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LISTA DE ACUERDOS DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE SAN LUIS POTOSÍ, SAN LUIS POTOSÍ; FIJADA EN LOS ESTRADOS DE LA MISMA, SIENDO LAS 08:00 OCHO HORAS DEL DÍA 06 SEIS DEL MES DE JULIO DEL AÑO 2017 DOS MIL DIECISIETE.

CEGAIP-RR-105/2016-2 PNT NUMERO DE FOLIO PF00003416 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN ANTONIO, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se tiene por recibido a los presentes autos, oficio UT_66_2017, signado por el Licenciado Santiago Cruz Librado, Encargado de la Unidad de Transparencia del H. Ayuntamiento de San Antonio, San Luis Potosí, de 09 nueve de mayo de 2017 dos mil diecisiete. Visto el contenido del oficio y anexo de cuenta, se tiene al Encargado de la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado, por atendiendo el requerimiento de 19 diecinueve de abril de 2017 dos mil diecisiete, y acompañó las constancias en copia fotostática certificada con las que pretende acreditarlo, en consecuencia, agréguese el oficio y anexos de cuenta para que de ser procedentes sean tomados en cuenta al momento de que esta Comisión se pronuncie respecto del cumplimiento a la resolución dictada en el presente asunto. Notifíquese.
CEGAIP-RR-165/2016-3 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE EDUCACION A TRAVES DE SU TITULAR DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, COORDINADOR GENERAL DE REMUNERACIONES Y POR EL RESPONSABLE DE LA COORDINACION DE RECURSOS HUMANOS. Se declara cumplida la presente resolución y se ordena, remitir el presente recurso al archivo de concentración de esta comisión, ello así por estar totalmente concluido. Notifíquese.

CEGAIP-RR-171/2016-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR000033716 CONTRA H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE A TRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE RANSPARENCIA Y DE LA OFICIALIA MAYOR. Esta comisión, declara incumplida la presente resolución. Notifíquese.
CEGAIP-RR-212/2016-3 PNT NUMERO DE FOLIO PF00005816 H. AYUNTAMIENTO DE TAMASOPO, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL A TRAVÉS DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Esta Comisión, declara incumplida la presente resolución. Notifíquese.
CEGAIP-RR-239/2016-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00036316 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y OBRAS PÚBLICAS POR CONDUCTO DE SU TITULAR A TRAVÉS DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DEL DIRECTOR DE PLANEACIÓN, CONTROL Y SEGUIMIENTO. Se declara cumplida la presente resolución y se ordena, remitir el presente recurso al archivo de concentración de esta comisión, ello así por estar totalmente concluido. Notifíquese.

CEGAIP-RR-242/2016-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00036416 H. AYUNTAMIENTO DE EL NARANJO, DE SAN LUIS POTOSÍ POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL A TRAVÉS DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. dese vista al recurrente con el oficio y anexos de cuenta, signado por el C. José Luis Padrón Saldaña, Titular de la Unidad de Transparencia del H. Ayuntamiento de el Naranjo, San Luis Potosí, de 15 quince de junio de 2017 dos mil diecisiete, recibidos en la Oficialía de Partes de esta Comisión el 23 veintitrés del mismo mes y año, para el efecto de que dentro del término de cinco días hábiles, manifieste lo que a su derecho convenga, en el entendido de que de no hacer manifestación alguna al respecto esta Comisión se pronunciará respecto del cumplimiento o en caso contrario, de incumplimiento con base en las constancias que integran el presente expediente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-267/2016-3 PNT NUMERO DE FOLIO PF00007816 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE VILLA HIDALGO, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL A TRAVÉS DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. dése vista al recurrente con los oficios y anexos de cuenta, signados por Gabriel Gutiérrez Cortes y Miguel Ángel Gómez Juárez, Presidente Municipal y Titular de la Unidad de Transparencia, ambos del H. Ayuntamiento de Villa Hidalgo, San Luis Potosí, de 30 treinta de junio de 2017 dos mil diecisiete, recibidos en la Oficialía de Partes de esta Comisión el mismo día, para el efecto de que dentro del término de cinco días hábiles, manifieste lo que a su derecho convenga, en el entendido de que de no hacer manifestación alguna al respecto esta Comisión se pronunciará respecto del cumplimiento o en caso contrario, de incumplimiento con base en las constancias que integran el presente expediente. Notifíquese.
CEGAIP-RR-314/2016-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00039916 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ A TRAVÉS DEL SISTEMA DE FINANCIAMIENTO PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO (SIFIDE) POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se declara cumplida la presente resolución y se ordena, remitir el presente recurso al archivo de concentración de esta comisión, ello así por estar totalmente concluido. Notifíquese.

