así como a los términos, lineamientos, procedimientos y requisitos que
establecen el Código Civil, el Código de Procedimientos Civiles vigente en el
Estado de San Luis Potosí y el Código de Comercio, por ser este contrato de
servicios profesionales, en lo que le sean aplicables dichas disposiciones. DÉCIMA SEGUNDA. Para la interpretación y cumplimiento de este contrato, así
como para todo aquello que no este expresamente estipulado en el mismo, las
partes se someten expresamente a la jurisdicción de los tribunales civiles
competentes de la ciudad de San Luis Potosí, S.L.P. por lo tanto el prestador
renuncia al fuero que por razón de su domicilio presente o futuro pudiera
corresponderle. Leído que fue el presente instrumento y enteradas las partes de su valor y
consecuencias legales, lo firman en la ciudad de San Luis Potosí, S. L. P. el día __
DEL MES DE ____________ DEL AÑO __________________. POR "LA OFICIALÍA": POR "LA DEPENDENCIA": C. ____________________________ C. OFICIAL MAYOR TITULAR DE _______________________
POR “ EL PRESTADOR ” C. TESTIGOS: C. ______________________________ C. |
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Criterios adjetivos de actualización, de formato y de confiabilidad | | | |
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Fecha de validación | | 07/09/2017 | | | |
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Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) información respectiva y son responsables de publicar y actualizar la información | | Dirección Administrativa | |
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Fecha de actualización | | 09/06/2017 | | | |
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| | | Carátula de captura |
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