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Periodo de la actualización de la información.03/05/2019

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LISTA DE ACUERDOS DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE SAN LUIS POTOSÍ, SAN LUIS POTOSÍ; FIJADA EN LOS ESTRADOS DE LA MISMA, SIENDO LAS 08:00 OCHO HORAS DEL DÍA 05 CINCO DEL MES DE MARZO DEL AÑO 2019 DOS MIL DIECINUEVE.

CEGAIP-RR-635/2017-2 CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN, A TRAVÉS DE SU SECRETARIO Y DEL TITULAR D ELA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, ASI COMO DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL REGULAR, A TRAVÉS DE SU DIRECTORA GENERAL DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y DE LA DIRECTORA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS, AL IGUAL QUE DEL DIRECTOR GENERAL DE LA BENEMÉRITA Y CENTENARIA ESCUELA NORMAL DEL ESTADO. Se tiene por cumplida la resolución de 06 seis de diciembre de 2017, dos mil diecisiete, dictada en el recurso de revisión 635/2017-2 del índice de esta Comisión. Remítase en su oportunidad este expediente al Archivo de Concentración de este Órgano Colegiado. Notifíquese.

CEGAIP-814/2018-1 SIGEMI CONTRA AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN MODIFICA LA RESPUESTA OTORGADA POR EL ENTE OBLIGADO Notifíquese.

CEGAIP-RR-823/2018-3 CONTRA MUNICIPIO DE ALAQUINES, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN APLICA EL PRINCIPIO DE AFIRMATIVA FICTA. Notifíquese.

CEGAIP-RR-850/2018-2 PNT NUMERO DE FOLIO RR00036518 CONTRA AYUNTAMIENTO DE LAGUNILLAS, SAN LUIS POTOSÍ POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN CONFIRMA LA RESPUESTA OTORGADA POR EL ENTE OBLIGADO Notifíquese.

CEGAIP-RR-034/2019-1 CONTRA OFICIALIA MAYOR, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Visto el contenido del expediente en que se actúa, el suscrito decreta la ampliación del plazo establecido en el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, para el presente recurso de revisión, en virtud de las especiales circunstancias del asunto en cuestión, así como por su naturaleza y la relación que guarda con los rudimentos del derecho humano de acceso a la información pública, de tal manera que las presentes constancias requieren de un mayor análisis para su estudio. Notifíquese.

CEGAIP-RR-103/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO PF000000519 CONTRA PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACION NACIONAL POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de la instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-106/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO PF000000519 CONTRA PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACION NACIONAL POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de la instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-118/2019-1 CONTRA MUNICIPIO DE CIUDAD VALLES POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de la instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-127/2019-1 CONTRA AYUNTAMIENTO DE AQUISMON. Se manda archivar este expediente al Archivo de Concentración como asunto totalmente concluido. Notifíquese.

CEGAIP-RR-139/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR00010619 CONTRA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de la instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-148/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO PF00001119 CONTRA PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACIÓN NACIONAL, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de la instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-PIMA-008/2018 CONTRA SU ENTONCES PRESIDENTE MUNICIPAL DL H. AYUNTAMIENTO DE CERRO DE SAN PEDRO SAN LUIS POTOSI. Se notifica el auto del 5 cinco de septiembre de 2018 dentro del juicio de nulidad 632/2018/2. Con fecha 14 catorce de septiembre de 2018 dos mil dieciocho en donde la Segunda Sala del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa admite el recurso de reclamación interpuesto por la parte actora dentro del juicio de nulidad 632/2018/2. Se resuelve el recurso de reclamación interpuesto por la actora dentro del juicio de nulidad 632/2018/2. Se resuelve y se dijo: PRIMERO. El Magistrado Titular de la Segunda Sala Unitaria del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa, es competente para conocer y resolver el presente recurso de reclamación. SEGUNDO. Resulta infundado el recurso de reclamación promovido por la parte actora, en contra del auto de fecha de cinco de septiembre de dos mil dieciocho. TERCERO. Se confirma el auto dictado el cinco de septiembre de dos mil dieciocho, por las razones precisadas en el considerando cuarto de esta resolución. Con fecha 14 catorce de diciembre dictado por la Segunda Sala Unitaria del Tribunal de Justicia Administrativa en donde señala nueva fecha y hora para la audiencia dentro del juicio de nulidad 632/2018/2. se declara infundado el recurso de reclamación interpuesto por la parte actora; y por lo tanto, ordenó continuar con la substanciación del procedimiento en ese juicio; también señaló las once horas del veinticuatro de enero del dos mil diecinueve, para el desahogo de la audiencia. Se Acuerda. Primero. Consta en autos que, el 27 veintisiete de septiembre del año pasado, esta Comisión de Transparencia presentó un escrito ante el Tribunal de Justicia Administrativa, en donde se dio cumplimiento a lo ordenado, es decir, al desahogo de la vista del recurso de reclamación que mediante auto del 14 catorce de septiembre dentro del citado juicio de nulidad fue ordenado. Segundo. Por lo que toca a las demás constancias del Tribunal de Justicia Administrativa referidas en este proveído, agréguese únicamente como corresponda. Notifíquese.

