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LISTA DE ACUERDOS DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE SAN LUIS POTOSÍ, SAN LUIS POTOSÍ; FIJADA EN LOS ESTRADOS DE LA MISMA, SIENDO LAS 08:00 OCHO HORAS DEL DÍA 28 VEINTIOCHO DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO 2020 DOS MIL VEINTE.

CEGAIP-RR-262/2018-1 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE HUEHUETLAN, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se tiene por cumplida la resolución, dictada en el recurso de revisión RR-262/2018-1. Notifíquese.

CEGAIP-RR-283/2018-1 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE AQUISMON, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se tiene por cumplida la resolución, dictada en el recurso de revisión RR-283/2018-1. Notifíquese.

CEGAIP-RR-349/2018-1 CONTRA SECRETARIA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se tiene por cumplida la resolución, dictada en el recurso de revisión RR-349/2018-1. Notifíquese.

CEGAIP-RR-607/2018-1 CONTRA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se tiene por cumplida la resolución, dictada en el recurso de revisión RR-607/2018-1. Notifíquese.

CEGAIP-RR-751/2018-1 CONTRA COLEGIO DEL BACHILLERES, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se tiene por cumplida la resolución, dictada en el recurso de revisión RR-751/2018-1. Notifíquese.

CEGAIP-RR-817/2018-1 CONTRA CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPERENCIA. Se tiene por cumplida la resolución, dictada en el recurso de revisión RR-817/2018-1. Notifíquese.

CEGAIP-RR-826/2018-1 CONTRA MUNICIPIO DE RAYON, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se tiene por cumplida la resolución, dictada en el recurso de revisión RR-826/2018-1. Notifíquese.

CEGAIP-RR-841/2018-1 SIGEMI CONTRA AYUNTAMIENTO DE TIERRA NUEVA, POR CONDUCTO DE TIERRA NUEVA, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se tiene por incumplida la resolución dictada en el recurso de revisión 841/2018-1; se requiere al Titular del Ayuntamiento de Tierra Nueva, en su carácter de superior jerárquico del Titular de la Unidad de Transparencia, para que dentro del término de 05 cinco días hábiles contados a partir del día siguiente en que se practique la respectiva notificación, acompañe las constancias necesarias que acrediten el cumplimiento dado al proveído dictado el 05 cinco de febrero de 2018 dos mil dieciocho dentro del recurso de revisión en que se actúa, apercibido de que de no hacerlo, se impondrá en su contra la medida de apremio de conformidad con el artículo 190 fracción II y 197 fracción XV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-880/2018-1 PNT NUMERO DE FOLIO PF000011918 CONTRA PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se tiene por cumplida la resolución, dictada en el recurso de revisión RR-880/2018-1. Notifíquese.

CEGAIP-RR-871/2018-1 CONTRA AYUNTAMIENTO DE CIUDAD DEL MAIZ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se tiene por cumplida la resolución, dictada en el recurso de revisión RR-871/2018-1. Notifíquese.

CEGAIP-RR-892/2018-1 CONTRA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SI TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se tiene por cumplida la resolución, dictada en el recurso de revisión RR-892/2018-1. Notifíquese.

CEGAIP-RR-898/2018-1 CONTRA AYUNTAMIENTO DE CIUDAD VALLES, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se tiene por cumplida la resolución, dictada en el recurso de revisión RR-898/2018-1. Notifíquese.

CEGAIP-RR-973/2018-1 CONTRA SECRETARÍA DE ECOLOGÍA Y GESTIÓN AMBIENTAL. POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se da vista al recurrente para que, dentro del plazo de 05 cinco días hábiles contados a partir de la legal notificación de este auto, manifieste lo que a su derecho convenga respecto del cumplimiento dado por el sujeto obligado a la resolución de merito, en el entendido de que se le deberá acompañar a la respectiva notificación copia de los documentos enviados por el sujeto obligado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-1003/2018-1 PNT CONTRA AYUNTAMIENTO DE CIUDAD VALLES, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se da vista al recurrente para que, dentro del plazo de 05 cinco días hábiles contados a partir de la legal notificación de este auto, manifieste lo que a su derecho convenga respecto del cumplimiento dado por el sujeto obligado a la resolución de merito, en el entendido de que se le deberá acompañar a la respectiva notificación copia de los documentos y archivos enviados por el sujeto obligado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-108/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE CIUDAD VALLES. Se tiene por cumplida la resolución, dictada en el recurso de revisión RR-108/2018-3. Notifíquese.

