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LISTA DE ACUERDOS DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE SAN LUIS POTOSÍ, SAN LUIS POTOSÍ; FIJADA EN LOS ESTRADOS DE LA MISMA, SIENDO LAS 08:00 OCHO HORAS DEL DÍA 16 DIECISÉIS DEL MES DE MAYO DEL AÑO 2018 DOS MIL DIECIOCHO.

CEGAIP-RR-075/2016-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00029016 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SERVICIOS DE SALUD A TRAVÉS DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se tiene por cumplida la resolución de 14 catorce de septiembre de 2016 dos mil dieciséis, dictada en el recurso de revisión 075/2016-2 del índice de esta comisión. Remítase en su oportunidad este expediente al archivo de concentración de este órgano colegiado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-328/2016-2 PNT NUMERO DE FOLIO PF00010716 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE AQUISMÓN, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DEL PRESIDENTE MUNICIPAL A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se tiene por cumplida la resolución de 02 dos de febrero de 2017 dos mil diecisiete, dictada en el recurso de revisión 328/2016-2 del índice de esta Comisión. Remítase en su oportunidad este expediente al Archivo de Concentración de este Órgano Colegiado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-351/2016-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00041016 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO POR CONDUCTO DEL TITULAR DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se tiene por cumplida la resolución de 07 siete de febrero de 2017 dos mil diecisiete, dictada en el recurso de revisión 351/2016-2 del índice de esta Comisión. Remítase en su oportunidad este expediente al Archivo de Concentración de este Órgano Colegiado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-354/2017-3 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE CERRO DE SAN PEDRO, SAN LUIS POTOSÍ. Dese vista al recurrente con el oficio y anexos de cuenta, para el efecto de que dentro del término de cinco días hábiles, manifieste lo que a su derecho, en el entendido de que no hacer manifestación alguna, esta comisión se pronunciara respecto del cumplimiento o en caso contrato, de incumplimiento con base en las constancias que integran el presente expediente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-427-2017-1 PNT NUMERO DE FOLIO PF00008117 CONTRA SINDICATO ORGANIZADO LIBRE DE TRABAJADORES DE GOBIERNO DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE SU TITULAR, A TRAVÉS DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se requiere al ente obligado para que dentro del plazo de 03 tres días hábiles, cumpla con la resolución de merito. Lo anterior en el entendido de que una vez concluido dicho plazo deberá informar a este órgano garante el cumplimiento de la resolución dictada el 13 de septiembre de 2017y acompañar las constancias que considere necesarias para tal efecto. Notifíquese.

CEGAIP-RR-474/2017-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00019817 CONTRA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ. Se declara cumplida la presente resolución, sin embargo lo hizo fuera del plazo consecuentemente se hacen efectivos los apercibimientos y se determina lo siguiente: Se da vista al pleno de esta comisión y determine la imposición de las medidas de apremio contra el Titular del Unidad de Transparencia, en virtud de no acatar la instrucción que su superior jerárquico le ordeno. Notifíquese.

CEGAIP-RR-477/2017-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00020117 CONTRA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE SU RECTOR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se declara nuevamente incumplida la presente resolución y se determina la siguiente: se ordena notificar al superior jerárquico de la titular de la unidad de transparencia, para que en un periodo no mayor a 05 días hábiles de cumplimiento a los ordenado en a resolución dictada en el presente medio de impugnación, en el entendido que no hacerlo asi se impondrán las medidas de apremio que resulten pertinente para asegurar el cumplimiento al fall9 que aquí nos ocupa. Notifíquese.

CEGAIP-RR-572/2017-2 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, A TRAVÉS DE SU SECRETARIO, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DE LA DIRECTORA DE REGISTRO DE TRANSPORTE PÚBLICO. Se tiene por recibidos a los presentes autos, 02 dos oficios número 10061/2018 y 10064/2018, signados por el Licenciado Ricardo Jaso Flores, Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado, Ahora bien, por cuestión de método se procede a proveer en primer término el contenido del oficio 10061/2018, mismo que corresponde al Juicio de Amparo número 462/2018-V. Visto el contenido del primer oficio y anexo de cuenta, se tiene a la Autoridad Federal por solicitando a esta Comisión rinda informe justificado, en consecuencia, ríndase el informe justificado que se solicita y se toma nota que se señalaron las 10:00 diez horas del 04 cuatro de junio de 2018, dos mil dieciocho, para la celebración de la Audiencia Constitucional. En lo tocante al segundo oficio número 10064/2018, se tiene a la Autoridad Federal por informando que se formó y tramitó por duplicado el incidente de suspensión relativo al aludido juicio de amparo, por lo que solicita se rinda informe previo dentro del plazo de 48 cuarenta y ocho horas, en consecuencia, ríndase el informe previo que se solicita y se toma nota que se señalaron las 09:08 nueve horas con ocho minutos del 17 diecisiete de mayo de 2018, dos mil dieciocho, para la celebración de la Audiencia Incidental. Asimismo, dicha Autoridad Federal comunicó que se negó la suspensión provisional solicitada por la parte quejosa respecto de las consecuencias jurídicas del acto reclamado, en virtud que el acto reclamado consistente en el acuerdo de 26 veintiséis de abril del año en curso, dictado en el presente recurso de revisión, al haber decretado cumplida la resolución dictada en 27 veintisiete de noviembre de 2017, dos mil diecisiete, implica un acto meramente declarativo de esta Comisión (desestimar las manifestaciones de inconformidad del recurrente y tener por cumplido lo ordenado en la resolución de mérito) que no requiere de ejecución material alguna, de lo que se toma nota para los efectos legales conducentes. Notifíquese.

