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Periodo de la actualización de la información.07/16/2019

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LISTA DE ACUERDOS DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE SAN LUIS POTOSÍ, SAN LUIS POTOSÍ; FIJADA EN LOS ESTRADOS DE LA MISMA, SIENDO LAS 08:00 OCHO HORAS DEL DÍA 16 DIECISÉIS DEL MES DE JULIO DEL AÑO 2019 DOS MIL DIECINUEVE.

CEGAIP-RR-893/2018-2 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN, A TRAVÉS DE SU SECRETARIO Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN MODIFICA LA RESPUESTA EMITIDA POR EL SUJETO OBLIGADO. Notifíquese.

CEGAIP-RR-042/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE CIUDAD VALLES. Dese vista el recurrente para que, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente hábil de la notificación del presente acuerdo, manifieste lo que a su derecho convenga. Notifíquese.

CEGAIP-RR-608/2019-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00045119 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE CIUDAD VALLES, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se declara cerrado el periodo de instrucción, en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP RR 695/2019-2 SICOM CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SANTA MARIA DEL RIO, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se declara cerrado el periodo de instrucción, en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-701/2019-2 NÚMERO DE FOLIO RR00049319 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Visto el estado que guardan los presentes autos en términos del artículo 170 fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-701/2019-2 En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Finalmente, y en atención al proveído que antecede, remítase de nueva cuenta para efecto de elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-716/2019-2 PNT NUMERO DE FOLIO pf00007119 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE ÉBANO, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se procede a elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-722/2019-2 NÚMERO DE FOLIO RR00050319 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Visto el estado que guardan los presentes autos en términos del artículo 170 fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-722/2019-2 En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Finalmente, y en atención al proveído que antecede, remítase de nueva cuenta para efecto de elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-725/2019-2 NÚMERO DE FOLIO RR00050619 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Visto el estado que guardan los presentes autos en términos del artículo 170 fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-725/2019-2 En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Finalmente, y en atención al proveído que antecede, remítase de nueva cuenta para efecto de elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-728/2019-2 NÚMERO DE FOLIO RR00050919 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Visto el estado que guardan los presentes autos en términos del artículo 170 fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-728/2019-2 En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Finalmente, y en atención al proveído que antecede, remítase de nueva cuenta para efecto de elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-731/2019-2 NÚMERO DE FOLIO RR00051219 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. . Visto el estado que guardan los presentes autos en términos del artículo 170 fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-731/2019-2 En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Finalmente, y en atención al proveído que antecede, remítase de nueva cuenta para efecto de elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-891/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO PF00064019 CONTRA, UNIÓN DE ASOCIACIONES DEL PERSONAL ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ. Se requiere al Sistema Estatal de Documentación y Archivo para que en el término de tres días hábiles, emita un dictamen en el que señale, de manera fundada y motivada la inclusión de la unión de asociaciones del personal académico de la universidad autónoma de San Luis potosí al padrón del sujetos obligados vigente. De conformidad al artículo 170 fraccion III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí; Se decreta la ampliación del término para resolver el medio de impugnación que nos ocupa. Notifíquese.

CEGAIP-RR-894/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO PF00008019 CONTRA, UNIÓN DE ASOCIACIONES DEL PERSONAL ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ. Se requiere al Sistema Estatal de Documentación y Archivo para que en el término de tres días hábiles, emita un dictamen en el que señale, de manera fundada y motivada la inclusión de la unión de asociaciones del personal académico de la universidad autónoma de San Luis potosí al padrón del sujetos obligados vigente. De conformidad al artículo 170 fraccion III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí; Se decreta la ampliación del término para resolver el medio de impugnación que nos ocupa. Notifíquese.

CEGAIP-RR-897/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO PF00008319 CONTRA, UNIÓN DE ASOCIACIONES DEL PERSONAL ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ. Se requiere al Sistema Estatal de Documentación y Archivo para que en el término de tres días hábiles, emita un dictamen en el que señale, de manera fundada y motivada la inclusión de la unión de asociaciones del personal académico de la universidad autónoma de San Luis potosí al padrón del sujetos obligados vigente. De conformidad al artículo 170 fraccion III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí; Se decreta la ampliación del término para resolver el medio de impugnación que nos ocupa. Notifíquese.