CEGAIP-RR-265/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR00020419 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se da vista al recurrente para que, dentro del plazo de 05 cinco días hábiles contados a partir de la legal notificación de este auto, manifieste lo que a su derecho convenga respecto del cumplimiento dado por el sujeto obligado a la resolución de merito, en el entendido de que se le deberá acompañar a la respectiva notificación copia de los documentos y archivos enviados por el sujeto obligado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-340/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR00026619 CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se da vista al recurrente para que, dentro del plazo de 05 cinco días hábiles contados a partir de la legal notificación de este auto, manifieste lo que a su derecho convenga respecto del cumplimiento dado por el sujeto obligado a la resolución de merito, en el entendido de que se le deberá acompañar a la respectiva notificación copia de los documentos y archivos enviados por el sujeto obligado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-438/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00032619 CONTRA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SAN LUIS POTOSÍ. Dese vista al recurrente para que, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente hábil de la notificación del presente Acuerdo, manifieste lo que a su derecho convenga, respecto de la información entregada por el sujeto obligado, a través de su correo electrónico. Notifíquese.

CEGAIP-RR-441/2019-3 PNT NUMERO DE FOLIO RR00032619 CONTRA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SAN LUIS POTOSÍ. Dese vista al recurrente para que, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente hábil de la notificación del presente Acuerdo, manifieste lo que a su derecho convenga, respecto de la información entregada por el sujeto obligado, a través de su correo electrónico. Notifíquese.

CEGAIP-RR-472/2019-1.- CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se da vista al recurrente para que, dentro del plazo de 05 cinco días hábiles contados a partir de la legal notificación de este auto, manifieste lo que a su derecho convenga respecto del cumplimiento dado por el sujeto obligado a la resolución de merito, en el entendido de que se le deberá acompañar a la respectiva notificación copia de los documentos enviados por el sujeto obligado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-613/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR00005719 CONTRA PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se da vista al recurrente para que, dentro del plazo de 05 cinco días hábiles contados a partir de la legal notificación de este auto, manifieste lo que a su derecho convenga respecto del cumplimiento dado por el sujeto obligado a la resolución de merito, en el entendido de que se le deberá acompañar a la respectiva notificación copia de los documentos enviados por el sujeto obligado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-622/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR00046219 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se da vista al recurrente para que, dentro del plazo de 05 cinco días hábiles contados a partir de la legal notificación de este auto, manifieste lo que a su derecho convenga respecto del cumplimiento dado por el sujeto obligado a la resolución de merito, en el entendido de que se le deberá acompañar a la respectiva notificación copia de los documentos enviados por el sujeto obligado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-628/2019-1 PNT NUMERO DE FOLIO RR00046819 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se da vista al recurrente para que, dentro del plazo de 05 cinco días hábiles contados a partir de la legal notificación de este auto, manifieste lo que a su derecho convenga respecto del cumplimiento dado por el sujeto obligado a la resolución de merito, en el entendido de que se le deberá acompañar a la respectiva notificación copia de los documentos enviados por el sujeto obligado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-940/2019-1 PNT NUMERO FOLIO RR00067819 CONTRA CENTRO ESTATAL DE TRANSPLANTES, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se da vista al recurrente para que, dentro del plazo de 05 cinco días hábiles contados a partir de la legal notificación de este auto, manifieste lo que a su derecho convenga respecto del cumplimiento dado por el sujeto obligado a la resolución de merito, en el entendido de que se le deberá acompañar a la respectiva notificación copia de los documentos enviados por el sujeto obligado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2287/2019-2 CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRÁVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN CONFIRMA EL ACTO IMPUGNADO Notifíquese.

