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Periodo de la actualización de la información.02/20/2020

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LISTA DE ACUERDOS DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE SAN LUIS POTOSÍ, SAN LUIS POTOSÍ; FIJADA EN LOS ESTRADOS DE LA MISMA, SIENDO LAS 08:00 OCHO HORAS DEL DÍA 20 VEINTE DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO 2020 DOS MIL VEINTE.

CEGAIP-RR-1012/2018-1 PNT CONTRA AYUNTAMIENTO DE MATEHUALA, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se manda archivar este expediente al archivo de concentración como asunto totalmente concluido. Notifíquese.

CEGAIP-RR-139/2018-1 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN A TRAVÉS DE SU TITULAR, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR, POR CONDUCTO DE SU DIRECTOR GENERAL, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, Y DE LA BENEMÉRITA Y CENTENARIA ESCUELA NORMAL DEL ESTADO A TRAVÉS DE SU DIRECTOR GENERAL. Se tiene por recibido y agréguese a los autos correo electrónico, recibidos en la oficialía de partes de esta comisión el 12 doce de febrero del año en curso. Visto el contenido del oficio de cuenta, tiene advierte que consiste en el acuerdo de fecha 31 treinta y uno de enero de 2020 dos mil veinte, relativo al RIA 0122/18, donde informan el cumplimiento a la resolución emitida, así como también, se ordena archivar el asunto como totalmente concluido, por lo que se agrega a autos para que obre como corresponda. Por otro, en virtud del estado procesal que guarda el recurso de revisión en que se actúa y de la revisión de las constancias que lo integran, y, para efecto de dar cumplimiento a la resolución dictada dentro del presente recurso de revisión, esta comisión autoriza al Lic. Pedro Razo Torres para efecto de que se constituya en las instalaciones del SEER el día 05 cinco de marzo del año en curso, a las 10:00 horas, para que observe la puesta a disposición de la información al recurrente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-133/2018-1 CONTRA COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ A TRAVÉS DE SU TITULAR, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se tiene por recibido un oficio número 4330/2020, signado por, Secretaria del Juzgado cuarto de Distrito del Estado, recibidas en oficialía de partes de este órgano garante el 14 catorce de febrero del año en curso, mientras que en esta área administrativa el 17 diecisiete de febrero de 2020 dos mil veinte, por lo que se procede a acordar en los siguientes términos: Visto el contenido del oficio de cuenta, téngase al Juez cuarto de Distrito del Estado de San Luis Potosí, por informado que es infundado el recurso de inconformidad presentado por la denuncia de repetición del acto reclamado, mismo que se agrega para que obre como corresponda. Ahora bien, una vez notificado el presente proveído, devuélvase el recurso de revisión en que se actúa para continuar con el trámite correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-733/2018-1 CONTRA CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se tiene por cumplida la resolución, dictada en el recurso de revisión RR-733/2018-1. Notifíquese.

CEGAIP-RR-328/2018-1 CONTRA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE SU TITULAR, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DEL JEFE DE DEPARTAMENTO DE CONTROL ESCOLAR, DEL DIRECCIÓN DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS, DEL JEFE DE DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN NORMAL Y DEL DIRECTOR DE LA UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL. Se tiene por recibido a los autos un oficio DDP-042/2019 signado por notificador adscrito a esta comisión recibida el 26 de noviembre de 2019. visto el contenido del oficio d cuenta, tiene advierte que consiste en el acuerdo relativo al expediente IP-013/VIII/2018, donde informa que nos cuentan con los elementos suficientes para dar inicio al procedimiento de verificación, por lo que se determina inconducente continuar con al procedimiento, asi como se ordena archivar el expediente como asunto definitivamente concluido, por lo que se agrega a autos para que obre como corresponda. Notifíquese.