CEGAIP-RR-333/2016-2 PNT NUMERO DE FOLIO PF00011216 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE MATLAPA, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DEL PRESIDENTE MUNICIPAL A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a la vista de la parte recurrente el oficio MX057-AM308-00572017, signado por el C. Edgar Ortega Lujan, Presidente Municipal y por el C. Christian Mendoza Echavarría, Director de Transparencia Municipal, ambos del H. Ayuntamiento de Matlapa, San Luis Potosí, y anexos de cuenta, para efecto de que dentro del término de 05 cinco días hábiles, manifieste lo que a su derecho convenga respecto del cumplimiento dado por el sujeto obligado a la resolución, pues de no manifestar al respecto esta Comisión resolverá con base en las constancias que existen. Se precisa que los oficios y anexos que se ponen a la vista, quedan a disposición en esta Comisión, para que la parte recurrente se imponga de los mismos o se entreguen las copias a su costa. Notifíquese.

CEGAIP-RR-344/2016-3 PNT NUMERO DE FOLIO PF00012316 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE VILLA HIDALGO, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL A TRAVÉS DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Dése vista al recurrente con los oficios y anexos de cuenta, signados por Gabriel Gutiérrez Cortes y Miguel Ángel Gómez Juárez, Presidente Municipal y Titular de la Unidad de Transparencia, ambos del H. Ayuntamiento de Villa Hidalgo, San Luis Potosí, de 30 treinta de junio de 2017 dos mil diecisiete, recibidos en la Oficialía de Partes de esta Comisión el mismo día, para el efecto de que dentro del término de cinco días hábiles, manifieste lo que a su derecho convenga, en el entendido de que de no hacer manifestación alguna al respecto esta Comisión se pronunciará respecto del cumplimiento o en caso contrario, de incumplimiento con base en las constancias que integran el presente expediente. Notifíquese.
CEGAIP-RR-357/2016-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00041516 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE AXTLA DE TERRAZAS DE SAN LUIS POTOSÍ, ATRAVEZ DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DEL PRESIDENTE DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA. Se declara cumplida la presente resolución y se ordena, remitir el presente recurso al archivo de concentración de esta comisión, ello así por estar totalmente concluido. Notifíquese.
CEGAIP-RR-359/2016-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00041716 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE AXTLA DE TERRAZAS DE SAN LUIS POTOSÍ, ATRAVEZ DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DEL PRESIDENTE DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA. Se declara cumplida la presente resolución y se ordena, remitir el presente recurso al archivo de concentración de esta comisión, ello así por estar totalmente concluido. Notifíquese.
CEGAIP-RR-078/2017-3 PNT NUMERO DE FOLIO PF00002717 CONTRA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO POR CONDUCTO DE SU TITULAR. Se declara cumplida la presente resolución y se ordena, remitir el presente recurso al archivo de concentración de esta comisión, ello así por estar totalmente concluido. Notifíquese.

CEGAIP-RR-102/2017-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00002517 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE CIUDAD VALLES DE SAN LUIS POTOSÍ. Se declara cumplida la presente resolución y se ordena, remitir el presente recurso al archivo de concentración de esta comisión, ello así por estar totalmente concluido. Notifíquese.

