Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí.

Sujeto Obligadoindepi slp
Instituto de Desarrollo Humano y Social de los Pueblos Indígenas

Periodo
03 Marzo2018

ObligaciónLos sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan

Obligación específica.
Los manuales de organización, servicios que se ofrecen, trámites, requisitos y formatos, así como los documentos que contengan las políticas de cada dependencia y unidad administrativa, que incluya metas, objetivos y responsables de los programas operativos a desarrollar.

A ) Artículo84

B ) FracciónVII

C ) Inciso


Hipervínculo

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Acceso directo:
POA 2018_definitiva-1.xlsx

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N2.nsf/nombre_de_la_vista/C242BDB73E101807862582C700715ABD/$File/POA+2018_definitiva-1.xlsx




Visor de Datos abiertosDatos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08


PROGRAMA OPERATIVO ANUAL 2018 Objeto con base en la Ley Atribución Específica por Área con base en la Ley Atribución Específica por Área con base en el Reglamento Interno Actividades para el Cumplimiento de las Atribuciones Nombre del indicador por Actividad Método de cálculo Unidad de medida Programación de Actividades 2017 Metas Área reponsable Observaciones
Enero Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Sep Oct Nov Dic Meta Anual Programada Meta Anual Ejercida
Orientar, coordinar, promover, apoyar, fomentar, gestionar, dar seguimiento y evaluar los programas, proyectos, estrategias y acciones públicas transversales para el desarrollo humano, social, integral y sustentable de los Pueblos y Comunidades Indígenas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 9° de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, así como su respectiva Ley Reglamentaria I. Proponer al Ejecutivo el diseño de la política estatal dirigida a lograr la igualdad de oportunidades y derechos de los pueblos y comunidades indígenas, de acuerdo a la legislación vigente en la materia, y los planes Estatal y Nacional de Desarrollo; además, ejecutar las acciones necesarias para su cumplimiento, y evaluar sistemáticamente el impacto de su aplicación; III. Proponer ante la Junta Directiva para su aprobación, el proyecto del Programa Anual del Instituto; así como los programas institucionales de corto, mediano y largo plazos; Presentar a la consideración de Consejo Consultivo del INDEPI el proyecto de Programa Especial de los Pueblos Originarios, para garantizar qe se reflejan las propuestas y aspiraciones expresadas en la consulta paa el fortalecimiento del Plan Estatal de Desarrollo 2015 - 2021. Programa Especial de los Pueblos Originarios consensado con por el Consejo Consultivo Dictámen y opinión Dictámen y opinión 1 1 Dirección General
II. Ser instancia de consulta para la formulación, ejecución y evaluación de los planes, programas y proyectos que las dependencias y entidades de la administración pública estatal desarrollen en la materia; V. Dirigir y coordinar las actividades del Instituto, así como ejercer su presupuesto; III. Codayuvar al ejercicio de la libertad cultural, libre determinación y autonomía de los Pueblos y Comunidades Indígenas, en el marco de las disposiciones constitucionales; Establecer con las dependencias normativas correspondientes, con la participación del Consejo Consultivo del INDEPI y los municipios , las metas de corto, mediano y largo plazo, así como los indicadores de evaluación del Programa Especial de los Pueblos Oiginarios Metas e Indicadores de corto mediano y largo plaza para evaluar el Programa Especial definidos Número de sectores y o dependencias estatales con metas e indicadores establecidos en el Programa Especial Meta/ Indicador 4 4 Planeación, Investigación y Documentación
IV. Realizar tareas de colaboración con las dependencias y entidades de la administración pública estatal, y federal, las cuales deberán consultar al Instituto, en las políticas y acciones vinculadas con el desarrollo de los Pueblos y Comunidades Indígenas; de coordinación con los gobiernos de los municipios y las comunidades indígenas; de interlocución y concertación con las comunidades indígenas, y con los sectores social y privado; VII. Promover y suscribir convenios, en las condiciones que autorice la Junta Directiva, con las dependencias de la administración pública federal, estatal, municipal, con los sectores social y privado, instituciones de educación superior públicas y privadas, y con los organismos nacionales e internacionales que se requiera, siempre y cuando la suscripción de estos convenios no sean facultad exclusiva del Gobernador del Estado; V. Impulsar la vinculación de los lineamientos del Programa Anual del Instituto con los de cada dependencia y entidad de la administración pública del Estado, así como en el de los sectores en general vinculados con estos instrumentos, con base en el principio de transversalidad; Coordinar a las dependencias normativas, incluido el INDEPI y los municipios, junto con el Consejo Consultivo del INDEPI, para la presentación del Programa Especial de los Pueblos Originarios a las comunidades Entrega formal del Programa Especial de los Pueblos Originarios a la comunidades registradas Número de comunidades que recibieron el Programa Especial / Número de comunidades registradas * 100 Porcentaje 100% 100% Dirección General
