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Periodo de la actualización de la información.10/11/2019

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LISTA DE ACUERDOS DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE SAN LUIS POTOSÍ, SAN LUIS POTOSÍ; FIJADA EN LOS ESTRADOS DE LA MISMA, SIENDO LAS 08:00 OCHO HORAS DEL DÍA 11 ONCE DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO 2019 DOS MIL DIECINUEVE.

CEGAIP-RR-123/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00009419 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN CONFIRMA EL PRESENTE RECURSO DE REVISIÓN. Notifíquese.

CEGAIP-RR-339/2019-3 CONTRA NUMERO DE FOLIO RR00026519 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN CONFIRMA EL PRESENTE RECURSO DE REVISIÓN. Notifíquese.

CEGAIP-RR-167/2019-2 CONTRA ORGANISMO INTERMUNICIPAL METROPOLITANO DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO, SANEAMIENTO Y SERVICIOS CONEXOS. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN CONFIRMA EL ACTO IMPUGNADO PRESENTE RECURSO DE REVISIÓN. Notifíquese.

CEGAIP-RR-893/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO PF00007919 CONTRA UNION DE ASOCIACIONES DEL PERSONAL ACADEMICO DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN APLICA LA AFIRMATIVA FICTA Notifíquese.

CEGAIP-RR-896/2019-2 PNT NUMERO DE FOLIO PF00008219 CONTRA UNION DE ASOCIACIONES DEL PERSONAL ACADEMICO DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN APLICA LA AFIRMATIVA FICTA. Notifíquese.

CEGAIP-RR-995/2019-2 SICOM CONTRA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU RECTOR, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN CONFIRMA POR PARTE DEL SUJETÓ OBLIGADO A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1739/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1739/2019-3, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción I del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1742/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1742/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1745/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1745/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1748/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1748/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1751/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1751/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1754/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1754/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1757/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1757/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1760/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1760/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1763/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1763/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1766/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1766/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1769/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1769/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1772/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1772/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1775/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1775/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1778/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1778/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1781/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1781/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1784/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1784/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1787/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1787/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1790/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1790/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1793/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1793/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1796/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1796/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1799/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1799/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1802/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1802/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1805/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1805/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1808/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1808/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1811/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1811/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1814/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE VILLA DE ARRIAGA. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1814/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra AYUNTAMIENTO DE VILLA DE ARRIAGA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Se decreta la ampliación del término para resolver el asunto que nos ocupa, en virtud de la distancia territorial del sujeto obligado, toda vez que la notificación de la presente determinación se efectuará a través de correo certificado por conducto del Servicio Postal Mexicano, circunstancia que implica un retraso en las notificaciones. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1817/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1817/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1820/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1820/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción I del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1823/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1823/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción II del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1826/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1826/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción II del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1829/2019-3 CONTRA INSTITUTO DE DESARROLLO HUMANO Y SOCIAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1829/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción IV del artículo 167, de la Ley en cita; contra el INSTITUTO DE DESARROLLO HUMANO Y SOCIAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1832/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO CIUDAD DEL MAIZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1832/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción VI del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO CIUDAD DEL MAIZ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia.se decreta la ampliación del término para resolver el asunto que nos ocupa, en virtud de la distancia territorial del sujeto obligado, toda vez que la notificación de la presente determinación se efectuará a través de correo certificado por conducto del Servicio Postal Mexicano, circunstancia que implica un retraso en las notificaciones. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1835/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1835/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción II del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1838/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1838/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción II del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1841/2019-3 CONTRA SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y OBRAS PÚBLICAS se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1841/2019-3, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción IV del artículo 167, de la Ley en cita; contra la SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y OBRAS PÚBLICAS Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1844/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1844/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción IV del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1847/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1847/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción IV del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1850/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1850/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción IV del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1856/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1856/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1854/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1854/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1862/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1862/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1865/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1865/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1868/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1868/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción IV del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1871/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1871/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción IV del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1874/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1874/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción IV del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1877/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1877/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1880/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1880/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, dentro del término de tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si en la misma, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1883/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1883/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, dentro del término de tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si en la misma, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1886/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1886/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, dentro del término de tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si en la misma, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1889/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1889/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, dentro del término de tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si en la misma, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1892/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1892/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, dentro del término de tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si en la misma, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1895/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1895/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, dentro del término de tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si en la misma, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1898/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1898/2019-3 en virtud de que, del análisis a las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, dentro del término de tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si en la misma, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-IP-018/X/2019 INVESTIGACION PREVIA CONTR INSTITUTO LASALLE A.C. Y UNIVERSIDAD TANGAMANGA. Se resuelve esta comisión no es competente para conocer y resolver el presente procedimiento en consecuencia, se tiene por concluido este. Notifíquese.

CEGAIP PIMA 045/2019 CONTRA PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRATICO. SE RESUELVE: ESTA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA APLICA A JUAN IGNACIO SEGURA MORQUECHO COMO ENTONCES PRESIDENTE DEL COMITÉ EJECUTIVO ESTATAL DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMÓCRATICA LA MEDIDA DE APREMIO POR LOS FUNDAMENTOS Y LAS RAZONES DESARROLLADAS EN EL CONSIDERANDO TERCERO DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN. Notifíquese.

CEGAIP DEIOT 382/2019 CONTRA SISTEMA DIF MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE VILLA DE LA PAZ, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DELA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE DECLARA FUNDADA LA DENUNCIA POR INCUMPLIMIENTO A LA OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA PRESENTADA EN CONTRA DEL SUJETO OBLIGADO SISTEMA DIF MUNICIPAL DE MUNICIPIO DE VILLA DE LA PAZ SAN LUIS POTOSÍ Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-493/2019 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE PRESIDENTE MUNICIPAL Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE DECLARA FUNDADA LA DENUNCIA POR INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA PRESENTADA EN CONTRA DEL SUJETO OBLIGADO MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ SAN LUIS POTOSÍ. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-508/2019 CONTRA INSTITUTO POTOSINO DEL DEPORTE. SE DECLARA PARCIALMENTE FUNDADA LA DENUNCIA POR INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA PRESENTADA EN CONTRA DEL SUJETO OBLIGADO INSTITUTO POTOSINO DEL DEPORTE Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-512/2019 CONTRA INSTITUTO POTOSINO DEL DEPORTE. SE DECLARA PARCIALMENTE FUNDADA LA DENUNCIA POR INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA PRESENTADA EN CONTRA DEL SUJETO OBLIGADO INSTITUTO POTOSINO DEL DEPORTE Notifíquese.


NOTIFICADOR DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ.


LICENCIADO JAVIER PÉREZ LIMON.

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Creado el 10/11/2019 07:36:25 AM
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Modificado el 10/11/2019 07:36:27 AM
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