CEGAIP-RR-180/2017-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR000065617 CONTRA OFICIALIA MAYOR. Se requiere al sujeto obligado, para que en un plazo de 03 tres días, acompañe copia fotostática certificada de la constancia que acredite la notificación electrónica, lo anterior, previo a que esta comisión se pronuncie respecto al cumplimiento otorgado a la resolución de mérito. Se da vista al recurrente con el oficio y anexos de cuenta, signado por el C. Marcelo Mejía Méndez, jefe de la unidad de transparencia de la oficialía mayor del poder ejecutivo del estado, de 26 veintiséis de junio de 2017 dos mil diecisiete, recibido en la oficialía de partes de esta comisión el 30 treinta del mismo mes y año, para el efecto de que dentro del término de cinco días hábiles, manifieste lo que a su derecho convenga, en el entendido de que de no hacer manifestación alguna al respecto esta comisión se pronunciará respecto del cumplimiento o en caso contrario, de incumplimiento con base en las constancias que integran el presente expediente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-200/2017-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00008217 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI A TRAVES DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, DEL TITULAR DA A UNIDAD DE TRANSPARENCIA, COORDINADOR JURIDICA DE LA DIRECCION DE OBRAS PÚBLICAS Y DIRECTOR DE ADMINISTRACION, PLANEACION Y FINANZAS. se pone a la vista de la parte recurrente el oficio de cuenta, signado por la Encargada del Despacho de la Unidad de Transparencia del H. Ayuntamiento de San Luis Potosí, de 30 treinta de junio de 2017 dos mil diecisiete y anexos de cuenta, para efecto de que dentro del término de 05 cinco días hábiles, los cuales de conformidad con lo establecido por el artículo 148 de la Ley de la materia, las notificaciones empezarán a correr al día siguiente al que se practiquen, manifieste lo que a su derecho convenga respecto del cumplimiento dado por el sujeto obligado a la resolución, pues de no manifestar al respecto esta Comisión resolverá con base en las constancias que existen. Se precisa que el oficio y anexos que se ponen a la vista, quedan a disposición en esta Comisión, para que la parte recurrente se imponga de los mismos o se entreguen las copias a su costa. Notifíquese.

CEGAIP-RR-330/2017-3 CONTRA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO. SE PROCEDE A ELABORAR EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN CORRESPONDIENTE. Notifíquese.

CEGAIP-RR-332/2017-2 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE MATEHUALA, SAN LUIS POTOSÍ. SE PROCEDE A ELABORAR EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN CORRESPONDIENTE. Notifíquese.

CEGAIP-RR-345/2017-3 CONTRA MUNICIPIO DE VILLA DE LA PAZ, SAN LUIS POTOSÍ. Se ADMITE el recurso de revisión RR-345/2017-3 interpuesto a través de correo electrónico enviado por el recurrente el 18 dieciocho de junio de la presente anualidad, contra la falta de respuesta a siete solicitudes de información y la respuesta notificada el 15 quince de junio de dos mil diecisiete, por el Municipio de Villa de la Paz, San Luis Potosí, se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Finalmente, hágasele saber al recurrente que tiene expedito su derecho para oponerse a la publicación de sus datos personales, en términos de la trigésimo octava Norma para la Protección, Tratamiento, Seguridad y Resguardo de los Datos Personales en Posesión de los Entes Obligados que emitió esta Comisión, cuando se presente alguna solicitud de acceso a alguna de las resoluciones o de las pruebas y demás constancias, siempre y cuando la unidad administrativa que lo tenga bajo su resguardo determine si tal oposición puede o no surtir efectos, tomando en cuenta para ello si la resolución citada, las pruebas o las demás constancias contienen información considerada como reservada en términos de lo previsto en la norma en comento, así como para precisar las constancias, que en su caso, consideren reservadas o confidenciales, esto último atendiendo a lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 6° Constitucional. Finalmente, visto el contenido del acuerdo CEGAIP-199/2016 del Pleno de esta Comisión, se decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, en virtud de que se actualiza la hipótesis establecida en el inciso C), por la distancia territorial del sujeto obligado que se ubica en el H. Ayuntamiento de Villa de la Paz, San Luis Potosí. Notifíquese.