CEGAIP-RR-692/2017-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00028617 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE MATEHUALA, SAN LUIS POTOSÍ, A TRAVÉS DE SU PRESIDENTE Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se requiere al sujeto obligado, para que dentro del término de 03 tres días hábiles; explique porque conforme a sus facultades, competencias y funciones no cuenta con un padrón, en formato electrónico, de los beneficiarios de apoyos consistentes en dispensaciones de medicamentos, en la inteligencia de que dicha información deberá hacerse del conocimiento del recurrente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-704/2017-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00029617 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, A TRAVÉS DE SU H. CONGRESO, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se tiene por cumplida la resolución de 14 catorce de diciembre de 2017 dos mil diecisiete, dictada en el recurso de revisión 704/2017-2 del índice de esta Comisión. Remítase en su oportunidad este expediente al Archivo de Concentración de este Órgano Colegiado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-722/2017-2 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, A TRAVÉS DE SU SECRETARIO, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DE LA COORDINADORA GENERAL DE RECURSOS FINANCIEROS, ASÍ COMO DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR, A TRAVÉS DE SU DIRECTORA GENERAL, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DE LA DIRECTORA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS, AL IGUAL QUE DEL DIRECTOR GENERAL DE LA BENEMÉRITA Y CENTENARIA ESCUELA NORMAL DEL ESTADO. Se manda archivar este expediente al archivo de concentración como asunto totalmente concluido. Notifíquese.

CEGAIP-RR-731/2017-2 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA PARTICULAR DEL C. GOBERNADOR, A TRAVÉS DE SU SECRETARIO Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se manda archivar este expediente al archivo de concentración como asunto totalmente concluido. Notifíquese.

CEGAIP-RR-737/2017-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00030617 CONTRA SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO. Se requiere al sujeto obligado, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, remita al recurrente el acta de Comité de Transparencia de 18 dieciocho de abril de 2018 dos mil dieciocho, así como el memorándum número 08324, signado por el Director de Administración de 16 dieciséis de abril del año en curso, en la inteligencia de que deberá remitir a esta Comisión las constancias debidamente certificadas con las que acredite dicho cumplimiento. Notifíquese.

CEGAIP-RR-756/2017-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00031617 CONTRA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. Se declara nuevamente incumplida la presente resolución y se determina la siguiente: se ordena notificar al Presidente de la Junta de Conciliación y Arbitraje en el estado con apoyo de la Unidad de Transparencia de la Secretaria del Trabajo y Previsión Social para que en un periodo no mayor a 05 días hábiles de cumplimiento a los ordenado en la resolución dictada en el presente medio de impugnación. Notifíquese.

CEGAIP-RR-764/2017-1 SIGEMI CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, A TRAVES DE SU SECRETARIO, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DEL DIRECTOR GENERAL. Se manda archivar este expediente al archivo de concentración como asunto totalmente concluido. Notifíquese.

CEGAIP-RR-801/2017-3 CONTRA SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y OBRAS PÚBLICAS. Dese vista al recurrente con el oficio y anexos de cuenta, para el efecto de que dentro del término de cinco días hábiles, manifieste lo que a su derecho, en el entendido de que no hacer manifestación alguna, esta comisión se pronunciara respecto del cumplimiento o en caso contrato, de incumplimiento con base en las constancias que integran el presente expediente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-803/2017-2 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DE LA DIRECCIÓN DE CATASTRO Y DESARROLLO URBANO. Notifíquese al recurrente la resolución de 26 veintiséis de abril de 2018, dos mil dieciocho, a través de los ESTRADOS de este Órgano Colegiado, lo anterior, a efecto de no dejar en estado de indefensión al antes mencionado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-808/2017-1 CONTRA H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se tiene por cumplida la resolución, dictada en el recurso de revisión rr808/2017-1. Remítase en su oportunidad este expediente al Archivo de Concentración de este Órgano Colegiado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-809/2017-2 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, A TRAVÉS DE SU SECRETARIO Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, ASÍ COMO DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR, A TRAVÉS DE SU DIRECTORA GENERAL, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DE LA JEFA DEL DEPARTAMENTO DE CONTROL ESCOLAR, AL IGUAL QUE DEL DIRECTOR GENERAL DE LA BENEMÉRITA Y CENTENARIA ESCUELA NORMAL DEL ESTADO. Se requiere al sujeto obligado, en un término de 03 tres días hábiles, remita a esta Comisión la copia del disco compacto que le fue entregado al recurrente y que contiene la información que este Órgano Garante le conminó entregar a efecto de acreditar el debido cumplimiento a la resolución de 07 siete de marzo de la presente anualidad. Notifíquese.

CEGAIP-RR-830/2017-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00036017 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS, A TRAVÉS DE SU SECRETARIO, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DEL DIRECTOR GENERAL DE INGRESOS. se requiere al sujeto obligado, para efecto de que dentro del término de 03 tres días hábiles, informe a esta Comisión el cumplimiento dado a la resolución dictada en el presente recurso de revisión en 14 catorce de marzo de 2018, dos mil dieciocho, en la inteligencia de que deberá remitir copia fotostática certificada de las constancias con las que acredite tal circunstancia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-006/2018-3 SIGEMI CONTRA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO. Se declara nuevamente incumplida la presente resolución y se determina la siguiente: se ordena notificar al Superior jerárquico de Educación de Gobierno del Estado para que en un periodo no mayor a 05 días hábiles de cumplimiento a los ordenado en la resolución dictada en el presente medio de impugnación, en el entendido que no hacerlo, asi se impondrán las medidas de apremio que resulten pertinente. Notifíquese.

CEGAIP- RR- 012/2018-3 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE MOCTEZUMA SAN LUIS POTOSI. Se declara cumplida la presente resolución se remite el presente recurso al archivo de concentración de esta comisión. Ello asi por estar totalmente concluido. Notifíquese.

CEGAIP-RR-060/2018-3 CONTRA CONGRESO DEL ESTADO. Se declara cumplida la presente resolución se remite el presente recurso al archivo de concentración de esta comisión. Ello asi por estar totalmente concluido. Notifíquese.

