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Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí | |
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Sujeto Obligado | | saamatehuala slp |
| | Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Matehuala | | | |
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Periodo | |
05 Mayo | | 2018 |
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Obligación | | La información sobre los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la versión pública del expediente respectivo y de los contratos celebrados, que deberá contener, por lo menos, lo siguiente. |
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Obligación específica. | | | | | |
| | De las adjudicaciones directas:
1. La propuesta enviada por el participante.
2. Los motivos y fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo.
3. La autorización del ejercicio de la opción.
4. En su caso, las cotizaciones consideradas, especificando los nombres de los proveedores y los montos.
5. El nombre de la persona física o moral adjudicada.
6. La unidad administrativa solicitante y la responsable de su ejecución.
7. El número, fecha, el monto del contrato y el plazo de entrega o de ejecución de los servicios u obra.
8. Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda.
9. Los informes de avance sobre las obras o servicios contratados.
10. El convenio de terminación.
11. El finiquito |
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A ) Artículo | | 84 | | | |
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B ) Fracción | | XXXIV | | | |
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C ) Inciso | | 2 | | | |
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Hipervínculo |
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| | Para Consultar el documento | | | |
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Acceso directo: ctos.pdf |
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Hipervinculo | | | | | |
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N.nsf/nombre_de_la_vista/DA23CB7E1D2EE2CC862582A70061CEEA/$File/ctos.pdf |
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Visor de Datos abiertos | | Datos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08 |
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SERVICIOS DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DE MATEHUALA, S.L.P., S.A.P.S.A.M. CONTRATO NO.- SAPSAM-PROSANEAR-AA-824020999-E7-2018. “SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE MACROMEDIDOR DE FLUJO EN ENTRADA Y SALIDA DE PTAR. MARCA: ENDRESS+HAUSER. MODELO: PROSONIC S FMU90 CON TRANSMISOR EN CABEZAL PARA INSTALACIÓN EN CAMPO O MONTAJE EN RAIL DE FIJACIÓN SUPERIOR PARA HASTA 2 SENSORES FDU90 PARA MEDICIÓN DE NIVEL CONTINUO, CANALES ABIERTOS Y VERTEDEROS, ASÍ COMO MEDICIÓN SIMULTÁNEA DE NIVEL Y CAUDAL.” MONTO DEL CONTRATO: $144,165.43
(CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL CIENTO SESENTA Y CINCO PESOS 43/100M.N),
INCLUYE IVA. EMPRESA: ENDRESS+HAUSER MEXICO, S.A. DE C.V. MATEHUALA, S.L.P. A 06 DE ABRIL DE 2018. CONTRATO CONTRATO CELEBRADO EL 06 DE ABRIL DEL 2018, ENTRE EL ORGANISMO OPERADOR “SERVICIOS DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DE MATEHUALA S.L.P., S.A.P.S.A.M.” REPRESENTADO POR ING. GUILLERMO MARTIN TORRES SOTO EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL COMPRADOR”, POR UNA PARTE; Y LA EMPRESA ENDRESS+HAUSER MEXICO, S.A. DE C.V. REPRESENTADA POR ING. JOSE GABRIEL MARTINEZ VITE EN SU CARÁCTER DE GERENTE GENERAL A QUIEN SE LE DENOMINARA “EL PROVEEDOR”, POR LA OTRA. LA JUNTA DE GOBIERNO BASADA EN EL PRESUPUESTO ANUAL PARA EL EJERCICIO 2018, HA APROBADO RECURSOS PARA CUBRIR LAS EROGACIONES RESULTANTES DEL PRESENTE CONTRATO Y EL ORIGEN DE LOS RECURSOS ANTES MENCIONADOS SON CORRESPONDIENTES AL PROGRAMA FEDERAL PROSANEAR; ESTO PRODUCTO DE LA NECESIDAD DEL SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE MACROMEDIDOR DE FLUJO EN ENTRADA Y SALIDA DE PTAR. MARCA: ENDRESS+HAUSER. MODELO: PROSONIC S FMU90 CON TRANSMISOR EN CABEZAL PARA INSTALACIÓN EN CAMPO O MONTAJE EN RAIL DE FIJACIÓN SUPERIOR PARA HASTA 2 SENSORES FDU90 PARA MEDICIÓN DE NIVEL CONTINUO, CANALES ABIERTOS Y VERTEDEROS, ASÍ COMO MEDICIÓN SIMULTÁNEA DE NIVEL Y CAUDAL POR CUANTO EL COMPRADOR HA LLAMADO A LICITACIÓN EN APEGO A LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO, RESPECTO DE CIERTOS BIENES Y SERVICIOS DEL SECTOR CONEXOS PARA LLEVAR A CABO EL “SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE MACROMEDIDOR DE FLUJO EN ENTRADA Y SALIDA DE PTAR. MARCA: ENDRESS+HAUSER. MODELO: PROSONIC S FMU90 CON TRANSMISOR EN CABEZAL PARA INSTALACIÓN EN CAMPO O MONTAJE EN RAIL DE FIJACIÓN SUPERIOR PARA HASTA 2 SENSORES FDU90 PARA MEDICIÓN DE NIVEL CONTINUO, CANALES ABIERTOS Y VERTEDEROS, ASÍ COMO MEDICIÓN SIMULTÁNEA DE NIVEL Y CAUDAL”; Y HA ACEPTADO UNA OFERTA DEL PROVEEDOR PARA EL SUMINISTRO DE DICHOS BIENES Y SERVICIOS POR LA SUMA $144,165.43 (CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL CIENTO SESENTA Y CINCO PESOS 43/100M.N), INCLUYE IVA.DENOMINADO “PRECIO DEL CONTRATO”. EL PROVEEDOR ENDRESS+HAUSER MEXICO, S.A. DE C.V. DECLARA QUE TIENE SU DOMICILIO ESTABLECIDO