CEGAIP-RR-2439/2019-2 CONTRA MUNICIPIO DE TAMAZUCHALE POR CONDUCTO DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. SE RESUELVE ESTA COMISIÓN REVOCA LA RESPUESTA OTORGADA POR EL ENTE OBLIGADO. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2615/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN NICOLAS TOLENTINO. Se procede al cierre de instrucción del expediente en que se actúa, para efecto de que se emita la resolución que en derecho proceda. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2617/2019-2 SICOM. H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-2617/2019-2 SICOM. En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Se declara cerrado el periodo de instrucción en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2620/2019-2 SICOM. H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE RACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-2620/2019-2 SICOM. En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Se declara cerrado el periodo de instrucción en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2623/2019-2 SICOM. H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-2623/2019-2 SICOM. En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Se declara cerrado el periodo de instrucción en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2626/2019-2 SICOM. H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-2626/2019-2 SICOM. En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Se declara cerrado el periodo de instrucción en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2629/2019-2 SICOM. H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-2629/2019-2 SICOM. En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Se declara cerrado el periodo de instrucción en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2632/2019-2 SICOM. H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-2632/2019-2 SICOM. En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Se declara cerrado el periodo de instrucción en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2635/2019-2 SICOM. H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-2635/2019-2 SICOM. En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Se declara cerrado el periodo de instrucción en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2638/2019-2 SICOM. H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-2638/2019-2 SICOM. En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Se declara cerrado el periodo de instrucción en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2641/2019-2 SICOM. H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-2641/2019-2 SICOM. En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Se declara cerrado el periodo de instrucción en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2644/2019-2 SICOM. H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-2644/2019-2 SICOM. En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Se declara cerrado el periodo de instrucción en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2647/2019-2 SICOM. H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-2647/2019-2 SICOM. En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Se declara cerrado el periodo de instrucción en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2650/2019-2 SICOM. H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-2650/2019-2 SICOM. En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Se declara cerrado el periodo de instrucción en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2653/2019-2 SICOM. H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-2653/2019-2 SICOM. En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Se declara cerrado el periodo de instrucción en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2656/2019-2 SICOM. H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-2656/2019-2 SICOM. En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Se declara cerrado el periodo de instrucción en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2659/2019-2 SICOM. H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-2659/2019-2 SICOM. En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Se declara cerrado el periodo de instrucción en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2662/2019-2 SICOM. H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-2662/2019-2 SICOM. En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Se declara cerrado el periodo de instrucción en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2665/2019-2 SICOM. H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-2665/2019-2 SICOM. En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Se declara cerrado el periodo de instrucción en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2677/2019-2 SICOM. H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-2677/2019-2 SICOM. En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Se declara cerrado el periodo de instrucción en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2668/2019-2 SICOM. H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-2668/2019-2 SICOM. En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Se declara cerrado el periodo de instrucción en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2674/2019-2 SICOM. H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se requiere al sujeto obligado para que en un término de 03 tres días hábiles, los cuales de conformidad con lo establecido por el artículo 148 de la Ley de la materia, empezarán a correr al día siguiente al en que se practique la notificación del presente proveído, remita a esta Comisión copia fotostática certificada del nombramiento de la Secretaria Técnica del H. Ayuntamiento de Soledad de Graciano Sánchez; lo anterior para que esta Comisión se encuentre en posibilidad de reconocerle el carácter que ostenta el compareciente y de emitir pronunciamiento respecto del contenido del oficio de cuenta. Bajo apercibimiento legal que de no hacerlo dentro del término concedido, será acreedor de alguna de las medidas de apremio establecidas en el artículo 190 de la Ley Estatal de Transparencia.asi mismo Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-2674/2019-2 SICOM. En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2746/2019-2 SICOM. H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación del plazo de veinte días para resolver el recurso de revisión número RR-2746/2019-2 SICOM. En el entendido de que la ampliación del plazo de 20 días para el presente recurso de revisión, empezará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del término de 30 días posteriores a la admisión del mismo. Se declara cerrado el periodo de instrucción en consecuencia, se procede a la elaboración del proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2978/2019-3 PNT SICOM CONTRA H INSTITUTO ESTATAL DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA EDUCATIVA. De conformidad con el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, en correlación con el numeral Décimo Noveno fracción III, de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP, la suscrita decreta la ampliación del término para resolver el asunto que nos ocupa. En consecuencia, con fundamento en el artículo 174 fracciones V y VII, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, se procede al cierre de instrucción del expediente en que se actúa, para efecto de que se emita la resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2972/2019-3 CONTRA INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE ÉBANO. Con fundamento en el artículo 174 fracciones V y VII, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, se procede al cierre de instrucción del expediente en que se actúa, para efecto de que se emita la resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2774/2019-3 CONTRA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO. Con fundamento en el artículo 174 fracciones V y VII, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, se procede al cierre de instrucción del expediente en que se actúa, para efecto de que se emita la resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2975/2019-3 CONTRA SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES AL SERVICIO DE GOBIERNO DEL ESTADO. De conformidad con el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, en correlación con el numeral Décimo Noveno fracción III, de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP, la suscrita decreta la ampliación del término para resolver el asunto que nos ocupa. En consecuencia, con fundamento en el artículo 174 fracciones V y VII, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, se procede al cierre de instrucción del expediente en que se actúa, para efecto de que se emita la resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2981/2019-3 CONTRA ORGANISMO INTERMUNICIPAL METROPOLITANO DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO, SANEAMIENTO Y SERVICIOS CONEXOS DE LOS MUNICIPIOS DE CERRO DE SAN PEDRO, SAN LUIS POTOSÍ Y SOLEDAD DE GRACIANO SÁNCHEZ De conformidad con el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, en correlación con el numeral Décimo Noveno fracción III, de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP, la suscrita decreta la ampliación del término para resolver el asunto que nos ocupa. En consecuencia, con fundamento en el artículo 174 fracciones V y VII, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, se procede al cierre de instrucción del expediente en que se actúa, para efecto de que se emita la resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2990/2019-3 CONTRA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO. De conformidad con el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, en correlación con el numeral Décimo Noveno fracción III, de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP, la suscrita decreta la ampliación del término para resolver el asunto que nos ocupa. En consecuencia, con fundamento en el artículo 174 fracciones V y VII, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2996/2019-3 PNT SICOM CONTRA TRIBUNAL ESTATAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE SAN LUIS POTOSÍ. De conformidad con el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, en correlación con el numeral Décimo Noveno fracción III, de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP, la suscrita decreta la ampliación del término para resolver el asunto que nos ocupa. En consecuencia, con fundamento en el artículo 174 fracciones V y VII, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, se procede al cierre de instrucción del expediente en que se actúa, para efecto de que se emita la resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-2997/2019-1 PNT CONTRA SISTEMA ESTATAL ANTICORRUPCIÓN DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-3000/2019-3 PNT SICOM CONTRA UNIVERSIDAD INTERCULTURAL DE SAN LUIS POTOSÍ. De conformidad con el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, en correlación con el numeral Décimo Noveno fracción III, de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP, la suscrita decreta la ampliación del término para resolver el asunto que nos ocupa. En consecuencia, con fundamento en el artículo 174 fracciones V y VII, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, se procede al cierre de instrucción del expediente en que se actúa, para efecto de que se emita la resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-3006/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. De conformidad con el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, en correlación con el numeral Décimo Noveno fracción III, de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP, la suscrita decreta la ampliación del término para resolver el asunto que nos ocupa. En consecuencia, con fundamento en el artículo 174 fracciones V y VII, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, se procede al cierre de instrucción del expediente en que se actúa, para efecto de que se emita la resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-3009/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. De conformidad con el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, en correlación con el numeral Décimo Noveno fracción III, de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP, la suscrita decreta la ampliación del término para resolver el asunto que nos ocupa. En consecuencia, con fundamento en el artículo 174 fracciones V y VII, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, se procede al cierre de instrucción del expediente en que se actúa, para efecto de que se emita la resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-3013/2019-1 PNT SICOM CONTRA CENTRO ESTATAL DE CULTURA Y RECREACION TANGAMANGA, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-3015/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. De conformidad con el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, en correlación con el numeral Décimo Noveno fracción III, de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP, la suscrita decreta la ampliación del término para resolver el asunto que nos ocupa. En consecuencia, con fundamento en el artículo 174 fracciones V y VII, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, se procede al cierre de instrucción del expediente en que se actúa, para efecto de que se emita la resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-3018/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. De conformidad con el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, en correlación con el numeral Décimo Noveno fracción III, de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP, la suscrita decreta la ampliación del término para resolver el asunto que nos ocupa. En consecuencia, con fundamento en el artículo 174 fracciones V y VII, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, se procede al cierre de instrucción del expediente en que se actúa, para efecto de que se emita la resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-3022/2019-1 PNT SICOM CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-3025/2019-1 PNT SICOM CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-3027/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. De conformidad con el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, en correlación con el numeral Décimo Noveno fracción III, de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP, la suscrita decreta la ampliación del término para resolver el asunto que nos ocupa. En consecuencia, con fundamento en el artículo 174 fracciones V y VII, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, se procede al cierre de instrucción del expediente en que se actúa, para efecto de que se emita la resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-3028/2019-1 PNT SICOM CONTRA CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-3030/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. De conformidad con el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, en correlación con el numeral Décimo Noveno fracción III, de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP, la suscrita decreta la ampliación del término para resolver el asunto que nos ocupa. En consecuencia, con fundamento en el artículo 174 fracciones V y VII, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, se procede al cierre de instrucción del expediente en que se actúa, para efecto de que se emita la resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-3031/2019-1 PNT SICOM CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-3033/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. De conformidad con el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, en correlación con el numeral Décimo Noveno fracción III, de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP, la suscrita decreta la ampliación del término para resolver el asunto que nos ocupa. En consecuencia, con fundamento en el artículo 174 fracciones V y VII, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, se procede al cierre de instrucción del expediente en que se actúa, para efecto de que se emita la resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-3034/2019-1 PNT SICOM CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-3039/2019-3 CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. De conformidad con el artículo 170 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, en correlación con el numeral Décimo Noveno fracción III, de los Lineamientos para la Recepción, Substanciación, Resolución y Cumplimiento de los Recursos de Revisión promovidos ante la CEGAIP, la suscrita decreta la ampliación del término para resolver el asunto que nos ocupa. Notifíquese.