CEGAIP-RR-957/2019-3.- CONTRA INSTITUTO DE DESARROLLO HUMANO Y SOCIAL DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS. Se procede a elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-960/2019-3.- CONTRA INSTITUTO DE DESARROLLO HUMANO Y SOCIAL DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS. Con fundamento en las fracciones V y VII del artículo 174 de la Ley de Transparencia vigente en el Estado, se decreta el cierre de instrucción del expediente en que se actúa, para efecto de que se emita la resolución que en derecho proceda. Notifíquese.

CEGAIP-RR-972/2019-3.- CONTRA SECCRETARIA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO. Con fundamento en las fracciones V y VII del artículo 174 de la Ley de Transparencia vigente en el Estado, se procede al cierre de instrucción del expediente en que se actúa, para efecto de que se emita la resolución que en derecho proceda. Notifíquese.

CEGAIP-RR-978/2019-3.CONTRA OFICIALÍA MAYOR. Con fundamento en las fracciones V y VII del artículo 174 de la Ley de Transparencia vigente en el Estado, se procede al cierre de instrucción del expediente en que se actúa, para efecto de que se emita la resolución que en derecho proceda. Notifíquese.

CEGAIP-RR-981/2019-3.- CONTRA PARTIDO DEL TRABAJO. Con fundamento en las fracciones V y VII del artículo 174 de la Ley de Transparencia vigente en el Estado, se decreta el cierre de instrucción del expediente en que se actúa, para efecto de que se emita la resolución que en derecho proceda. Notifíquese.

CEGAIP-RR-984/2019-3.- CONTRA CONGRESO DEL ESTADO. Con fundamento en las fracciones V y VII del artículo 174 de la Ley de Transparencia vigente en el Estado, se decreta el cierre de instrucción del expediente en que se actúa, para efecto de que se emita la resolución que en derecho proceda. Notifíquese.

CEGAIP-RR-996/2019-3.- CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Con fundamento en las fracciones V y VII del artículo 174 de la Ley de Transparencia vigente en el Estado, se procede al cierre de instrucción del expediente en que se actúa, para efecto de que se emita la resolución que en derecho proceda. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1014/2019-3 CONTRA ORGANISMO INTERMUNICIPAL METROPOLITANO DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO, SANEAMIENTO Y SERVICIOS CONEXOS (INTERAPAS). Con fundamento en las fracciones V y VII del artículo 174 de la Ley de Transparencia vigente en el Estado, se procede al cierre de instrucción del expediente en que se actúa, para efecto de que se emita la resolución que en derecho proceda. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1017/2019-3.- CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Con fundamento en las fracciones V y VII del artículo 174 de la Ley de Transparencia vigente en el Estado, se procede al cierre de instrucción del expediente en que se actúa, para efecto de que se emita el fallo correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1020/2019-3.- CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Con fundamento en las fracciones V y VII del artículo 174 de la Ley de Transparencia vigente en el Estado, se procede al cierre de instrucción del expediente en que se actúa, para efecto de que se emita la resolución que en derecho proceda. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1038/2019-3.- CONTRA CONSEJO ESTATAL ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE SAN LUIS POTOSÍ. Con fundamento en las fracciones V y VII del artículo 174 de la Ley de Transparencia vigente en el Estado, se procede al cierre de instrucción del expediente en que se actúa, para efecto de que se emita la resolución que en derecho proceda. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1281/2019-3.- CONTRA CONGRESO DEL ESTADO. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1281/2019-3, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción IV del artículo 167, de la Ley en cita; contra el CONGRESO DEL ESTADO. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. De conformidad con el numeral Cuarto de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1284/2019-3 CONTRA SECRETARIA DE FINANZAS. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1284/2019-3, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción III del artículo 167, de la Ley en cita; contra la SECRETARÍA DE FINANZAS. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. De conformidad con el numeral Cuarto de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP Notifíquese.

