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LISTA DE ACUERDOS DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE SAN LUIS POTOSÍ, SAN LUIS POTOSÍ; FIJADA EN LOS ESTRADOS DE LA MISMA, SIENDO LAS 08:00 OCHO HORAS DEL DÍA 10 DIEZ DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO 2019 DOS MIL DIECINUEVE.

CEGAIP-RR-884/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR00064719 CONTRA ORGANISMO INTERMUNICIPAL METROPOLITANO DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO, SANEAMIENTO Y SERVICIOS CONEXOS (INTERAPAS), POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN CONFIRMA EL ACTO IMPUGNADO. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1019/2019-2 SICOM CONTRA ORGANISMO INTERMUNICIPAL METROPOLITANO DE AGUA POTABLE. ALCANTARILLADO, SANEAMIENTO Y SERVICIOS CONEXOS (INTERAPAS), POR CONDUCTO DE SU DIRECTOR GENERAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN MODIFICA EL ACTO IMPUGNADO. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1052/2019-1 CONTRA SECRETARIA DE DESARROLLO AGROPECUARIO Y RECURSO HODRAULICOS, A TRAVÉS DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN APLICA LA AFIRMATIVA FICTA Notifíquese.

CEGAIP-RR-1118/2019-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR000075919 CONTRA ORGANISMO INTERMUNICIPAL METROPOLITANO DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO, SANEAMIENTO Y SERVICIOS CONEXOS (INTERAPAS), A TRAVÉS DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN MODIFICA LA RESPUESTA DEL SUJETO OBLIGADO. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1142/2019-2 PNT SICOM CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO ATRAVES DE SU TITULAR Y DEL TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE INFORMCION PUBLICA. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN SOBRESEE EL PRESENTE RECURSO DE REVISIÓN. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1163/2019-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR000077919 CONTRA. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN CONFIRMA EL ACTO IMPUGNADO. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1235/2019-2 PNT NUMERO DE FOLIO PF000014219 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA CASA CUNA MARGARITA MAZA DE JUÁREZ, A TRAVÉS DE SU TITULAR Y TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN SOBRESEE EL PRESENTE RECURSO DE REVISIÓN. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1238/2019-2 PNT NUMERO DE FOLIO PF000014519 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA CASA CUNA MARGARITA MAZA DE JUÁREZ, A TRAVÉS DE SU TITULAR Y TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN SOBRESEE EL PRESENTE RECURSO DE REVISIÓN. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1550/2019-1 PNT SICOM CONTRA ORGANISMO INTERMUNICIPAL METROPOLITANO DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO, SANEAMIENTO Y SERVICIOS CONEXOS (INTERAPAS), POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA3. Visto el contenido del expediente en que se actúa, el suscrito decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, de tal manera que las presentes constancias requieren de un mayor análisis para su estudio; lo anterior con fundamento en el lineamiento décimo noveno, fracción III de los lineamientos para la recepción, substanciación, resolución y cumplimiento de los recursos de revisión promovidos ante esta comisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1568/2019-1 PNT SICOM CONTRA ORGANISMO INTERMUNICIPAL METROPOLITANO DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO, SANEAMIENTO Y SERVICIOS CONEXOS (INTERAPAS), POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA3. Visto el contenido del expediente en que se actúa, el suscrito decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, de tal manera que las presentes constancias requieren de un mayor análisis para su estudio; lo anterior con fundamento en el lineamiento décimo noveno, fracción III de los lineamientos para la recepción, substanciación, resolución y cumplimiento de los recursos de revisión promovidos ante esta comisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1571/2019-1 PNT SICOM CONTRA ORGANISMO INTERMUNICIPAL METROPOLITANO DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO, SANEAMIENTO Y SERVICIOS CONEXOS (INTERAPAS), POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA3. Visto el contenido del expediente en que se actúa, el suscrito decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, de tal manera que las presentes constancias requieren de un mayor análisis para su estudio; lo anterior con fundamento en el lineamiento décimo noveno, fracción III de los lineamientos para la recepción, substanciación, resolución y cumplimiento de los recursos de revisión promovidos ante esta comisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1577/2019-1 CONTRA COORDINACION GENERAL DE PROTECCION CIVIL DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Visto el contenido del expediente en que se actúa, el suscrito decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, de tal manera que las presentes constancias requieren de un mayor análisis para su estudio; lo anterior con fundamento en el lineamiento décimo noveno, fracción III de los lineamientos para la recepción, substanciación, resolución y cumplimiento de los recursos de revisión promovidos ante esta comisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1586/2019-1 CONTRA COORDINACION GENERAL DE PROTECCION CIVIL DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Visto el contenido del expediente en que se actúa, el suscrito decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, de tal manera que las presentes constancias requieren de un mayor análisis para su estudio; lo anterior con fundamento en el lineamiento décimo noveno, fracción III de los lineamientos para la recepción, substanciación, resolución y cumplimiento de los recursos de revisión promovidos ante esta comisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1589/2019-3 CONTRA SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE GOBIERNO DEL ESTADO. Visto el contenido del expediente en que se actúa, el suscrito decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, de tal manera que las presentes constancias requieren de un mayor análisis para su estudio; lo anterior con fundamento en el lineamiento décimo noveno, fracción III de los lineamientos para la recepción, substanciación, resolución y cumplimiento de los recursos de revisión promovidos ante esta comisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1592/2019-1 CONTRA PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Visto el contenido del expediente en que se actúa, el suscrito decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, de tal manera que las presentes constancias requieren de un mayor análisis para su estudio; lo anterior con fundamento en el lineamiento décimo noveno, fracción III de los lineamientos para la recepción, substanciación, resolución y cumplimiento de los recursos de revisión promovidos ante esta comisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1595/2019-1 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Visto el contenido del expediente en que se actúa, el suscrito decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, de tal manera que las presentes constancias requieren de un mayor análisis para su estudio; lo anterior con fundamento en el lineamiento décimo noveno, fracción III de los lineamientos para la recepción, substanciación, resolución y cumplimiento de los recursos de revisión promovidos ante esta comisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1598/2019-1 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Visto el contenido del expediente en que se actúa, el suscrito decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, de tal manera que las presentes constancias requieren de un mayor análisis para su estudio; lo anterior con fundamento en el lineamiento décimo noveno, fracción III de los lineamientos para la recepción, substanciación, resolución y cumplimiento de los recursos de revisión promovidos ante esta comisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1601/2019-1 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Visto el contenido del expediente en que se actúa, el suscrito decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, de tal manera que las presentes constancias requieren de un mayor análisis para su estudio; lo anterior con fundamento