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Periodo de la actualización de la información.12/04/2018

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LISTA DE ACUERDOS DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE SAN LUIS POTOSÍ, SAN LUIS POTOSÍ; FIJADA EN LOS ESTRADOS DE LA MISMA, SIENDO LAS 08:00 OCHO HORAS DEL DÍA 04 CUATRO DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 DOS MIL DIECIOCHO.

CEGAIP-RR-177/2018-3 CONTRA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO. Se tiene por recibido el correo electrónico aludido, por medio del cual el Instituto Nacional de Transparencia, notifica a este Órgano Garante el acuerdo emitido el veintidós de noviembre de dos mil dieciocho, dentro de los autos que integran el expediente RIA 0167/18; interpuesto contra la resolución de doce de septiembre del año en curso, dictada por el Pleno de esta Comisión en el expediente citado al rubro; mismo que corresponde al cierre de instrucción del recurso de inconformidad referido; por tanto, agréguese para efecto de que obre como constancia en el presente asunto. Notifíquese.
CEGAIP-RR-639/2018-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE CIUDAD DEL MAÍZ. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN MODIFICA LA RESPUESTA POR EL SUJETO OBLIGADO Notifíquese.
CEGAIP-RR-642/2018-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE MATEHUALA. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN MODIFICA LA RESPUESTA POR EL SUJETO OBLIGADO Notifíquese.
CEGAIP-RR-657/2018-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE CEDRAL. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN APLICA DE AFIRMATIVA FICTA. Notifíquese.
CEGAIP-RR-714/2018-3 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE MEXQUITIC DE CARMONA, SAN LUIS POTOSÍ. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN APLICA DE AFIRMATIVA FICTA. Notifíquese.
CEGAIP-RR-817/2018-1 CONTRA CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPERENCIA. Visto el contenido del expediente en que se actúa, el suscrito decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, de tal manera que las presentes constancias requieren de un mayor análisis para su estudio. Notifíquese.

CEGAIP-RR-882/2018-3 CONTRA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA (PGR). Se tiene al recurrente por señalando correo electrónico para recibir notificaciones, así como por autorizando a la persona que refiere en el escrito que se acuerda, únicamente para oír y recibir notificaciones en los estrados de esta Comisión. Una vez precisado lo anterior, es menester efectuar de nueva cuenta la notificación del auto de admisión al recurrente, con el fin de respetar el derecho de audiencia que le asiste al mismo. Notifíquese.

CEGAIP-RR-847/2018-1 PNT CONTRA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU ITULAR Y DE SU TIUTULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de la instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-849/2018-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE CERRITOS, S.L.P. Se decreta el cierre de instrucción del expediente en que se actúa, para efecto de que se emita la resolución que en derecho proceda. Notifíquese.

CEGAIP-RR-885/2018-3 CONTRA PODER JUDICIAL DEL ESTADO. Se decreta el cierre de instrucción del expediente en que se actúa, para efecto de que se emita la resolución que en derecho proceda. Notifíquese.

CEGAIP-RR-921/2018-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-921/2018-3, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción IV del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA, Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se decreta la ampliación del término para resolver el asunto que nos ocupa, en virtud de la distancia territorial del sujeto obligado, toda vez que la notificación de la presente determinación se efectuará a través de correo certificado por conducto del Servicio Postal Mexicano, circunstancia que implica un retraso en las notificaciones. Notifíquese.

CEGAIP-RR-924/2018-3 CONTRA PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-924/2018-3, al actualizarse las hipótesis establecidas en las fracciones IV y XII del artículo 167, de la Ley en cita; contra el PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de este Órgano Colegiado, con copia certificada del documento donde se muestran dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Lo anterior, para que este Órgano de Transparencia cuente con los elementos necesarios para pronunciarse al respecto. Notifíquese.

CEGAIP-RR-927/2018-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE AXTLA DE TERRAZAS, S.L.P. Se Admite en tiempo el recurso de revisión RR-927/2018-3, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE AXTLA DE TERRAZAS, S.L.P., Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se decreta la ampliación del término para resolver el asunto que nos ocupa, en virtud de la distancia territorial del sujeto obligado, toda vez que la notificación de la presente determinación se efectuará a través de correo certificado por conducto del Servicio Postal Mexicano, circunstancia que implica un retraso en las notificaciones. Notifíquese.

CEGAIP-RR-930/2018-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE CIUDAD DEL MAÍZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-930/2018-3, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción VI del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE CIUDAD DEL MAÍZ, Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se decreta la ampliación del término para resolver el asunto que nos ocupa, en virtud de la distancia territorial del sujeto obligado, toda vez que la notificación de la presente determinación se efectuará a través de correo certificado por conducto del Servicio Postal Mexicano, circunstancia que implica un retraso en las notificaciones.. Notifíquese.