CEGAIP-RR-1302/2019-3 CONTRA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1302/2019-3, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción III del artículo 167, de la Ley en cita; contra la AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. De conformidad con el numeral Cuarto de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1308/2019-3 CONTRA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1308/2019-3, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción IV del artículo 167, de la Ley en cita; contra la SECRETARÍA DE EDUACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; De conformidad con el numeral Cuarto de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP. Por último, téngase por recibido el escrito en alcance de fecha veintiséis de junio de dos mil diecinueve, suscrito por el aquí recurrente, y un anexo que acompaña, mismos que serán tomados en consideración en el momento procesal oportuno. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1311/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1311/2019-3, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción IV del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. De conformidad con el numeral Cuarto de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1314/2019-3 CONTRA SECRETARIA PARTICULAR DEL GOBERNADOR. , Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1314/2019-3, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción III del artículo 167, de la Ley en cita; contra la SECRETARÍA PARTICULAR DEL GOBERNADOR. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. De conformidad con el numeral Cuarto de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1317/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1317/2019-3, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción IV del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. De conformidad con el numeral Cuarto de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1320/2019-3 CONTRA SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES AL SERVICIO DE GOBIERNO DEL ESTADO. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1320/2019-3, al actualizarse las hipótesis establecidas en las fracciones II y XII del artículo 167, de la Ley en cita; contra el SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES AL SERVICIO DE GOBIERNO DEL ESTADO. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. De conformidad con el numeral Cuarto de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1323/2019-3 CONTRA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1323/2019-3, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción IV del artículo 167, de la Ley en cita; contra la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. De conformidad con el numeral Cuarto de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1328/2019-2 PNT NUMERO DE FOLIO PF000083319 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE CIUDAD VALLES, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO DE CIUDAD VALLES, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-1328/2019-2 PLATAFORMA. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado según su artículo 4°, Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. En términos del artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potos, Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-1328/2019-2, en virtud de que en la especie se actualiza la hipótesis establecida la fracción IV, relativa a: “…IV. En razón de la distancia del domicilio para oír y recibir notificaciones de las partes…” (Sic) En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1331/2019-2 PNT SICOM CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRÁVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRÁVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA.se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-1331/2019-2 SICOM. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado según su artículo 4°, se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1332/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00083519 CONTRA COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL DE GOBIERNO DEL ESTADO. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1332/2019-3, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción IV del artículo 167, de la Ley en cita; contra la COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL DE GOBIERNO DEL ESTADO, Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. De conformidad con el numeral Cuarto de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1334/2019-2 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y OBRAS PÚBLICAS A TRAVÉS DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y OBRAS PÚBLICAS A TRAVÉS DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-1334/2019-2 PLATAFORMA. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado según su artículo 4°, se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte de los sujetos obligados y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1335/2019-3 PNT SICOM CONTRA AYUNTAMIENTO DE VILLA DE REYES. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1335/2019-3, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción VI del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE VILLA DE REYES. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Conforme a lo dispuesto por el numeral 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, y en atención al Lineamiento Décimo Noveno fracción V, de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP, la suscrita decreta la ampliación del término para resolver el asunto que nos ocupa, en virtud de la distancia territorial del sujeto obligado, toda vez que la notificación de la presente determinación se efectuará a través de correo certificado por conducto del Servicio Postal Mexicano, circunstancia que implica un retraso en las notificaciones. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1340/2019-2 PNT SICOM CONTRA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE, A TRÁVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a la COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE, A TRÁVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-1340/2019-2 SICOM. fundamento en lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado según su artículo 4°, póngase a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1343/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00083819 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE CIUDAD VALLES, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO DE CIUDAD VALLES, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-1343/2019-2 PLATAFORMA. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado según su artículo 4°, póngase a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. En términos del artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potos, Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-1343/2019-3, en virtud de que en la especie se actualiza la hipótesis establecida la fracción IV, relativa a: “…IV. En razón de la distancia del domicilio para oír y recibir notificaciones de las partes…” (Sic) En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1346/2019-2 PNT SICOM CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE ECOLOGÍA Y GESTIÓN AMBIENTAL, POR CONDUCTO DE SU TITULAR, A TRÁVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE ECOLOGÍA Y GESTIÓN AMBIENTAL, POR CONDUCTO DE SU TITULAR, A TRÁVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-1346/2019-2 SICOM. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado según su artículo 4°, se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese

CEGAIP-RR-1349/2019-2 PNT SICOM CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE ECOLOGÍA Y GESTIÓN AMBIENTAL, POR CONDUCTO DE SU TITULAR, A TRÁVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE ECOLOGÍA Y GESTIÓN AMBIENTAL, POR CONDUCTO DE SU TITULAR, A TRÁVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-1349/2019-2 SICOM. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado según su artículo 4°, se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1352/2019-2 PNT SICOM CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE ECOLOGÍA Y GESTIÓN AMBIENTAL, POR CONDUCTO DE SU TITULAR, A TRÁVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admítase el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE ECOLOGÍA Y GESTIÓN AMBIENTAL, POR CONDUCTO DE SU TITULAR, A TRÁVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-1352/2019-2 SICOM. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado según su artículo 4°, póngase a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1355/2019-2 PNT SICOM CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE ECOLOGÍA Y GESTIÓN AMBIENTAL, POR CONDUCTO DE SU TITULAR, A TRÁVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admítase el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE ECOLOGÍA Y GESTIÓN AMBIENTAL, POR CONDUCTO DE SU TITULAR, A TRÁVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-1355/2019-2 SICOM. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado según su artículo 4°, póngase a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1358/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00084019 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-1358/2019-2 PLATAFORMA. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado según su artículo 4°, Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1361/2019-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00084319 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se Admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-1361/2019-2 PLATAFORMA. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado según su artículo 4°, póngase a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-PIMA-059/2017 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SANTA CATARINA SAN LUIS POTOSI. Como ha quedado visto, el sujeto obligado en el caso el AYUNTAMIENTO DE SANTA CATARINA por conducto de los servidores públicos citados, han dado cumplimiento a lo ordenado en la resolución del PIMA-059/2017, así como a lo previsto a la fracción II, del lineamiento décimo cuarto de los lineamientos que determinan el trámite interno para la aplicación de medidas de apremio establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí. Consecuentemente y, derivado precisamente de lo anterior, esta Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública determina que la resolución del PIMA-059/2017 en cuanto a lo que toca de la imposición de la medida de apremio que consistió en una amonestación pública a JOEL JIMÉNEZ RENDÓN en aquel entonces como TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA derivado del Recurso de Revisión 96/2017- 3 está cumplida. Notifíquese.

CEGAIP-PIMA- 061/2017 CONTRA AYUNTAMIENTO DE TAMASOPO DE SAN LUIS POTOSÍ. Como ha quedado visto, el sujeto obligado en el caso el AYUNTAMIENTO DE TAMASOPO por conducto de los servidores públicos citados, han dado cumplimiento a lo ordenado en la resolución del PIMA-061/2017, así como a lo previsto a la fracción II, del lineamiento décimo cuarto de los lineamientos que determinan el trámite interno para la aplicación de medidas de apremio establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí. Consecuentemente y, derivado precisamente de lo anterior, esta Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública determina que la resolución del PIMA-061/2017 en cuanto a lo que toca de la imposición de la medida de apremio que consistió en una amonestación pública a NEYHRIN MARILINN SALAS TORRES en aquel entonces como TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA derivado del Recurso de Revisión 135/2017- 3 está cumplida. Notifíquese.

