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Periodo de la actualización de la información.02/14/2020

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LISTA DE ACUERDOS DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE SAN LUIS POTOSÍ, SAN LUIS POTOSÍ; FIJADA EN LOS ESTRADOS DE LA MISMA, SIENDO LAS 08:00 OCHO HORAS DEL DÍA 14 CATORCE DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO 2020 DOS MIL VEINTE.

CEGAIP-RR-729/2018-3 CONTRA PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACION NACIONAL. Se remite el presente recurso al archivo de concentración de este órgano garante como asunto concluido. Notifíquese.

CEGAIP-RR-819/2019-3 CONTRA PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACION NACIONAL. Se remite el presente recurso al archivo de concentración de este órgano garante como asunto concluido. Notifíquese.

CEGAIP-RR-834/2019-3 CONTRA PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACION NACIONAL. Se remite el presente recurso al archivo de concentración de este órgano garante como asunto concluido. Notifíquese.

CEGAIP-RR-837/2019-3 CONTRA PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACION NACIONAL. Se remite el presente recurso al archivo de concentración de este órgano garante como asunto concluido. Notifíquese.

CEGAIP-RR-852/2019-3 CONTRA PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACION NACIONAL. Se remite el presente recurso al archivo de concentración de este órgano garante como asunto concluido. Notifíquese.

CEGAIP-RR-855/2019-3 CONTRA PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACION NACIONAL. Se remite el presente recurso al archivo de concentración de este órgano garante como asunto concluido. Notifíquese.

CEGAIP-RR-858/2019-3 CONTRA PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACION NACIONAL. Se remite el presente recurso al archivo de concentración de este órgano garante como asunto concluido. Notifíquese.

CEGAIP-RR-873/2019-3 CONTRA PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACION NACIONAL. Se remite el presente recurso al archivo de concentración de este órgano garante como asunto concluido. Notifíquese

CEGAIP-RR-1134/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR000076619 CONTRA MUNICIPIO DE MEXQUITIC DE CARMONA. Se remite el presente recurso al archivo de concentración de este órgano garante como asunto concluido. Notifíquese

CEGAIP-RR-1188/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00080219 CONTRA OFICIALIA MAYOR. Se remite el presente recurso al archivo de concentración de este órgano garante como asunto concluido. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1341/2019-3 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ, POR CONDUCTO DE SU PRESI DENTE MUNICIPAL, A TRÁVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se remite el presente recurso al archivo de concentración de este órgano garante como asunto concluido. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1398/2019-3 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se remite el presente recurso al archivo de concentración de este órgano garante como asunto concluido. Notifíquese

CEGAIP-RR-1675/2019-3 CONTRA COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ (CECYTE). Se remite el presente recurso al archivo de concentración de este órgano garante como asunto concluido. Notifíquese.

CEGAIP RR 1681/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO PF00019419 CONTRA ORGANISMO METROPOLITANO DE AGUA POTABLE, ALCATARILLADO, SANEAMIENTO Y SERVICIO CONEXOS (INTERAPAS). Se remite el presente recurso al archivo de concentración de este órgano garante como asunto concluido. Notifíquese.

CEGAIP RR-1700/2019-3 CONTRA SECRETARIA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO. Se remite el presente recurso al archivo de concentración de este órgano garante como asunto concluido. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1709/2019-2 PNT SICOM CONTRA MUNICIPIO DE CIUDAD DEL MAIZ. Se remite el presente recurso al archivo de concentración de este órgano garante como asunto concluido. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1736/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR000104019 CONTRA ORGANISMO METROPOLITANO DE AGUA POTABLE, ALCATARILLADO, SANEAMIENTO Y SERVICIO CONEXOS (INTERAPAS). Se remite el presente recurso al archivo de concentración de este órgano garante como asunto concluido. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2240/2019-3 CONTRA CENTROS ESTATALES DE CULTURA Y RECREACIÓN TANGAMANGA 1 Y 2. Se remite el presente recurso al archivo de concentración de este órgano garante como asunto concluido. Notifíquese