CEGAIP-RR-946/2018-1 SIGEMI CONTRA MUNICIPIO DE TANCAHUITZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-946/2018-1, interpuesto el 26 de noviembre del año en curso contra la respuesta a la solicitud de información presentada el 27 de octubre del año en curso al MUNICIPIO DE TANCANHUITZ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado a través de su unidad de transparencia, para que rinda ante este órgano garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-946/2018-1 SIGEMI CONTRA MUNICIPIO DE SAN VICENTE TANCUAYALAB POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-949/2018-1, interpuesta el 26 de noviembre del año en curso contra la respuesta a la solicitud de información presentada el 27 de octubre del año en curso MUNICIPIO DE SAN VICENTE TANCUAYALAB POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado a través de su unidad de transparencia, para que rinda ante este órgano garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-952/2018-1 SIGEMI CONTRA MUNICIPIO DE TAMAZUCHALE POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-952/2018-1, interpuesta el 26 de noviembre del año en curso contra la respuesta a la solicitud de información presentada el 27 de octubre del año en curso MUNICIPIO DE TAMAZUCHALE POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado a través de su unidad de transparencia, para que rinda ante este órgano garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-955/2018-1 SIGEMI CONTRA SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-955/2018-1, interpuesta el 26 de noviembre del año en curso contra la respuesta a la solicitud de información presentada el 25 de noviembre del año en curso al SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado a través de su unidad de transparencia, para que rinda ante este órgano garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-958/2018-1 SIGEMI CONTRA MUNICIPIO DE VILLA DE ARISTA POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-958/2018-1, interpuesta el 26 de noviembre del año en curso contra la respuesta a la solicitud de información presentada el 10 de octubre del año en curso al MUNICIPIO DE VILLA DE ARISTA POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA DE TRANSPARENCIA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado a través de su unidad de transparencia, para que rinda ante este órgano garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-961/2018-1 SIGEMI CONTRA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-961/2018-1, interpuesta el 27 de noviembre del año en curso contra la respuesta a la solicitud de información presentada el 09 de noviembre del año en curso al UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA.. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado a través de su unidad de transparencia, para que rinda ante este órgano garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-964/2018-1 SIGEMI CONTRA MUNICIPIO DE COXCATLAN, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-964/2018-1, interpuesta el 26 de noviembre del año en curso contra la respuesta a la solicitud de información presentada el 10 de octubre del año en curso al MUNICIPIO DE COXCATLAN, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA DE TRANSPARENCIA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado a través de su unidad de transparencia, para que rinda ante este órgano garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-967/2018-1 SIGEMI CONTRA MUNICIPIO DE GUADALCAZAR POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-967/2018-1, interpuesta el 28 de noviembre del año en curso contra la respuesta a la solicitud de información presentada el 10 de octubre del año en curso al MUNICIPIO DE GUADALCAZAR POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado a través de su unidad de transparencia, para que rinda ante este órgano garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP SI-032/2018-1 MANUAL. En atención a su solicitud de información interpuesta en esta Comisión el día 20 de noviembre del 2018, y de acuerdo con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí vigente en sus artículos 53 y 54 fracciones II, IV, V, me permito darle seguimiento y trámite al expediente, como lo estipula dicha Ley; estando la información o respuesta a su disposición, en la Unidad de Transparencia de la CEGAIP. Lo anterior, según lo dispuesto en el artículo 59 y 60 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí vigente. Notifíquese.
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EXPEDIENTE 022/2018 CONTRA COORDINACIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL DE GOBIERNO DEL ESTADO. se remite a la Presidencia de este Órgano Garante una impresión del medio de impugnación de que se trata y su anexo, para que de así estimarlo, en términos del artículo 174 fracción I de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado en vigor, en relación con el numeral 31 fracción VII del Reglamento Interior de esta Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública del Estado, proceda al registro y turno del presente medio de defensa como recurso de revisión. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT 1469/2018 Y DEIOT 1470/2018 CONTRA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITEN las denuncias DEIOT-1469/2018 y DEIOT-1470/2018, interpuestas el 28 veintiocho de noviembre de 2018 dos mil dieciocho, en contra del sujeto Obligado Comisión Estatal de Derechos Humanos. Se requiere al Sujeto Obligado por conducto de su Presidente y del Titular de la Unidad de Transparencia, para que rindan el informe pormenorizado acerca de las omisiones que se le imputan en la denuncia de mérito, en términos del punto tercero del presente proveído, con el apercibimiento de ley. Notifíquese

CEGAIP-DEIOT-1471/2018 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia presentada en contra del sujeto Obligado Ayuntamiento de San Luis Potosí, San Luis Potosí. Se requiere al Sujeto Obligado por conducto de su Presidente Municipal y del Titular de la Unidad de Transparencia, para que en términos del punto tercero del presente proveído, rindan el informe pormenorizado acerca de las omisiones que se le imputan en la denuncia de mérito. Notifíquese.

CEGAIP-PISA-035/2016-2 VIPO CONTRA PEDRO ALBERTO TOVAR GARCÍA Y ELIAS HUMBERTO HATTEM MARTÍNEZ, PRESIDENTE Y TITULAR DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN PÚBLICA, AMBOS DEL H. AYUNTAMIENTO DE CÁRDENAS, SAN LUIS POTOSÍ. Se requiere a la Auditoría Superior del Estado a efecto de que haga efectiva la ejecución total de la multa impuesta al C. PEDRO ALBERTO TOVAR GARCÍA $8,731.00 (ocho mil setecientos treinta y un pesos 00/100 M.N.) y del C. ELÍAS HUMBERTO HATTEM MARTÍNEZ por el monto de $1,887.5 (mil ochocientos ochenta y siete pesos 05/100 M.N.), debiendo remitir copia simple del documento que así lo compruebe. Notifíquese


NOTIFICADOR DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ.


LICENCIADO JAVIER PÉREZ LIMON.

Bitácora del formato.
Autor inicial notificaciones cegaip/cegaip
Creado el 12/04/2018 08:13:27 AM
Usuario actual notificaciones cegaip
Accesado el 06/17/2020 04:37:28 AM
Modificado el 12/04/2018 08:13:30 AM
ID: 297A04C6AE0CEABF86258359004E22FE




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