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Periodo de la actualización de la información.06/10/2019

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LISTA DE ACUERDOS DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE SAN LUIS POTOSÍ, SAN LUIS POTOSÍ; FIJADA EN LOS ESTRADOS DE LA MISMA, SIENDO LAS 08:00 OCHO HORAS DEL DÍA 10 DIEZ DEL MES DE JUNIO DEL AÑO 2019 DOS MIL DIECINUEVE.

CEGAIP-RR-139/2018-1 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN A TRAVÉS DE SU TITULAR, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR, POR CONDUCTO DE SU DIRECTOR GENERAL, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, Y DE LA BENEMÉRITA Y CENTENARIA ESCUELA NORMAL DEL ESTADO A TRAVÉS DE SU DIRECTOR GENERAL. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN MODIFICA LA RESPUESTA OTORGADA POR EL ENTE OBLIGADO. Notifíquese.

CEGAIP-RR-538/2018-1 CONTRA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO, A LA DIRECCIÓN GENERAL DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR Y A LA BENEMÉRITA Y CENTENARIA ESCUELA NORMAL DEL ESTADO, LOS PRIMEROS DOS POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se tiene por recibido a los autos 03 tres oficios el primero con numero UT-0889/2019 mientras que los otros dos no cuentan con numero , acompañados de 08 ,11, y 02 anexos signado por Elsa roció González ramos titular de la unidad de transparencia de la secretaria de educación de gobierno del estado y por Manuel Jaramillo portales, titular de la unidad de transparencia del sistema educativo estatal regular, recibidos en la oficialía de partes de este órgano el 03 y 04 de junio 2019. Visto el contenido de los oficios de cuenta se tiene a los sujetos obligados por realizadas las manifestaciones ebn sus oficios presentados el 03 y 04 de junio de 2019. Notifíquese.

CEGAIP-RR-993/2018-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE CIUDAD VALLES. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN MODIFICA LA RESPUESTA OTORGADA POR EL SUJETO OBLIGADO. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1023/2018-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE TAMAZUNCHALE. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN MODIFICA LA RESPUESTA OTORGADA POR EL SUJETO OBLIGADO. Notifíquese.

CEGAIP-RR-048/2019-3 CONTRA OFICIALIA MAYOR. Dese vista al recurrente con la documentación presentada por el ente obligado para que, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente hábil de la notificación del presente acuerdo manifieste lo que a su derecho convenga. Notifíquese.

CEGAIP-RR-135/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00010219 CONTRA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN MODIFICA LA RESPUESTA EMITIDA POR EL SUJETO OBLIGADO. Notifíquese.

CEGAIP-RR-168/2019-3 CONTRA ORGANISMO INTERMUNICIPAL METROPOLITANA DE AGUA POTABLE ALCANTARILLADO, SANEAMIENTO Y SERVICIOS CONEXOS. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN MODIFICA LA RESPUESTA EMITIDA POR EL SUJETO OBLIGADO. Notifíquese.

CEGAIP-RR-192/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00014619 CONTRA CONGRESO DEL ESTADO. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN CONFIRMA LA RESPUESTA EMITIDA POR EL SUJETO OBLIGADO. Notifíquese.

CEGAIP-RR-201/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00015519 CONTRA CONGRESO DEL ESTADO. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN CONFIRMA LA RESPUESTA EMITIDA POR EL SUJETO OBLIGADO. Notifíquese.

CEGAIP-RR-210/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00016319 CONTRA UNIVERSIDAD DE SAN LUIS POTOSÍ. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN MODIFICA LA RESPUESTA EMITIDA POR EL SUJETO OBLIGADO. Notifíquese.

CEGAIP-RR-459/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO PF00004519 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN VICENTE TANCUAYALAB. Se decreta el cierre de instrucción del expediente en que se actúa, para efecto de que se emita la resolución que en derecho proceda. Notifíquese.