FERNANDO MONTES DE OCA #21, 3ER PISO EDIF A, COLONIA SAN NICOLAS, DELEGACION TLANEPANTLA, C.P. 54030, ESTADO DE MEXICO MISMO QUE SEÑALA PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES DE ESTE CONTRATO. SE ENCUENTRA REGISTRADO ANTE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, CON EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES NUMERO EHM9903195TA ESTE CONTRATO ATESTIGUA LO SIGUIENTE: 1.-EN ESTE CONTRATO LAS PALABRAS Y EXPRESIONES TENDRÁN EL MISMO SIGNIFICADO QUE EL QUE SE LES ASIGNE EN LAS RESPECTIVAS CONDICIONES DEL CONTRATO A QUE SE REFIERAN. 2.- LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS SE CONSIDERAN PARTE DEL PRESENTE CONTRATO Y SERÁN LEÍDOS E INTERPRETADOS EN FORMA CONJUNTA CON EL. A).- EL FORMULARIO DE OFERTA Y LA LISTA DE PRECIOS PRESENTADOS POR EL PROVEEDOR; B).- LA LISTA DE BIENES Y SERVICIOS Y PLAN DE ENTREGAS; C).- LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS; D).- LAS CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO; E).- LAS CONDICIONES ESPECIALES DEL CONTRATO, Y
F).- LA NOTIFICACIÓN DEL COMPRADOR AL PROVEEDOR DE QUE SE LE HA ADJUDICADO EL CONTRATO. 3.- EN CONSIDERACIÓN A LOS PAGOS QUE EL COMPRADOR HARÁ AL PROVEEDOR EN LA FORMA MENCIONADA EN ESTE CONTRATO, EL PROVEEDOR SE OBLIGA A PROVEER LOS BIENES AL COMPRADOR Y A SUBSANAR LOS DEFECTOS DE ESTOS DE CONFORMIDAD Y EN TODO RESPECTO CON LAS DISPOSICIONES DEL CONTRATO. 4.- EL COMPRADOR SE OBLIGA A PAGAR AL PROVEEDOR COMO CONTRAPARTIDA DEL SUMINISTRO DE LOS BIENES Y LA SUBSANACIÓN DE SUS DEFECTOS, EL VALOR DEL CONTRATO O LAS SUMAS QUE RESULTEN PAGADERAS DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL CONTRATO EN EL PLAZO Y EN LA FORMA PRESCRITOS EN ESTE. CLAUSULAS OBJETO DEL CONTRATO. “SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE MACROMEDIDOR DE FLUJO EN ENTRADA Y SALIDA DE PTAR. MARCA: ENDRESS+HAUSER. MODELO: PROSONIC S FMU90 CON TRANSMISOR EN CABEZAL PARA INSTALACIÓN EN CAMPO O MONTAJE EN RAIL DE FIJACIÓN SUPERIOR PARA HASTA 2 SENSORES FDU90 PARA MEDICIÓN DE NIVEL CONTINUO, CANALES ABIERTOS Y VERTEDEROS, ASÍ COMO MEDICIÓN SIMULTÁNEA DE NIVEL Y CAUDAL.”. TIEMPO DE ENTREGA. EL TIEMPO MAXIMO PARA LA ENTREGA DE LA TOTALIDAD DE LOS BIENES SERA DE 22 DÍAS NATURALES, INICIANDO A PARTIR DEL DIA 09 DE ABRIL DEL 2018 Y CONLUYENDO EL DIA 30 DE ABRIL DEL 2018. PRIMERA.- DEFINICIONES. 1.1 EL PRESENTE CONTRATO, LOS SIGUIENTES TÉRMINOS SERÁN INTERPRETADOS DE LA MANERA QUE SE INDICA A CONTINUACIÓN: A).- EL “CONTRATO” ES EL CONVENIO CELEBRADO ENTRE “EL COMPRADOR” Y “EL PROVEEDOR”, SEGÚN CONSTA EN EL FORMULARIO FIRMADO POR LAS PARTES, INCLUIDOS TODOS SUS ANEXOS Y APÉNDICES Y TODOS LOS DOCUMENTOS INCORPORADOS A EL POR REFERENCIA. B).