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LISTA DE ACUERDOS DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE SAN LUIS POTOSÍ, SAN LUIS POTOSÍ; FIJADA EN LOS ESTRADOS DE LA MISMA, SIENDO LAS 08:00 OCHO HORAS DEL DÍA 08 OCHO DEL MES DE ENERO DEL AÑO 2019 DOS MIL DIECINUEVE.

CEGAIP-RR-278/2016-2 PNT NUMERO DE FOLIO PF0008916 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE CATORCE, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DEL PRESIDENTE MUNICIPAL A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se declara incumplida la resolución de 24 veinticuatro de enero de 2017, dos mil diecisiete; Notifíquese al Presidente Municipal y al Titular de la Unidad de Transparencia del sujeto obligado, el incumplimiento a la resolución de 24 veinticuatro de enero de 2017, dos mil diecisiete, para que en el término de 05 cinco días hábiles, gire las instrucciones necesarias para que se otorgue debido cumplimiento al referido fallo. Notifíquese.

CEGAIP-RR-336/2016-2 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE CATORCE, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL A TRAVÉS DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se declara incumplida la resolución de 02 dos de febrero de 2017, dos mil diecisiete, dictada en el recurso de revisión RR-336/2016-2 del índice de esta Comisión. Notifíquese al Presidente Municipal y al Titular de la Unidad de Transparencia del sujeto obligado el incumplimiento a la resolución de 02 dos de febrero de 2017, dos mil diecisiete, para que en el término de 05 cinco días hábiles, gire las instrucciones necesarias para que se otorgue debido cumplimiento al referido fallo. Notifíquese.

CEGAIP-RR-776/2017-2 PNT NUMERO DE FOLIO PF000012617 CONTRA SINDICATO ESTATAL RENOVADO DE TRABAJADORES DE GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se declara incumplida la resolución de 05 cinco de enero de 2018 dos mil dieciocho, dictada en el recurso de revisión RR-776/2017-2 del índice de esta Comisión. Notifíquese al Titular y al Titular de la Unidad de Transparencia del sujeto obligado el incumplimiento a la resolución de 05 cinco de enero de 2018 dos mil dieciocho, para que en el término de 05 cinco días hábiles, gire las instrucciones necesarias para que se otorgue debido cumplimiento al referido fallo. Notifíquese.

CEGAIP-RR-645/2018-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ. Desde vista al recurrente con los documentos antes referidos para que, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente hábil de la notificación del presente acuerdo, manifieste lo que a su derecho convenga. Notifíquese.

CEGAIP-RR-717/2018-3 CONTRA PODER JUDICIAL DEL ESTADO. Desde vista al recurrente con los documentos antes referidos, asi como el oficio UIP/788/2018, suscrito por el director de la unidad de transparencia y anexos para que, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente hábil de la notificación del presente acuerdo, manifieste lo que a su derecho convenga. Notifíquese.

CEGAIP-RR-909/2018-1 CONTRA AYUNTAMIENTO DE TAMUÍN, S.L.P. Se decreta el cierre de instrucción del expediente en que se actua, para efecto de que se emita la resolución que enderecho proceda. Notifíquese.

CEGAIP-RR-924/2018-3 CONTRA PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI. Se decreta el cierre de instrucción del expediente en que se actúa, para efecto de que se emita la resolución que enderecho proceda. Notifíquese.

CEGAIP-RR-957/2018-3 SIGEMI CONTRA ORGANISMO OPERADOR DE AGUA POTABLE DE SAN CIRO DE ACOSTA. Se tiene por recibido el oficio antes referido, por medio del cual el director de archivos y encargado de los asuntos del despacho de la dirección del sistema estatal de documentación y archivo de esta comisión rinde el dictamen requerido mediante acuerdo de tres de diciembre del presente año y agréguese a los autos que integran el presente procedimiento para efecto de que sean tomados en consideración en el momento procesal oportuno. Notifíquese.