CEGAIP-RR-633/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00047319 CONTRA HOSPITAL CENTRAL “DR. IGNACIO MORONES PRIETO”. Se decreta el cierre de instrucción del expediente en que se actúa, para efecto de que se emita la resolución que en derecho proceda. Notifíquese.

CEGAIP-RR-636/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00047619 CONTRA HOSPITAL CENTRAL “DR. IGNACIO MORONES PRIETO”. Se decreta el cierre de instrucción del expediente en que se actúa, para efecto de que se emita la resolución que en derecho proceda. Notifíquese.

CEGAIP RR 670/2019-3 PNT CONTRA UNIDAD DE TRANSPARENCIA MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de la instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-712/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO PF000006719 CONTRA SINDICATO AUTONOMO DEMOCRATICO TRABAJADORES DE GOBIERNO DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de instrucción del expediente en que se actúa, para efecto de que se emita la resolución que en derecho proceda. Notifíquese.
CEGAIP-RR-721/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR00050219 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de la instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-742/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR00052119 CONTRA SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de la instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-745/2019-1 CONTRA LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de la instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-751/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR000052519 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de la instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-753/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00052719 CONTRA AYUNTAMIENTO SAN LUIS POTOSÍ. Se decreta el cierre de instrucción del expediente en que se actúa, para efecto de que se emita la resolución que en derecho proceda. Notifíquese.

CEGAIP-RR-754/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR000052819 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de la instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-763/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR000053519 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de la instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-790/2019-1 CONTRA SECRETARIA DE SEGURIDAD PÚBLICA. Se manda archivar este expediente al archivo de Concentración como asunto totalmente concluido. Notifíquese.

