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LISTA DE ACUERDOS DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE SAN LUIS POTOSÍ, SAN LUIS POTOSÍ; FIJADA EN LOS ESTRADOS DE LA MISMA, SIENDO LAS 08:00 OCHO HORAS DEL DÍA 22 VEINTIDÓS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018 DOS MIL DIECIOCHO.

CEGAIP-RR-174/2018-3 CONTRA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO. Se tiene por recibido el escrito antes referido, por medio del cual el particular presenta manifestaciones de inconformidad respecto de la información entregada por el sujeto obligado, por tanto, agréguese al presente expediente para efecto de que sean tomadas en consideración al momento de que esta Comisión se pronuncie en cuanto al cumplimiento, o en su defecto, del incumplimiento a la resolución emitida el cuatro de mayo de la presente anualidad. Notifíquese.
CEGAIP-RR-309/2018-3CONTRA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO. Se tiene por recibido el escrito antes referido, por medio del cual el particular presenta manifestaciones de inconformidad respecto de la información entregada por el sujeto obligado, por tanto, agréguese al presente expediente para efecto de que sea tomado en consideración al momento de que esta Comisión se pronuncie en cuanto al cumplimiento, o en su defecto, del incumplimiento a la resolución emitida el cinco de junio de la presente anualidad. Notifíquese.
CEGAIP-RR-324/2018-3 CONTRA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO. Se tiene por recibido el escrito antes referido, por medio del cual el particular presenta manifestaciones de inconformidad respecto de la información entregada por el sujeto obligado, por tanto, agréguese al presente expediente para efecto de que sean tomadas en consideración al momento de que esta Comisión se pronuncie en cuanto al cumplimiento, o en su defecto, del incumplimiento a la resolución emitida el ocho de junio de la presente anualidad. Notifíquese.
CEGAIP-RR-663/2018-2 SIGEMI CONTRA CONGRESO DEL ESTADO. Dése vista al recurrente con los documentos antes referidos para que, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente hábil de la notificación del presente Acuerdo, manifieste lo que a su derecho convenga. Notifíquese.

CEGAIP-RR-816/2018-3 CONTRA ORGANISMO INTERMUNICIPAL METROPOLITANO DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO, SANEAMIENTO Y SERVICIOS CONEXOS DE LOS MUNICIPIOS DE CERRO DE SAN PEDRO, SAN LUIS POTOSÍ Y SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Se procede al cierre de instrucción del expediente en que se actúa, para efectúa d que se emita la resolución que en derecho proceda. Notifíquese.

CEGAIP-RR-834/2018-3 CONTRA CONGRESO DE LA UNION. Se decreta el cierre de instrucción del expediente en que se actúa, para efectúa d que se emita la resolución que en derecho proceda. Notifíquese.

CEGAIP-RR-876/2018-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN VICENTE TANCUAYALAB, S.L.P. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-876/2018-3, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción VI del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN VICENTE TANCUAYALAB, S.L.P., Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Esto de conformidad con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-879/2018-3 CONTRA JUNTA ESTATAL DE CAMINOS. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-879/2018-3, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción II del artículo 167, de la Ley en cita; contra la JUNTA ESTATAL DE CAMINOS, Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-894/2018-3 CONTRA AUDITORIA SUPERIOR DEL ESTADO. se admite en tiempo el recurso de revisión RR-894/2018-3, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción I del artículo 167, de la Ley en cita; contra la AUDITORIA SUPERIOR DEL ESTADO, Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-904/2018-1 CONTRA PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-904/2018-1 interpuesto el 09 nueve de noviembre del año en curso, contra la respuesta a la solicitud de información presentada el 23 veintitrés de octubre del año en curso, al PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-907/2018-1 CONTRA AYUNTAMIENTO DE TANQUÍAN DE ESCOBEDO, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-907/2018-1 interpuesto el 13 trece de noviembre del año en curso, contra la respuesta a la solicitud de información presentada el 31 treinta y uno de octubre del año en curso, al AYUNTAMIENTO DE TANQUÍAN DE ESCOBEDO, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Se decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, aunado a la distancia que existe entre el domicilio del sujeto obligado y la cede de esta comisión; lo anterior con fundamento en el lineamiento décimo noveno, fracción V de los lineamientos para la recepción, substanciación, resolución y cumplimiento de los recursos de revisión promovidos ante esta comisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-910/2018-1 CONTRA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO. Se requiere al recurrente para que precise su motivo de agravio y señale las razones por las cuales considera que se ha violado su derecho de acceso a la información, esto en un plazo no mayor a 5 días contados a partir del día siguiente de la notificación de la prevención, con el apercibimiento de que, de no cumplir, se desechara el recurso de revisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-913/2018-1 CONTRA CENTRO DE ASISTENCIA SOCIAL RAFAEL NIETO, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-913/2018-1 interpuesto el 14 catorce de noviembre del año en curso, contra la respuesta a la solicitud de información presentada el 23 veintitrés de octubre del año en curso, al CENTRO DE ASISTENCIA SOCIAL RAFAEL NIETO, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada Notifíquese.

