Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadocegaip slp
Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí

Periodo
03 Marzo2018

ObligaciónLa relación de observaciones y resoluciones emitidas y el seguimiento a cada una de ellas, incluyendo las respuestas entregadas por los sujetos obligados a los solicitantes en cumplimiento de las resoluciones.

Obligación específica.
La relación de resoluciones emitidas y el seguimiento a cada una de ellas, incluyendo las respuestas entregadas por los sujetos obligados a los solicitantes en cumplimiento de las resoluciones.

A ) Artículo88

B ) FracciónIII

C ) IncisoA2


Hipervínculo

Para Consultar el documento
Acceso directo:
C. SEGE no remite doc.pago indebido RR-706-2017-1.docx

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N.nsf/nombre_de_la_vista/F25A3BA51BCEC1EF86258265006CB951/$File/C.+SEGE+no+remite+doc.pago+indebido+RR-706-2017-1.docx




Visor de Datos abiertosDatos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08


San Luis Potosí, S.L.P., veinte de marzo de dos mil dieciocho. Visto el estado que guardan los presentes autos y de una revisión a las constancias que integran el expediente con fundamento en los artículos 8°, 10°, 27° primer párrafo, 184 y 185 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, esta Comisión procede a analizar el presente sumario a efecto de determinar el cumplimiento o incumplimiento a la resolución dictada en el recurso de revisión que se actúa. En primer lugar, es necesario insertar el sentido y efectos de la resolución: “…6.1. Sentido y efectos de esta resolución. Por las consideraciones expuestas, esta Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública de conformidad con el artículo 175, fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado MODIFICA la respuesta proporcionada por el ente obligado y lo conmina para que: 6.1.1. ponga a disposición de la solicitante para su consulta la información relativa a los libros y notas de tiempo completo del ciclo escolar 2014-2015. 6.1.2. para el caso de que la particular requiera la reproducción de dichos documentos, le indique de cuantas fojas constan, el costo de la reproducción y el método de pago.” Por lo anterior, el sujeto obligado a través del oficio UT- 0458/2018 signado por la Titular de la Unidad de Transparencia de la Secretaria de Educación de Gobierno del Estado, recibido en este órgano colegiado el seis de marzo de dos mil dieciocho, con un anexo, donde informa sobre el cumplimiento al resolutivo en análisis y señala medularmente lo siguiente: […] Se me tenga por informando el cumplimiento al proveído de fecha 22 veintidós de febrero del año en curso, dictada en el recurso de revisión 706-2017-1, interpuesta por la C. XXXXXXXXXXXXXX, y por acompañando con las constancias que me permito acreditar lo manifestado.” En ese sentido, visibles a fojas 350 a 355 de autos, se encuentra únicamente la información que fuera enviada al recurrente, mismos que por economía procesal, se tienen por reproducidos como si a la letra se insertasen. Por otra parte, se advierte de las constancias que el sujeto obligado puso a disposición del recurrente la información solicitada y que se encuentra la misma en los libros y notas de tiempo completo del periodo escolar 2014-2015. Así mismo, de las constancias se advierte que el sujeto obligado hizo las gestiones necesarias para el rembolso de la cantidad de $39.00 (treinta y nueve pesos 00/100 M.N); también obra la constancia que acredita que el sujeto obligado fue notificado por estrados. De tal suerte, se tiene que las documentales remitidas por el sujeto obligado, son suficientes para colmar los extremos fijados en la resolución de mérito y por tanto se encuentra cumplida, toda vez que la información proporcionada por el sujeto obligado da cuenta de la devolución, puesta a disposición y entrega de las copias faltantes a que se hacen alusión la resolución de veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete. Por otro lado, esta Comisión por medio de proveído de fecha ocho de marzo de los presentes, se dio vista a la parte recurrente con las constancias remitidas por el sujeto obligado, para el efecto de que realizara las manifestaciones que a sus intereses conviniera, sin que hubiera realizado manifestación alguna al respecto, aun cuando fue debidamente notificado por el medio que designó tal como se desprende de las constancias de notificación que obra visible a fojas 358 y 359 de autos. En ese sentido, es dable asentar que no existe constancia alguna agregada a los autos que contravenga las documentales remitidas por el sujeto obligado para acreditar el cumplimiento de la resolución. En consecuencia, por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 27° primer párrafo y 185 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, se tiene por cumplida la resolución, dictada en el recurso de revisión RR-706/2017-1. Por último, archívese en su oportunidad este expediente como asunto totalmente concluido. Notifíquese por lista y personalmente a las partes. Así lo proveyó y firma el Comisionado Presidente de la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública Alejandro Lafuente Torres, que actúa con Rosa María Motilla García, Secretaria de Pleno que da fe. Alejandro Lafuente Torres Rosa María Motilla García
Comisionado Presidente Secretaria de Pleno O.R.E.J. (Esta foja pertenece a la parte final del proveído de veinte de marzo de dos mil dieciocho, dentro del recurso de revisión 706/2017-1)



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidadD472FC1D2EB58AF686258265006B8E80Creado el 04/04/2018 01:47:33 PM
Carátula de registroEE3496B61E92DEEA86258265006B94B3Autorcegaip slp
RegistroF25A3BA51BCEC1EF86258265006CB951Tipo de documento3 Hipervínculo




La CEGAIP, es un organismo público con autonomía presupuestaria, operativa,
de gestión y de decisión, a la que se encomienda el fomento y la difusión del
derecho de acceso a la información púbica.
Cordillera del Himalaya #605, Lomas 4a. Sección C.P. 78216
San Luis Potosí, S.L.P. México
Teléfonos: (444) 825-1020 / 825-6468
Lada sin costo: 01 800 223 4247
Correo Electrónico:
dirsistemas@cegaipslp.org.mx