CEGAIP-RR-961/2018-1 CONTRA SECRETARÍA DE ECOLOGIA Y GESTION AMBIENTAL. Se manda archivar este expediente al archivo de concentración como asunto totalmente concluido. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2022/2019-1 PNT SIGEMI CONTRA MUNICIPIO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se manda archivar este expediente al archivo de concentración como asunto totalmente concluido. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2025/2019-1 PNT SIGEMI CONTRA MUNICIPIO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se manda archivar este expediente al archivo de concentración como asunto totalmente concluido. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2028/2019-1 PNT SIGEMI CONTRA MUNICIPIO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se manda archivar este expediente al archivo de concentración como asunto totalmente concluido. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2551/2019-2 PNT Y SU ACUMULADO RR-2560/2019-2 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número CEGAIP-RR-2551/2019-2 PNT Y SU ACUMULADO RR-2560/2019- 2 En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Así las cosas, con fundamento en las fracciones V y VII del artículo 174 de la Ley de Transparencia vigente en el Estado, se declara cerrado el periodo de instrucción, en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2742/2019-2 SICOM CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número CEGAIP-RR-2742/2019-2 SICOM. En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2745/2019-2 SICOM CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número CEGAIP-RR-2745/2019-2 En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Así las cosas, con fundamento en las fracciones V y VII del artículo 174 de la Ley de Transparencia vigente en el Estado, se declara cerrado el periodo de instrucción, en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2751/2019-2 SICOM CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número CEGAIP-RR-2751/2019-2 SICOM En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Así las cosas, con fundamento en las fracciones V y VII del artículo 174 de la Ley de Transparencia vigente en el Estado, se declara cerrado el periodo de instrucción, en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2760/2019-2 SICOM CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número CEGAIP-RR-2760/2019-2 SICOM En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Así las cosas, con fundamento en las fracciones V y VII del artículo 174 de la Ley de Transparencia vigente en el Estado, se declara cerrado el periodo de instrucción, en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2853/2019-1 PNT SICOM INSTITUTO MUNICIPAL DE PLANEACION, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-2859/2019-1 PNT SICOM CONTRA SECRETARIA DE EDUCACION DE GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-2952/2019-1 PNT SICOM CONTRA SECRETARIA DE EDUCACION DE GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Visto el contenido del expediente en que se actúa se decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 de la ley de transparencia y acceso a la información pública del estado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-004/2020-1-OP CONTRA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-017/2020-1 OP SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO. Se tiene por recibido a los autos un escrito por recurrente recibido el 12 de febrero en la anualidad en curso. Visto el contenido del escrito de cuenta se advierte que el recurrente señala que debido a un error presento el recurso de revisión contra la Secretaria de Educación del Gobierno del Estado, sin embargo el correcto es la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí. Por otro lado de la lectura de las constancias remitidas por el recurrente al momento de presentar su recurso de revisión, se advierte que en efecto consiste en la inconformidad a la respuesta otorgada por esta comisión. Por lo que en consecuencia se regresa el expediente numero RR-017/2020-1 OP, para efecto de que sea corregido el turno de fecha 13 de febrero del año en curso, esto en virtud que el turno del ya citado expediente corresponde a la Secretaria de Educación de Gobierno del Estado, siendo el correcto es la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí. Notifíquese.