en el lineamiento décimo noveno, fracción III de los lineamientos para la recepción, substanciación, resolución y cumplimiento de los recursos de revisión promovidos ante esta comisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1604/2019-1 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Visto el contenido del expediente en que se actúa, el suscrito decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, de tal manera que las presentes constancias requieren de un mayor análisis para su estudio; lo anterior con fundamento en el lineamiento décimo noveno, fracción III de los lineamientos para la recepción, substanciación, resolución y cumplimiento de los recursos de revisión promovidos ante esta comisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1607/2019-1 CONTRA SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES AL SERVICIO DE GOBIERNO DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Visto el contenido del expediente en que se actúa, el suscrito decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, de tal manera que las presentes constancias requieren de un mayor análisis para su estudio; lo anterior con fundamento en el lineamiento décimo noveno, fracción III de los lineamientos para la recepción, substanciación, resolución y cumplimiento de los recursos de revisión promovidos ante esta comisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1610/2019-1 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Visto el contenido del expediente en que se actúa, el suscrito decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, de tal manera que las presentes constancias requieren de un mayor análisis para su estudio; lo anterior con fundamento en el lineamiento décimo noveno, fracción III de los lineamientos para la recepción, substanciación, resolución y cumplimiento de los recursos de revisión promovidos ante esta comisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1613/2019-1 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Visto el contenido del expediente en que se actúa, el suscrito decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, de tal manera que las presentes constancias requieren de un mayor análisis para su estudio; lo anterior con fundamento en el lineamiento décimo noveno, fracción III de los lineamientos para la recepción, substanciación, resolución y cumplimiento de los recursos de revisión promovidos ante esta comisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1619/2019-1 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Visto el contenido del expediente en que se actúa, el suscrito decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, de tal manera que las presentes constancias requieren de un mayor análisis para su estudio; lo anterior con fundamento en el lineamiento décimo noveno, fracción III de los lineamientos para la recepción, substanciación, resolución y cumplimiento de los recursos de revisión promovidos ante esta comisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1622/2019-1 CONTRA INSTITUTO POTOSINO DEL DEPORTE, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Visto el contenido del expediente en que se actúa, el suscrito decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, de tal manera que las presentes constancias requieren de un mayor análisis para su estudio; lo anterior con fundamento en el lineamiento décimo noveno, fracción III de los lineamientos para la recepción, substanciación, resolución y cumplimiento de los recursos de revisión promovidos ante esta comisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1625/2019-1 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Visto el contenido del expediente en que se actúa, el suscrito decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, de tal manera que las presentes constancias requieren de un mayor análisis para su estudio; lo anterior con fundamento en el lineamiento décimo noveno, fracción III de los lineamientos para la recepción, substanciación, resolución y cumplimiento de los recursos de revisión promovidos ante esta comisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1631/2019-1 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Visto el contenido del expediente en que se actúa, el suscrito decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, de tal manera que las presentes constancias requieren de un mayor análisis para su estudio; lo anterior con fundamento en el lineamiento décimo noveno, fracción III de los lineamientos para la recepción, substanciación, resolución y cumplimiento de los recursos de revisión promovidos ante esta comisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1634/2019-1 CONTRA SECRETARIA DE ECOLOGIA Y GESTION AMBIENTAL, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Visto el contenido del expediente en que se actúa, el suscrito decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, de tal manera que las presentes constancias requieren de un mayor análisis para su estudio; lo anterior con fundamento en el lineamiento décimo noveno, fracción III de los lineamientos para la recepción, substanciación, resolución y cumplimiento de los recursos de revisión promovidos ante esta comisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1637/2019-1 CONTRA A SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Visto el contenido del expediente en que se actúa, el suscrito decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, de tal manera que las presentes constancias requieren de un mayor análisis para su estudio; lo anterior con fundamento en el lineamiento décimo noveno, fracción III de los lineamientos para la recepción, substanciación, resolución y cumplimiento de los recursos de revisión promovidos ante esta comisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1640/2019-1 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Visto el contenido del expediente en que se actúa, el suscrito decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, de tal manera que las presentes constancias requieren de un mayor análisis para su estudio; lo anterior con fundamento en el lineamiento décimo noveno, fracción III de los lineamientos para la recepción, substanciación, resolución y cumplimiento de los recursos de revisión promovidos ante esta comisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1643/2019-1 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Visto el contenido del expediente en que se actúa, el suscrito decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, de tal manera que las presentes constancias requieren de un mayor análisis para su estudio; lo anterior con fundamento en el lineamiento décimo noveno, fracción III de los lineamientos para la recepción, substanciación, resolución y cumplimiento de los recursos de revisión promovidos ante esta comisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1646/2019-1 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Visto el contenido del expediente en que se actúa, el suscrito decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, de tal manera que las presentes constancias requieren de un mayor análisis para su estudio; lo anterior con fundamento en el lineamiento décimo noveno, fracción III de los lineamientos para la recepción, substanciación, resolución y cumplimiento de los recursos de revisión promovidos ante esta comisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1655/2019-1 CONTRA OFICIALIA MAYOR, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Visto el contenido del expediente en que se actúa, el suscrito decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, de tal manera que las presentes constancias requieren de un mayor análisis para su estudio; lo anterior con fundamento en el lineamiento décimo noveno, fracción III de los lineamientos para la recepción, substanciación, resolución y cumplimiento de los recursos de revisión promovidos ante esta comisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1664/2019-1 CONTRA PARTIDO DEL TRABAJO, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Visto el contenido del expediente en que se actúa, el suscrito decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, de tal manera que las presentes constancias requieren de un mayor análisis para su estudio; lo anterior con fundamento en el lineamiento décimo noveno, fracción III de los lineamientos para la recepción, substanciación, resolución y cumplimiento de los recursos de revisión promovidos ante esta comisión. Notifíquese.