CEGAIP-RR-3040/2019-1 PNT SICOM CONTRA SERVICIOS DE SALUD, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-002/2020-2 ARCO CONTRA INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE EBANO SAN LUIS POTOSÍ. En virtud de haber transcurrido en exceso el plazo de cinco días hábiles otorgado a la parte promovente para que desahogara la prevención que le fue formulada mediante proveído de siete de febrero de dos mil veinte, notificado el once del mismo mes y año, sin que a la fecha del presente acuerdo se haya recibido escrito para tal efecto, consecuentemente, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 131 , 138 , párrafo segundo y 150 , fracciones II y V de la Ley de Protección de Datos Personales en posesión de los sujetos obligados del estado de San Luis Potosí, se desecha por improcedente el recurso materia del presente expediente Notifíquese.
CEGAIP-003/2020-2 ARCO CONTRA AYUNTAMIENTO DE CIUDAD VALLES SAN LUIS POTOSÍ. Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 128 , 138 , párrafo segundo y 150 , fracciones II y V de la Ley de Protección de Datos Personales en posesión de los sujetos obligados del estado de San Luis Potosí, debido a que transcurrió en exceso el plazo de cinco días hábiles otorgado a la parte promovente para que desahogara la prevención que le fue formulada mediante proveído de siete de febrero de dos mil veinte, notificado el once del mismo mes y año, sin que a la fecha del presente acuerdo se haya recibido escrito para tal efecto, consecuentemente, se desecha por improcedente el recurso materia del presente expediente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-001/2020-1 OP CONTRA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE GOBIERNO DEL ESTADO, POR ESTADO, POR CONDUCTO DE SU TTITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRASNSPARENCIA. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-003/2020-1 PNT SICOM CONTRA CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.
CEGAIP-RR-006/2020-1 PNT SICOM CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-015/2020-1 PNT SICOM CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-421/2020-1 PNT SICOM CONTRA COMISION ESTATAL DEL AGUA, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación de plazo establecida en el artículo 170 fracción III de la ley de transparencia y acceso a la información pública del estado. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-478/2020-1 PNT SICOM CONTRA SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y OBRAS PÚBLICAS (SEDUVOP), POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación de plazo establecida en el artículo 170 fracción III de la ley de transparencia y acceso a la información pública del estado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-487/2020-1 PNT SICOM CONTRA COMISION ESTATAL DEL AGUA, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación de plazo establecida en el artículo 170 fracción III de la ley de transparencia y acceso a la información pública del estado. Notifíquese.