CEGAIP-PIMA-028/2018 CONTRA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO. Se dicta Sentencia en el juicio de nulidad 716/2018-3 el quince de febrero de dos mil diecinueve dentro del expediente 716/2018-3 promovido por Jazmín Alejandra Torres Guevara, contra actos de esta Comisión de Transparencia. Vista la sentencia que antecede, el Magistrado Titular de la Tercera Sala Unitaria Estatal de Justicia Administrativa, resolvió a la letra lo siguiente: PRIMERO. - Esta Tercera Sala Unitaria del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa, decreta el SOBRESEIMIENTO del presente juicio, dada la improcedencia de la vía, lo cual impide resolver el fondo de esta controversia, de acuerdo a los razonamientos expresados en el considerando Segunda de esta sentencia. Se Acuerda. UNICO: En virtud de lo anterior, se determina que dicha sentencia ya consta y obra dentro del expediente en que se actúa, para los efectos legales a que haya lugar. Notifíquese.

CEGAIP-PIMA-030/2017 CONTRA SERVICIOS DE SALUD EN LE ESTADO. Se resuelve el Recurso de Reclamación dentro del expediente 911/2018/2. dictada el veintiuno de enero del dos mil dieciocho, en el expediente 911/2018/2 promovido por Mónica Liliana Rangel Martínez, quien comparece por su propio derecho, y en su carácter de Directora General de Servicios de Salud de San Luis Potosí, en contra de esta Comisión de Transparencia. El veintiuno de enero de esta anualidad, el Magistrado Titular de la Segunda Sala, en sus resolutivos segundo y tercero, dijo: SEGUNDO.- Resulta infundado el recurso de reclamación promovido por la parte actora, en contra del auto de fecha veinte de noviembre de dos mil dieciocho. TERCERO.- Se confirma el auto del desechamiento de demanda dictado el veinte el veinte de noviembre de dos mil dieciocho, por las razones precisadas en el Considerando Cuarto de la presente resolución. Y se acuerda de manera Única. En virtud de lo anterior, se tiene por agregado dicho oficio que contiene la resolución del de recurso de reclamación interpuesto por Mónica Liliana Rangel Martínez en contra del auto de veinte de noviembre de dos mil dieciocho, en donde la Segunda Sala del Tribunal de Justicia Administrativa desechó su demanda, lo anterior para los efectos legales a que haya lugar. Notifíquese.

CEGAIP-PIMA-033/2017 CONTRA INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE RIOVERDE. Con fecha treinta y uno de enero de dos mil diecinueve, Interposición del Juicio de Amparo Directo. Se dicta Auto de admisión del Juicio de Amparo directo en materia administrativa 96/2019 donde se tuvo por admitida la demanda de amparo presentada por María Guadalupe Guerrero Martínez contra actos de la Segunda Sala de Justicia Administrativa, también tuvo por emplazado esta Comisión de Transparencia como tercero interesado, y domicilio señalado para oír y recibir notificaciones a la parte quejosa, así como a los licenciados designados. Se acuerda como Único. Téngase por agregados dichos oficios al expediente en el que se actúa, para los efectos legales a que haya lugar. Notifíquese.