CEGAIP-PIMA-17/2018 DERIVADO DEL RECURSO DE REVISIÓN 053/2016-3 CONTRA MUNICIPIO DE CERRO DE SAN PEDRO. Como está relacionado en el capítulo de antecedentes de este proveído, se agrega a los autos los oficios mencionados de los puntos primero al cuarto, para que obren como correspondan en este asunto. Segundo. Por lo que toca al punto quinto del capítulo de antecedentes, el suscrito lo acuerdo de la manera siguiente: Cumplimiento a la sentencia del juicio de nulidad dictada dentro del expediente 708/2018/2 de la Segunda Sala del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa. Ahora, como ya se dijo, el veinte de septiembre de este año, la Segunda Sala del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa dictó un auto en el que, entre otras cosas, previno a la CEGAIP que represento, para que dentro del plazo de diez días contados al que surtiera efectos la notificación diera cumplimiento a la sentencia. De ahí que, el citado auto del veinte de septiembre de este año, esta CEGAIP lo recibió el día veinticinco del mes de que se trata. Ahora, en el citado auto del veinte de septiembre de dos mil diecinueve en la que la Segunda Sala ordenó a esta CEGAIP realizara las acciones siguientes: I. Que dejara sin efecto la resolución del dieciocho de mayo de dos mil dieciocho dictada en los autos del procedimiento de la imposición de la medida de apremio CEGAIP-PIMA 017/2018. II. Que girara oficio a la Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicación Social de la Comisión, a fin de que cancelara el registro de la medida de apremio impuesta a la actora AIDÉ ELIZABETH ORDAZ GÓMEZ. III. Que girara oficio a la Auditoría Superior del Estado para que no requiriera el cumplimiento de la medida de apremio impuesta a la actora AIDÉ ELIZABETH ORDAZ GÓMEZ. Pues bien, de conformidad con el artículo 246 del Código y, a lo ordenado por su Señoría doy cumplimiento a la sentencia en los siguientes términos. En primer lugar, como se dijo en el capítulo de antecedentes está agregado a los autos de este expediente el acuerdo CEGAIP-610/2019 S.O en donde el ocho de octubre de este año y, precisamente a lo ordenado por la Segunda Sala del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa el Pleno de la CEGAIP dejó sin efecto el acuerdo CEGAIP-185/2018 S.E. de la sesión extraordinaria del veintiocho de febrero en donde aprobó la aplicación de la medida de apremio 017/2018 al Titular de la Unidad de Transparencia del municipio de Cerro de San Pedro derivada del recurso de revisión 53/2016-2. De ahí que, la aplicación de la medida de apremio a AIDÉ ELIZABETH ORDAZ GÓMEZ ha quedado sin efectos. En segundo lugar y, respecto a que esta CEGAIP girara oficio a la Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicación Social de la Comisión, a fin de que cancelara el registro de la medida de apremio impuesta a la actora. En el momento procesal oportuno, deberán inscribirse los datos de la resolución que ponga fin al medio de impugnación, con una síntesis de sus puntos resolutivos y el sentido en que se resuelve, precisando el estado que guarde la medida de apremio. Por lo tanto, de lo expuesto y de las disposiciones vistas, está claro que esta CEGAIP tiene una antinomia entre las normas citadas y lo ordenado por la Segunda Sala del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa, puesto que, por un lado, esos artículos y lineamientos citados ordenan la publicación de las medidas de apremio, su impugnación y resultado y, por otro lado, la sentencia de que se trata, ordena la cancelación del oficio que esta CEGAIP debe de girar al Director de Tecnologías de la Información de la Información y Comunicación Social para la publicación de la medida de apremio. Es por ello que, para efecto de dar cumplimiento a lo ordenado por la Segunda Sala citada en la sentencia, de manera muy atenta y respetuosa solicito, que se pronuncie sobre lo ya manifestado, ello, siempre en aras de lo aquí expuesto no se pudiese interpretar en el sentido de no cumplir, o incurrir en alguna omisión o mala interpretación sobre el cumplimiento a la sentencia, sino por el contrario, de dar cumplimie