CEGAIP-RR-066/2018-3 CONTRA PROGRAMA ESPECIAL DE FOMENTO A LA VIVIENDA PARA EL MAGISTERIO. Se declara cumplida la presente resolución se remite el presente recurso al archivo de concentración de esta comisión. Ello asi por estar totalmente concluido. Notifíquese.

CEGAIP-RR-75/2018-2 CONTRA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se declara nuevamente incumplida la presente resolución y se determina la siguiente: se ordena notificar al Superior jerárquico de Educación de la titular de la unidad de transparencia. Para que en un periodo no mayor a 05 días hábiles de cumplimiento a los ordenado en la resolución dictada en el presente medio de impugnación, en el entendido que no hacerlo, asi se impondrán las medidas de apremio que resulten pertinente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-108/2018-3 CONTRA SECRETARIA DE EDUCACION DE GOBIERNO DEL ESTADO. Dese vista al recurrente con el oficio y anexos de cuenta, para el efecto de que dentro del término de cinco días hábiles, manifieste lo que a su derecho, en el entendido de que no hacer manifestación alguna, esta comisión se pronunciara respecto del cumplimiento o en caso contrario, de incumplimiento con base en las constancias que integran el presente expediente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-114/2018-3 PNT NUMERO DE FOLIO PF0002718 CONTRA OFICIALÍA MAYOR. Se declara cumplida la presente resolución se remite el presente recurso al archivo de concentración de esta comisión. Ello asi por estar totalmente concluido. Notifíquese.

CEGAIP-RR-147/2018-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00006718 CONTRA SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO DEL ESTADO. . Dese vista al recurrente con el oficio y anexos de cuenta, para el efecto de que dentro del término de cinco días hábiles, manifieste lo que a su derecho, en el entendido de que no hacer manifestación alguna, esta comisión se pronunciara respecto del cumplimiento o en caso contrario, de incumplimiento con base en las constancias que integran el presente expediente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-162/2018-3 CONTRA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN SOBRESEE LA PRESENTE CAUSA. Notifíquese.

CEGAIP-RR-164/2018-1 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DE LA DIRECTORA DE CATASTRO Y DESARROLLO URBANO. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR164/2018-1. Se remite de nueva cuenta para efecto de elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-176/2018-2 CONTRA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DE LA PONENCIA 3 CORRESPONDIENTE A LA COMISIONADA CLAUDIA ELIZABETH ÁVALOS CEDILLO Y DEL DIRECTOR DE DATOS PERSONALES. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR176/25018-2. Se remite de nueva cuenta para efecto de elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-177/2018-3 CONTRA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN CONFIRMA LA PRESENTE CAUSA. Notifíquese.

CEGAIP-RR-181/2018-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR00008018 CONTRA COMISION ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, Y DE LA TITULAR DE LA UNIDAD DE VERIFICACIONES. Visto el estado que guardan los presente autos se decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de la especiales circunstancias del asunto en estudio, las cuales por su naturaleza y la relación que guardan con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, requieren de un profundo análisis acucioso e integral de las cuantiosas constancias que integran el presente expediente bajo los linderos de la normativa aplicable en Transparencia y Acceso a la Información Pública en armonía con los principios constitucionales relativos a la materia que nos ocupa. Notifíquese.

CEGAIP-RR-198/2018-3 CONTRA H. CONGRESO DEL ESTADO. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN PRIMERO: SE SOBRESEE LA PRESENTE CAUSA. Notifíquese.

CEGAIP-RR-201/2018-3 CONTRA H. CONGRESO DEL ESTADO. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN PRIMERO: SE SOBRESEE LA PRESENTE CAUSA. Notifíquese.

CEGAIP-RR-206/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00009418 CONTRA AYUNTAMIENTO DE AQUISMON, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se remite de nueva cuenta para efecto de elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-209/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00009618 CONTRA AYUNTAMIENTO DE AQUISMON, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se remite de nueva cuenta para efecto de elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-218/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00010518 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE AQUISMÓN, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se remite de nueva cuenta para efecto de elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-221/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00010818 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE AQUISMÓN, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se remite de nueva cuenta para efecto de elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-224/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00011118 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE AQUISMÓN, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se remite de nueva cuenta para efecto de elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-227/2018-2 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE AQUISMÓN, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se remite de nueva cuenta para efecto de elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-230/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR0000011718 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE AQUISMÓN SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL. A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se remite de nueva cuenta para efecto de elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-233/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00012018 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE AQUISMÓN, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se remite de nueva cuenta para efecto de elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-269/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00013918 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y OBRAS PÚBLICAS, A TRAVÉS DE SU SECRETARIO, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DE LA DIRECTORA DE PLANEACIÓN, CONTROL Y SEGUIMIENTO. Se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-272/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO pf00005618 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE MEXQUITIC DE CARMONA, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-274/2018-1 CONTRA AUDITORIA SUPERIOR DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE SU TITULAR, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DEL COORDINADOR DE ADMINISTRACIÓN, FINANZAS Y SERVICIOS. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-274/2018-1 PLATAFORMA interpuesto el veintitrés de abril de dos mil dieciocho, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia de San Luis Potosí, contra la respuesta a la solicitud de información con folio 00229818 presentada el 04 cuatro de abril de 2018 dos mil dieciocho a la AUDITORIA SUPERIOR DEL ESTADO, por conducto de su TITULAR, de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y del COORDINADOR DE ADMINISTRACIÓN, FINANZAS Y SERVICIOS. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho.se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.
CEGAIP-RR-275/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00014418 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y OBRAS PÚBLICAS, A TRAVÉS DE SU SECRETARIO, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DEL DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS Y DE LA DIRECTORA DE PLANEACIÓN, CONTROL Y SEGUIMIENTO. Se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-278/2016-2 PNT NUMERO DE FOLIO PF0008916 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE CATORCE, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DEL PRESIDENTE MUNICIPAL A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-280/2018-1 CONTRA H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR, DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se REQUIERE al recurrente, para efecto de que, dentro del término de 05 cinco días, contados a partir de la fecha en que se realice la respectiva notificación, aclare la descripción de su inconformidad, ya que de no hacerlo se dictará un acuerdo de sobreseimiento. Notifíquese