INVESTIGACIÓN PREVIA CEGAIP IP-004/II/2019.CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. SE RESUELVE: SE CONMINA AL RESPONSABLE A REALIZAR UNA CORRECTA Y PUNTUAL DE LOS PRINCIPIOS GENERALES DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, ASI COMO DE LOS DEBERES PREVISTOS EN LA NORMATIVA APLICABLE. Notifíquese.

CEGAIP-SI-019/2019-MANUAL En atención a su solicitud de información interpuesta en esta Comisión el día 01 de julio del 2019, y de acuerdo con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí vigente en sus artículos 53 y 54 fracciones II, IV, V, me permito darle seguimiento y trámite al expediente, como lo estipula dicha Ley; estando la información o respuesta a su disposición, en la Unidad de Transparencia de la CEGAIP. Lo anterior, según lo dispuesto en el artículo 59 y 60 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí vigente. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-1462/2018 CONTRA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI, POR C ONDUCTO DE SU PRESIDENTE Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se tiene por incumplida parcialmente la resolución de 15 quince de enero de 2019 dos mil diecinueve, dictada en la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia DEIOT-1462/2018 del índice de esta Comisión NOTIFÍQUESE EL PRESENTE PROVEÍDO A LA COMISIONADA PRESIDENTE DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA DEL SUJETO OBLIGADO, a efecto de que tenga conocimiento del incumplimiento parcial dado a la resolución emitida en la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia DEIOT-1462/2018, así como para que dentro del término de 05 cinco días hábiles, gire las instrucciones necesarias para el total cumplimiento a la resolución de 15 quince de enero de 2019 dos mil diecinueve, en la inteligencia de que dentro del mismo término deberá remitir a esta Comisión las constancias con las que acredite dicha circunstancia, apercibido legalmente que en caso de no hacerlo se procederá en términos de lo establecido en el artículo 112, vinculado con el artículo 190, fracción I, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, es decir, se aplicará en su contra la Amonestación privada a que hace referencia el numeral último en mención, sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudiera generarse con dicho incumplimiento. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-045/2019 CONTRA AYUNTAMIENTO DE TAMUÍN, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA se remítase la presente denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia DEIOT-045/2019 a la Unidad de Verificaciones de esta Comisión, para que, dentro del término de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente proveído, verifique la publicación de la información que se le instruyó difundir al sujeto obligado en la resolución dictada en el expediente en que se actúa Lo anterior, cerciorándose que dicha información se ajuste a lo establecido por esta ley, es decir, satisfaga los criterios de calidad, veracidad, confiabilidad y oportunidad. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-119/2019.- CONTRA PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACION NACIONAL. Se declara cerrado el período de instrucción y se instruye la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-194/2019 Y SUS ACUMULADOS CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, SAN LUIS POTOSÍ. Se declara cerrado el período de instrucción y se ordena la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-199/2019.- CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se declara cerrado el período de instrucción y se ordena la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-489/2019 Y SU ACUMULADO DEIOT 490/2019 CONTRA AYUNTAMIENTO DE VENADO, SAN LUIS POTOSÍ POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se declara cerrado el período de instrucción y se ordena la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP DEIOT 491/2019 CONTRA MUNICIPIO DE AHUALULCO SAN LUIS POTOSÍ POR CONDUCTO DEL PRESIDENTE MUNICIPAL Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se declara cerrado el período de instrucción y se ordena la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-497/2019 CONTRA AYUNTAMIENTO DE MEXQUITIC DE CARMONA, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DEL PRESIDENTE MUNICIPAL Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se declara cerrado el período de instrucción y se ordena la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.


NOTIFICADOR DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ.


LICENCIADO JAVIER PÉREZ LIMON.

Bitácora del formato.
Autor inicial notificaciones cegaip/cegaip
Creado el 07/16/2019 07:30:25 AM
Usuario actual notificaciones cegaip
Accesado el 06/17/2020 04:40:21 AM
Modificado el 07/16/2019 07:30:28 AM
ID: 4C0697EF9F53262D86258439004A3283




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