Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadoitse slp
Instituto Tecnológico Superior de Ébano

Periodo
08 Agosto2017

ObligaciónLos sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan

Obligación específica.
El marco normativo aplicable al sujeto obligado, en el que deberá incluirse leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios, políticas, entre otros

A ) Artículo84

B ) FracciónII

C ) Inciso


Hipervínculo

Para Consultar el documento
Acceso directo:
11- RESIDENCIA PROFESIONAL.pdf

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018.nsf/nombre_de_la_vista/3399880AE246BAF18625821900066C45/$File/11-+RESIDENCIA+PROFESIONAL.pdf




Visor de Datos abiertosDatos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08


Código: SNEST-AC-DN-011
Revisión: 1
Nombre del documento: Normativo para las
Residencia Profesional Página: 1 de 42 1. Propósito
Establecer las normas, mecanismos y actividades que serán aplicadas en la planeación, operación y
acreditación de las residencias profesionales en el Sistema Nacional de Educación Superior
Tecnológica. 2. Alcance
El ámbito de aplicación del presente procedimiento es el de las Instituciones que conforman el
Sistema Nacional de Educación Superior Tecnológica. 3. Políticas de operación 3.1 De la Operación La Subdirección Académica a través de la División de Estudios Profesionales de cada
Instituto Tecnológico, es la responsable de formular, ejecutar y evaluar el programa
semestral de residencias profesionales, contando con el apoyo de los Departamentos
Académicos y la Subdirección de Planeación y Vinculación, a través del Departamento de
Gestión Tecnológica y Vinculación, con el visto bueno del Director del Instituto Tecnológico. El programa de residencias profesionales deberá incluir actividades de vinculación; de
difusión interna y externa; de apoyo a la generación de proyectos internos y externos; así
como gestionar más proyectos, ya sea por vía de estadía de profesores, para lograr
proporcionar las demandas de empleo en proyectos de concertación y de diagnóstico, y para
establecer el ritmo de demanda de proyectos para futuros residentes; también se realizarán
actividades que busquen la formación de asesores. La División de Estudios Profesionales es la responsable de difundir el programa semestral
de residencias profesionales hacia los alumnos, Departamentos Académicos, y demás
involucrados. La Subdirección de Planeación y Vinculación de cada Instituto Tecnológico será la
responsable de difundir los lineamientos, normas, procedimientos e instrumentos a los que
se sujetan las residencias profesionales por cualquier medio que facilite el acceso. 3.2 De las residencias profesionales Para poder ser ejecutados los proyectos de residencias profesionales se requerirá de la
autorización del Jefe del Departamento Académico, quien asignará al asesor interno. El
asesor deberá de visitar y/o tener contacto con el asesor externo de la empresa mínimo una
vez durante la ejecución del proyecto.


Criterios adjetivos de actualización, de formato y de confiabilidad

Fecha de validación02/17/2018

Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) información respectiva y son responsables de publicar y actualizar la informaciónJefatura de Planeación, Programación y Evaluación

Fecha de actualización17/01/2018


Carátula de captura

Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad0A1D07D02AA71C7C86258218007E4CF5Creado el 01/17/2018 07:10:09 PM
Carátula de registroE076556EB053FEB086258218007F8CC6Autoritse slp
Registro3399880AE246BAF18625821900066C45Tipo de documento3 Hipervínculo




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