CEGAIP-RR-296/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO PF00015818 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DEL INSTITUTO DE DESARROLLO HUMANO Y SOCIAL DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS, A TRAVÉS DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-299/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00015618 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA, A TRAVÉS DE SU DIRECTOR GENERAL Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-300/2018-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00015718 CONTRA PODER JUDICIAL DEL ESTADO. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto, para efecto de elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-302/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00015918 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU SECRETARIO, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DE LA DIRECTORA DE PLANEACIÓN, CONTROL Y SEGUIMIENTO. Se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-303/2018-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00016018 CONTRA SECRETARÍA DE FINANZAS. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto, para efecto de elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-309/2018-3 CONTRA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto, para efecto de elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-332/2018-2 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, A TRAVÉS DE SU SECRETARIO, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DE LA JEFA DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN NORMAL DE LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR Y SUPERIOR. admítase y tramítese el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, A TRAVÉS DE SU SECRETARIO, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DE LA JEFA DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN NORMAL DE LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR Y SUPERIOR. Anótese y regístrese el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-332/2018-2 PLATAFORMA. Póngase a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-333/2018-3 CONTRA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-333/2018-3, que contiene escrito signado por el recurrente, con anexo que acompaña, por medio del cual interpone recurso de revisión contra la respuesta contenida en los oficios DG/1283/2017-2018, DPE/DCE/409/2018 y SEMTMSS/DES/265/2017-2018, signados respectivamente por el Director General de la Benemérita y Centenaria Escuela Normal del Estado, Jefa del Departamento de Control Escolar y Jefe del Departamento de Educación Superior, emitidas por el Sistema Educativo Estatal Regular, dependiente de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO. se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-335/2018-3 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, A TRAVÉS DE SU SECRETARIO, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DE LA JEFA DE DEPARTAMENTO DE ESTADÍSTICA, DE LA DIRECTORA DEL JARDÍN DE NIÑOS “LA PAJARITA”, ASÍ COMO DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR, A TRAVÉS DE SU DIRECTORA GENERAL, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DE LA INSPECTORA DE LA ZONA 03 DE EDUCACIÓN PREESCOLAR. admítase y tramítese el presente asunto como Recurso de Revisión; y se tiene como sujeto obligado al GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, A TRAVÉS DE SU SECRETARIO, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, DE LA JEFA DE DEPARTAMENTO DE ESTADÍSTICA, DE LA DIRECTORA DEL JARDÍN DE NIÑOS “LA PAJARITA”, ASÍ COMO DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR, A TRAVÉS DE SU DIRECTORA GENERAL, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DE LA INSPECTORA DE LA ZONA 03 DE EDUCACIÓN PREESCOLAR. Anótese y regístrese el presente recurso en Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-335/2018-2. Póngase a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte de los sujetos obligados y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-338/2018-2 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA, A TRAVÉS DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Admítase y tramítese el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA, A TRAVÉS DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Anótese y regístrese el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-338/2018-2 PLATAFORMA. Póngase a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-340/2018-1 CONTRA SECRETARIA DE COMUNICACIÓN Y TRANSPORTE. Se REQUIERE al recurrente para efecto de que dentro del término de 05 cinco días, contados a partir del día siguiente de la fecha en que se haga la respectiva notificación, señale a este órgano garante cual fue la información solicitada, así como la fecha en que le fue otorgada la respuesta por parte del sujeto obligado. Con relación a lo anterior, es dable apercibir al recurrente de que, de hacer caso omiso a esta prevención, se tendrá por no interpuesto el medio de impugnación que nos ocupa. Notifíquese.

CEGAIP-RR-341/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00018218 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PENSIONES, A TRAVÉS DE SU TITULAR, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DE LA SUBDIRECTORA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. Admítase y tramítese el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PENSIONES, A TRAVÉS DE SU TITULAR, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DE LA SUBDIRECTORA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. Anótese y regístrese el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-341/2018-2 PLATAFORMA. Póngase a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-343/2018-2 CONTRA AYUNTAMIENTO DE CEDRAL, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-343/2018-1 interpuesto el 11 once de mayo de 2018 dos mil dieciocho, mediante escrito presentado en la oficialía de partes de ésta Comisión Estatal de Garantía de Accesos a la Información Pública, contra la falta de respuesta a la solicitud de información de presentada el de 23 veintitrés de abril de 2018 dos mil dieciocho al AYUNTAMIENTO DE CEDRAL, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada Notifíquese.
CEGAIP-RR-344/2018-2 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE CEDRAL, SAN LUIS POTOSÍ, A TRAVÉS DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, POR CONDUCTO DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DE SU SECRETARIO GENERAL. Admítase y tramítese el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO DE CEDRAL, SAN LUIS POTOSÍ, A TRAVÉS DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, POR CONDUCTO DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DE SU SECRETARIO GENERAL. Anótese y regístrese el presente recurso en Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-344/2018-2. Póngase a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte de los sujetos obligados y aquellas que sean contrarias a derecho. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-344/2018-2, En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Notifíquese.

CEGAIP-RR-346/2018-1 CONTRA PARTIDO REVOLUCIONARIO INTRITUCIONAL, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-346/2018-1 PLATAFORMA interpuesto el 11 once de mayo de 2018 dos mil dieciocho, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia de San Luis Potosí, contra la respuesta a la solicitud de información con folio 00272718 presentada el 18 dieciocho de abril de 2018 dos mil dieciocho al PARTIDO REVOLUCIONARIO INTRITUCIONAL, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-347/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00018318 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE AQUISMÓN, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Admítase y tramítese el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO DE AQUISMÓN, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Anótese y regístrese el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-347/2018-2 PLATAFORMA. Póngase a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-347/2018-2, En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Notifíquese.