CEGAIP-RR-2519/2019-3 CONTRA SISTEMA DE EDUCACIÓN ESTATAL REGULAR. Se remite el presente recurso al archivo de concentración de este órgano garante como asunto concluido. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2737/2019-2 PNT SICOM CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-2737/2019-2 SICOM. En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Así las cosas, con fundamento en las fracciones V y VII del artículo 174 de la Ley de Transparencia vigente en el Estado, se declara cerrado el periodo de instrucción, en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2740/2019-2 PNT SICOM CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-2740/2019-2 SICOM. En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Así las cosas, con fundamento en las fracciones V y VII del artículo 174 de la Ley de Transparencia vigente en el Estado, se declara cerrado el periodo de instrucción, en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2743/2019-2 PNT SICOM CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-2743/2019-2 SICOM. En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Así las cosas, con fundamento en las fracciones V y VII del artículo 174 de la Ley de Transparencia vigente en el Estado, se declara cerrado el periodo de instrucción, en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2749/2019-2 PNT SICOM CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-2749/2019-2 SICOM. En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Así las cosas, con fundamento en las fracciones V y VII del artículo 174 de la Ley de Transparencia vigente en el Estado, se declara cerrado el periodo de instrucción, en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2758/2019-2 PNT SICOM CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-2758/2019-2 SICOM. En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Así las cosas, con fundamento en las fracciones V y VII del artículo 174 de la Ley de Transparencia vigente en el Estado, se declara cerrado el periodo de instrucción, en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2759/2019-3 CONTRA MUNICIPIO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ. Se desecha por improcedente el presente recurso de revisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2761/2019-2 PNT SICOM CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-2761/2019-2 SICOM. En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Así las cosas, con fundamento en las fracciones V y VII del artículo 174 de la Ley de Transparencia vigente en el Estado, se declara cerrado el periodo de instrucción, en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2791/2019-2 PNT SICOM CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-2791/2019-2 SICOM. En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Así las cosas, con fundamento en las fracciones V y VII del artículo 174 de la Ley de Transparencia vigente en el Estado, se declara cerrado el periodo de instrucción, en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2794/2019-2 PNT SICOM CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-2794/2019-2 SICOM. En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Así las cosas, con fundamento en las fracciones V y VII del artículo 174 de la Ley de Transparencia vigente en el Estado, se declara cerrado el periodo de instrucción, en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2797/2019-2 PNT SICOM CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-2797/2019-2 SICOM. En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Así las cosas, con fundamento en las fracciones V y VII del artículo 174 de la Ley de Transparencia vigente en el Estado, se declara cerrado el periodo de instrucción, en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2800/2019-2 PNT SICOM CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-2800/2019-2 SICOM. En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Así las cosas, con fundamento en las fracciones V y VII del artículo 174 de la Ley de Transparencia vigente en el Estado, se declara cerrado el periodo de instrucción, en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2870/2019-3 CONTRA DIRECCIÓN DE REGISTRO CIVIL EN EL ESTADO. Se desecha por extemporáneo el recurso de revisión citado al rubro Notifíquese.

CEGAIP-RR-3021/2019-3 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se desecha por improcedente el presente recurso de revisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-3024/2019-3 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-3024/2019-3, por actualizarse la hipótesis establecida en la fracción IV del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-3036/2019-3 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-3036/2019-3, por actualizarse la hipótesis establecida en la fracción IV del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-006/2020-3 OP CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE REAL DE CATORCE. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-006/2020-3-OP, en virtud de que, del análisis a las constancias que integran el presente sumario, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción II del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE REAL DE CATORCE. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Conforme a lo dispuesto por el numeral 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, en correlación con el Lineamiento Décimo Noveno fracción V, de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP, la suscrita decreta la ampliación del término para resolver el asunto que nos ocupa, en virtud de la distancia territorial del sujeto obligado, toda vez que la notificación de la presente determinación se efectuará a través de correo certificado por conducto del Servicio Postal Mexicano, circunstancia que implica un retraso en las notificaciones. Notifíquese.

CEGAIP-RR-007/2020-3 OP CONTRA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-007/2020-3-OP, al actualizarse las hipótesis establecidas en las fracciones IV y IX del artículo 167, de la Ley en cita; contra la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-013/2020-3 OP CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE RIOVERDE. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-013/2020-3-OP, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción VI del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE RIOVERDE. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Conforme a lo dispuesto por el numeral 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, en correlación con el Lineamiento Décimo Noveno fracción V, de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP, la suscrita decreta la ampliación del término para resolver el asunto que nos ocupa, en virtud de la distancia territorial del sujeto obligado, toda vez que la notificación de la presente determinación se efectuará a través de correo certificado por conducto del Servicio Postal Mexicano, circunstancia que implica un retraso en las notificaciones. Notifíquese.

