Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadostj slp
Poder Judicial del Estado de San Luis Potosí

Periodo
12 Diciembre2017

ObligaciónLos sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan

Obligación específica.
Los instrumentos de control archivístico referidos en la Ley de Archivos del Estado de San Luis Potosí.

A ) Artículo84

B ) FracciónI

C ) Inciso


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Acceso directo:
Formato inventario PJ.doc

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http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018.nsf/nombre_de_la_vista/E72CAC70865D1CAD86258288004BC219/$File/Formato+inventario+PJ.doc




Visor de Datos abiertosDatos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08


Fecha: Fondo/Subfondo: Procedencia de los expedientes: Sección documental: Serie documental: No. Consecutivo
No. caja Descripción
Observaciones
Periodo de Tramite Original Copia
Valor documental
Vigencia documental Apertura
Cierre A
L
C
AT
AC
Total A: Administrativo L: Legal AT: Archivo de trámite AC: Archivo de Concentración 1.- INVENTARIO GENERAL DE ARCHIVOS.- Inventarios documentales: Instrumentos de consulta que describen las series y expedientes de un archivo y que permiten su
localización (inventario general). El de transferencia primaria (inventario de transferencia) o baja documental (inventario de
baja documental). 2.- FECHA.-
3.- FONDO.- Fondo documental: Conjunto de documentos producidos orgánicamente por un órgano administrativo o judicial. 4- SECCION DOCUMENTAL.- Sección documental: Conjunto de documentos constituidos por las divisiones del fondo, basados en las atribuciones de
cada órgano administrativo o jurisdiccional. 5.- SERIE DOCUMENTAL.- Serie documental: Conjunto de documentos o expedientes producidos de manera continua por las dependencias, entidades
y demás áreas administrativas, en el desarrollo de una misma actividad y que versan sobre una materia o asunto específico; son las divisiones de una sección documental. 6.- NUMERO CONSECUTIVO.-
7.- NUMERO DE CAJA.-
8.- DESCRIPCIÓN .-
9.- OBSERVACINES.- 10.- PERIODO DE TRAMITE.- 11.- APERTURA.- fecha en que se inicia el expediente 12.- CIERRE.- fecha en la que concluye el expediente 13.- ORIGINAL.- 14.- COPIA.- Copia idéntica al documento original, que se integra en un Juzgado, con motivo
d
Encargado del archivo de concentración: Servidor judicial, responsable de la administración de documentos que permanec
15.- VALOR DOCUMENTAL.- Valoración documental: Es la condición que guardan los documentos de archivo, que les confiere características: administrativas, legales y fiscales en los archivos de trámite o concentración (los cuales son conocidos como valores primarios)
o bien, evidénciales, testimoniales e informativos que determinan su conservación permanente en un archivo histórico
(resultando con esto, sus valores secundarios), permitiendo determinar los plazos de guarda o vigencia de los documentos
dentro del Sistema, así como establecer la disposición documental que con tal carácter, le corresponde. 16.- ADMINISTRATIVO.- Valor administrativo: Utilidad que los documentos poseen por ser soporte de las actuaciones administrativas y las gestiones
de una organización, motivo por el que son producidos y por su capacidad para representarlas. 17.- LEGAL.- Valor legal: Utilidad de los documentos que sirven de soporte para los derechos e intereses de los individuos y de las
organizaciones, para su defensa jurídica y para probar el cumplimiento de la ley. 18.- CONTABLE.- Valor contable: El que tienen los documentos que pueden servir de explicación o justificación de operaciones destinadas al
control presupuestario. Archivo de trámite: Conjunto orgánico de documentos y expedientes en cualquier soporte, de uso cotidiano y necesario para
el ejercicio de las atribuciones de los distintos órganos administrativos o jurisdiccionales Archivo de concentración: Conjunto orgánico de documentos y expedientes en cualquier soporte, cuya consulta es esporádica
por parte de los órganos administrativos y jurisdiccionales, generadores de la información y que deben conservarse por
razones legales, administrativas, fiscales o contables. Los documentos que forman este archivo, permanecerán en el, hasta
que prescriban sus valores primarios, o se determine su destino final, de acuerdo a las vigencias establecidas en el Catálogo
de Disposición Documental. Archivo histórico: Conjunto orgánico de documentos y expedientes en cualquier soporte, que contienen la memoria documental
institucional y que deben conservarse bajo resguardo permanente. En este lugar, serán organizados, conservados y
administrados, a fin de que se proceda a su descripción y divulgación de aquellos que posean un valor secundario, será
transferido en su momento por el archivo de concentración. TOTAL. Ciclo vital de los documentos: Es el curso de la gestión o actividad de los documentos producidos por el Poder Judicial del
Estado, para el cumplimiento de sus fines y conservados como prueba plena de su gestión e información. También se le
considera a las etapas por las que sucesivamente atraviesan los documentos desde que se producen en el archivo de trámite
(fase de creación) provocando su transferencia primaria al archivo de concentración (fase de mantenimiento y uso), hasta su
valoración, conservándose en el archivo histórico o bien produciéndose la depuración de éstos. El ciclo vital del documento se
determina fundamentalmente por la frecuencia con que es utilizado para la resolución de los asuntos propios de su creador. Información confidencial: Es que contiene datos personales relativos a las características físicas, morales o emocionales,
origen étnico o racial, domicilio, vida familiar, privada, íntima y afectiva, patrimonio, número telefónico, correo electrónico,
ideología, opiniones políticas, preferencias, sexuales, salud y expediente médico y toda aquella información susceptible de
ser tutelada por los derechos humanos a la privacidad, intimidad, honor y dignidad, que se encuentra en posesión de alguno
de los entes obligados y sobre la que no puede realizarse ningún acto o hecho, sin la autorización debida de los titulares o sus
representantes legales. Información reservada: Aquélla clasificada con carácter temporal como restringida al acceso del público. Información pública: La información creada, administrada o en posesión de los sujetos obligados, exceptuando la clasificada
como reservada o confidencial. I


Criterios adjetivos de actualización, de formato y de confiabilidad

Fecha de validación05/09/2018

Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) información respectiva y son responsables de publicar y actualizar la informaciónARCHIVO JUDICIAL

Fecha de actualización09/05/2018


Carátula de captura

Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad69804A0247694F4586258288004B262FCreado el 05/09/2018 07:47:28 AM
Carátula de registro3D59913F4B8101F786258288004B2EC4Autorstj slp
RegistroE72CAC70865D1CAD86258288004BC219Tipo de documento3 Hipervínculo




La CEGAIP, es un organismo público con autonomía presupuestaria, operativa,
de gestión y de decisión, a la que se encomienda el fomento y la difusión del
derecho de acceso a la información púbica.
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