- EL “PRECIO DEL CONTRATO” ES EL PRECIO PAGADERO AL PROVEEDOR DE CONFORMIDAD CON EL CONTRATO POR EL DEBIDO Y TOTAL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES CONTRACTUALES. C).- LOS “BIENES” SON LOS MATERIALES QUE EL PROVEEDOR ESTE OBLIGADO A SUMINISTRAR AL COMPRADOR DE CONFORMIDAD CON EL CONTRATO. D).- LOS “SERVICIOS” SON SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DEL SUMINISTRO DE LOS BIENES, TALES COMO TRANSPORTE Y SEGURO Y TODOS LOS SERVICIOS CONEXOS, COMO LA INSTALACION, PUESTA EN FUNCIONAMIENTO, ASISTENCIA TECNICA, CAPACITACION Y OTRAS OBLIGACIONES SIMILARES DEL PROVEEDOR COMPRENDIDAS EN EL CONTRATO E).- “CGC” SON LAS CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO CONTENIDAS EN ESTA SECCION. F).- “CEC” SON LAS CONDICIONES ESPECIALES DEL CONTRATO CONTENIDAS EN ESTA SECCION. G).- “EL COMPRADOR” “SERVICIOS DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DE MATEHUALA, S.L.P., S.A.P.S.A.M.”ES LA ORGANIZACIÓN QUE ADQUIERE LOS BIENES, ESPECIFICADOS EN LAS CONDICIONES ESPECIALES DEL CONTRATO. H).- EL “PAIS DEL COMPRADOR” ES MEXICO. I).- “EL PROVEEDOR” ENDRESS+HAUSER MEXICO, S.A. DE C.V. ES QUIEN HA DE SUMINISTRAR LOS BIENES EN VIRTUD DEL CONTRATO, ESPECIFICADA EN LAS CONDICIONES ESPECIALES DEL CONTRATO. J).- EL “ORGANISMO OPERADOR” ES LA FUENTE DE FINANCIAMIENTO. K).- EL “LUGAR DEL PROYECTO”, CUANDO PROCEDE, SIGNIFICA EL LUGAR O LUGARES DEFINIDOS EN LAS CONDICIONES ESPECIALES DEL CONTRATO. L).- “DIA SIGNIFICA UN DIA CIVIL (DIA CALENDARIO). SEGUNDA.- APLICACIÓN. 2.1. LAS PRESENTES CONDICIONES GENERALES SERAN APLICABLES EN LA MEDIDA EN QUE NO SERAN REEMPLAZADAS POR DISPOSICIONES CONTENIDAS EN OTRAS PARTES DEL CONTRATO. TERCERA.- PAIS DE ORIGEN. 3.1 TODOS LOS BIENES Y SERVICIOS SUMINISTRADOS DE CONFORMIDAD CON EL CONTRATO DEBERAN TENER SU ORIGEN EN LOS PAISES Y TERRITORIOS ELEGIBLES DE CONFORMIDAD CON LAS NORMAS, COMO SE EXPLICA EN LAS “CEC” 3.2 PARA LOS EFECTOS DE ESTA CLAUSULA, “ORIGEN” ES EL LUGAR EN QUE LOS BIENES HAYAN SIDO EXTRAIDOS, CULTIVADOS O PRODUCIDOS, O DESDE EL CUAL SE SUMINISTREN LOS SERVICIOS. SE PRODUCE UN BIEN CUANDO, POR MEDIO DE LA FEDERACION, ELABORACION O MONTAJE IMPORTANTE DE LOS COMPONENTES SE OBTIENE UN NUEVO PRODUCTO, COMERCIALMENTE RECONOCIBLE, QUE DIFIERE SUSTANCIALMENTE DE SUS COMPONENTES EN SUS CARACTERISTICAS BASICAS, FINALIDAD O USOS. 3.3 EL ORIGEN DE LOS BIENES Y SERVICIOS Y LA NACIONALIDAD DEL PROVEEDOR SON CONCEPTOS DIFERENTES. CUARTA.- NORMAS DE CALIDAD. 