CEGAIP-RR-002/2020-3 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-00/2020-3, por actualizarse la hipótesis establecida en la fracción IV del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-008/2020-3 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-008/2020-3, por actualizarse la hipótesis establecida en la fracción IV del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-017/2020-3 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se desecha por improcedente el presente recurso de revisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-020/2020-3 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-020/2020-3, por actualizarse la hipótesis establecida en la fracción IV del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-023/2020-3 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-023/2020-3, por actualizarse la hipótesis establecida en la fracción IV del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-026/2020-3 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-026/2020-3, por actualizarse la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-029/2020-3 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-029/2020-3, por actualizarse la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-032/2020-3 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-032/2020-3, por actualizarse la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-035/2020-3 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-035/2020-3, por actualizarse la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-038/2020-3 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-038/2020-3, por actualizarse la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-041/2020-3 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-041/2020-3, por actualizarse la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-044/2020-3 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-044/2020-3, por actualizarse la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-046/2020-3 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-046/2020-3, por actualizarse la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-049/2020-3 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-049/2020-3, por actualizarse la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-052/2020-3 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-052/2020-3, por actualizarse la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-055/2020-3 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-055/2020-3, por actualizarse la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-058/2020-3 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-058/2020-3, por actualizarse la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-061/2020-3 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-061/2020-3, por actualizarse la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-064/2020-3 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-064/2020-3, por actualizarse la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-070/2020-3 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-070/2020-3, por actualizarse la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-073/2020-3 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-073/2020-3, por actualizarse la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-076/2020-3 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-076/2020-3, por actualizarse la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-079/2020-3 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-079/2020-3, por actualizarse la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-082/2020-3 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-082/2020-3, por actualizarse la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-085/2020-3 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-085/2020-3, por actualizarse la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-088/2020-3 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-088/2020-3, por actualizarse la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-091/2020-3 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-091/2020-3, por actualizarse la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-094/2020-3 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-094/2020-3, por actualizarse la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-097/2020-3 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-097/2020-3, por actualizarse la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-100/2020-3 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-100/2020-3, por actualizarse la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestren dichas direcciones electrónicas para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en las mismas, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-458/2020-2 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-458/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-461/2020-2 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-461/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-464/2020-2 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-464/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-467/2020-2 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-467/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-470/2020-2 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-470/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-473/2020-2 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS, A TRAVÉS DE SU SECRETARIO, DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a Gobierno del Estado de San Luis Potosí, por Conducto de la Secretaría de Finanzas, a través de su Secretario, del Titular de la Unidad de Transparencia.. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-473/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-476/2020-2 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA, A TRAVÉS DE SU DIRECTOR GENERAL y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se Admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA, A TRAVÉS DE SU DIRECTOR GENERAL y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-476/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-479/2020-2 CONTRA LA SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y OBRAS PÚBLICAS, A TRAVÉS DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite y tramítese el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a LA SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y OBRAS PÚBLICAS, A TRAVÉS DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-479/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-482/2020-2 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-482/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho.. Notifíquese.

CEGAIP-RR-488/2020-2 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-488/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho.. Notifíquese.

CEGAIP-RR-485/2020-2 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-485/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho.. Notifíquese.

CEGAIP-RR-491/2020-2 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado a H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-491/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho.. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-286/2018 Y SUS ACUMULADOS CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE EL NARANJO SAN LUIS POTOSI. Se tiene por incumplida parcialmente la resolución de 23 de mayo de 2018.. se requiere al presidente municipal y al titular de la unidad de transparencia del municipio de el Naranjo San Luis Potosí para que dentro del término de 05 días hábiles publique de manera completa y correcta la información derivada de la obligación de transparencia. apercibido legalmente que en caso de no hacerlo se procederá en termino de lo establecido en el articulo 112 vinculado con el 190 fracción 1 de la ley de transparencia y acceso a l información pública del estado de san luis potosí. Notifíquese.