CEGAIPRR-499/2020-1SICOM CONTRA MUNICIPIO DE VILLA DE LA PAZ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE A UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decrete el cierre de instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-510/2020-1 PNT SICOM CONTRA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL Y REGIONAL, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación de plazo establecida en el artículo 170 fracción III de la ley de transparencia y acceso a la información pública del estado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-519/2020-1 PNT SICOM CONTRA AUDITORIA SUPERIOR DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación de plazo establecida en el artículo 170 fracción III de la ley de transparencia y acceso a la información pública del estado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-521/2020-1 PNT SICOM CONTRA SECRETARIA DE FINANZAS, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación de plazo establecida en el artículo 170 fracción III de la ley de transparencia y acceso a la información pública del estado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-524/2020-1 PNT SICOM CONTRA PODER JUDICIAL DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta la ampliación de plazo establecida en el artículo 170 fracción III de la ley de transparencia y acceso a la información pública del estado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-541/2020-1 PNT SICOM CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-597/2020-1 PNT SICOM CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-600/2020-1 PNT SICOM CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-603/2020-1 PNT SICOM CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se decreta el cierre de instrucción en este asunto y procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente Notifíquese.

CEGAIP-RR-602/2020-3 PNT CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-602/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en la misma, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-605/2020-3 PNT CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-605/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en la misma, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-608/2020-3 PNT CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-608/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en la misma, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-611/2020-3 PNT CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-611/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en la misma, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-614/2020-3 PNT CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-614/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en la misma, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-617/2020-3 PNT CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-617/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en la misma, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-620/2020-3 PNT CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-620/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en la misma, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-623/2020-3 PNT CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-623/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en la misma, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-626/2020-3 PNT CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-626/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en la misma, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-629/2020-3 PNT CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-629 /2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en la misma, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-632/2020-3 PNT CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-632/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en la misma, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-635/2020-3 PNT CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-638/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en la misma, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-638/2020-3 PNT CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-638/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en la misma, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-641/2020-3 PNT CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-641/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en la misma, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-642/2020-3 PNT CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-642/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en la misma, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-645/2020-3 PNT CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-645/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en la misma, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-648/2020-3 PNT CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-648/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en la misma, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-651/2020-3 PNT CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-651/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en la misma, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-654/2020-3 PNT CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-654/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en la misma, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-657/2020-3 PNT CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-657/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en la misma, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-672/2020-2 PNT CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-672/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-693/2020-3 PNT CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-693/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en la misma, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-696/2020-3 PNT CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-696/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en la misma, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-701/2020-3 PNT CONTRA AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-701/2020-3, en virtud de que, de las manifestaciones de inconformidad del promovente, se actualiza la hipótesis establecida en la fracción V del artículo 167, de la Ley en cita; contra el AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSÍ. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, durante el cual podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 174 fracciones II y III, de la Ley de la Materia. Dese vista al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, con copia simple del documento donde se muestra dicha dirección electrónica para que, dentro del término de tres días hábiles, de conformidad con el numeral Vigésimo Cuarto tercer párrafo, de los Lineamientos en cita, emita un dictamen en el que determine si en la misma, se encuentra publicada la información que se refirió. Notifíquese.

