Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí.

Sujeto Obligadosct slp
Secretaría de Comunicaciones y Transportes

Periodo
05 Mayo2018

ObligaciónLas actas y resoluciones del Comité de Transparencia de los sujetos obligados

Obligación específica.
Actas y resoluciones Comité de Transparencia_Informe de sesiones del Comité de Transparencia.

A ) Artículo84

B ) FracciónXLVI

C ) IncisoA


Hipervínculo

Para Consultar el documento
Acceso directo:
ACUERDO SCT-CT-05-2018.pdf

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N2.nsf/nombre_de_la_vista/7105FC2B44945DC98625831500616C63/$File/ACUERDO+SCT-CT-05-2018.pdf




Visor de Datos abiertosDatos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08


COMITÉ DE TRANSPARENCIA
SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
ACTA DE SESIÓN EXTRAORDINARIA
ACUERDO SCT-CT-05/2018 En la Ciudad de San Luís Potosí, Capital del Estado del mismo nombre, siendo las 11:00 once horas del día 17 de mayo de 2018 dos mil dieciocho, estando presentes en la Sala de Juntas de la Dirección General de Comunicaciones y Transportes, ubicada en Av. Muñoz # 650 Colonia Condesa, en la planta alta de la Plaza Muñoz, la Licenciada Adriana Griseld López Hernández, Titular de la Unidad de Transparencia y Presidenta del Comité de Transparencia de la Entidad, la Licenciada Juana Verónica Paz Montes, Directora de Registro de Transporte Publico y Coordinadora de Archivos; el Contador Víctor Manuel Lomelí Guerrero, Director de Administración y Finanzas; el Licenciado Dionisio Piña Niño, Director de Gestión Jurídica; y el Licenciado Omar Efraím Alvarado Manzo, Secretario Particular del Titular, los cinco integrantes del Comité de Transparencia y Acceso a la Información Publica de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, todos reunidos a efecto de llevar a cabo la sesión convocada bajo el siguiente: ORDEN DEL DÍA 1. Lista de asistencia y establecimiento del quórum legal y validez de la sesión. 2. Lectura y aprobación del orden del día. 3. Asunto a desahogar: Se pone a consideración del Comité de Transparencia, para determinar de manera fundada y motivada la notoria incompetencia de lo relacionado a la solicitud recibida mediante Plataforma Nacional de Transparencia, con folio 00018218 vinculada al Recurso de Revisión RR-035/2018-2 PLATAFORMA. 4. Asuntos Generales
5. Cierre de sesión. DESARROLLO DEL ORDEN DEL DÍA 1. LISTA DE ASISTENCIA Y ESTABLECIMIENTO DEL QUÓRUM LEGAL Y VALIDEZ DE LA SESIÓN. En este acto se declara que el quórum es legal, toda vez que posterior a tomar la lista de asistencia, se constata la presencia del total de los integrantes del Comité de Transparencia de Secretaría, por consiguiente, se declara que todos los Acuerdos tomados en la presente Sesión son válidos. 2.- LECTURA Y APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA. La Licenciada Adriana Griseld López Hernández dio lectura al Orden del día y se procede a tomar la votación respectiva a la aprobación del mismo y se somete a la consideración de los integrantes del Comité: Licenciada Juana Verónica Paz Montes, Directora de Registro de Transporte Publico y Coordinadora de Archivos; emite voto a favor. Contador Víctor Manuel Lomelí Guerrero, Director de Administración y Finanzas; emite voto a favor. Licenciado Dionisio Piña Niño, Director de Gestión Jurídica, emite voto a favor. Licenciado Omar Efraím Alvarado Manzo, Secretario Particular del Titular, emite voto a favor. Licenciada Adriana Griseld López Hernández, Titular de la Unidad de Transparencia y Presidenta del Comité de Transparencia, emite voto a favor. Por consiguiente, se aprueba por unanimidad de votos el orden del día. 3.