CEGAIP-RR-846/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR000061119 CONTRA PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-846/2019-3, al actualizarse las hipótesis establecidas en las fracciones II y XII del artículo 167, de la Ley en cita; contra el PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de este Órgano Colegiado, con copia del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, con fundamento en el Lineamiento Vigésimo Cuarto de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP , en el término de tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si en la mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Asi mismo se ordena dar vista a la Unidad de Atención de Denuncias de esta Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública, con copia de las constancias que integran el asunto que nos ocupa para que, de considerarlo necesario, inicie la investigación correspondiente en razón de los indicios que presumen la existencia de violaciones a la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-849/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR000061119 CONTRA PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-849/2019-3, al actualizarse las hipótesis establecidas en las fracciones II y XII del artículo 167, de la Ley en cita; contra el PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de este Órgano Colegiado, con copia del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, con fundamento en el Lineamiento Vigésimo Cuarto de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP , en el término de tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si en la mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Asi mismo se ordena dar vista a la Unidad de Atención de Denuncias de esta Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública, con copia de las constancias que integran el asunto que nos ocupa para que, de considerarlo necesario, inicie la investigación correspondiente en razón de los indicios que presumen la existencia de violaciones a la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-852/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR000061719 CONTRA PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-852/2019-3, al actualizarse las hipótesis establecidas en las fracciones II y XII del artículo 167, de la Ley en cita; contra el PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de este Órgano Colegiado, con copia del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, con fundamento en el Lineamiento Vigésimo Cuarto de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP , en el término de tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si en la mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Asi mismo se ordena dar vista a la Unidad de Atención de Denuncias de esta Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública, con copia de las constancias que integran el asunto que nos ocupa para que, de considerarlo necesario, inicie la investigación correspondiente en razón de los indicios que presumen la existencia de violaciones a la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-855/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR000062019 CONTRA PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-855/2019-3, al actualizarse las hipótesis establecidas en las fracciones II y XII del artículo 167, de la Ley en cita; contra el PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de este Órgano Colegiado, con copia del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, con fundamento en el Lineamiento Vigésimo Cuarto de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP , en el término de tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si en la mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Asi mismo se ordena dar vista a la Unidad de Atención de Denuncias de esta Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública, con copia de las constancias que integran el asunto que nos ocupa para que, de considerarlo necesario, inicie la investigación correspondiente en razón de los indicios que presumen la existencia de violaciones a la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-858/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR000062319 CONTRA PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-858/2019-3, al actualizarse las hipótesis establecidas en las fracciones II y XII del artículo 167, de la Ley en cita; contra el PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de este Órgano Colegiado, con copia del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, con fundamento en el Lineamiento Vigésimo Cuarto de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP , en el término de tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si en la mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Asi mismo se ordena dar vista a la Unidad de Atención de Denuncias de esta Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública, con copia de las constancias que integran el asunto que nos ocupa para que, de considerarlo necesario, inicie la investigación correspondiente en razón de los indicios que presumen la existencia de violaciones a la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-861/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR000062619 CONTRA PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-861/2019-3, al actualizarse las hipótesis establecidas en las fracciones II y XII del artículo 167, de la Ley en cita; contra el PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de este Órgano Colegiado, con copia del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, con fundamento en el Lineamiento Vigésimo Cuarto de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP , en el término de tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si en la mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Asi mismo se ordena dar vista a la Unidad de Atención de Denuncias de esta Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública, con copia de las constancias que integran el asunto que nos ocupa para que, de considerarlo necesario, inicie la investigación correspondiente en razón de los indicios que presumen la existencia de violaciones a la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-864/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR000062919 CONTRA PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-864/2019-3, al actualizarse las hipótesis establecidas en las fracciones II y XII del artículo 167, de la Ley en cita; contra el PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de este Órgano Colegiado, con copia del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, con fundamento en el Lineamiento Vigésimo Cuarto de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP , en el término de tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si en la mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Asi mismo se ordena dar vista a la Unidad de Atención de Denuncias de esta Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública, con copia de las constancias que integran el asunto que nos ocupa para que, de considerarlo necesario, inicie la investigación correspondiente en razón de los indicios que presumen la existencia de violaciones a la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-867/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR000063219 CONTRA PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-867/2019-3, al actualizarse las hipótesis establecidas en las fracciones II y XII del artículo 167, de la Ley en cita; contra el PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de este Órgano Colegiado, con copia del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, con fundamento en el Lineamiento Vigésimo Cuarto de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP , en el término de tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si en la mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Asi mismo se ordena dar vista a la Unidad de Atención de Denuncias de esta Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública, con copia de las constancias que integran el asunto que nos ocupa para que, de considerarlo necesario, inicie la investigación correspondiente en razón de los indicios que presumen la existencia de violaciones a la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-870/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR000063519 CONTRA PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-870/2019-3, al actualizarse las hipótesis establecidas en las fracciones II y XII del artículo 167, de la Ley en cita; contra el PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de este Órgano Colegiado, con copia del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, con fundamento en el Lineamiento Vigésimo Cuarto de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP , en el término de tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si en la mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Asi mismo se ordena dar vista a la Unidad de Atención de Denuncias de esta Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública, con copia de las constancias que integran el asunto que nos ocupa para que, de considerarlo necesario, inicie la investigación correspondiente en razón de los indicios que presumen la existencia de violaciones a la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-873/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR000063819 CONTRA PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-873/2019-3, al actualizarse las hipótesis establecidas en las fracciones II y XII del artículo 167, de la Ley en cita; contra el PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de este Órgano Colegiado, con copia del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, con fundamento en el Lineamiento Vigésimo Cuarto de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP , en el término de tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si en la mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Asi mismo se ordena dar vista a la Unidad de Atención de Denuncias de esta Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública, con copia de las constancias que integran el asunto que nos ocupa para que, de considerarlo necesario, inicie la investigación correspondiente en razón de los indicios que presumen la existencia de violaciones a la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-876/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR000064119 CONTRA PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-876/2019-3, al actualizarse las hipótesis establecidas en las fracciones II y XII del artículo 167, de la Ley en cita; contra el PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de este Órgano Colegiado, con copia del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, con fundamento en el Lineamiento Vigésimo Cuarto de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP , en el término de tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si en la mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Asi mismo se ordena dar vista a la Unidad de Atención de Denuncias de esta Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública, con copia de las constancias que integran el asunto que nos ocupa para que, de considerarlo necesario, inicie la investigación correspondiente en razón de los indicios que presumen la existencia de violaciones a la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-877/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO PF00007319 CONTRA SECRETARIA DE EDUCACION DE GOBIERNO DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-877/2019-1, interpuesto el 02 dos de mayo año en curso, contra la respuesta a la solicitud de información con número de folio 00452519 presentada el 04 cuatro de abril de 2019 dos mil diecinueve, al SECRETARIA DE EDUCACION DE GOBIERNO DEL ESTADO, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.
CEGAIP-RR-880/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR00064319 CONTRA HOSPITAL CENTRAL DR. IGNACIO MORONES PRIETO, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-880/2019-1 PLATAFORMA interpuesto el 02 dos de mayo del año en curso, contra la respuesta a la solicitud de información con número de folio 00459019, presentada 06 seis de abril de 2019 dos mil diecinueve al HOSPITAL CENTRAL DR. IGNACIO MORONES PRIETO, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada Notifíquese.