VI. Proponer, promover, y establecer los mecanismos y procedimientos que se requieran para el cumplimiento de lo dispuesto en la fracción XVI del artículo 9° de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, para garantizar el desarrollo humano y social de los Pueblos y Comunidades Indígenas; Coadyuvar con los municipios para el establecimiento de ventanillas únicas de atención de los tres ámbitos de gobierno, con la presencia de intérpretes en su lengua Gestión de Ventanillas Unicas de Atención Número de Ventanillas Unicas de Atención gestionada ventanilla 3 3 Dirección General/ Promoción, programas y proyectos
VII. Evaluar las políticas públicas y la aplicación de programas, proyectos y acciones gubernamentales que transversalmente conduzcan al desarrollo humano, social, integral y sustentable de los pueblos y comunidades indígenas; V. Dirigir y coordinar las actividades del Instituto, así como ejercer su presupuesto; Revisar con base en las acciones realizadas e informadas en el tercer informe de gobierno el Programa Especial de los Pueblos Originarios Revisión del Programa Especial de los Pueblos Originarios Informe Informe 1 1 Dirección General/ Planeación, investigación y documentción
VIII. Apoyar los procesos de regulación normativa; planeación del territorio con identidad cultural; el establecimiento de indicadores base para el desarrollo y el fortalecimiento de la autogestión; para incidir en procesos de reposicionamiento económico, social y humano de las comunidades indígenas; IX. Realizar estudios e investigaciones en forma permanente para instrumentar políticas públicas que tomen en cuenta las condiciones culturales, sociales, económicas y políticas de los pueblos y comunidades indígenas, para propiciar la equidad, el desarrollo humano y social; X. Coadyuvar y, en su caso, asistir a las comunidades y personas indígenas que se lo soliciten, en asuntos y ante autoridades federales, estatales y municipales; V. Dirigir y coordinar las actividades del Instituto, así como ejercer su presupuesto; Elaborar un protocolo para la autoidentificación de comunidades que no están registradas en el padrón de comunidades indígenas del Estado de San Luis Potosí, en coordinación con los municipios a través de su Dirección de Asuntos Indígenas y en consenso con el Consejo Consultivo Indígena. Protocolo de autoidentificación para el registro de comunidades de los Puenlos originarios Protocolo de autoidentificación para el registro de comunidades de los Puenlos originarios Protocolo 1 1 Dirección General
Elaborar un programa de acompañamiento del proceso de autoidentificación a las comunidades interesadas, conjuntamente con los municipios y el Consejo Consultivo, Programa de Acompañamiento para la autoidentificación de comunidades de los Puenlos originarios Programa de Acompañamiento Programa 1 1 Dirección General
XI. Brindar atención personalizada en materia jurídica a las comunidades indígenas que lo soliciten, para defender sus derechos colectivos cuando sea factible, según la problemática; o canalizarlas a las instituciones competentes; Presentar al Consejo Consultivo los resultados del proceso de autoidentificación de las comunidades interesadas, para su conocimiento y opinión. Informe Informe Informe 1 1 Dirección General
Realizar el registro de nuevas comunidades,, al padrón de comunidades de comunidades indígenas del Estado de San Luis Potosí. Padrón actualizado de comunidades de los Pueblos originarios del Estado de San Luis Potosí Padrón actualizado de comunidades de los Pueblos originarios del Estado de San Luis Potosí Publicación en el PEOF 1 1 SUBDIRECCIÓN DE DESARROLLO JURÍDICO
Publicar en Periódico Oficial del Estado el Padrón actualizado de comunidades indígenas del Estado de San Luis Potosí