CEGAIP-PISA-006/2015-3 CONTRA EX PRESIDENTE MUNICIPAL DEL H, AYUNTAMIENTO DE MEXQUITIC DE CARMONA, SAN LUIS POTOSI. Se tiene por recibido a los autos copia simple del oficio número ASE-CGA-RF-0129/19, signado por la Contador, en su carácter de Auditor Superior del Estado, de 17 diecisiete de septiembre de 2019, dos mil diecinueve, recibido en la Oficialía de Partes de esta Comisión el 19 diecinueve de septiembre de la misma anualidad, con 02 dos anexos que acompaña. Visto el contenido de la copia simple del oficio y anexo de cuenta, se tiene a la Auditor Superior del Estado, por remitiendo cheque número 0164, por concepto de recaudación de multas captadas por la Auditoria Superior del Estado de San Luis Potosí, correspondiente a los meses de abril a junio de 2019, dos mil diecinueve. En ese tenor, del anexo remitido de la copia simple del oficio de cuenta, se desprende que sólo se ha realizado un pago por el presidente, del total de la multa impuesta por este Organismo Garante, quedando un restante de la multa a cubrir motivo por el cual, al no encontrarse cubierta la cantidad completa de la multa impuesta por este Órgano Garante, se seguirán realizando las gestiones necesarias para lograr la ejecución por el monto que corresponde a la multa impuesta al presidente. Notifíquese.

CEGAIP-REV-007/2014 DERIVADO DEL EXPEDIENTE CEGAIP-PISA-003/2011 CONTRA EN SU CARACER DE EX PRESIDENTA MUNICIPAL DE CIUDAD VALLES. Se tiene por recibido a los autos copia simple del oficio número ASE-CGA-RF-0129/19, signado por la Contador Público, en su carácter de Auditor Superior del Estado, de 17 diecisiete de septiembre de 2019, dos mil diecinueve, recibido en la Oficialía de Partes de esta Comisión el 19 diecinueve de septiembre de la misma anualidad, con 01 un anexo que acompaña. Visto el contenido de la copia simple del oficio y anexo de cuenta, se tiene a la Auditor Superior del Estado, por remitiendo cheque número 0164, por concepto de recaudación de multas captadas por la Auditoria Superior del Estado de San Luis Potosí, correspondiente a los meses de abril a junio de 2019, dos mil diecinueve. En ese tenor, del anexo remitido de la copia simple del oficio de cuenta, se desprende que de la multa impuesta en el presente procedimiento a la presidenta, En ese orden de ideas, se observa que sólo se ha realizado un pago quedando un restante de la multa a cubrir motivo por el cual, al no encontrarse cubierta la cantidad completa de la multa impuesta por este Órgano Garante, se seguirán realizando las gestiones necesarias para lograr la ejecución por el monto que corresponde a la multa impuesta a presidenta. Notifíquese.

CEGAIP-PISA-010/2013-1.- CONTRA EN SU CARÁCTER DE EX TITULAR DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN PÚBLICA DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR Y, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL DE LA BENEMÉRITA Y CENTENARIA ESCUELA NORMAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se tiene por recibido a los autos copia simple del oficio número ASE-CGA-RF-0129/19, signado por la Contador Público, en su carácter de Auditor Superior del Estado, de 17 diecisiete de septiembre de 2019, dos mil diecinueve, recibido en la Oficialía de Partes de esta Comisión el 19 diecinueve de septiembre de la misma anualidad, con 01 un anexo que acompaña. Visto el contenido de la copia simple del oficio y anexo de cuenta, se tiene a la Auditor Superior del Estado, por remitiendo cheque número 0164, por concepto de recaudación de multas captadas por la Auditoria Superior del Estado de San Luis Potosí, correspondiente a los meses de abril a junio de 2019, dos mil diecinueve.En ese tenor, de una revisión a los presentes autos, se advierte que en el presente asunto, NO se han realizado pagos, por lo cual, la multa impuesta motivo por el cual, del pago realizado por el---quedó un restante de la multa a cubrir por tal motivo por el cual, al no encontrarse cubierta la cantidad completa de la multa impuesta por este Órgano Garante, se seguirán realizando las gestiones necesarias para lograr la ejecución por el monto que corresponde al total de la suma de las multas impuestas al Director en el presente expediente y en PISA-001/2016-1. Notifíquese.