CEGAIP-RR-349/2018-1 CONTRA SECRETARIA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-349/2018-1 PLATAFORMA interpuesto el veintiséis de abril de dos mil dieciocho, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia de San Luis Potosí, contra la respuesta a la solicitud de información con folio 00272318 presentada el 18 dieciocho de abril de 2018 dos mil dieciocho a la SECRETARIA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada Notifíquese.
CEGAIP-PISA-029/2014-2 CONTRA AL C. SERGIO CRUZ OVIEDO LARA EN SU CARÁCTER DE EX SECRETARIO DE ECOLOGIA Y GESTION AMBIENTAL Y A LA C. ALMA GUADALUPE RODRIGUEZ OROS, EN SU CARÁCTER DE EX TITULAR DE LA UNIDAD DE INFORMACION PUBLICA DE LA REFERIDA SECRETARIA. Se tiene por recibido el oficio 11047/2018, signado por la C. Cristina Díaz de León Cabrero, Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado, de fecha 30 de abril de 2018, mediante el cual trascribe el proveído de la misma fecha, dictado dentro de los autos del Juicio de Amparo 329/2018 promovido por el C. Sergio Cruz Oviedo Lara. Visto su contenido, se tiene a la autoridad federal por informando que se ordenó la separación de los autos del juicio de amparo en mención 329/2018, dando origen a cuatro demandas de amparo, resultando que en la primera demanda que corresponde al juicio de amparo 329/2018 del Juzgado Tercero de Distrito, el acto reclamado es el relativo al Procedimiento para la Imposición de Sanciones PISA-29/2014, en la segunda demanda el acto reclamado es el relativo al Procedimiento para la Imposición de Sanciones PISA-35/2014, en la tercera demanda el acto reclamado es el relativo al Procedimiento para la Imposición de Sanciones PISA-12/2015 y en la cuarta demanda el acto reclamado es el relativo al Procedimiento para la Imposición de Sanciones PISA 18/2015, y que se ordenó remitir copia certificada de la demanda de amparo de origen y demás constancias, a la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en el Estado de San Luis Potosí, para que por medio del sistema computarizado, registre las demandas cuyos actos quedaron precisados con antelación y las turne al juzgado de distrito que corresponda, y de igual forma se tiene a la autoridad federal por informando que en lo tocante al acto reclamado del juicio de amparo 329/2018, se decretó el sobreseimiento fuera de la audiencia constitucional y se dejó sin efecto la fecha y hora para la celebración de la audiencia constitucional, de lo que se toma nota para los efectos legales a que haya lugar. En virtud de lo anterior, se determina que las constancias que deriven del Juicio de Amparo 329/2018 tramitado ante el Juzgado Tercero de Distrito, en lo sucesivo se agregarán y acordarán en el presente expediente CEGAIP-PISA-29/2014-2. De igual forma, agréguense a los autos los oficios 10695/2018 y 11974/2018, signados por la C. Cristina Díaz de León Cabrero, Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado, de fechas 25 de abril de 2018 y 09 de mayo de 2018, mediante los cuales se trascriben los proveídos de la misma fecha, dictados dentro de los autos del Juicio de Amparo 329/2018 promovido por el C. Sergio Cruz Oviedo Lara. Visto el contenido del oficio 10695/2018, se tiene a la autoridad federal por informando que se difiere la celebración de la audiencia constitucional y se fija nueva fecha para su celebración, sin embargo, se advierte que mediante el diverso oficio 11047/2018, se notificó que dicha fecha para la celebración de la audiencia constitucional, quedó sin efectos. En lo tocante al contenido del oficio 11974/2018, se tiene a la autoridad federal por informando que se tuvo por interpuesto recurso de revisión en contra del auto de 30 de abril de 2018 (que decretó el sobreseimiento fuera de la audiencia constitucional), y ordenó remitir los autos del juicio de amparo y original del escrito de agravios al Tribunal Colegiado en materias civil y administrativas del noveno circuito en turno, de lo que se toma nota para los efectos legales a que haya lugar. Por último, toda vez que en el oficio 11047/2018 se hace alusión a los diversos procedimientos de imposición de sanción número CEGAIP-PISA-035/2014-2, CEGAIP-PISA-012/2015-3 y CEGAIP-PISA-018/2015-3 (REV-09/2016-3), remítase copia del oficio de cuenta 11047/2018, a los procedimientos de imposición de sanción arriba señalados para que se provea lo conducente en cada expediente. Notifíquese.