- ASUNTO A DESAHOGAR. Correspondiente a este punto tres, la Unidad de Transparencia informa en lo tocante al asunto que se pone a consideración del Comité de Transparencia, para determinar de manera fundada y motivada la notoria incompetencia de lo relacionado a la solicitud recibida mediante Plataforma Nacional de Transparencia, con folio 00018218 vinculada al Recurso de Revisión RR-035/2018-2 PLATAFORMA. La Titular de la Unidad de Transparencia informa respecto de los antecedentes de la solicitud de información, el recurso de revisión y la resolución definitiva emitida por la CEGAIP, mediante el proveído de fecha (11) once de (04) abril de (2018) dos mil dieciocho. Como lo establece el artículo 36 BIS de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de San Luis Potosí, A la Secretaría de Comunicaciones y Transportes corresponde el despacho de los siguientes asuntos: I. Instrumentar anualmente su programa de operación, el cual será sometido a la aprobación del titular del Ejecutivo para que sea considerado en el Presupuesto de Egresos correspondiente; II. Establecer y aplicar la política de desarrollo del transporte en el Estado, y formular el programa estatal respectivo; III. Proponer la creación de nuevas áreas administrativas para el correcto cumplimiento de los objetivos planteados en el programa estatal del transporte, y lo concerniente al fortalecimiento de las comunicaciones del Estado; IV. Ejercer el presupuesto autorizado, así como vigilar su ejercicio de contabilidad; V. Participar con el titular del Ejecutivo en la celebración de convenios en materia de transporte público que éste celebre con el gobierno federal, otras Entidades o municipios, así como con el sector social o privado para la prestación del servicio de transporte; VI. Vigilar la prestación del servicio público de transporte en todas sus modalidades; VII. Recibir, tramitar y someter a la consideración del titular del Ejecutivo, las solicitudes para la autorización de concesiones, así como el otorgamiento de permisos temporales para la explotación de servicios de transporte público en el Estado; VIII. Autorizar, previo acuerdo del Ejecutivo, y escuchando la opinión del Consejo Estatal de Transporte, rutas, horarios y terminales, así como todo lo relativo a la operación del servicio público de transporte y vigilar su cumplimiento; IX. Llevar el registro de los vehículos dedicados al transporte público en todo el Estado; X. Llevar el registro de los operadores dedicados al transporte público en todo el Estado; XI Tomar las medidas necesarias para evitar la suspensión del servicio del transporte público; XII. Organizar los servicios emergentes de transporte público urbano cuando las circunstancias lo requieran; XIII. Tramitar lo referente a la caducidad, rescisión, cancelación y modificación de concesiones otorgadas por el Ejecutivo, y aplicar las multas y sanciones que procedan en los casos de infracción a las leyes de la materia; XIV. Fomentar la organización de sociedades que se dediquen al servicio de transporte público; XV. Proponer, al titular del Ejecutivo, para su aprobación, el Reglamento Interior de la Secretaría; XVI. Impulsar las comunicaciones en todo el Estado; XVII. Contribuir al mejoramiento del uso y aprovechamiento de las telecomunicaciones, de conformidad con la normatividad federal, entre la Federación, Estados y municipios, así como con la población en general; XVIII. Implementar y ejecutar las políticas de conectividad plasmadas en el Plan Estatal de Desarrollo; XIX. Coordinarse y celebrar convenios con la Federación, las Entidades Federativas o los municipios, así como con los sectores social y privado, para el desarrollo de las comunicaciones en el Estado; XX. Impulsar los sistemas de comunicación de cobertura social, en coordinación con instancias federales, estatales y municipales, así como con los sectores social y privado; XXI. Distribuir la red estatal de educación, salud y gobierno, de conformidad con los lineamientos establecidos por la propia Secretaría, y de acuerdo a los criterios normativos señalados por la autoridad Federal; XXII. Emitir la normatividad correspondiente para la distribución de la red estatal de educación, salud y gobierno; y las telecomunicaciones en la competencia de Entidad, así como la operación de las mismas, y