CEGAIP-RR-358/2017-1 PNT NUMERO DE FOLIO PF00007517 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE ÉBANO, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-358/2017-1, interpuesto, por Marcela Martínez Sifuentes, contra la falta de respuesta, a su solicitud de información fecha doce de junio de dos mil diecisiete con número de folio 00339217 presentada al H. AYUNTAMIENTO DE ÉBANO, por conducto de su PRESIDENTE MUNICIPAL, a través de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Hágasele saber al recurrente que tiene expedito su derecho para oponerse a publicación de sus datos personales, en términos de la trigésimo octava Norma para la Protección, Tratamiento, Seguridad y Resguardo de los Datos Personales en Posesión de los Entes Obligados que emitió esta Comisión, cuando se presente alguna solicitud de acceso a alguna de las resoluciones o de las pruebas y demás constancias que obren en el expediente respectivo, siempre y cuando la unidad administrativa que tenga bajo su resguardo las constancias que obren en el expediente respectivo determine si tal oposición puede o no surtir efectos, tomando en cuenta para ello si la resolución citada, las pruebas o las demás constancias contienen información considerada como reservada en términos de lo previsto en la norma en comento, así como para precisar las constancias, que en su caso, consideren reservadas o confidenciales, esto último atendiendo a lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 6° Constitucional. Notifíquese a las partes el presente proveído a efecto de que tengan conocimiento de la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 de la Ley de la Materia en el presente recurso de Revisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-361/2017-1 CONTRA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, POR CONDUCTO DE SU TITULAR, A TRAVÉS DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DE SU DIRECTORA DE REGISTRO DE TRANSPORTE PÚBLICO. se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-361/2017-1 PLATAFORMA de folio RR00017817 asignado por la Plataforma contra la respuesta a su solicitud de información con número de folio 00353117 presentada a través de la Plataforma Nacional de Transparencia de San Luis Potosí el día veinte de junio de dos mil diecisiete presentada ante la SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, por conducto de su TITULAR, a través de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA y de su DIRECTORA DE REGISTRO DE TRANSPORTE PÚBLICO. se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Finalmente, hágasele saber al recurrente que tiene expedito su derecho para oponerse a publicación de sus datos personales, en términos de la trigésimo octava Norma para la Protección, Tratamiento, Seguridad y Resguardo de los Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados que emitió esta Comisión, cuando se presente alguna solicitud de acceso a alguna de las resoluciones o de las pruebas y demás constancias que obren en el expediente respectivo, siempre y cuando la unidad administrativa que tenga bajo su resguardo las constancias que obren en el expediente respectivo determine si tal oposición puede o no surtir efectos, tomando en cuenta para ello si la resolución citada, las pruebas o las demás constancias contienen información considerada como reservada en términos de lo previsto en la norma en comento, así como para precisar las constancias, que en su caso, consideren reservadas o confidenciales, esto último atendiendo a lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 6° Constitucional. Notifíquese.

CEGAIP-PISA-086/2016-2 CONTRA DEL C. DIEGO FRANCISCO CASTILLO RUEDA, JEFE DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN DEL H. AYUNTAMIENTO DE MATEHUALA, SAN LUIS POTOSÍ. Se tiene por recibido escrito signado por el C. Diego F. Castillo Rueda, de fecha 29 de junio de 2017, recibido en esta Comisión en la misma fecha. Visto el contenido del escrito de cuenta se tiene al compareciente por solicitado copias certificadas del presente procedimiento, en consecuencia, se expiden a su costa copias certificadas de todo lo actuado en el presente expediente, y se autoriza para recogerlas a las personas que señala en su escrito, lo anterior, previa identificación de persona autorizada y toma de razón que se asiente en autos. Notifíquese.