CEGAIP-RR-736/2020-2 PNT CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-736/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remíte el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese

CEGAIP-RR-742/2020-2 PNT CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-742/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-745/2020-2 PNT CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-745/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-748/2020-2 PNT CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-748/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-751/2020-2 PNT CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-751/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-754/2020-2 PNT CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-754/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-757/2020-2 PNT CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-757/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-760/2020-2 PNT CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-760/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-763/2020-2 PNT CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-763/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-766/2020-2 PNT CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-766/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-769/2020-2 PNT CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-769/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-772/2020-2 PNT CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-7772/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-775/2020-2 PNT CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-775/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-778/2020-2 PNT CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-778/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-781/2020-2 PNT CONTRA H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-781/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-784/2020-2 PNT CONTRA SINDICATO DE ACADÉMICOS DEL COLEGIO DE EDUCACIÓN PROFESIONAL TÉCNICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al SINDICATO DE ACADÉMICOS DEL COLEGIO DE EDUCACIÓN PROFESIONAL TÉCNICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-784/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-798/2020-2 PNT CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS, A TRAVÉS DE SU SECRETARIO Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS, A TRAVÉS DE SU SECRETARIO Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-798/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-801/2020-2 PNT CONTRA MUNICIPÍO DE ALAQUINES. Se previene al promovente, para que dentro del término de 05 cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al en que se practique la notificación del presente proveído, señale las razones o motivo de agravio, en términos del artículo 167 de la Ley de la Materia, esto de conformidad con lo establecido en el artículo 168 fracción VI de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado. Apercibido que, en caso de no hacerlo, se desechará el recurso de revisión intentado, en cumplimiento al artículo 169 de la Ley de Transparencia vigente en el Estado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-804/2020-2 PNT CONTRA INSTITUTO DE TECNOLÓGICO SUPERIOR DE SAN LUIS POTOSÍ. Se previene al promovente, para que dentro del término de 05 cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al en que se practique la notificación del presente proveído, señale las razones o motivo de agravio, en términos del artículo 167 de la Ley de la Materia, esto de conformidad con lo establecido en el artículo 168 fracción VI de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado. Apercibido que, en caso de no hacerlo, se desechará el recurso de revisión intentado, en cumplimiento al artículo 169 de la Ley de Transparencia vigente en el Estado. Notifíquese.

CEGAIP-RR-804/2020-2 PNT CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA OFICIALÍA MAYOR, A TRAVÉS DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se Admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA OFICIALÍA MAYOR, A TRAVÉS DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA.se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-807/2020-2 SICOM. se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-810/2020-2 PNT CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DEL PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se Admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ, POR CONDUCTO DEL PRESIDENTE MUNICIPAL, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. .se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-810/2020-2 SICOM. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-813/2020-2 PNT CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE CIUDAD VALLES, POR CONDUCTO SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se Admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO DE CIUDAD VALLES, POR CONDUCTO SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-813/2020-2 SICOM. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se decreta la ampliación el plazo de veinte días para resolver el recurso numero RR 813/2020-2. Notifíquese.