CEGAIP-PISA-041/2016-2 VIPÓ CONTRA PRESIDENTE MUNICIPAL Y POR, JEFE DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN PÚBLICA, AMBOS DEL H. AYUNTAMIENTO DE TANCANHUITZ, SAN LUIS POTOSÍ. Se tiene por recibido y agréguese a los autos copia simple del oficio número ASE-CA-RF-00147/19, signado por la Contador Público en su carácter de Auditor Superior del Estado, de 18 dieciocho de octubre de 2019, dos mil diecinueve, recibido en la Oficialía de Partes de esta Comisión el 29 veintinueve de octubre de la misma anualidad, con 02 dos anexos que acompaña. En lo tocante al contenido de la copia simple del oficio y anexo de cuenta, se tiene a la Auditor Superior del Estado, por remitiendo cheque número 0165, por concepto de recaudación de multas captadas por la Auditoria Superior del Estado de San Luis Potosí, correspondiente a los meses de julio a septiembre de 2019, dos mil diecinueve. De lo anterior, se advierte que la multa impuesta por esta Comisión a los presidente y jefe de unidad se encuentra totalmente cubierta, en ese sentido y tomando en cuenta que no existe trámite alguno pendiente por desahogar, con fundamento en el artículo 3, fracción III de la abrogada Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aplicable en el presente asunto, artículos 4, 7 fracción VI, 49 y 50 fracción I de la Ley de Archivos del Estado y los artículos 2 fracción X y 6 de los Lineamientos Generales para la Gestión de Archivos, se manda archivar este expediente al Archivo de Concentración como asunto totalmente concluido. Notifíquese.

CEGAIP-PISA-103/2016-1 CONTRA EX PRESIDENTE MUNICIPAL Y EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE MUNICIPAL, AMBOS DEL H. AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA, SAN LUIS POTOSÍ. Se tiene por recibido y agréguese a los autos copia simple del oficio número ASE-CGA-RF-0129/19, signado por la Contador Público, en su carácter de Auditor Superior del Estado, de 17 diecisiete de septiembre de 2019, dos mil diecinueve, recibido en la Oficialía de Partes de esta Comisión el 19 diecinueve de septiembre de la misma anualidad, con 01 un anexo que acompaña; de la misma manera, agréguese copia simple del oficio número ASE-CA-RF-00147/19, signado por la Contador Público en su carácter de Auditor Superior del Estado, de 18 dieciocho de octubre de 2019, dos mil diecinueve, recibido en la Oficialía de Partes de esta Comisión el 29 veintinueve de octubre de la misma anualidad, con 01 un anexo que acompaña. Visto el contenido de la copia simple del primer oficio y anexo de cuenta, se tiene a la Auditor Superior del Estado, por remitiendo cheque número 0164, por concepto de recaudación de multas captadas por la Auditoria Superior del Estado de San Luis Potosí, correspondiente a los meses de abril a junio de 2019, dos mil diecinueve. En lo tocante al contenido de la copia simple del segundo oficio y anexo de cuenta, se tiene a la Auditor Superior del Estado, por remitiendo cheque número 0165, por concepto de recaudación de multas captadas por la Auditoria Superior del Estado de San Luis Potosí, correspondiente a los meses de julio a septiembre de 2019, dos mil diecinueve. En ese orden de ideas, de una suma de todos los pagos realizados por el presidente queda un restante de la multa a cubrir. En lo que respecta a la ex presidente), quedando un restante de la multa a cubrir,, motivo por el cual, al no encontrarse cubierta la cantidad completa de la multa impuesta por este Órgano Garante, por ninguna de las dos personas, se seguirán realizando las gestiones necesarias para lograr la ejecución por el monto que corresponde a la multa impuesta a los ex presidente y presidente. Notifíquese.


NOTIFICADOR DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ.


LICENCIADO JAVIER PÉREZ LIMON.

Bitácora del formato.
Autor inicial notificaciones cegaip/cegaip
Creado el 02/14/2020 08:47:32 AM
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Accesado el 06/17/2020 04:40:44 AM
Modificado el 02/14/2020 08:47:35 AM
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