CEGAIP-PISA-035/2014-2 CONTRA C.C. SERGIO CRUZ OVIEDO LARA, EN SU CARÁCTER DE EX SECRETARIO DE ECOLOGÍA Y GESTIÓN AMBIENTAL DE GOBIERNO DEL ESTADO Y ALMA GUADALUPE RODRÍGUEZ OROS, EX TITULAR DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA REFERIDA SECRETARIA. En cumplimiento al proveído de esta fecha dictado dentro de los autos del Procedimiento de Imposición de Sanción número CEGAIP-PISA-29/2014-2, agréguese a los autos copia del oficio 11047/2018, signado por la C. Cristina Díaz de León Cabrero, Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado, de fecha 30 de abril de 2018, mediante el cual trascribe el proveído de la misma fecha, dictado dentro de los autos del Juicio de Amparo 329/2018 promovido por el C. Sergio Cruz Oviedo Lara. Visto su contenido, se tiene a la autoridad federal por informando que se ordenó la separación los autos del juicio de amparo en mención 329/2018, dando origen a cuatro demandas de amparo, resultando que en la primera demanda que corresponde al juicio de amparo 329/2018 del Juzgado Tercero de Distrito, el acto reclamado es el relativo al Procedimiento para la Imposición de Sanciones PISA-29/2014, en la segunda demanda el acto reclamado es el relativo al Procedimiento para la Imposición de Sanciones PISA-35/2014, en la tercera demanda el acto reclamado es el relativo al Procedimiento para la Imposición de Sanciones PISA-12/2015 y en la cuarta demanda el acto reclamado es el relativo al Procedimiento para la Imposición de Sanciones PISA 18/2015, y que se ordenó remitir copia certificada de la demanda de amparo de origen y demás constancias, a la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en el Estado de San Luis Potosí, para que por medio del sistema computarizado, registre las demandas cuyos actos quedaron precisados con antelación y las turne al juzgado de distrito que corresponda, y de igual forma se tiene a la autoridad federal por informando que en lo tocante al acto reclamado del juicio de amparo 329/2018, se decretó el sobreseimiento fuera de la audiencia constitucional, de lo que se toma nota para los efectos legales a que haya lugar. Así mismo, téngase por recibido los oficios 11464/2018 y 11547/2018, signados por la C. María del Pilar Morales Zúñiga, Secretaria del Juzgado Primero de Distrito, de fechas 03 y 04 de mayo de 2018, mediante los cuales se transcriben los autos de la misma fecha, dictados dentro del Juicio de Amparo 453/2018-1 promovido por el C. Sergio Cruz Oviedo Lara, contra actos de esta Comisión. Visto el contenido del oficio 11464/2018, se tiene a la autoridad federal por informando que respecto de la separación de los autos del juicio de amparo 329/2018 por parte del Juzgado tercero de Distrito, se avoca al conocimiento de la demanda de amparo que promueve Sergio Cruz Oviedo Lara contra actos de esta Comisión, consiste en el presente procedimiento PISA-035/2014-2, y se admite dicha demanda de amparo bajo el número 453/2018-1, sin que sea necesario proveer sobre el incidente de suspensión ya que este fue tramitado y resuelto o por el Juzgado tercero de distrito, ni tampoco se hace necesario solicitar informe justificado a la autoridad responsable, toda vez que el mismo ya fue rendido, por lo que se da vista a las partes con el mismo, y se fija como fecha y hora para la celebración de la audiencia constitucional el 29 de mayo de 2018 a las nueve hora con dieciséis minutos, de lo que se toma nota para los efectos legales a que haya lugar. En lo tocante al oficio 11547/2018, se tiene a la autoridad federal por informando que el quejoso Sergio Cruz Oviedo Lara no exhibió dentro del término de 5 días, el comprobante con el que acreditara haber garantizado ante la autoridad exactora la multa que le fue impuesta en el presente procedimiento PISA- 035/2014-2, a fin de que surtiera efectos la suspensión definitiva decretada por el Juez tercero de Distrito en el juicio de amparo 329/2018-II y que ante el incumplimiento de la condición impuesta, la suspensión definitiva otorgada al quejoso por interlocutoria de 10 de abril de 2018, no surte sus efectos, p

or lo que la ejecución de la multa impuesta con motivo del presente procedimiento, es susceptible de ejecución, de lo que se toma nota para los efectos legales a que haya lugar. Notifíquese.

CEGAIP-PISA-012/2015-3 CONTRA LICENCIADO ALEJANDRO GARCÍA MORENO EN SU CARÁCTER DE EX DIRECTOR DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO DE LA SECRETARIA DE ECOLOGÍA Y GESTIÓN AMBIENTAL. Se tiene por recibidos 03 oficios número 8058/2018, 8064/2018 y 8503/2018, signados por los Licenciados Francisco Guadalupe Bravo Gutiérrez y Perla Beatriz Gutiérrez Chan, Secretarios del Juzgado Octavo de Distrito en el Estado, de fecha 13 y 19 de abril de 2018, recibidos en esta Comisión el 16 y 20 de abril de 2018, con 01 anexo que se acompaña al segundo oficio, mediante los cuales se transcribe el auto de fecha 13 de abril de 2018 y la resolución interlocutoria de fecha 19 de abril de 2018, dictados en el Juicio de Amparo 333/2018-VI y en el incidente de suspensión derivado de dicho Juicio, promovido por el C. Alejandro García Moreno, contra actos de esta Comisión. Visto el contenido del primer oficio de cuenta, se tiene a la autoridad federal por informando que se admitió a trámite la demanda de amparo promovida por el C. Alejandro García Moreno, contra actos de esta Comisión, que se ordenó tramitar el incidente de suspensión, que se fijó fecha y hora para la celebración de la audiencia constitucional, y que se requiere a esta Comisión por la rendición del informe justificado dentro del término de quince días, informe que se encuentra rendido según el acuse de recibo correspondiente. En lo tocante al segundo oficio de cuenta, se tiene a la autoridad federal por informando que se tramita el incidente de suspensión del referido juicio de amparo, que se fijó fecha y hora para la celebración de la Audiencia Incidental, y se requiere a esta Comisión por la rendición del informe previo, informe que se encuentra rendido según el acuse de recibo correspondiente. De igual forma, a través del segundo oficio de cuenta, también se tiene a la autoridad federal por informado que se decretó la suspensión provisional de los efectos y consecuencias de los actos reclamados, esto es, para que en caso de que se le haya impuesto al quejoso Alejandro García Moreno una multa como lo refiere en su escrito inicial de demanda por parte de la responsable, esta no la ejecute, hasta en tantos e le notifique la resolución que sobre la suspensión definitiva se pronuncie, de lo que se toma nota para los efectos legales a que haya lugar. En lo tocante al tercer oficio de cuenta, se tiene a la autoridad federal por informando el contenido de la resolución dictada en la audiencia incidental del aludido juicio de amparo, cuyo contenido establece que se niega la suspensión definitiva respecto a la notificación, requerimiento y ejecución de la multa impuesta al quejoso Alejandro García Moreno, ya que la autoridad responsable en su informe previo niega expresamente dichos actos y, por otra parte, se concede la suspensión definitiva respecto de los efectos y consecuencias del acto reclamado, esto es, para que la multa que se le impuso al aquí quejoso no se ejecute, siempre y cuando lo anterior no haya ocurrido, hasta en tanto se notifique a la responsable que la resolución que sobre el fondo del amparo se dicte, ha causado ejecutoria. De lo que se toma nota para los efectos legales a que haya lugar. Se aclara, que aún cuando en la demanda de amparo que se acompaña al segundo de los oficios arriba indicados, no se señala el presente expediente como el asunto de donde emana el acto reclamado, los oficios de cuenta se agregan al presente expediente, en virtud de que resulta un hecho notorio para esta Comisión, que en los presentes autos el quejoso es parte. Por último, en cumplimiento al proveído de esta fecha dictado dentro de los autos del Procedimiento de Imposición de Sanción número CEGAIP-PISA-29/2014-2, agréguese a los autos copia del oficio 11047/2018, signado por la C. Cristina Díaz de León Cabrero, Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado, de fecha 30 de abril de 2018, mediante el cual trascribe el proveído de la misma fecha, dictado dentro de los autos del Juicio de Amparo 329/2018 promovido por el C. Sergio Cruz Oviedo Lara. Visto su contenido, se tiene a la aut