nto a lo ordenado y, con las vicisitudes expuestas. En tercer lugar, por lo que toca a lo ordenado en el sentido de que esta CEGAIP girara atento oficio a la Auditoría Superior del Estado para que no requiriera el cumplimiento a la medida de apremio impuesta a la actora. Sobre este punto, para efecto de dar cumplimiento a lo ordenado, es de decirle, que esta CEGAIP, nunca elaboró y, por ende, nunca giró oficio a la Auditoría Superior del Estado, precisamente porque para que dicho trámite se llevara a cabo, era el caso de que la medida de apremio no fuese impugnada, o, que si fuese impugnada, este Tribunal la haya declarado legal y, ésta sentencia quedara firme. Es por ello que, ese oficio no existe, pues esta CEGAIP nunca lo generó por las razones apuntadas. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-950/2018 Y ACUMULADOS CONTRA AYUNTAMIENTO DE MATEHUALA SAN LUIS POTOSÍ. Se determina que SUBSISTE EL INCUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN DE 05 CINCO DE JUNIO DE 2018 DOS MIL DIECIOCHO, dictada en la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia DEIOT-950 /2018 y sus acumulados del índice de esta Comisión. INFÓRMESE AL PLENO DE ESTA COMISIÓN QUE SUBSISTE EL INCUMPLIMIENTO PARCIAL A LA RESOLUCIÓN DE 05 CINCO DE JUNIO DE 2018 DICTADA EN LA PRESENTE DENUNCIA, para efecto de que valore las consideraciones vertidas en el presente proveído. Se requiere al Ayuntamiento de Matehuala, San Luis Potosí, para que dentro del término de 05 cinco días hábiles, el o los servidores públicos responsables de la difusión de la información denunciada y otorguen total y debido cumplimiento a la resolución de 05 cinco de junio de 2018 dos mil dieciocho. Notifíquese.


NOTIFICADOR DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ.


LICENCIADO JAVIER PÉREZ LIMON.

Bitácora del formato.
Autor inicial notificaciones cegaip/cegaip
Creado el 10/10/2019 07:34:51 AM
Usuario actual notificaciones cegaip
Accesado el 06/17/2020 04:40:33 AM
Modificado el 10/10/2019 07:34:53 AM
ID: B95EED908F8255F18625848F004A9A0E




La CEGAIP, es un organismo público con autonomía presupuestaria, operativa,
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