CEGAIP-PIMA-045/2017 CONTRA AYUNTAMIENTO CATORCE. Se dicta Sentencia del Juicio de Amparo 827/2018-I-L el diez de enero de esta anualidad dictó dentro del expediente 827/2018-I-L, promovido por Francisco Daniel Calderón Coronado por su previo derecho contra actos de esta Comisión de Transparencia. así en dicha sentencia en su resolutivo único refiere: Único. La justicia de la Unión ampara y protege a Francisco Daniel Calderón Coronado, contra los actos y las autoridades precisados en el considerando segundo de este fallo, por las razones indicadas en el último considerando de esta sentencia y para el efecto de que el Pleno de la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública del Estado, con residencia en esta ciudad. Deje insubsistente todo lo actuado en el procedimiento de imposición de medidas de apremio PIMA -045/2017, incluida la determinación de cuatro de septiembre de dos mil diecisiete, con excepción del acuerdo determinado en el oficio CEGAIP-125/2017 de nueve de febrero de dos mil diecisiete y ordene su notificación de manera personal, de tal manera que actúe en el sentido de respetar el derecho de audiencia que se le vulneró al quejoso. Se interpone recurso de revisión mediante oficio CEGAIP 041/2019 mismo que fue presentado ante el Juzgado Segundo de Distrito. el Juez de Distrito ordenó remitir los autos de dicho expediente al Tribunal Colegiado de Justicia Administrativa del Noveno Circuito. Se Admite del Recurso de Revisión., bajo el expediente A.R.A 62/2019 y tuvo por señalado domicilio para oír y recibir notificaciones, y le dio vista al Agente del Ministerio Público, para que dentro del término de tres días, expresamente manifieste si solicita los autos para formar pedimento. Y se acuerda como ÚNICO: Se tiene por agregado al presente expediente los oficios antes descritos, para los efectos legales a que haya lugar. Notifíquese.

CEGAIP-PIMA-060/2017-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE CIUDAD VALLES SAN LUIS POTOSI. Se Notifica el auto del diecisiete de enero de dos mil diecinueve. Donde el Magistrado Titular de la Tercera Sala, desecho de plano el incidente planteado por esta Comisión de Transparencia, por ser notoriamente improcedente. LA Sentencia del Juicio de Nulidad 788/2018-3 Por otro lado, el diecinueve de febrero de esta anualidad, esta Comisión de Transparencia tuvo por recibido el oficio TSU-41/2019/3 firmado por el Actuario del Tribunal de Justicia Administrativa, en donde notificó a esta Comisión de Transparencia, copia certificada de la sentencia del Juicio de Nulidad 788/2018-3 promovido por Lázaro Cárdenas Balleza contra actos de esta Comisión de Transparencia. Vista la sentencia que antecede, el Magistrado titular de la Tercera Sala Unitaria del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa resolvió a la letra lo siguiente: PRIMERO. Esta Tercera Sala Unitaria del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa, decreta el SOBRESEIMIENTO del presente juicio, dada la improcedencia lo cual impide resolver el fondo de esta controversia, de acuerdo a los razonamientos expresados en el considerando Segundo de esta Sentencia. Se Acuerda como UNICO. En virtud de lo anterior, se determina que las constancias que deriven del juicio de nulidad 788/2018-3 tramitado ante la Tercera Sala de Justicia Administrativa, ya obran y constan dentro del presente expediente. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-024/2019 CONTRA SISTEMA MUNICIPAL DEL DIF DEL MUNICIPIO DE AQUISMON SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se declara cerrado el período de instrucción y se ordena se proceda a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.


NOTIFICADOR DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ.


LICENCIADO JAVIER PÉREZ LIMON.

Bitácora del formato.
Autor inicial notificaciones cegaip/cegaip
Creado el 03/05/2019 08:28:41 AM
Usuario actual notificaciones cegaip
Accesado el 06/17/2020 04:38:02 AM
Modificado el 03/05/2019 08:28:43 AM
ID: EDA386ABB0133456862583B4004F87EF




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