CEGAIP-RR-816/2020-2 PNT CONTRA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE SU AUDITOR, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se Admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO, POR CONDUCTO DE SU AUDITOR, A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-816/2020-2 SICOM. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-819/2020-2 PNT CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DEL HOSPITAL CENTRAL “DR IGNACIO MORONES PRIETO”, ATRAVES DE SU DIRECTOR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se Admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DEL HOSPITAL CENTRAL “DR IGNACIO MORONES PRIETO”, ATRAVES DE SU DIRECTOR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-819/2020-2 SICOM. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-822/2020-2 PNT CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-822/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-825/2020-2 PNT CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-825/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-828/2020-2 PNT CONTRA SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO, POR CONDUCTO DE SU SECRETARIO GENERAL, A TRAVES DEL TITULAR DE UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO, POR CONDUCTO DE SU SECRETARIO GENERAL, A TRAVES DEL TITULAR DE UNIDAD DE TRANSPARENCIA.. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-828/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-831/2020-2 PNT CONTRA SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y OBRAS PÚBLICAS, A TRAVÉS DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y OBRAS PÚBLICAS, A TRAVÉS DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-831/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-834/2020-2 PNT CONTRA SECRETARIA DE DESARROLLO ECONOMICO, A TRAVÉS DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al SECRETARIA DE DESARROLLO ECONOMICO, A TRAVÉS DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA.. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-834/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-836/2020-1 PNT CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-836/2020-3, interpuesto el 13 de febrero del año en curso y siendo turnada a la ponencia 1 el 19 de de febrero del presente año, contra la respuesta a la solicitud de información con numero 0078620 presentada el 15 d de enero del 2020. MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-837/2020-2 PNT CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-837/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-839/2020-2 PNT CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-839/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-840/2020-2 PNT CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-840/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-842/2020-1 PNT CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-842/2020-1, interpuesto el 13 de febrero del año en curso y siendo turnada a la ponencia 1 el 19 de de febrero del presente año, contra la respuesta a la solicitud de información con numero 00113820 presentada el 22 de enero del 2020. MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-843/2020-2 PNT CONTRA GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA OFICIALÍA MAYOR, A TRAVÉS DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al GOBIERNO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE LA OFICIALÍA MAYOR, A TRAVÉS DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-843/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-845/2020-1 PNT CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-845/2020-1, interpuesto el 14 de febrero del año en curso y siendo turnada a la ponencia 1 el 19 de de febrero del presente año, contra la respuesta a la solicitud de información con numero 00105920 presentada el 21 de enero del 2020. MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-846/2020-2 PNT CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-846/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se remite el presente expediente al Sistema Estatal de Documentación y Archivo de esta Comisión, para que dentro del término de 03 tres días hábiles, emita un dictamen en el que determine si la dirección electrónica señalada por el sujeto obligado en su respuesta, se encuentra en un formato accesible para el solicitante y de ser así, describa cual es la información que se desprende de esta y en su caso señale si la misma es o no susceptible de impresión; lo anterior para contar con los elementos necesarios para elaborar el proyecto de resolución correspondiente. Notifíquese.

CEGAIP-RR-849/2020-2 PNT CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite el presente asunto como Recurso de Revisión y se tiene como sujeto obligado al H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL, ATRAVES DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se registra el presente recurso en el Libro de Gobierno que para tal efecto lleva esta Comisión bajo el número de RR-849/2020-2 PLATAFORMA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente para que en un plazo máximo de 07 siete días manifiesten lo que a su derecho convenga, en la inteligencia que dentro del plazo concedido las partes podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, excepto la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Notifíquese.

CEGAIP-RR-859/2020-1 PNT CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-859/2020-1, interpuesto el 18 de febrero del año en curso y siendo turnada a la ponencia 1 el 19 de de febrero del presente año, contra la respuesta a la solicitud de información con numero 00112920 presentada el 22 de enero del 2020. MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-862/2020-1 PNT CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-862/2020-1, interpuesto el 18 de febrero del año en curso y siendo turnada a la ponencia 1 el 19 de de febrero del presente año, contra la respuesta a la solicitud de información con numero 00106920 presentada el 21 de enero del 2020. MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-865/2020-1 PNT CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-865/2020-1, interpuesto el 18 de febrero del año en curso y siendo turnada a la ponencia 1 el 19 de de febrero del presente año, contra la respuesta a la solicitud de información con numero 00107220 presentada el 21 de enero del 2020. MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-868/2020-1 PNT CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-868/2020-1, interpuesto el 18 de febrero del año en curso y siendo turnada a la ponencia 1 el 19 de de febrero del presente año, contra la respuesta a la solicitud de información con numero 00107520 presentada el 21 de enero del 2020. MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-871/2020-1 PNT CONTRA MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-871/2020-1, interpuesto el 18 de febrero del año en curso y siendo turnada a la ponencia 1 el 19 de de febrero del presente año, contra la respuesta a la solicitud de información con numero 00107820 presentada el 21 de enero del 2020. MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSI, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-RR-873/2020-1 PNT CONTRA OFICIALÍA MAYOR, POR CONDUCTO DE SU TITULAR DY DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se admite en tiempo el recurso de revisión RR-873/2020-1, interpuesto el 18 de febrero del año en curso y siendo turnada a la ponencia 1 el 19 de de febrero del presente año, contra la respuesta a la solicitud de información con numero 00073920 presentada el 14 de enero del 2020. OFICIALÍA MAYOR, POR CONDUCTO DE SU TITULAR DY DE SU TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Se pone a disposición de las partes el presente expediente por el término de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho. Se requiere al sujeto obligado, a través de su Unidad de Transparencia, para que rinda ante este Órgano Garante un informe pormenorizado acerca de la información solicitada. Notifíquese.