CEGAIP-RR-882/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00064519 CONTRA ORGANISMO INTERMUNICIPAL METROPOLITANO DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO, SANEAMIENTO Y SERVICIOS CONEXOS. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-882/2019-3, al actualizarse las hipótesis establecidas en las fracciones IV y VIII del artículo 167, de la Ley en cita; contra el ORGANISMO INTERMUNICIPAL METROPOLITANO DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO, SANEAMIENTO Y SERVICIOS CONEXOS. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Asi mismo dése vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de este Órgano Colegiado, con copia del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, con fundamento en el Lineamiento Vigésimo Cuarto de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP , en el término de tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si en la misma, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-883/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR00064619 CONTRA ORGANISMO INTERMUNICIPAL METROPOLITANO DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO, SANEAMIENTO Y SERVICIOS CONEXOS (INTERAPAS), por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-883/2019-1 PLATAFORMA interpuesto el 02 dos de mayo del año en curso, contra la respuesta a la solicitud de información con número de folio 00485619, presentada el 11 once de abril de 2019 dos mil diecinueve al ORGANISMO INTERMUNICIPAL METROPOLITANO DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO, SANEAMIENTO Y SERVICIOS CONEXOS (INTERAPAS), por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-885/2019-3 PNT SIGEMI CONTRA AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-885/2019-3, al actualizarse las hipótesis establecidas en las fracciones IV y V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Se decreta la ampliación del término para resolver el asunto que nos ocupa, en virtud de la distancia territorial del sujeto obligado, toda vez que la notificación de la presente determinación se efectuará a través de correo certificado por conducto del Servicio Postal Mexicano, circunstancia que implica un retraso en las notificaciones. Notifíquese.