CEGAIP-RR-916/2018-1 CONTRA AYUNTAMIENTO DE TANLAJÁS, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-916/2018-1 interpuesto el 14 catorce de noviembre del año en curso, contra la respuesta a la solicitud de información presentada el 09 nueve de octubre del año en curso, al AYUNTAMIENTO DE TANLAJÁS, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada se decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, aunado a la distancia que existe entre el domicilio del sujeto obligado y la cede de esta comisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-919/2018-1 CONTRA SISTEMA DIF MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE VILLA HIDALGO, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-919/2018-1 interpuesto el 14 catorce de noviembre del año en curso, contra la respuesta a la solicitud de información presentada el 12 doce de octubre del año en curso, al SISTEMA DIF MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE VILLA HIDALGO, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. se decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, aunado a la distancia que existe entre el domicilio del sujeto obligado y la cede de esta comisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-925/2018-1 CONTRA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS DE SAN LUIS POTOSÍ. (CEDH). Se requiere al recurrente para que precise su motivo de agravio y señale las razones por las cuales considera que se ha violado su derecho de acceso a la información, esto en un plazo no mayor a 5 días contados a partir del día siguiente de la notificación de la prevención, con el apercibimiento de que, de no cumplir, se desechara el recurso de revisión. Notifíquese.

CEGAIP-RR-928/2018-1 CONTRA AYUNTAMIENTO DE AQUISMÓN, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE en tiempo y forma el recurso de revisión RR-928/2018-1 interpuesto el 20 veinte de noviembre del año en curso, contra la respuesta a la solicitud de información presentada el 21 veintiuno de octubre del año en curso, al AYUNTAMIENTO DE AQUISMÓN, por conducto de su TITULAR y de su TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada se decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, aunado a la distancia que existe entre el domicilio del sujeto obligado y la cede de esta comisión Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-265/2018 Y SUS ACUMULADOS CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE EL NARANJO SAN LUIS POTOSI. Se remite la presente denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia DEIOT-265/2018 y sus acumulados, a la Unidad de Verificaciones de esta Comisión, para que verifique el estado de cumplimiento de la resolución de 23 veintitrés de mayo de 2018 dos mil dieciocho. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-327/2018 Y SUS ACUMULADOS CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE EL NARANJO SAN LUIS POTOSI. Se remite la presente denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia DEIOT-327/2018 y sus acumulados, a la Unidad de Verificaciones de esta Comisión, para que verifique el estado de cumplimiento de la resolución de 23 veintitrés de mayo de 2018 dos mil dieciocho. Notifíquese

CEGAIP-DEIOT-335/2018 Y SUS ACUMULADOS CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE EL NARANJO SAN LUIS POTOSI. Se remite la presente denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia DEIOT-335/2018 y sus acumulados, a la Unidad de Verificaciones de esta Comisión, para que verifique el estado de cumplimiento de la resolución de 23 veintitrés de mayo de 2018 dos mil dieciocho. Notifíquese

CEGAIP-DEIOT-1451/2018 CONTRA COMISION ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PUBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se ADMITE la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia presentada en contra del sujeto obligado Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosi. Se requiere al Sujeto Obligado, para que en términos del punto tercero del presente proveído, rindan el informe pormenorizado acerca de las omisiones que se le imputan en la denuncia de mérito, lo anterior, con el apercibimiento de ley. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-1452/2018 CONTRA COMISION ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PUBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se ADMITE la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia presentada en contra del sujeto obligado Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, Se requiere al Sujeto Obligado para que en términos del punto tercero del presente proveído, rindan el informe pormenorizado acerca de las omisiones que se le imputan en la denuncia de mérito, lo anterior, con el apercibimiento de ley. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-1453/2018 CONTRA COMISION ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PUBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se ADMITE la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia presentada en contra del sujeto obligado Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí. Se requiere al Sujeto Obligado para que en términos del punto tercero del presente proveído, rindan el informe pormenorizado acerca de las omisiones que se le imputan en la denuncia de mérito, lo anterior, con el apercibimiento de ley. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-1454/2018 CONTRA COMISION ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PUBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se ADMITE la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia presentada en contra del sujeto obligado Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, Se requiere al Sujeto Obligado para que en términos del punto tercero del presente proveído, rindan el informe pormenorizado acerca de las omisiones que se le imputan en la denuncia de mérito, lo anterior, con el apercibimiento de ley.

CEGAIP-SI -028/2018-MANUAL. En atención a su solicitud de información interpuesta en esta Comisión el día 09 de noviembre del 2018, y de acuerdo con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí vigente en sus artículos 53 y 54 fracciones II, IV, V, me permito darle seguimiento y trámite al expediente, como lo estipula dicha Ley; estando la información o respuesta a su disposición, en la Unidad de Transparencia de la CEGAIP. Lo anterior, según lo dispuesto en el artículo 59 y 60 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí vigente. Notifíquese.


NOTIFICADOR DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ.


LICENCIADO JAVIER PÉREZ LIMON.

Bitácora del formato.
Autor inicial notificaciones cegaip/cegaip
Creado el 11/22/2018 08:06:01 AM
Usuario actual notificaciones cegaip
Accesado el 06/17/2020 04:37:22 AM
Modificado el 11/22/2018 08:06:03 AM
ID: E3711104D6F1B8D98625834D004D7491




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