oridad federal por informando que se ordenó la separación los autos del juicio de amparo en mención 329/2018, dando origen a cuatro demandas de amparo, resultando que en la primera demanda que corresponde al juicio de amparo 329/2018 del Juzgado Tercero de Distrito, el acto reclamado es el relativo al Procedimiento para la Imposición de Sanciones PISA-29/2014, en la segunda demanda el acto reclamado es el relativo al Procedimiento para la Imposición de Sanciones PISA-35/2014, en la tercera demanda el acto reclamado es el relativo al Procedimiento para la Imposición de Sanciones PISA-12/2015 y en la cuarta demanda el acto reclamado es el relativo al Procedimiento para la Imposición de Sanciones PISA 18/2015, y que se ordenó remitir copia certificada de la demanda de amparo de origen y demás constancias, a la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en el Estado de San Luis Potosí, para que por medio del sistema computarizado, registre las demandas cuyos actos quedaron precisados con antelación y las turne al juzgado de distrito que corresponda, y de igual forma se tiene a la autoridad federal por informando que en lo tocante al acto reclamado del juicio de amparo 329/2018, se decretó el sobreseimiento fuera de la audiencia constitucional, de lo que se toma nota para los efectos legales a que haya lugar. En virtud de lo anterior, se determina que las constancias que deriven del Juicio de Amparo 329/2018 tramitado ante el Juzgado Tercero de Distrito, en lo sucesivo se agregarán y acordarán en el expediente CEGAIP-PISA-29/2014-2. Y una vez que se notifique a esta Comisión sobre el juicio de amparo que corresponda al acto reclamado que emana del presente procedimiento CEGAIP-PISA-12/2015-3, se acordará lo conducente. Notifíquese.

CEGAIP-PISA-003/2016-3 DERIVADO DE LA IILTAIP-007/2014-1 CONTRA BENITO ARMANDO LOPEZ LARA, ENSU CARÁCTER DE EX DIRECTOR GENERAL DE ADQUISICIONES DE LA OFICIALIA MAYOR DEL PODER EJECUTIVO. vista la certificación que antecede, se advierte que el término de 05 cinco días que se le concedió al C. BENITO ARMANDO LÓPEZ LARA, EN SU CARÁCTER DE EX DIRECTOR GENERAL DE ADQUISICIONES DE LA OFICIALÍA MAYOR DEL PODER EJECUTIVO para que manifestara lo que a su derecho conviniera y aportara los medios de prueba que considerara necesarios para su defensa, se declara cerrado el periodo de instrucción y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente, turnándose para tal efecto a la Ponencia de la Licenciada Claudia Elizabeth Ávalos Cedillo, Comisionada de este Órgano Colegiado. Notifíquese.

CEGAIP-PISA-017/2016-2 CONTRA C. MAESTRO JOSE ALFONSO CASTILLO CABRAL, PRESIDENTE DEL COMITÉ EJECUTIVO DEL PARTIDO HUMANISTA. vista la certificación que antecede, se advierte que el término de 05 cinco días que se le concedió al C. JOSÉ ALFONSO CASTILLO CABRAL, EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE DEL COMITÉ EJECUTIVO DEL PARTIDO HUMANISTA para que manifestara lo que a su derecho conviniera y aportara los medios de prueba que considerara necesarios para su defensa, se declara cerrado el periodo de instrucción y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente, turnándose para tal efecto a la Ponencia de la Licenciada Paulina Sánchez Pérez del Pozo, Comisionada de este Órgano Colegiado. Notifíquese.

CEGAIP-PISA-080/2016-2 CONTRA TRODORA MATA GARCIA, EX PRESIDENTA MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE EBANO, SAN LUIS POTOSÍ. Vista la certificación que antecede, se advierte que el término para que la C. TEODORA MATA GARCÍA, EX PRESIDENTE MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE ÉBANO, SAN LUIS POTOSÍ, interpusiera medio de impugnación en contra de la resolución de fecha 10 diez de julio de 2017 dos mil diecisiete emitida en este asunto, ha fenecido, se declara que la aludida resolución ha causado. Asi mismo notifíquese a la C. Teodora Mata García, ex Presidente Municipal del H. Ayuntamiento de Ébano, San Luis Potosí, el contenido del presente proveído, a través de los ESTRADOS de este Órgano Colegiado. Notifíquese.