CEGAIP-RR-886/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR00064819 CONTRA AYUNTAMIENTO DE CIUDAD VALLES, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-886/2019-1 PLATAFORMA interpuesto el 02 dos de mayo del año en curso, contra la respuesta a la solicitud de información con número de folio 00504119, presentada el 17 diecisiete de abril de abril de 2019 dos mil diecinueve al AYUNTAMIENTO DE CIUDAD VALLES, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada se decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, aunado a la distancia que existe entre el domicilio del sujeto obligado y la cede de esta comisión; lo anterior con fundamento en el lineamiento décimo noveno, fracción V de los lineamientos para la recepción, substanciación, resolución y cumplimiento de los recursos de revisión promovidos ante esta comisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-889/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO pf00007519 CONTRA UNION DE ASOCIACIONES DEL PERSONAL ACADEMICO DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-889/2019-1 PLATAFORMA interpuesto el 03 tres de mayo del año en curso, contra la respuesta a la solicitud de información con número de 00456919, presentada el 05 cinco de abril de 2019 dos mil diecinueve a la UNION DE ASOCIACIONES DEL PERSONAL ACADEMICO DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SAN LUIS POTOSI, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-890/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO PF00007819 CONTRA UNION DE ASOCIACIONES DEL PERSONAL ACADEMICO DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-889/2019-1 PLATAFORMA interpuesto el 03 tres de mayo del año en curso, contra la respuesta a la solicitud de información con número de 004557219, presentada el 05 cinco de abril de 2019 dos mil diecinueve a la UNION DE ASOCIACIONES DEL PERSONAL ACADEMICO DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SAN LUIS POTOSI, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-895/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO PF00008119 CONTRA UNION DE ASOCIACIONES DEL PERSONAL ACADEMICO DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-889/2019-1 PLATAFORMA interpuesto el 03 tres de mayo del año en curso, contra la respuesta a la solicitud de información con número de 00459319, presentada el 05 cinco de abril de 2019 dos mil diecinueve a la UNION DE ASOCIACIONES DEL PERSONAL ACADEMICO DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SAN LUIS POTOSI, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-898/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR000065119 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN MARTIN CHALCHICUATLA, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-898/2019-1 PLATAFORMA interpuesto el 03 tres de mayo del año en curso, contra la respuesta a la solicitud de información con número de 00507619, presentada el 20 de abril de 2019 dos mil diecinueve a la AYUNTAMIENTO DE SAN MARTIN CHALCHICUATLA, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA,. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. se decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, aunado a la distancia que existe entre el domicilio del sujeto obligado y la cede de esta comisión; lo anterior con fundamento en el lineamiento décimo noveno, fracción V de los lineamientos para la recepción, substanciación, resolución y cumplimiento de los recursos de revisión promovidos ante esta comisión Notifíquese.

CEGAIP-RR-901/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR000065419 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN MARTIN CHALCHICUATLA, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-901/2019-1 PLATAFORMA interpuesto el 03 tres de mayo del año en curso, contra la respuesta a la solicitud de información con número de 00507919, presentada el 20 de abril de 2019 dos mil diecinueve a la AYUNTAMIENTO DE SAN MARTIN CHALCHICUATLA, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. se decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, aunado a la distancia que existe entre el domicilio del sujeto obligado y la cede de esta comisión; lo anterior con fundamento en el lineamiento décimo noveno, fracción V de los lineamientos para la recepción, substanciación, resolución y cumplimiento de los recursos de revisión promovidos ante esta comisión Notifíquese.