CEGAIP-ES-04/2017.- Se tiene por recibido y agréguese a los autos el memorándum UT/106/17, signado por la Titular de la Unidad de Transparencia de esta Comisión, de fecha 17 de abril de 2017, recibido en la Secretaría de Pleno en la misma fecha. Visto el contenido del memorándum de cuenta, se tiene a la Titular de la Unidad de Transparencia por informando que respecto del memorándum S.P./151/2017, se contactó con personal adscrito a la Dirección de Tecnologías de la Información del INAI, quien le reiteró que esta Comisión cuenta con la clave de usuario y contraseña para ingresar como administrador al Sistema Infomex, y la aludida Titular de la Unidad de Transparencia, informa que esa unidad no cuenta con los accesos mencionados de dicho sistema para llevar a cabo las adecuaciones como administrador en el sistema de solicitudes e información Infomex perteneciente a la Plataforma Nacional de Transparencia. Igualmente informa que la Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicación Social de esta Comisión, es la que cuenta con los accesos mencionados como administrador para llevar a cabo dichas programaciones y adecuaciones, y que sí es posible calendarizar la configuración e días inhábiles nuevos, pero servirán para calcular los tiempos de las solicitudes de información nuevas, no para las ya existentes. Ahora bien, en atención a lo informado por la Titular de la Unidad de Transparencia a través de su memorándum de cuenta, remítase por conducto del área de notificaciones al Director de Tecnologías de la Información y Comunicación Social de esta Comisión, copia simple del oficio DOM/044-17 y su anexo consistente en el calendario oficial 2017, a efecto de que realice las gestiones necesarias para llevar a cabo la adecuación de los plazos en la Plataforma Nacional de Transparencia, para la presentación de solicitudes de información y recursos de revisión, en atención al calendario que se señala en el oficio de cuenta DOM/044-17, y para el caso de existir alguna imposibilidad lo informe. Por último, toda vez que el memorándum de cuenta hace alusión a diversos memorándums correspondientes a los expedientes de Escritos Sueltos ES-13/2017, ES-14/2017, ES-15/2017 y ES-16/2017, remítase copia del memorándum UT/106/17, para que se provea lo conducente. Notifíquese

CEGAIP-ES-013/2017. En cumplimiento al auto de esta fecha dictado en el expediente CEGAIP-ES-04/2017, téngase por recibido y agréguese a los autos copia del memorándum UT/106/17, signado por la Titular de la Unidad de Transparencia de esta Comisión, de fecha 17 de abril de 2017, recibido en la Secretaría de Pleno en la misma fecha. Visto el contenido de la copia del memorándum de cuenta, se tiene a la Titular de la Unidad de Transparencia por informando que respecto del memorándum S.P./147/2017, se contactó con personal adscrito a la Dirección de Tecnologías de la Información del INAI, quien le reiteró que esta Comisión cuenta con la clave de usuario y contraseña para ingresar como administrador al Sistema Infomex, y la aludida Titular de la Unidad de Transparencia, informa que esa unidad no cuenta con los accesos mencionados de dicho sistema para llevar a cabo las adecuaciones como administrador en el sistema de solicitudes e información Infomex perteneciente a la Plataforma Nacional de Transparencia. Igualmente informa que la Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicación Social de esta Comisión, es la que cuenta con los accesos mencionados como administrador para llevar a cabo dichas programaciones y adecuaciones, y que sí es posible calendarizar la configuración de días inhábiles nuevos, pero servirán para calcular los tiempos de las solicitudes de información nuevas, no para las ya existentes. Ahora bien, en atención a lo informado por la Titular de la Unidad de Transparencia a través de su memorándum de cuenta, remítase por conducto del área de notificaciones al Director de Tecnologías de la Información y Comunicación Social de esta Comisión, copia simple del oficio DG/UT-351/2017 y su anexo consistente en el calendario escolar 2016 -2017, a efecto de que realice las gestiones necesarias para llevar a cabo la adecuación de los plazos en la Plataforma Nacional de Transparencia, para la presentación de solicitudes de información y recursos de revisión, en atención al calendario que se señala en el oficio de cuenta DG/UT-351/2017, y para el caso de existir alguna imposibilidad lo informe. Notifíquese