CEGAIP-RR-969/2018-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-969/2018-3, al actualizarse las hipótesis establecidas en las fracciones IV, VII y XII del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ, Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Esto de conformidad con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-975/2018-3 CONTRA SECRETARIA DE FINANZAS. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-975/2018-3, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra la SECRETARÍA DE FINANZAS, Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-984/2018-3 CONTRA COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL DE GOBIERNO DEL ESTADO. Se admite el recurso de revisión RR-984/2018-3, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción VI del artículo 167, de la Ley en cita; contra la COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL DE GOBIERNO DEL ESTADO. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Esto de conformidad con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1002/2018-3 SIGEMI CONTRA COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1002/2018-3, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción VIII del artículo 167, de la Ley en cita; contra el COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO, Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1005/2018-3 SIGEMI CONTRA SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO DEL ESTADO. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-1005/2018-3, al actualizarse la hipótesis establecida en la fracción III del artículo 167, de la Ley en cita; contra la SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO DEL ESTADO. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Notifíquese.

CEGAIP-PISA-107/2016-2 CONTRA AL ARTURO PIÑA AGUILAR, EX PRESIDENTE MUNICIPAL DEL Y PEDRO ALBERTO TOVAR GARCÍA, PRESIDENTE MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE CÁRDENAS, SAN LUIS POTOSÍ. Se tiene por recibido y agréguese a los autos, copia simple del oficio número ASE-CA-RF-0136/18, signado por la Contador Público Rocío Elizabeth Cervantes Salgado, en su carácter de Encargada de Despacho de la Auditoria Superior del Estado, de fecha 30 treinta de octubre de 2018 dos mil dieciocho, recibido en esta Comisión el día 08 ocho del mes noviembre del mismo año, según el memorándum DAF/276/2018 de la Dirección de Administración y Finanzas de esta Comisión, con 01 un anexo que acompaña. Visto el contenido del oficio y anexo de cuenta, se desprende que de la multa impuesta en el presente procedimiento al C. Pedro Alberto Tovar García, por la suma de $35,050.00 (treinta y cinco mil cincuenta pesos 00/100 M.N.), se realizó un pago por la cantidad de $5,088.00 (cinco mil ochenta y ocho pesos 00/100 M.N.), tal como consta del recibo de número de folio 856 por lo que se seguirán realizando las gestiones necesarias para lograr la ejecución por el monto total de la multa impuesta. Notifíquese.

CEGAIP-PISA-129/2016-3 CONTRA C. CARLOS LÓPEZ CASTRO, EX PRESIDENTE MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE TANQUIÁN DE ESCOBEDO, SAN LUIS POTOSÍ. Visto el estado de los presentes autos y en atención a lo ordenado en el acuerdo de fecha 07 siete de enero de 2019 dos mil diecinueve, dictado dentro del expediente REV 009/2015-3 DERIVADO DEL PISA 005/2014-2 VIPO se agrega a los presentes autos copia del oficio ASE-CA-RF-0136/18, de fecha 30 treinta de octubre de 2018 dos mil dieciocho, así como de sus anexos, signado por la Contador Público Rocío Elizabeth Cervantes Salgado, Auditora Superior del Estado. Visto el contenido del oficio y anexo de cuenta, se desprende que de la multa impuesta en el presente procedimiento REV 009/2015-3 DERIVADO DEL PISA 005/2014-2 VIPO, así como de la multa impuesta en el expediente PISA 129/2016-3, al C. Carlos López Castro, se realizó un pago por la cantidad de $1,668.00 (mil seiscientos sesenta y ocho pesos 00/100 M.N.), tal como consta del recibo de número de folio 643 por lo que se seguirán realizando las gestiones necesarias para lograr la ejecución por el monto total de las multas impuestas en los asuntos anteriormente descritos. Notifíquese.

