Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí n

Sujeto Obligadoase slp
Auditoria Superior del Estado de San Luis Potosí

Periodo
01 Enero2017

ObligaciónLos sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan

Obligación específica.
El marco normativo aplicable al sujeto obligado, en el que deberá incluirse leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios, políticas, entre otros

A ) Artículo84

B ) FracciónII

C ) Inciso


Hipervínculo

Para Consultar el documento
Acceso directo:
Reforma LEY OBRAS PUB. Y SERV. RELACIONADOS CON LAS MISMMAS PARA EL EDO. 07-04-2016.pdf

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip.nsf/nombre_de_la_vista/2EB81534E0454D818625810C006280A2/$File/Reforma+LEY+OBRAS+PUB.+Y+SERV.+RELACIONADOS+CON+LAS+MISMMAS+PARA+EL+EDO.+07-04-2016.pdf




Visor de Datos abiertosDatos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08


AÑO XCIX, TOMO II
SAN LUIS POTOSI, S.L.P. JUEVES 07 DE ABRIL DE 2016
EXTRAORDINARIA
300 EJEMPLARES
02 PAGINAS
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el sólo hecho de publicarse en este Periódico. 2016 “Año de Rafael Nieto Compeán, promotor del sufragio femenino y la autonomía universitaria”
INDICE
Poder Legislativo del Estado
Decreto 0193.- Se Reforma el párrafo segundo del artículo 157, de la Ley de
Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Estado de San Luis
Potosí. Responsable: SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
Director: OSCAR IVAN LEON CALVO
GUERRERO No.865
COL CENTRO CP 78000
SAN LUIS POTOSI, S.L.P. Actual $ 18.26
Atrasado $ 36.52
Otros con base a su costo a criterio
de la Secretaria de Finanzas
2 JUEVES 07 DE ABRIL DE 2016
Poder Legislativo del Estado
Juan Manuel Carreras López, Gobernador Constitucional del
Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, a sus habitantes
sabed: Que el Congreso del Estado ha Decretado lo siguiente: DECRETO 0193
La Sexagésima Primera Legislatura Constitucional del
Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí
Decreta
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Las obras públicas, según la ley local de la materia, son el
“conjunto de acciones, proyectos, construcción y equipamiento
que se realiza con recursos públicos, para mantener y ampliar
la infraestructura de un municipio, en provecho de los
habitantes que residen en su territorio”. A su vez, vicio oculto es un error que bien puede ser intelectual
cuando se presenta el proyecto de obra; o material, derivado
de la forma en que se construyó, o por la utilización de material
de baja calidad, o de características por debajo de las que
técnicamente se necesitan para determinada obra; situaciones que no son percibidas en el momento en que se
recibe ésta, o son descubiertos hasta después de que es
entregada y recibida la obra. Las obras públicas, al ser ejecutadas con recursos producto
de los impuestos de la ciudadanía, deben de garantizar la
calidad de los materiales utilizados, y la durabilidad de las
mismas; en tal virtud, es procedente ampliar el plazo en que
el contratista quedará obligado a responder de los defectos y
de los vicios ocultos en que hubiera incurrido, provocando
con esta acción que aún y cuando los proyectos ejecutivos
puedan o no contemplar materiales que garanticen este lapso
de tiempo, el contratista deberá de cuidar los procesos
constructivos y materiales a utilizar, para lograr la calidad
necesaria en las obras bajo su responsabilidad. ARTÍCULO ÚNICO. Se REFORMA el párrafo segundo del artículo
157, de la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados
con las Mismas del Estado de San Luis Potosí, para quedar
de la siguiente manera
ARTÍCULO 157. Para garantizar durante un plazo de dieciocho meses el
cumplimiento de las obligaciones a que se refiere el párrafo
anterior, previamente a la recepción de los trabajos, el contratista
otorgará fianza por el equivalente al diez por ciento del monto
total ejercido en la obra, y presentará una carta de crédito
irrevocable por el equivalente al cinco por ciento del monto total
ejercido de los trabajos, o bien, aportará recursos líquidos por
una cantidad equivalente al cinco por ciento del mismo monto en
fideicomisos especialmente constituidos para ello. TRANSITORIOS
PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su
publicación en el Periódico Oficial del Estado. SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones legales que
se opongan al presente Decreto. Lo tendrá entendido el Ejecutivo del Estado, lo hará publicar,
circular y obedecer. D A D O en el salón de sesiones “Ponciano Arriaga Leija” del
Honorable Congreso del Estado, el diecisiete de marzo de
dos mil dieciséis. Diputada Presidenta, Josefina Salazar Báez; Diputada Primer
Secretario, J. Guadalupe Torres Sánchez; Diputado Segundo
Secretario José Luis Romero Calzada (Rúbricas). Por tanto mando se cumpla y ejecute el presente Decreto y
que todas las autoridades lo hagan cumplir y guardar y al
efecto se imprima, publique y circule a quienes corresponda. D A D O en el Palacio de Gobierno, sede del Poder Ejecutivo
del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, el veintidos
de marzo del año dos mil dieciseis. El Gobernador Constitucional del Estado
Juan Manuel Carreras López
(Rúbrica)
El Secretario General de Gobierno
Alejandro Leal Tovías
(Rúbrica)


Criterios adjetivos de actualización, de formato y de confiabilidad

Fecha de validación05/24/2017

Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) información respectiva y son responsables de publicar y actualizar la informaciónAuditoría Especial de Legalidad

Fecha de actualización24/04/2017


Carátula de captura

Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidadBD956E8DA5486776862580C1006D5B69Creado el 04/24/2017 11:55:54 AM
Carátula de registro5661CB63553AA2158625810C006221E7Autorase slp
Registro2EB81534E0454D818625810C006280A2Tipo de documento3 Hipervínculo




La CEGAIP, es un organismo público con autonomía presupuestaria, operativa,
de gestión y de decisión, a la que se encomienda el fomento y la difusión del
derecho de acceso a la información púbica.
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