CEGAIP-RR-012/2020-1 PNT SICOM CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR, Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-202/2020-3 PNT SICOM CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-202/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-205/2020-3 PNT SICOM CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-205/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-208/2020-3 PNT SICOM CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-208/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-211/2020-3 PNT SICOM CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-211/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-214/2020-3 PNT SICOM CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-214/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-217/2020-3 PNT SICOM CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-217/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-222/2020-3 PNT SICOM CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-222/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-225/2020-3 PNT SICOM CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-225/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-228/2020-3 PNT SICOM CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-228/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-231/2020-3 PNT SICOM CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-231/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-234/2020-3 PNT SICOM CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-234/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-237/2020-3 PNT SICOM CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-237/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-240/2020-3 PNT SICOM CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-240/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-243/2020-3 PNT SICOM CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-243/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-246/2020-3 PNT SICOM CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-246/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-249/2020-3 PNT SICOM CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-249/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-252/2020-3 PNT SICOM CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-252/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.
CEGAIP-RR-255/2020-3 PNT SICOM CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-255/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-258/2020-3 PNT SICOM CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-258/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-261/2020-3 PNT SICOM CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-261/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-264/2020-3 PNT SICOM CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-264/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-267/2020-3 PNT SICOM CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-267/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-270/2020-3 PNT SICOM CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-270/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-273/2020-3 PNT SICOM CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-273/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-276/2020-3 PNT SICOM CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-276/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-279/2020-3 PNT SICOM CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-279/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-285/2020-3 PNT SICOM CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-285/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-282/2020-3 PNT SICOM CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-282/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-288/2020-3 PNT SICOM CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-288/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-291/2020-3 PNT SICOM CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-291/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-294/2020-3 PNT SICOM CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-294/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-297/2020-3 PNT SICOM CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-297/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-421/2020-1 PNT SICOM CONTRA COMISION ESTATAL DEL AGUA, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-478/2020-1 PNT SICOM CONTRA SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y OBRAS PÚBLICAS (SEDUVOP), POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-487/2020-1 PNT SICOM CONTRA COMISION ESTATAL DEL AGUA, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-510/2020-1 PNT SICOM CONTRA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL Y REGIONAL, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-519/2020-1 PNT SICOM CONTRA AUDITORIA SUPERIOR DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-520/2020-2 PNT SICOM CONTRA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE SU AUDITOR, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se Admite y tramítese el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE SU AUDITOR, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registro el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-520/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-521/2020-1 PNT SICOM CONTRA SECRETARIA DE FINANZAS, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-524/2020-1 PNT SICOM CONTRA PODER JUDICIAL DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCI Se decreta el cierre de instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-525/2020-1 PNT SICOM CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ POR CONDUCTO DE DIRECCION GENERAL DE PENSIONES A TRAVÉS DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite y tramítese el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ POR CONDUCTO DE DIRECCION GENERAL DE PENSIONES A TRAVÉS DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registro el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-525/2020-2 PLATAFORMA. se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-637/2020-2 PNT SICOM CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-637/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-640/2020-2 PNT SICOM CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-640/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-644/2020-2 PNT SICOM CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-644/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-647/2020-2 PNT SICOM CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-647/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-650/2020-2 PNT SICOM CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-650/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-653/2020-2 PNT SICOM CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-653/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-656/2020-2 PNT SICOM CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-656/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-663/2020-2 PNT SICOM CONTRA PARTIDO MOVIMINETO DE REGENERACION NACIONAL, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACION NACIONAL, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-663/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-692/2020-2 PNT SICOM CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-692/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-695/2020-2 PNT SICOM CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-695/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-698/2020-2 PNT SICOM CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-698/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-700/2020-2 PNT SICOM CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-700/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-703/2020-2 PNT SICOM CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-703/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-706/2020-2 PNT SICOM CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-706/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-709/2020-2 PNT SICOM CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-709/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-712/2020-2 PNT SICOM CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-712/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-715/2020-2 PNT SICOM CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-715/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-718/2020-2 PNT SICOM CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-718/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-721/2020-2 PNT SICOM CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-653/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-724/2020-2 PNT SICOM CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-724/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-780/2020-1 PNT SICOM CONTRA MUNICIPIO DE MATEHUALA, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-780/2020-1- PNT interpuesto el 19 de enero del año en curso y siendo turnada el 10 de febrero de enero del 2020, contra la respuesta a la solicitud de información con número 00087620 presentada el 02 de febrero de 2020 al MUNICIPIO DE METEHUALA, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. se decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 de la ley de transparencia y acceso a la información pública del estado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-783/2020-1 PNT SICOM CONTRA SINDICATO DE ACADÉMICOS DEL COLEGIO DE EDUCACIÓN PROFESIONAL TÉCNICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI, SACONALEP, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-783/2020-1-PNT interpuesto el 15 quince de enero del año en curso y siendo turnada a la Ponencia 1, el 11 once de febrero del presente año, contra la respuesta a la solicitud de información con número 00076320 presentada el 07 siete de febrero de 2020 dos mil veinte al SINDICATO DE ACADÉMICOS DEL COLEGIO DE EDUCACIÓN PROFESIONAL TÉCNICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI, SACONALEP, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-786/2020-1 PNT SICOM CONTRA INSTITUTO DE DESARROLLO HUMANO Y SOCIAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-786/2020-1-PNT interpuesto el 13 trece de enero del año en curso y siendo turnada a la Ponencia 1, el 11 once de febrero del presente año, contra la respuesta a la solicitud de información con número 00057720 presentada el 04 cuatro de febrero de 2020 dos mil veinte al INSTITUTO DE DESARROLLO HUMANO Y SOCIAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-791/2020-1 PNT SICOM CONTRA INSTITUTO DE DESARROLLO HUMANO Y SOCIAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-791/2020-1-PNT interpuesto el 13 trece de enero del año en curso y siendo turnada a la Ponencia 1, el 13 de febrero del presente año, contra la respuesta a la solicitud de información con número 00058220 presentada el 04 cuatro de febrero de 2020 dos mil veinte al INSTITUTO DE DESARROLLO HUMANO Y SOCIAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-794/2020-1 PNT SICOM CONTRA INSTITUTO DE DESARROLLO HUMANO Y SOCIAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-794/2020-1-PNT interpuesto el 13 trece de enero del año en curso y siendo turnada a la Ponencia 1, el 13 de febrero del presente año, contra la respuesta a la solicitud de información con número 00058220 presentada el 04 cuatro de febrero de 2020 dos mil veinte al INSTITUTO DE DESARROLLO HUMANO Y SOCIAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-797/2020-1 PNT SICOM CONTRA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-797/2020-1-PNT interpuesto el 14 de enero del año en curso y siendo turnada a la Ponencia 1, el 13 de febrero del presente año, contra la respuesta a la solicitud de información con número 00075520 presentada el 04 cuatro de febrero de 2020 dos mil veinte al COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-800/2020-1 PNT SICOM CONTRA INSTITUTO CATASTRAL Y REGISTRAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-800/2020-1-PNT interpuesto el 09 de enero del año en curso y siendo turnada a la Ponencia 1, el 13 de febrero del presente año, contra la respuesta a la solicitud de información con número 00051220 presentada el 05 de febrero de 2020 dos mil veinte al INSTITUTO CATASTRAL Y REGISTRAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-ES-09/2020. Se tiene por recibido oficio número SIT/UT-002/2020, signado, por Presidente del Comité de Transparencia del Sindicato Independiente de Trabajadores y Trabajadoras de Gobierno del Estado, de fecha 06 de febrero de 2020, recibido en esta Comisión el 06 de febrero de 2020, con un anexo que acompaña. Visto el contenido del oficio y anexo de cuenta fórmese expedientillo y regístrese como Escrito Suelto bajo el número CEGAIP-ES-09/2020, en virtud de que no se encuentra dirigido a algún expediente en específico. Se tiene al compareciente por manifestando que debido a un error involuntario en la plataforma, no fue posible subir la respuesta a una solicitud de información con número de folio 00121620, y anexa la respuesta para cumplir con lo solicitado en tiempo y forma, en consecuencia, dígase al compareciente que con independencia de lo manifestado en el oficio de cuenta, deberá dar cabal cumplimiento a la obligación que como sujeto obligado le impone la vigente Ley de Transparencia, respecto a la emisión de respuesta a las solicitudes de información pública, por lo que el hecho de que haya remitido a esta Comisión la respuesta a la solicitud de información descrita, no lo exime de dar cumplimiento a lo que establece la Ley de Transparencia vigente respecto a la respuesta a las solicitudes de información pública. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-1372/2018 CONTRA AYUNTAMIENTO DE VILLA DE ARISTA SAN LUIS POTOSI. Se remite al Titular de la Unidad de Transparencia del Municipio de Villa de Arista, San Luis Potosí, en vía de notificación, copia simple de la resolución de 22 veintidós de junio de 2018 dos mil dieciocho, emitida en la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia registrada bajo el número DEIOT-1372/2018 y su acumulado, para que por su cuenta la haga llegar al titular del sujeto obligado así como al titular o titulares del área o áreas responsables de la difusión de la información denunciada para el cumplimiento de la misma y la presentación de los informes correspondientes, asi mismo se requiere al Municipio de Villa de Arista, San Luis Potosí, por conducto del Presidente Municipal, del Titular de la Unidad de Transparencia y del Director de Comercio, para que dentro del término de 15 quince días hábiles, , den cumplimiento a la resolución de 22 veintidós de junio de 2018 dos mil dieciocho. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-020/2020 CONTRA SUBDIRECTOR ADMINISTRATIVO DE LA UNIVERSIDAD INTERCULTURAL DE SAN LUIS POTOSI. Se remite la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia DEIOT-020/2020 a la Unidad de Verificaciones de esta Comisión de Transparencia, para que dentro del término de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente proveído, verifique si en la información que la Universidad Intercultural de San Luis Potosí difundió Lo anterior, cerciorándose que dicha información se ajuste a lo establecido por esta ley, es decir, satisfaga los criterios de calidad, veracidad, confiabilidad y oportunidad. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-021/2020 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSI, SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se remite la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia DEIOT-021/2020 a la Unidad de Verificaciones de esta Comisión de Transparencia, para que dentro del término de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente proveído, verifique en la Plataforma Nacional de Transparencia la publicación de la versión pública de las declaraciones de situación patrimonial inicial y de modificación del lacios, actual Presidente Municipal del Municipio de San Luis Potosí, San Luis Potosí. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-024/2019 CONTRA SISTEMA DIF MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE MATEHUALA, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia presentadas en contra del Sistema DIF Municipal del Municipio de Matehuala, San Luis Potosí, Se requiere al Sujeto Obligado, para que, en términos del punto tercero del presente proveído, rindan el informe pormenorizado acerca de las omisiones que se le imputan en la denuncia de mérito, lo anterior, con el apercibimiento de ley. Asi mismo Se instruye a la Unidad de Verificaciones de esta Comisión de Transparencia, para que dentro del término de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente proveído, realice una verificación en la Plataforma Estatal de Transparencia a la información que le corresponde difundir al Sistema DIF Municipal del Municipio de Matehuala, San Luis Potosí. Notifíquese