CEGAIP-RR-904/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR000065719 AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-904/2019-1 PLATAFORMA interpuesto el 03 tres de mayo del año en curso, contra la respuesta a la solicitud de información con número folio 00516419, presentada el 22 veintidós de abril de 2019 dos mil diecinueve al AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-907/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR000066019 AUDITORIA SUPERIOR, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-907/2019-1 PLATAFORMA interpuesto el 03 tres de mayo del año en curso, contra la respuesta a la solicitud de información con número folio 00514219, presentada el 22 veintidós de abril de 2019 dos mil diecinueve al AUDITORIA SUPERIOR, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-910/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR000066319 CONTRA AUDITORIA SUPERIOR, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-910/2019-1 PLATAFORMA interpuesto el 03 tres de mayo del año en curso, contra la respuesta a la solicitud de información con número folio 00514619, presentada el 22 veintidós de abril de 2019 dos mil diecinueve al AUDITORIA SUPERIOR, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-916/2019-1 PNT SIGEMI CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-916/2019-1 PLATAFORMA interpuesto el 06 de mayo del año en curso, contra la respuesta a la solicitud de información con número folio 00396119, presentada el 26 de abril de 2019 dos mil diecinueve al AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-919/2019-1 PNT SIGEMI CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-919/2019-1 PLATAFORMA interpuesto el 06 de mayo del año en curso, contra la respuesta a la solicitud de información con número folio 00396619, presentada el 07 de marzo de 2019 dos mil diecinueve al AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-922/2019-1 PNT SIGEMI CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-922/2019-1 PLATAFORMA interpuesto el 06 de mayo del año en curso, contra la respuesta a la solicitud de información con número folio 00396219, presentada el 26 de marzo de 2019 dos mil diecinueve al AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-925/2019-1 PNT SIGEMI CONTRA CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-925/2019-1 PLATAFORMA interpuesto el 06 de mayo del año en curso, contra la respuesta a la solicitud de información con número folio 00477619, presentada el 10 de abril de 2019 dos mil diecinueve al CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-928/2019-1 PNT SIGEMI CONTRA PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-928/2019-1 SIGEMI interpuesto el 06 seis de mayo del año en curso, contra la respuesta a la solicitud de información con número folio 00477519, presentada el 10 diez de abril de 2019 dos mil diecinueve al PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-934/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR000067219 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN MARTIN CHALCHICUATLA, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-934/2019-1 PLATAFORMA interpuesto el 07 de mayo del año en curso, contra la respuesta a la solicitud de información con número de 00508619, presentada el 20 de abril de 2019 dos mil diecinueve a la AYUNTAMIENTO DE SAN MARTIN CHALCHICUATLA, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. se decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, aunado a la distancia que existe entre el domicilio del sujeto obligado y la cede de esta comisión; lo anterior con fundamento en el lineamiento décimo noveno, fracción V de los lineamientos para la recepción, substanciación, resolución y cumplimiento de los recursos de revisión promovidos ante esta comisión Notifíquese.

CEGAIP-RR-937/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR000067519 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN MARTIN CHALCHICUATLA, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-937/2019-1 PLATAFORMA interpuesto el 07 de mayo del año en curso, contra la respuesta a la solicitud de información con número de 00508919, presentada el 20 de abril de 2019 dos mil diecinueve a la AYUNTAMIENTO DE SAN MARTIN CHALCHICUATLA, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. se decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, aunado a la distancia que existe entre el domicilio del sujeto obligado y la cede de esta comisión; lo anterior con fundamento en el lineamiento décimo noveno, fracción V de los lineamientos para la recepción, substanciación, resolución y cumplimiento de los recursos de revisión promovidos ante esta comisión Notifíquese.