CEGAIP-REV-03/2018-2 DERIVADO PISA-031/2014-1.- CONTRA EX SECRETARIO TECNICO DEL COMITÉ DE INFORMACION DEL H. AYUNTAMIENTO DE RIO VERDE, SAN LUIS POTOSI. Visto el estado de autos se instruye al notificador de esta comisión a efecto de que en horas inhábiles se constituya en el domicilio del recurrente y le notifique el proveído de 16 de mayo del 2019. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-486/2018 Y SUS ACUMULADOS CONTRA H. AYUNTAMIENTO DE EL NARANJO SAN LUIS POTOSI. Se remite la presente denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia DEIOT-486/2018 y sus acumulados a la Unidad de Verificaciones de esta Comisión, para que dentro del término de 3 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente proveído, verifique el total cumplimiento de la resolución dictada en el expediente que nos ocupa. Notifíquese.
CEGAIP-DEIOT-119/2019.- CONTRA PARTIDO MOVIMIENTO DE REGENERACION NACIONAL. Se remite la presente denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia DEIOT-119/2019 y sus acumulados a la Unidad de Verificaciones de esta Comisión, para que dentro del término de 3 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente proveído, verifique la publicación de la información que se le instruyó publicar al Partido Político Movimiento de Regeneración Nacional. Lo anterior, cerciorándose que la misma se ajuste a lo establecido por esta ley, es decir, satisfaga los criterios de calidad, veracidad, confiabilidad y oportunidad. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-214/2019 Y SUS ACUMULADOS CONTRA AYUNTAMIENTO DE VILLA DE REYES, SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU PRESIDENTE MUNICIPAL Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se tiene por incumplida parcialmente la resolución de 28 de agosto de 2019, dictada en la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia DEIOT 214/2019 del índice de esta comisión Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-037/2018 Y SUS ACUMULADOS CONTRA UNIVERSIDAD INTERCULTURAL DE SAN LUIS POTOSÍ, POR CONDUCTO DE SU TITULAR Y DEL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. Se ADMITE la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia presentada en contra del sujeto obligado Universidad Intercultural de San Luis Potosí. Se requiere al Sujeto Obligado Universidad Intercultural de San Luis Potosí, por conducto de su Titular y del Titular de la Unidad de Transparencia, para que, en términos del punto tercero del presente proveído, rindan el informe pormenorizado acerca de las omisiones que se le imputan en la denuncia de mérito, lo anterior, con el apercibimiento de ley. Se instruye a la Unidad de Verificaciones de esta Comisión de Transparencia, para que dentro del término de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente proveído, verifique en la Plataforma Estatal de Transparencia la publicación de la información que le corresponde difundir a la Universidad Intercultural de San Luis Potosí y, rinda el dictamen respectivo, cerciorándose de que la misma se ajuste a lo establecido por esta ley, es decir, satisfaga los criterios de calidad, veracidad, confiabilidad y oportunidad. Notifíquese.

CEGAIP-DEIOT-038/2020 CONTRA COMISIÓN ESTATAL DE AGUA. Se previene a la parte denunciante, para que en el plazo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente al de la notificación del presente acuerdo, señale de manera clara y precisa la información, formatos, artículos, fracciones o incisos de la ley de la materia, en los que no localizó la información a que hace referencia en la solicitud de información con número de folio 00208120; lo anterior, apercibido que de no desahogar la prevención formulada, esta Comisión resolverá con base en los elementos con que cuenta, es decir, sobre la información de la solicitud de información a que hizo alusión en el escrito de denuncia y que esta Comisión pudo advertir que pudieses encontrarse prevista en las obligaciones de transparencia establecida en los artículos 84 fracción XXXIII y 85 fracción I, inciso m) punto 5 y 6, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí.asi mismos se remite copia simple del escrito con número de folio 00676F9E a dicha Unidad de Verificaciones, para que en ejercicio de sus atribuciones determine lo conducente respecto a la verificación virtual cuantitativa y cualitativa solicitada por el promovente y otorgue la respuesta que corresponda a dicha petición. Notifíquese.


NOTIFICADOR DE LA COMISIÓN ESTATAL DE GARANTÍA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ.


LICENCIADO JAVIER PÉREZ LIMON.

Bitácora del formato.
Autor inicial notificaciones cegaip/cegaip
Creado el 02/28/2020 08:55:16 AM
Usuario actual notificaciones cegaip
Accesado el 06/17/2020 04:40:44 AM
Modificado el 02/28/2020 08:55:19 AM
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