XXIII. Las demás que señalen las leyes y reglamentos vigentes en el Estado. La SCT Federal es una Entidad distinta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes Estatal, con atribuciones distintas y en lo particular la SCT Federal cuenta con 31 Centros SCT, a donde se orientó al recurrente como Entidad responsable para atender su solicitud, no como “otro departamento” de este ente obligado, situación que fue interpretación propia del recurrente. Los Centros SCT son las representaciones de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes Federal, en cada uno de los Estados que integran la Federación. Por lo anterior expuesto y entrando en materia para determinar de manera fundada y motivada la notoria incompetencia en lo relacionado a la solicitud recibida mediante Plataforma Nacional de Transparencia, con folio 00018218 vinculada al Recurso de Revisión RR-035/2018-2 PLATAFORMA. Ratificando lo anterior, se presentan las facultades de ambas Dependencias de forma comparativa, como a continuación se describe: RUBRO SCT ESTATAL SCT FEDERAL
DEFINICION Las principales funciones de la Secretaría son las de la regulación del Transporte Público en sus diversas modalidades, así como la dotación de Telefonía Rural en micro-regiones de alta marginación perteneciente al Estado. Los Centros SCT son las representaciones de la Secretaría en cada uno de los Estados que integran la Federación. Su misión es la de contribuir al desarrollo de los sistemas de comunicaciones y transportes en la entidad federativa, ejecutando y promoviendo los programas institucionales con seguridad, eficiencia y calidad, para el bienestar económico, social y cultural, con respecto al medio ambiente, al marco legal y ético. En la actualidad la SCT Federal cuenta con 31 Centros SCT. FUNDAMENTO LEGAL Como lo establece el artículo 36 BIS de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de San Luis Potosí, a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes corresponde el despacho de los siguientes asuntos: I. Instrumentar anualmente su programa de operación, el cual será sometido a la aprobación del titular del Ejecutivo para que sea considerado en el Presupuesto de Egresos correspondiente; II. Establecer y aplicar la política de desarrollo del transporte en el Estado, y formular el programa estatal respectivo; III. Proponer la creación de nuevas áreas administrativas para el correcto cumplimiento de los objetivos planteados en el programa estatal del transporte, y lo concerniente al fortalecimiento de las comunicaciones del Estado; IV. Ejercer el presupuesto autorizado, así como vigilar su ejercicio de contabilidad; V. Participar con el titular del Ejecutivo en la celebración de convenios en materia de transporte público que éste celebre con el gobierno federal, otras Entidades o municipios, así como con el sector social o privado para la prestación del servicio de transporte; VI. Vigilar la prestación del servicio público de transporte en todas sus modalidades; VII. Recibir, tramitar y someter a la consideración del titular del Ejecutivo, las solicitudes para la autorización de concesiones, así como el otorgamiento de permisos temporales para la explotación de servicios de transporte público en el Estado; VIII. Autorizar, previo acuerdo del Ejecutivo, y escuchando la opinión del Consejo Estatal de Transporte, rutas, horarios y terminales, así como todo lo relativo a la operación del servicio público de transporte y vigilar su cumplimiento; IX. Llevar el registro de los vehículos dedicados al transporte público en todo el Estado; X. Llevar el registro de los operadores dedicados al transporte público en todo el Estado; XI Tomar las medidas necesarias para evitar la suspensión del servicio del transporte público; XII. Organizar los servicios emergentes de transporte público urbano cuando las circunstancias lo requieran; XIII. Tramitar lo referente a la caducidad, rescisión, cancelación y modificación de concesiones otorgadas por el Ejecutivo, y aplicar las multas y sanciones que procedan en los casos de infracción a las leyes de la materia; XIV. Fomentar la organización de sociedades que se dediquen al servicio de transporte público; XV. Proponer, al titular del Ejecutivo, para su aprobación, el Reglamento Interior de la Secretaría; XVI. Impulsar las comunicaciones en todo el Estado; XVII. Contribuir al mejoramiento del uso y aprovechamiento de las telecomunicaciones, de conformidad con la normatividad federal, entre la Federación, Estados y municipios, así como con la población en general; XVIII. Implementar y ejecutar las