4.1 LOS BIENES SUMINISTRADOS DE CONFORMIDAD CON EL PRESENTE CONTRATO SE AJUSTARAN A LAS NORMAS DE CALIDAD MENCIONADAS EN LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS Y, CUANDO NO SE MENCIONEN EN ELLAS NORMAS APLICABLES, A LAS NORMAS DE CALIDAD OFICIALES CUYA APLICACIÓN SEA APROPIADA EN EL PAIS DE ORIGEN DE LOS BIENES, ESAS NORMAS DEBERAN SER LAS MAS RECIENTES ADAPTADAS POR LA INSTRUCCIÓN QUE CORRESPONDA. QUINTA:- UTILIZACION DE LOS DOCUMENTOS CONTRACTUALES E INFORMACION E INSPECCION. 5.1 “EL PROVEEDOR” NO REVELARA, SIN PREVIO CONSENTIMIENTO ESCRITO DEL COMPRADOR, EL CONTRATO NI NINGUNA DE SUS DISPOSICIONES, NI NINGUNA ESPECIFICACION, PLANO, DISEÑO, PATRON, MUESTRA O INFORMACION SUMINISTRADA POR EL COMPRADOR O EN SU NOMBRE QUE SE RELACIONE CON EL CONTRATO, A NINGUNA PERSONA SALVO EL PERSONAL CONTRATADO POR EL PROVEEDOR A LOS EFECTOS DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, LA INFORMACION QUE SE SUMINISTRE AL PERSONAL CONTRATADO SERA CONFIDENCIAL Y SOLO SE SUMINISTRARA EN LA MEDIDA QUE SEA NECESARIA PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. 5.2 “EL PROVEEDOR” NO UTILIZARA, SIN PREVIO CONSENTIMIENTO POR ESCRITO DEL COMPRADOR, NINGUNO DE LOS DOCUMENTOS O INFORMACION INDICADOS EN LA CLAUSULA 5.1 DE LAS “CGC”, SALVO A LOS EFECTOS DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. 5.3 LOS DOCUMENTOS INDICADOS EN LAS CLAUSULA 5.1 DE LAS “CGC” CON EXCEPCION DEL PROPIO CONTRATO, SEGUIRAN SIENDO DE PROPIEDAD DEL COMPRADOR Y, SI ESTE LO REQUIERE, LE SERAN DEVUELTOS (EN TODOS SUS EJEMPLARES) UNA VEZ QUE EL PROVEEDOR HAYA CUMPLIDO EL CONTRATO. 5.4 “EL PROVEEDOR” PERMITIRA A EL COMPRADOR INSPECCIONAR LAS CUENTAS Y REGISTROS CONTABLES DEL PROVEEDOR RELACIONADOS CON LA EJECUCION DEL CONTRATO Y SU VERIFICACION POR AUDITORES DESIGNADOS POR EL ORGANISMO OPERADOR SI ESTE ASI LO REQUIERE. SEXTA.- DERECHOS DE PATENTE. 6.1. “EL PROVEEDOR” INDEMNIZARA AL COMPRADOR EN CASO DE RECLAMACIONES DE TERCEROS RELACIONADAS CON TRANSGRECIONES DE DERECHOS DE PATENTE, DERECHOS DE AUTOR MARCA REGISTRADA O DISEÑO INDUSTRIAL CAUSADAS POR LA UTILIZACION DE LOS BIENES O PARTE DE ELLOS EN MEXICO. SEPTIMA.- INSPECCION Y PRUEBAS. 7.1 “EL COMPRADOR” O SU REPRESENTANTE TENDRA DERECHO A INSPECCIONAR LOS BIENES Y/O SOMETERLOS A PRUEBA, SIN COSTO ADICIONAL ALGUNO, A FIN DE VERIFICAR SU CONFORMIDAD CON LAS ESPECIFICACIONES DEL CONTRATO. EN LAS CONDICIONES ESPECIALES DEL CONTRATO Y EN LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS SE ESTIPULARAN LAS INSPECCIONES Y PRUEBAS QUE REQUIERA EL COMPRADOR Y EL LUGAR EN QUE HABRAN DE EFECTUARSE. EL COMPRADOR NOTIFICARA POR ESCRITO AL PROVEEDOR, OPORTUNAMENTE, LA IDENTIDAD DE TODO REPRESENTANTE DESIGNADO PARA ESTOS FINES. 