CEGAIP-REV-009/2015-3 DERIVADO DEL EXPEDIENTE CEGAIP-PISA-005/2014-2-VIPO.- CONTRA CARLOS LOPEZ CASTRO PRESIDENTE MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE TANQUIAN DE ESCOBEDO, SAN LUIS POTOSI. Se tiene por recibido y agréguese a los autos, copia simple del oficio número ASE-CA-RF-0136/18, signado por la Contador Público Rocío Elizabeth Cervantes Salgado, en su carácter de Encargada de Despacho de la Auditoria Superior del Estado, de fecha 30 treinta de octubre de 2018 dos mil dieciocho, recibido en esta Comisión el día 08 ocho del mes noviembre del mismo año, según el memorándum DAF/276/2018 de la Dirección de Administración y Finanzas de esta Comisión, con 01 un anexo que acompaña. Visto el contenido del oficio y anexo de cuenta, se desprende que de la multa impuesta en el presente procedimiento REV 009/2015-3 DERIVADO DEL PISA 005/2014-2 VIPO, así como de la multa impuesta en el expediente PISA 129/2016-3, al C. Carlos López Castro, se realizó un pago por la cantidad de $1,668.00 (mil seiscientos sesenta y ocho pesos 00/100 M.N.), tal como consta del recibo de número de folio 643 por lo que se seguirán realizando las gestiones necesarias para lograr la ejecución por el monto total de las multas impuestas en los asuntos anteriormente descritos. Por último, se ordena agregar copia del oficio de número ASE-CA-RF-0136/18 de fecha 30 treinta de octubre de 2018 dos mil dieciocho, así como de sus anexos al PISA 129/2016-3, para que obren como corresponda dentro del mismo. Notifíquese.

CEGAIP-PIMA-060/2017 DERIVADO DEL RECURSO DE REVISIÓN 108/2017-3 DEL AYUNTAMIENTO DEL CIUDAD VALLES SAN LUIS POTOSÍ. Esta Comisión de Transparencia tuvo por recibido el sobre cerrado con acuse de correos de México registrado como MC460026227MX y que contiene el oficio 873/2018 en donde el Juez Primero Civil del Sexto Distrito Judicial remitió el exhorto 299/2018 relativo al presente expediente PIMA-060/2017, en contra del Ayuntamiento de Ciudad Valles, en este estado, y que se encuentra debidamente diligenciado. En otro asunto, el 15 quince de noviembre de este mismo año, se tuvo por recibido en la Oficialía de Partes de esta Comisión de Transparencia, el oficio A3 4060/2018 signado por el actuario del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa en donde notificó, a esta Comisión de Transparencia el auto del 5 cinco de noviembre de este año, dictado por el Magistrado Titular de la Tercera Sala Unitaria del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa, donde admitió a trámite la demanda de nulidad que dicha Sala registró con el expediente 788/2018 M-3 y que fue promovida por Lázaro Cárdenas Balleza, quien comparece por su propio derecho; en contra de esta Comisión de Transparencia y como acto impugnado es la resolución de la medida de apremio PIMA 060/2017. En virtud de lo anterior, di cumplimiento a la contestación de demanda ordenado por el Magistrado Titular de la Tercera Sala de Justicia Administrativa, en los términos y condiciones que así lo requirió, mediante oficio CEGAIP 1023/2018, y que fue presentado el 23 veintitrés de noviembre de esta anualidad, así consta en el acuse de recibo 788/2018/3 de ese Tribunal Estatal de Justicia Administrativa. Notifíquese.