políticas de conectividad plasmadas en el Plan Estatal de Desarrollo; XIX. Coordinarse y celebrar convenios con la Federación, las Entidades Federativas o los municipios, así como con los sectores social y privado, para el desarrollo de las comunicaciones en el Estado; XX. Impulsar los sistemas de comunicación de cobertura social, en coordinación con instancias federales, estatales y municipales, así como con los sectores social y privado; XXI. Distribuir la red estatal de educación, salud y gobierno, de conformidad con los lineamientos establecidos por la propia Secretaría, y de acuerdo a los criterios normativos señalados por la autoridad Federal; XXII. Emitir la normatividad correspondiente para la distribución de la red estatal de educación, salud y gobierno; y las telecomunicaciones en la competencia de Entidad, así como la operación de las mismas, y
XXIII. Las demás que señalen las leyes y reglamentos vigentes en el Estado. En acuerdo a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en su Artículo 36, le corresponde el despacho de los siguientes asuntos: I.- Formular y conducir las políticas y programas para el desarrollo del transporte, con la intervención que las leyes otorgan a la Secretaría de Marina respecto al transporte por agua, así como de las comunicaciones, de acuerdo a las necesidades del país; I Bis.- Elaborar y conducir las políticas de telecomunicaciones y radiodifusión del Gobierno Federal; II.- Regular, inspeccionar y vigilar los servicios públicos de correos y telégrafos y sus servicios diversos; III.- Se deroga. IV.- Otorgar concesiones y permisos para establecer y operar servicios aéreos en el territorio nacional, fomentar, regular y vigilar su funcionamiento y operación, así como negociar convenios para la prestación de servicios aéreos internacionales; V.- Regular y vigilar la administración de los aeropuertos nacionales, conceder permisos para la construcción de aeropuertos particulares y vigilar su operación; VI.- Administrar la operación de los servicios de control de tránsito, así como de información y seguridad de la navegación aérea; VII.- Construir las vías férreas, patios y terminales de carácter federal para el establecimiento y explotación de ferrocarriles, y la vigilancia técnica de su funcionamiento y operación; VIII.- Regular y vigilar la administración del sistema ferroviario; IX.- Otorgar concesiones y permisos para la explotación de servicios de autotransportes en las carreteras federales y vigilar técnicamente su funcionamiento y operación, así como el cumplimiento de las disposiciones legales respectivas; X.- (Se deroga). XI.- Participar en los convenios para la construcción y explotación de los puentes internacionales; XII.- Fijar las normas técnicas del funcionamiento y operación de los servicios públicos de comunicaciones y transportes y las tarifas para el cobro de los mismos, así como otorgar concesiones y permisos y fijar las tarifas y reglas de aplicación de todas las maniobras y servicios marítimos, portuarios, auxiliares y conexos relacionados con los transportes o las comunicaciones; y participar con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el establecimiento de las tarifas de los servicios que presta la Administración Pública Federal de comunicaciones y transportes; XIII.- Fomentar la organización de sociedades cooperativas cuyo objeto sea la prestación de servicios de comunicaciones y transportes; XIV.- Regular, promover y organizar la marina mercante; XV.- Establecer los requisitos que deban satisfacer el persona



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidadEED6170304E5F2978625831500615B72Creado el 09/27/2018 11:44:07 AM
Carátula de registroF5EF2A60DCBD87AD8625831500615F5DAutorsct slp
Registro7105FC2B44945DC98625831500616C63Tipo de documento3 Hipervínculo




La CEGAIP, es un organismo público con autonomía presupuestaria, operativa,
de gestión y de decisión, a la que se encomienda el fomento y la difusión del
derecho de acceso a la información púbica.
Cordillera del Himalaya #605, Lomas 4a. Sección C.P. 78216
San Luis Potosí, S.L.P. México
Teléfonos: (444) 825-1020 / 825-6468 / 825-2583 / 825-2584 / 246-3085 / 246-2086
01 800 223 4247