7.2 LAS INSPECCIONES Y PRUEBAS PODRAN REALIZARSE EN LAS INSTALACIONES DEL PROVEEDOR, O DE SU (S) SUBCONTRATISTA (S), EN EL LUGAR DE ENTREGA Y/O EN EL LUGAR DE DESTINO FINAL DE BIENES. CUANDO SEAN REALIZADAS EN RECINTOS DEL PROVEEDOR O DE SU (S) SUBCONTRATISTA (S), SE PROPORCIONARA A LOS INSPECTORES TODAS LAS FACILIDADES Y ASISTENCIA RAZONABLES, INCLUIDO EL ACCESO A LOS PLANOS Y A LOS DATOS SOBRE PRODUCCION, SIN CARGO ALGUNO PARA EL COMPRADOR. 7.3 SI LOS BIENES INSPECCIONADOS O PRUEBAS NO SE AJUSTAN A LAS ESPECIFICACIONES, EL COMPRADOR PODRA RECHAZARLOS Y “EL PROVEEDOR” DEBERA, SIN CARGO PARA “EL COMPRADOR”, REEMPLAZARLOS O HACERLES TODAS LAS MODIFICACIONES NECESARIAS PARA QUE ELLOS CUMPLAN CON LAS ESPECIFICACIONES. 7.4 LA INSPECCION, PRUEBA O APROBACION DE LOS BIENES POR EL COMPRADOR O SUS REPRESENTANTES CON ANTERIORIDAD A SU EMBARQUE DESDE EL PAIS DE ORIGEN NO LIMITARA NI ANULARA EN MODO ALGUNO EL DERECHO DEL COMPRADOR A INSPECCIONAR, SOMETER A PRUEBA Y, CUANDO FUERE NECESARIO, RECHAZAR LOS BIENES UNA VEZ QUE LLEGUEN A SU PAIS. 7.5 NADA DE LO DISPUESTO EN LA CLAUSULA 8 DE LAS “CGC” LIBERARA AL PROVEEDOR DE SUS OBLIGACIONES EN MATERIA DE GARANTÍA O DE OTRA INDOLE ESTIPULADAS EN ESTE CONTRATO. 7.6 EL COMPRADOR REQUIERE LOS SIGUIENTES PROCEDIMIENTOS DE INSPECCION Y PRUEBA ANTES DE QUE LOS BIENES SEAN EMBARCADOS Y ACEPTADOS DEFINITIVAMENTE. OCTAVA: EMBALAJE. 8.1 “EL PROVEEDOR” EMBALARA LOS BIENES EN LA FORMA NECESARIA PARA IMPEDIR QUE SE DAÑEN O DETERIOREN DURANTE EL TRANSPORTE AL LUGAR DE DESTINO INDICADO EN EL CONTRATO. EL EMBALAJE DEBERA RESISTIR, SIN LIMITACIONES, SU MANIPULACION BRUSCA Y DECIDIDA Y SU EXPOSICION A TEMPERATURAS EXTREMAS, LA SAL Y LAS PRECIPITACIONES DURANTE LA TRAVESIA, Y SU ALMACENAMIENTO EN ESPACIOS ABIERTOS, EN EL TAMAÑO Y PESO DE LOS EMBALAJES SE TENDRA EN CUENTA, CUANDO SEA EL CASO, LA LEJANIA DEL LUGAR DEL DESTINO FINAL DE LOS BIENES Y LA CARENCIA DE EQUIPO PESADO DE CARGA Y DESCARGA EN TODOS LOS PUNTOS EN QUE LOS BIENES DEBEN TRANSBORDARSE. 8.2. EL EMBALAJE, LAS MARCAS Y LOS DOCUMENTOS QUE SE COLOQUEN DENTRO Y FUERA DE LOS BULTOS DEBERAN CUMPLIR ESTRICTAMENTE LOS REQUISITOS ESPECIALES QUE SE HAYA CONSIGNADO EN EL CONTRATO, Y CUALQUIER OTRO REQUISITO, SI LO HUBIERE, ESPECIFICADO EN LAS CONDICIONES ESPECIALES DEL CONTRATO Y EN CUALESQUIERA OTRAS INSTRUCCIONES DADAS POR EL COMPRADOR. NOVENA: ENTREGA DE DOCUMENTOS. 