CEGAIP-ES-014/2017. En cumplimiento al auto de esta fecha dictado en el expediente CEGAIP-ES-04/2017, téngase por recibido y agréguese a los autos copia del memorándum UT/106/17, signado por la Titular de la Unidad de Transparencia de esta Comisión, de fecha 17 de abril de 2017, recibido en la Secretaría de Pleno en la misma fecha. Visto el contenido de la copia del memorándum de cuenta, se tiene a la Titular de la Unidad de Transparencia por informando que respecto del memorándum S.P./148/2017, se contactó con personal adscrito a la Dirección de Tecnologías de la Información del INAI, quien le reiteró que esta Comisión cuenta con la clave de usuario y contraseña para ingresar como administrador al Sistema Infomex, y la aludida Titular de la Unidad de Transparencia, informa que esa unidad no cuenta con los accesos mencionados de dicho sistema para llevar a cabo las adecuaciones como administrador en el sistema de solicitudes e información Infomex perteneciente a la Plataforma Nacional de Transparencia. Igualmente informa que la Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicación Social de esta Comisión, es la que cuenta con los accesos mencionados como administrador para llevar a cabo dichas programaciones y adecuaciones, y que sí es posible calendarizar la configuración de días inhábiles nuevos, pero servirán para calcular los tiempos de las solicitudes de información nuevas, no para las ya existentes. Ahora bien, de lo informado por la Titular de la Unidad de Transparencia a través de su memorándum de cuenta, se advierte que sí es posible calendarizar la configuración de días inhábiles nuevos, pero servirán para calcular los tiempos de las solicitudes de información nuevas, no para las ya existentes, por lo que tomando en cuenta que a través del oficio DG-DG-1008 UT-035/2017, únicamente se hizo del conocimiento el periodo vacacional del Colegio de Bachilleres a partir del 10 de abril reanudando actividades el 24 de abril de 2017, para el efecto de que los plazos y términos en materia de transparencia no corran, en la especie no resulta necesario remitir el oficio que dio origen al presente expediente, al Director de Tecnologías de la Información y Comunicación Social de esta Comisión, pues como lo informó la titular de la unidad de transparencia de esta Comisión, sólo se puede calendarizar la configuración de días inhábiles nuevos. Notifíquese

CEGAIP-ES-015/2017. En cumplimiento al auto de esta fecha dictado en el expediente CEGAIP-ES-04/2017, téngase por recibido y agréguese a los autos copia del memorándum UT/106/17, signado por la Titular de la Unidad de Transparencia de esta Comisión, de fecha 17 de abril de 2017, recibido en la Secretaría de Pleno en la misma fecha. Visto el contenido de la copia del memorándum de cuenta, se tiene a la Titular de la Unidad de Transparencia por informando que respecto del memorándum S.P./149/2017, se contactó con personal adscrito a la Dirección de Tecnologías de la Información del INAI, quien le reiteró que esta Comisión cuenta con la clave de usuario y contraseña para ingresar como administrador al Sistema Infomex, y la aludida Titular de la Unidad de Transparencia, informa que esa unidad no cuenta con los accesos mencionados de dicho sistema para llevar a cabo las adecuaciones como administrador en el sistema de solicitudes e información Infomex perteneciente a la Plataforma Nacional de Transparencia. Igualmente informa que la Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicación Social de esta Comisión, es la que cuenta con los accesos mencionados como administrador para llevar a cabo dichas programaciones y adecuaciones, y que sí es posible calendarizar la configuración de días inhábiles nuevos, pero servirán para calcular los tiempos de las solicitudes de información nuevas, no para las ya existentes. Ahora bien, de lo informado por la Titular de la Unidad de Transparencia a través de su memorándum de cuenta, se advierte que sí es posible calendarizar la configuración de días inhábiles nuevos, pero servirán para calcular los tiempos de las solicitudes de información nuevas, no para las ya existentes, por lo que tomando en cuenta que a través del oficio UT-0567/2017, únicamente se solicitó se considerara la interrupción de términos para el periodo del 10 al 21 de abril de 2017, para los trámites relacionados con la unidad de transparencia de la Secretaría de Educación de Gobierno del Estado, en la especie no resulta necesario remitir el oficio que dio origen al presente expediente, al Director de Tecnologías de la Información y Comunicación Social de esta Comisión, pues como lo informó la titular de la unidad de transparencia de esta Comisión, sólo se puede calendarizar la configuración de días inhábiles nuevos. Notifíquese