CEGAIP-DEIOT-025/2020 CONTRA SISTEMA DIF MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE MATEHUALA, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia presentadas en contra del Sistema DIF Municipal del Municipio de Matehuala, San Luis Potosí, Se requiere al Sujeto Obligado, para que, en términos del punto tercero del presente proveído, rindan el informe pormenorizado acerca de las omisiones que se le imputan en la denuncia de mérito, lo anterior, con el apercibimiento de ley. Asi mismo Se instruye a la Unidad de Verificaciones de esta Comisión de Transparencia, para que dentro del término de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente proveído, realice una verificación en la Plataforma Estatal de Transparencia a la información que le corresponde difundir al Sistema DIF Municipal del Municipio de Matehuala, San Luis Potosí. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-026/2020 CONTRA SISTEMA DIF MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE MATEHUALA, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia presentadas en contra del Sistema DIF Municipal del Municipio de Matehuala, San Luis Potosí, Se requiere al Sujeto Obligado, para que, en términos del punto tercero del presente proveído, rindan el informe pormenorizado acerca de las omisiones que se le imputan en la denuncia de mérito, lo anterior, con el apercibimiento de ley. Asi mismo Se instruye a la Unidad de Verificaciones de esta Comisión de Transparencia, para que dentro del término de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente proveído, realice una verificación en la Plataforma Estatal de Transparencia a la información que le corresponde difundir al Sistema DIF Municipal del Municipio de Matehuala, San Luis Potosí. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-027/2020 CONTRA SISTEMA DIF MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE MATEHUALA, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia presentadas en contra del Sistema DIF Municipal del Municipio de Matehuala, San Luis Potosí, Se requiere al Sujeto Obligado, para que, en términos del punto tercero del presente proveído, rindan el informe pormenorizado acerca de las omisiones que se le imputan en la denuncia de mérito, lo anterior, con el apercibimiento de ley. Asi mismo Se instruye a la Unidad de Verificaciones de esta Comisión de Transparencia, para que dentro del término de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente proveído, realice una verificación en la Plataforma Estatal de Transparencia a la información que le corresponde difundir al Sistema DIF Municipal del Municipio de Matehuala, San Luis Potosí. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-028/2020 Y SU ACUMULADO DEIOT 033/2020 CONTRA SISTEMA DIF MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE MATEHUALA, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia presentadas en contra del Sistema DIF Municipal del Municipio de Matehuala, San Luis Potosí, Se requiere al Sujeto Obligado, para que, en términos del punto tercero del presente proveído, rindan el informe pormenorizado acerca de las omisiones que se le imputan en la denuncia de mérito, lo anterior, con el apercibimiento de ley. Asi mismo Se instruye a la Unidad de Verificaciones de esta Comisión de Transparencia, para que dentro del término de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente proveído, realice una verificación en la Plataforma Estatal de Transparencia a la información que le corresponde difundir al Sistema DIF Municipal del Municipio de Matehuala, San Luis Potosí. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-029/2020 CONTRA SISTEMA DIF MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE MATEHUALA, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia presentadas en contra del Sistema DIF Municipal del Municipio de Matehuala, San Luis Potosí, Se requiere al Sujeto Obligado, para que, en términos del punto tercero del presente proveído, rindan el informe pormenorizado acerca de las omisiones que se le imputan en la denuncia de mérito. Asi mismo Se instruye a la Unidad de Verificaciones de esta Comisión de Transparencia, para que dentro del término de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente proveído, realice una verificación en la Plataforma Estatal de Transparencia a la información que le corresponde difundir al Sistema DIF Municipal del Municipio de Matehuala, San Luis Potosí. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-030/2020 CONTRA SISTEMA DIF MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE MATEHUALA, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia presentadas en contra del Sistema DIF Municipal del Municipio de Matehuala, San Luis Potosí, Se requiere al Sujeto Obligado, para que, en términos del punto tercero del presente proveído, rindan el informe pormenorizado acerca de las omisiones que se le imputan en la denuncia de mérito. Asi mismo Se instruye a la Unidad de Verificaciones de esta Comisión de Transparencia, para que dentro del término de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente proveído, realice una verificación en la Plataforma Estatal de Transparencia a la información que le corresponde difundir al Sistema DIF Municipal del Municipio de Matehuala, San Luis Potosí. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-031/2020 CONTRA SISTEMA DIF MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE MATEHUALA, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia presentadas en contra del Sistema DIF Municipal del Municipio de Matehuala, San Luis Potosí, Se requiere al Sujeto Obligado, para que, en términos del punto tercero del presente proveído, rindan el informe pormenorizado acerca de las omisiones que se le imputan en la denuncia de mérito. Asi mismo Se instruye a la Unidad de Verificaciones de esta Comisión de Transparencia, para que dentro del término de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente proveído, realice una verificación en la Plataforma Estatal de Transparencia a la información que le corresponde difundir al Sistema DIF Municipal del Municipio de Matehuala, San Luis Potosí. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-032/2020 CONTRA SISTEMA DIF MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE MATEHUALA, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia presentadas en contra del Sistema DIF Municipal del Municipio de Matehuala, San Luis Potosí, Se requiere al Sujeto Obligado, para que, en términos del punto tercero del presente proveído, rindan el informe pormenorizado acerca de las omisiones que se le imputan en la denuncia de mérito. Asi mismo Se instruye a la Unidad de Verificaciones de esta Comisión de Transparencia, para que dentro del término de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente proveído, realice una verificación en la Plataforma Estatal de Transparencia a la información que le corresponde difundir al Sistema DIF Municipal del Municipio de Matehuala, San Luis Potosí. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-034/2020 CONTRA DIRECCIÓN GENERAL DE PENSIONES, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDADE DE TRANSPARENCIA. Se admite la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia presentadas en contra del Dirección General de Pensiones, por Conducto de su Titular y del Titular de la Unidad de Transparencia. Asi mismo se requiere al sujeto obligado, para que, en términos del punto tercero del presente proveído, rindan el informe pormenorizado acerca de las omisiones que se le imputan en la denuncia de mérito. Asi mismo como también se instruye a la unidad de verificaciones de esta comisión de transparencia, para que dentro del término de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente proveído, realice una verificación en la plataforma estatal de transparencia a la información que le corresponde difundir dirección general de pensiones, por conducto de su titular y del titular de la unidad de transparencia. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-035/2020 CONTRA MUNICIPIO DE AHUALULCO, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia presentada en contra del sujeto obligado Municipio de Ahualulco, San Luis Potosí. Se requiere al Sujeto Obligado, para que, en términos del punto tercero del presente proveído, rindan el informe pormenorizado acerca de las omisiones que se le imputan en la denuncia de mérito. Se instruye a la Unidad de Verificaciones de esta Comisión de Transparencia, para que dentro del término de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente proveído, verifique en la Plataforma Nacional de Transparencia la publicación de la información que le corresponde difundir al Municipio de Ahualulco, San Luis Potosí y, rinda el dictamen respectivo. Notifíquese.


NOTIFICADOR DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ.


LICENCIADO JAVIER PÉREZ LIMON.

Bitácora del formato.
Autor inicial notificaciones cegaip/cegaip
Creado el 02/20/2020 09:38:50 AM
Usuario actual notificaciones cegaip
Accesado el 06/17/2020 04:40:44 AM
Modificado el 02/20/2020 09:38:53 AM
ID: 55B18FABB187C1A6862585140055F42D




La CEGAIP, es un organismo público con autonomía presupuestaria, operativa,
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