9.1 “EL PROVEEDOR” HARA ENTREGA DE LOS BIENES AL COMPRADOR DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN LA LISTA DE BIENES Y SERVICIOS Y PLAN DE ENTREGA. LOS DETALLES DE LOS DOCUMENTOS DE EMBARQUE Y DE OTRO TIPO QUE DEBE SUMINISTRAR “EL PROVEEDOR” SE INDICAN EN LAS CONDICIONES ESPECIALES DEL CONTRATO. 9.2 LOS DOCUMENTOS QUE DEBE SUMINISTRAR EL PROVEEDOR SE ESPECIFICAN EN LAS “CEC”. DECIMA.- SEGUROS. 10.1 TODOS LOS BIENES SUMINISTRADOS EN VIRTUD DEL CONTRATO ESTARAN TOTALMENTE ASEGURADOS EN MONEDA NACIONAL, EN LA FORMA ESPECIFICADA EN LAS “CEC” CONTRA DAÑOS O PERJUICIOS QUE PUDIERAN OCURRIR DURANTE SU FABRICACION O ADQUISICION, TRANSPORTE, ALMACENAMIENTO Y ENTREGA. DECIMA PRIMERA.- TRANSPORTE. 11.1 CUANDO EN VIRTUD DEL CONTRATO EL PROVEEDOR DEBA TRANSPORTAR LOS BIENES HASTA UN LUGAR DE DESTINO ESPECIFICADO EN MEXICO, DEFINIDO COMO EL LUGAR DEL PROYECTO, EL TRANSPORTE HASTA DICHO PUNTO DE DESTINO EN MEXICO, INCLUIDOS EL SEGURO Y ALMACENAMIENTO, COMO SE INDICARA EN EL CONTRATO, SERA CONTRATADO POR EL PROVEEDOR, Y EL COSTO CORRESPONDIENTE DEBERA INCLUIRSE EN EL PRECIO DEL CONTRATO. DECIMA SEGUNDA.- SERVICIOS CONEXOS. 12.1 “EL PROVEEDOR” DEBERA PRESENTAR UNO O MAS DE LOS SIGUIENTES SERVICIOS, ADEMAS DE LOS SERVICIOS ADICIONALES, SI LOS HUBIERA, ESPECIFICADOS EN LAS “CEC”. A).- EJECUTAR O SUPERVISAR EN EL LUGAR DEL PROYECTO EL MONTAJE Y/O LA PUESTA EN MARCHA DE LOS BIENES SUMINISTRADOS. B).- PROVEER LAS HERRAMIENTAS NECESARIAS PARA EL MONTAJE Y/O MANTENIMIENTO DE LOS BIENES SUMINISTRADOS. C).- PROVEER UN MANUAL DETALLADO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO PARA CADA UNIDAD APROPIADA DE LOS BIENES SUMINISTRADOS; D).- EJECUTAR O SUPERVISAR EL MANTENIMIENTO Y/O LA REPARACION DE LOS BIENES SUMINISTRADOS POR UN PERIODO CONVENCIDO ENTRE LAS PARTES, ENTENDIENDOSE QUE ESTOS SERVICIOS NO EXIMIRAN AL PROVEEDOR DE NINGUNA DE LAS OBLIGACIONES QUE LE IMPONE EL CONTRATO EN MATERIA DE GARANTIA Y E).- CAPACITAR AL PERSONAL DEL COMPRADOR, EN LAS INSTALACIONES DEL PROVEEDOR Y/O EN EL LUGAR DEL PROYECTO, PARA EL MONTAJE, PUESTA EN MARCHA, OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y/O REPARACION DE LOS BIENES SUMINISTRADOS. DECIMA TERCERA.- REPUESTOS. 13.1 SEGÚN SE ESPECIFIQUE EN LAS “CEC” PODRA EXIGIRSE AL PROVEEDOR QUE SUMINISTRE CUALQUIERA DE LOS SIGUIENTES MATERIALES, NOTIFICACIONES E INFORMACION RESPECTO A LOS REPUESTOS QUE FABRIQUE O DISTRIBUYA EL PROVEEDOR. A).- LOS REPUESTOS QUE EL COMPRADOR DESEE COMPRAR AL PROVEEDOR, ENTENDIÉNDOSE QUE ELLO NO EXIMIRA AL PROVEEDOR DE NINGUNA DE LAS OBLIGACIONES QUE LE IMPONE EL CONTRATO EN MATERIA DE GARANTIAS, Y B).- EN CASO DE QUE SE VAYAN A DEJAR DE PRODUCIR LOS REPUESTOS: I).- NOTIFICACION ANTI |
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