CEGAIP-PISA-135/2016-3 EN CONTRA DE LOS CC. GENERAL ARTURO GUTIÉRREZ GARCÍA EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO Y GABRIEL VILLAGRÁN SÁNCHEZ EN SU CARÁCTER DE TITULAR DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN PÚBLICA, AMBOS DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se instruye al notificador adscrito a esta Comisión para que notifique de nueva cuenta al C. Gabriel Villagrán Sánchez, ex Titular de la Unidad de Información Pública de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado, la resolución de 14 catorce de diciembre de 2017 dos mil diecisiete, en la inteligencia de que dicha notificación en razón de la distancia de dicho domicilio particular, deberá hacerse a través de correo certificado con acuse de recibo. Se solicita mediante atento oficio al Organismo Intermunicipal Metropolitano de Agua Potable, Alcantarillado, Saneamiento y Servicios Conexos de los Municipios de Cerro de San Pedro, San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez (INTERAPAS) y a la Dirección General de la Policía Ministerial del Estado para que en auxilio de las labores de esta Comisión, proporcionen el domicilio o domicilios registrados a nombre del C. Gabriel Villagrán Sánchez que obran en sus archivos. Asi mismo Notifíquese al C. Arturo Gutiérrez García, la resolución de fecha 14 catorce de diciembre de 2017 dos mil diecisiete, a través de los ESTRADOS de este Órgano Colegiado, a efecto de que tenga conocimiento de la misma. Notifíquese.

CEGAIP-REV-005/2014-2 DERIVADO DEL EXPEDIENTE CEGAIP-PISA 007/2014-1-VIPO CONTRA CARLOS VITE HERNANDEZ PRESIDENTE MUNICIPAL DE VILLA HIDALGO SAN LUIS POTOSI. notifíquese al C. Carlos Vité Hernández, ex Presidente Municipal del H. Ayuntamiento de Villa Hidalgo, San Luis Potosí, el proveído de fecha 09 nueve de febrero de 2018 dos mil dieciocho, a través de los ESTRADOS de este Órgano Colegiado. Notifíquese.

CEGAIP PISA 018/2015-3 CONTRA DE LOS C.C. SERGIO CRUZ OVIEDO LARA EN SU CARÁCTER DE ENTONCES SECRETARIO, Y GABRIELA ACUÑA GRAJEDA EN SU CARÁCTER DE ENTONCES RESPONSABLE DE LA UNIDAD DE INFORMACION PUBLICA AMBOS DE LA SECRETARIA DE ECOLOGIA Y GESTION AMBIENTAL DE GOBIERNO DEL ESTADO. En cumplimiento al proveído de esta fecha dictado dentro de los autos del Procedimiento de Imposición de Sanción número CEGAIP-PISA-29/2014-2, agréguese a los autos copia del oficio 11047/2018, signado por la C. Cristina Díaz de León Cabrero, Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado, mediante el cual trascribe el proveído de la misma fecha, dictado dentro de los autos del Juicio de Amparo 329/2018 promovido por el C. Sergio Cruz Oviedo Lara. Visto su contenido, se tiene a la autoridad federal por informando que se ordenó la separación los autos del juicio de amparo en mención 329/2018, dando origen a cuatro demandas de amparo, resultando que en la primera demanda que corresponde al juicio de amparo 329/2018 del Juzgado Tercero de Distrito, el acto reclamado es el relativo al Procedimiento para la Imposición de Sanciones PISA-29/2014, en la segunda demanda el acto reclamado es el relativo al Procedimiento para la Imposición de Sanciones PISA-35/2014, en la tercera demanda el acto reclamado es el relativo al Procedimiento para la Imposición de Sanciones PISA-12/2015 y en la cuarta demanda el acto reclamado es el relativo al Procedimiento para la Imposición de Sanciones PISA 18/2015, y que se ordenó remitir copia certificada de la demanda de amparo de origen y demás constancias, a la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en el Estado de San Luis Potosí, para que por medio del sistema computarizado, registre las demandas cuyos actos quedaron precisados con antelación y las turne al juzgado de distrito que corresponda, y de igual forma se tiene a la autoridad federal por informando que en lo tocante al acto reclamado del juicio de amparo 329/2018, se decretó el sobreseimiento fuera de la audiencia constitucional, de lo que se toma nota para los efectos legales a que haya lugar. Así mismo, téngase por recibido el oficio 11429/2018, signado por la C. Cristina Díaz de León Cabrero, Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito, de fechas 03 de mayo de 2018, mediante los cuales se transcriben los autos de la misma fecha, dictados dentro del Juicio de Amparo 449/2018 promovido por el C. Sergio Cruz Oviedo Lara, contra actos de esta Comisión. Visto el contenido del oficio 11429/2018, se tiene a la autoridad federal por informando que respecto de la separación de los autos del juicio de amparo 329/2018 por parte del Juzgado tercero de Distrito, se avoca al conocimiento de la demanda de amparo que promueve Sergio Cruz Oviedo Lara contra actos de esta Comisión, consiste en el presente procedimiento PISA-018/2015-3 quedando registrado bajo el juicio de amparo número 449/2018 del juzgado tercero de distrito, y se decretó el sobreseimiento de fuera de audiencia constitucional, de lo que toma nota para los efectos legales a que haya lugar. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-1001/2018 Y SUS ACUMULADOS CONTRA H. AYUNTAMIENTO MATEHUALA SAN LUIS POTOSI. Se declara cerrado el periodo de instrucción y se ordena se proceda a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-010/2018 EXPEDIENTILLO. Se tiene por recibida el medio de impugnación presentado el 09 nueve de mayo de 2018 dos mil dieciocho, en el Sistema de Denuncia en Línea que se ubica en la Plataforma Estatal de Transparencia San Luis, y recepcionado por esta Comisión el día 11 once del mismo mes y año. Juntamente con el presente acuerdo, remítase a la Presidencia de este Órgano Garante una impresión del medio de impugnación de que se trata y su anexo, y de así estimarlo, proceda al registro y trámite del presente medio de defensa como recurso de revisión. Notifíquese.


NOTIFICADOR DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ.


LICENCIADO JAVIER PÉREZ LIMON.

Bitácora del formato.
Autor inicial notificaciones cegaip/server
Creado el 05/16/2018 07:38:40 AM
Usuario actual notificaciones cegaip
Accesado el 06/17/2020 04:33:27 AM
Modificado el 05/16/2018 07:38:42 AM
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