CEGAIP-PIMA-073/2017 DERIVADO DEL RECURSO DE REVISIÓN 267/2016-3 DEL AYUNTAMIENTO DE VILLA HIDALGO SAN LUIS POTOSI. Visto el estado de autos, se desprende que el 5 cinco de julio de 2018 dos mil dieciocho esta Comisión de Transparencia recibió el acuse por parte del Servicio Postal Mexicano identificado, como MN627638243MX en donde consta que el 21 veintiuno de junio de este mismo año, el Ayuntamiento de Villa Hidalgo fue notificado de un proveído dentro de los autos que obran dentro del presente expediente. Por otro lado, el 25 veinticinco de junio de este año, se tuvo por recibido a través de la Oficialía de Partes de esta Comisión de Transparencia, el oficio A2/ 2493/2018 signado por la Actuaria de la Segunda Sala Unitaria del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa, y en donde notificó el auto del 11 once de junio de esta misma anualidad, dentro del expediente 434/2018/2, y en donde tuvo por contestada la demanda de nulidad a esta Comisión de Transparencia y ordenó correr traslado a la parte actora; también tuvo por señalado domicilio y personas delegadas; En ese mismo auto, tuvo a la parte actora por ofrecidas y admitidas las pruebas documentales, presuncional legal y humana, y la instrumental de actuaciones, en cuanto al oficio requerido por la parte actora, el Magistrado Titular del la Segunda Sala dijo que no ha lugar de admitir esa prueba; En otro asunto, visto el estado procesal que guarda el presente asunto, y en virtud de que Miguel Ángel Gómez Juárez, no señaló domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, concedidos en el proveído de 23 veintitrés de mayo de esta anualidad, y notificado el 21 veintiuno de junio de este mismo año, así consta en el acuse de recibo MN627638243MX del Servicio Postal Mexicano; por tanto se le hace efectivo el apercibimiento formulado en dicho auto, y se ordena que a partir del presente auto, las subsecuentes notificaciones aun las de carácter personal, se harán por lista o en los estrados de esta Comisión de Transparencia. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-745/2018 Y SUS ACUMULADOS CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE EBANO SAN LUIS POTOSI. Se requiere nuevamente al Ayuntamiento de Ébano, San Luis Potosí, para que dentro del término de 05 cinco días hábiles, dé debido cumplimiento a la resolución de 04 cuatro de mayo de 2018 dos mil dieciocho. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-766/2018 Y SUS ACUMULADOS CONTRA H. AYUNTAMIENTO EBANO SAN LUIS POTOSI. Se requiere nuevamente al Ayuntamiento de Ébano, San Luis Potosí, para que dentro del término de 05 cinco días hábiles, dé debido cumplimiento a la resolución de 04 cuatro de mayo de 2018 dos mil dieciocho. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-1108/2018 Y SUS ACUMULADOS CONTRA AYUNTAMIENTO DE CIUDAD VALLES SAN LUIS POTOSÍ. Se requiere nuevamente al Ayuntamiento de Ciudad Valles, San Luis Potosí, para que dentro del término de 05 cinco días hábiles, dé debido cumplimiento a la resolución de 04 cuatro de mayo de 2018 dos mil dieciocho. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-1111/2018 Y SUS ACUMULADOS CONTRA H. AYUNTAMIENTO CIUDAD DE VALLES SAN LUIS POTOSI. Se tiene por cumplida la resolución de 04 cuatro de mayo de 2018 dos mil dieciocho, dictada en la presente denuncia DEIOT-1111/2018 y su acumulado DEIOT-1112/2018 del índice de esta Comisión de Transparencia. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-1115/2018 Y SUS ACUMULADOS CONTRA AYUNTAMIENTO DE CIUDAD VALLES SAN LUIS POTOSÍ. Se requiere nuevamente al Ayuntamiento de Ciudad Valles, San Luis Potosí, para que dentro del término de 05 cinco días hábiles dé debido cumplimiento a la resolución de 04 cuatro de mayo de 2018 dos mil dieciocho. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-1394/2018 CONTRA AYUNTAMIENTO DE TAMPAMOLON CORONA SAN LUIS POTOSI. Se requiere nuevamente al Ayuntamiento de Tampamolón Corona, San Luis Potosí, para que dentro del término de 15 quince días hábiles, dé debido cumplimiento a la resolución de 18 dieciocho de junio de 2018 dos mil dieciocho. Notifíquese.


NOTIFICADOR DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ.


LICENCIADO JAVIER PÉREZ LIMON.

Bitácora del formato.
Autor inicial notificaciones cegaip/cegaip
Creado el 01/08/2019 08:45:56 AM
Usuario actual notificaciones cegaip
Accesado el 06/17/2020 04:37:44 AM
Modificado el 01/08/2019 08:45:59 AM
ID: EDC2237628A8572B8625837C00511C53




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