CEGAIP-RR-940/2019-1 PNT NUMERO FOLIO RR00067819 CONTRA CENTRO ESTATAL DE TRANSPLANTES, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-940/2019-1 SIGEMI interpuesto el 07 de mayo del año en curso, contra la respuesta a la solicitud de información con número folio 00484619, presentada el 11 de abril de 2019 dos mil diecinueve al CENTRO ESTATAL DE TRANSPLANTES, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-943/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR000068119 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN MARTIN CHALCHICUATLA, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-943/2019-1 PLATAFORMA interpuesto el 07 de mayo del año en curso, contra la respuesta a la solicitud de información con número de 00509419, presentada el 20 de abril de 2019 dos mil diecinueve a la AYUNTAMIENTO DE SAN MARTIN CHALCHICUATLA, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-946/2019-1 PNT SIGEMI CONTRA COMISIÓN ESTATAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. Se previene al recurrente para que, dentro del término de 05 cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la notificación del presente proveído, remita a esta comisión los agravios o motivos de disenso respecto de la respuesta dada por el sujeto obligado. Apercibido que, en caso de no hacerlo, se desechará el recurso de revisión intentado, en cumplimiento al artículo 169 de la Ley de Transparencia vigente en el Estado. Notifíquese por lista y personalmente al recurrente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-949/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR000068619 CONTRA MUNICIPIO DE TIERRA NUEVA, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-949/2019-1 PLATAFORMA interpuesto el 07 siete de mayo del año en curso, contra la respuesta a la solicitud de información con número 00499219, presentada el 16 dieciséis abril de 2019 dos mil diecinueve al MUNICIPIO DE TIERRA NUEVA, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-955/2019-1 PNT SIGEMI CONTRA SINDICATO DE TRABAJADORES AL SERVICIO DEL AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-955/2019-1 SIGEMI interpuesto 09 nueve de mayo del año en curso, contra la respuesta a la solicitud de información con número de 00494519, presentada el 15 quince de abril de 2019 dos mil diecinueve a la SINDICATO DE TRABAJADORES AL SERVICIO DEL AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-958/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR000068619 CONTRA INSTITUTO DE DESARROLLO HUMANO Y SOCIAL DE LOS PUEBLOS INDIGENAS, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-958/2019-1 interpuesto 09 nueve de mayo del año en curso, contra la respuesta a la solicitud de información con número de 00466419, presentada el 09 nueve de abril de 2019 dos mil diecinueve a la INSTITUTO DE DESARROLLO HUMANO Y SOCIAL DE LOS PUEBLOS INDIGENAS, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-961/2019-1 PNT SIGEMI CONTRA SECRETARIA DE ECOLOGIA Y GESTION AMBIENTAL, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-961/2019-1 interpuesto 09 nueve de mayo del año en curso, contra la respuesta a la solicitud de información con número de 00478419, presentada el 10 diez de abril de 2019 dos mil diecinueve a la SECRETARIA DE ECOLOGIA Y GESTION AMBIENTAL, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-967/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR000069319 CONTRA AYUNTAMIENTO DE MATEHUALA, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-967/2019-1 PLATAFORMA interpuesto el 12 doce de mayo del año en curso, contra la respuesta a la solicitud de información con número de folio 00496319, presentada el 16 dieciséis de abril de 2019 dos mil diecinueve al AYUNTAMIENTO DE MATEHUALA, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada Se decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, aunado a la distancia que existe entre el domicilio del sujeto obligado y la cede de esta comisión; lo anterior con fundamento en el lineamiento décimo noveno, fracción V de los lineamientos para la recepción, substanciación, resolución y cumplimiento de los recursos de revisión promovidos ante esta comisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-970/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO PF000091119 CONTRA AYUNTAMIENTO DE CATORCE, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-970/2019-1 PLATAFORMA interpuesto el 13 trece de mayo del año en curso, contra la respuesta a la solicitud de información con número de 00492719, presentada el 15 quince de abril de 2019 dos mil diecinueve al AYUNTAMIENTO DE CATORCE, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada SE decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, aunado a la distancia que existe entre el domicilio del sujeto obligado y la cede de esta comisión; lo anterior con fundamento en el lineamiento décimo noveno, fracción V de los lineamientos para la recepción, substanciación, resolución y cumplimiento de los recursos de revisión promovidos ante esta comisión. Notifíquese.