CEGAIP-ES-016/2017. En cumplimiento al auto de esta fecha dictado en el expediente CEGAIP-ES-04/2017, téngase por recibido y agréguese a los autos copia del memorándum UT/106/17, signado por la Titular de la Unidad de Transparencia de esta Comisión, de fecha 17 de abril de 2017, recibido en la Secretaría de Pleno en la misma fecha. Visto el contenido de la copia del memorándum de cuenta, se tiene a la Titular de la Unidad de Transparencia por informando que respecto del memorándum S.P./150/2017, se contactó con personal adscrito a la Dirección de Tecnologías de la Información del INAI, quien le reiteró que esta Comisión cuenta con la clave de usuario y contraseña para ingresar como administrador al Sistema Infomex, y la aludida Titular de la Unidad de Transparencia, informa que esa unidad no cuenta con los accesos mencionados de dicho sistema para llevar a cabo las adecuaciones como administrador en el sistema de solicitudes e información Infomex perteneciente a la Plataforma Nacional de Transparencia. Igualmente informa que la Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicación Social de esta Comisión, es la que cuenta con los accesos mencionados como administrador para llevar a cabo dichas programaciones y adecuaciones, y que sí es posible calendarizar la configuración de días inhábiles nuevos, pero servirán para calcular los tiempos de las solicitudes de información nuevas, no para las ya existentes. Ahora bien, de lo informado por la Titular de la Unidad de Transparencia a través de su memorándum de cuenta, se advierte que sí es posible calendarizar la configuración de días inhábiles nuevos, pero servirán para calcular los tiempos de las solicitudes de información nuevas, no para las ya existentes, por lo que tomando en cuenta que a través del oficio FENAPO-NUIP/021/2017, únicamente se solicitó se considerara el periodo vacacional de Semana Santa del 11 al 21 de abril de 2017, para cualquier trámite o solicitud de información, en la especie no resulta necesario remitir el oficio que dio origen al presente expediente, al Director de Tecnologías de la Información y Comunicación Social de esta Comisión, pues como lo informó la titular de la unidad de transparencia de esta Comisión, sólo se puede calendarizar la configuración de días inhábiles nuevos. Notifíquese

CEGAIP-ES-023/2017. Se tiene por recibido y agréguese a los autos el oficio número MSGS/UT/225/06/2017, signado por el Ingeniero Edson Jesús Gámez Macías, Jefe del Departamento de la Unidad de Transparencia del Ayuntamiento de Soledad de Graciano Sánchez, San Luis Potosí, de fecha 20 de junio de 2017, recibido en esta Comisión el 21 de junio de 2017, con un anexo que se acompaña. Visto el contenido del oficio y anexo de cuenta fórmese expedientillo y regístrese como Escrito Suelto bajo el número CEGAIP-ES-023/2017, en virtud de que no se encuentra dirigido a ningún número de expediente del índice de esta Comisión. Ahora bien, visto el contenido del oficio de cuenta, se tiene al compareciente por haciendo del conocimiento los días que se consideran inhábiles para el aludido Ayuntamiento y por solicitando se tomen en cuenta en su calendario oficial de actividades correspondiente a lo que resta del año 2017. En virtud de lo anterior, remítase a través de memorándum a cada uno de los Comisionados que integran este órgano colegiado, copia simple del oficio y anexo de cuenta, para los efectos legales que estimen pertinentes respecto de los trámites de sus respectivas ponencias. Notifíquese.

CEGAIP-SI-017/2017 MANUAL. En atención a su solicitud de información interpuesta en esta Comisión el día 28 de junio del 2017, y de acuerdo con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí vigente en sus artículos 53 y 54 fracciones II, IV, V, me permito darle seguimiento y trámite al expediente, como lo estipula dicha Ley; estando la información o respuesta a su disposición, en la Unidad de Transparencia de la CEGAIP. Lo anterior, según lo dispuesto en el artículo 59 y 60 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí vigente. Notifíquese.

CEGAIP-SI-019/2017 MANUAL. En atención a su solicitud de información interpuesta en esta Comisión el día 30 de junio del 2017, y de acuerdo con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí vigente en sus artículos 53 y 54 fracciones II, IV, V, me permito darle seguimiento y trámite al expediente, como lo estipula dicha Ley; estando la información o respuesta a su disposición, en la Unidad de Transparencia de la CEGAIP. Lo anterior, según lo dispuesto en el artículo 59 y 60 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí vigente. Notifíquese.


NOTIFICADOR DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ.


LICENCIADO JAVIER PÉREZ LIMON.

Bitácora del formato.
Autor inicial notificaciones cegaip/server
Creado el 10/05/2017 05:10:04 PM
Usuario actual notificaciones cegaip
Accesado el 06/17/2020 03:49:06 AM
Modificado el 10/05/2017 05:10:06 PM
ID: 04B95C15364A244E8625815500471DFC




La CEGAIP, es un organismo público con autonomía presupuestaria, operativa,
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