CEGAIP- DEIOT-011/2018 CONTRA AYUNTAMIENTO DE VILLA DE ARRIAGA SAN LUIS POTOSÍ. Se determina que SUBSISTE EL INCUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN DE 14 DE MARZO DE 2018 DOS MIL DIECIOCHO, dictada en la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia DEIOT-011/2018 del índice de esta Comisión. INFÓRMESE AL PLENO DE ESTA COMISIÓN QUE SUBSISTE EL INCUMPLIMIENTO A LA RESOLUCIÓN DE 14 DE MARZO DE 2018 DICTADA EN LA PRESENTE DENUNCIA, y para el efecto dese vista al órgano colegiado con el presente proveído, a efecto de que valore las consideraciones vertidas en el presente proveído, y en caso de determinarlo procedente, imponga las medidas de apremio o determinaciones que estime y resulten necesarias. Asi mismo, se requiere al Ayuntamiento de Villa de Arriaga, San Luis Potosí, para que dentro del término de 05 cinco días hábiles, otorgue total y debido cumplimiento a la resolución de 14 de marzo de 2018 dos mil dieciocho. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-012/2018 CONTRA AYUNTAMIENTO DE VILLA DE ARRIAGA SAN LUIS POTOSÍ. Se determina que SUBSISTE EL INCUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN DE 21 DE MARZO DE 2018 DOS MIL DIECIOCHO, dictada en la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia DEIOT-012/2018 del índice de esta Comisión. INFÓRMESE AL PLENO DE ESTA COMISIÓN QUE SUBSISTE EL INCUMPLIMIENTO A LA RESOLUCIÓN DE 21 DE MARZO DE 2018 DICTADA EN LA PRESENTE DENUNCIA, y para el efecto dese vista al órgano colegiado con el presente proveído, a efecto de que valore las consideraciones vertidas en el presente proveído, y en caso de determinarlo procedente, imponga las medidas de apremio o determinaciones que estime y resulten necesarias. se requiere al Ayuntamiento de Villa de Arriaga, San Luis Potosí, para que dentro del término de 05 cinco días hábiles, otorgue total y debido cumplimiento a la resolución de 21 de marzo de 2018 dos mil dieciocho. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-114/2019 CONTRA MUNICIPIO DE TIERRA NUEVA, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DEL PRESIDENTE MUNICIPAL Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE la denuncia presentada en contra del sujeto Obligado Municipio de Tierra Nueva, San Luis Potosí, quedando registrada bajo el número DEIOT-114/2019 del índice de la Unidad de Atención a Denuncias. Se requiere al Sujeto Obligado Municipio de Tierra Nueva, San Luis Potosí, por conducto del Presidente Municipal y del Titular de la Unidad de Transparencia, para que en términos del punto tercero del presente proveído, rindan el informe pormenorizado acerca de las omisiones que se le imputan en la denuncia de mérito. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-115/2019 CONTRA UNIVERSIDAD INTERCULTURAL DE SAN LUIS POTOSI. Se DESECHA de plano la presente denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia, remítase a la Titular de la Ponencia 2 de este Órgano Garante, copia simple del escrito con número de registro 006A777A y sus anexos, presentado el 04 cuatro de junio de 2019 dos mil diecinueve, a través del Sistema de Denuncia en Línea que se ubica en la Plataforma Estatal de Transparencia San Luis, recepcionado por esta Comisión el mismo día, para que en ejercicio de sus atribuciones determine lo que estime conducente respecto del mismo. Remítase en su oportunidad el presente expedientillo al Archivo de Concentración de este Órgano Colegiado. Notifíquese.
CEGAIP-DEIOT-116/2019 CONTRA MUNICIPIO DE AHUALULCO SAN LUIS POTOSI. Se DESECHA de plano la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia presentada en contra del Ayuntamiento de Ahualulco, San Luis Potosí. Se Remite en su oportunidad el presente expedientillo al Archivo de Concentración de este Órgano Colegiado. Notifíquese.
CEGAIP-DEIOT-117/2019 CONTRA MUNICIPIO DE AHUALULCO SAN LUIS POTOSI. Se DESECHA de plano la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia presentada en contra del Ayuntamiento de Ahualulco, San Luis Potosí. Se Remite en su oportunidad el presente expedientillo al Archivo de Concentración de este Órgano Colegiado. Notifíquese.


NOTIFICADOR DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ.


LICENCIADO JAVIER PÉREZ LIMON.

Bitácora del formato.
Autor inicial notificaciones cegaip/cegaip
Creado el 06/10/2019 07:22:35 AM
Usuario actual notificaciones cegaip
Accesado el 06/17/2020 04:40:17 AM
Modificado el 06/10/2019 07:22:38 AM
ID: 4644973914EE53088625841500497ABB




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