IV. Representar legalmente al Instituto como apoderado legal para actos de administración y para pleitos y cobranzas, con las facultades generales o especiales que determine la Junta Directiva; Coadyuvar con las dependencias normativas para el establecimiento de protocolos especiales de atención para los pueblos originarios, en materia agraria, judicial, en gestión sostenible manejo y uso eficiente de recursos naturales así como en materia del patrimonio cultural tangible e intangible Protocolos especializados de atención a Pueblos Originarios Número de Protocolos establecidos Protocolo 1 1 1 3 Dirección General / Promoción, programas y proyectos
XII. Diseñar y operar, en el marco del Consejo Consultivo del Instituto, un sistema de consulta y participación indígenas, estableciendo los procedimientos técnicos y metodológicos para promover la participación de las autoridades y representantes de las comunidades indígenas en la formulación, ejecución y evaluación de los planes y programas de desarrollo; VII. Promover y suscribir convenios, en las condiciones que autorice la Junta Directiva, con las dependencias de la administración pública federal, estatal, municipal, con los sectores social y privado, instituciones de educación superior públicas y privadas, y con los organismos nacionales e internacionales que se requiera, siempre y cuando la suscripción de estos convenios no sean facultad exclusiva del Gobernador del Estado; XIII. Asesorar y apoyar en la materia indígena a las instituciones estatales, así como a los municipios y a las organizaciones de los sectores sociales y privado que lo soliciten; XIV. Instrumentar y operar programas y acciones para el desarrollo de los pueblos indígenas, cuando no correspondan a las atribuciones de otras dependencias o entidades de la administración pública del estado o, en colaboración, en su caso, con las dependencias y entidades correspondientes; Gestionar programas y acciones que propicien el efectivo acceso al derecho a la salud, la educación, la alimentación, el trabajo, la identidad y la justicia. Inversión en obras y acciones en las comunidades de los Pueblos Originarios y en la población que se autoadscribe como tal. Inversión en obras y acciones en comunidades de los pueblos originarios y/0 dirigidos específicamente a ellos / Total de la Inversión en el Estado * 100 Porcentaje 3% 3% Dirección General
XV. Participar y formar parte de los organismos, foros e instrumentos nacionales o internacionales relacionados con el objeto del instituto; V. Dirigir y coordinar las actividades del Instituto, así como ejercer su presupuesto; XVI. Desarrollar programas de sensibilización, capacitación y fortalecimiento para las dependencias y entidades de la administración pública estatal, así como para los municipios y comunidades indígenas que lo soliciten, con el fin de mejorar la atención de las necesidades de éstas; Gestionar la Instalación del Sistema Estatal para el Desarrollo de los Pueblos Originarios Elaborar el proyecto de Reglamento lnterno del Sistema Reglamento Reglamento 1 1 Dirección General / Desarrollo Jurídico
XVII. Establecer acuerdos y convenios de coordinación con los gobiernos federal, estatal y de los municipios, con la participación que corresponda a sus comunidades indígenas, para llevar a cabo programas, proyectos y acciones conjuntas a favor de las mismas; IV. Representar legalmente al Instituto como apoderado legal para actos de administración y para pleitos y cobranzas, con las facultades generales o especiales que determine la Junta Directiva; XVIII. Concertar acciones con los sectores social y privado, para que coadyuven en la realización de acciones en beneficio de las comunidades y personas indígenas; XIX. Establecer las bases para integrar y operar un sistema de información y consulta, que permita identificar las características esenciales de las identidades culturales de las comunidades indígenas del Estado de San Luis Potosí, su territorio, organización social, modelos económicos, usos, costumbres, sistemas normativos y expresiones etnolingüísticas; que permitan facilitar la más amplia participación de las comunidades, autoridades e instituciones representativas de éstos, en la definición, formulación, ejecución y evaluación de los programas, proyectos y acciones gubernamentales; V. Dirigir y coordinar las actividades del Instituto, así como ejercer su presupuesto; Gestionar un Sistema Digital de Información, Investigación, Participación y Consulta permanente, que pernita la comunicación agil y expedita con todas las autoridades comunitarias, con el Consejo Consultivo del INDEPI , con los municipios y con las dependencias federales y estatales Sistema Digital de Información, Investigación, Participación y Consulta permanente Porcentaje de avance de la instalación del Sistema Digital de Información, Investigación, Participación y Consulta permanente Porcentaje 10% 10% Dirección General
XX. Ser instancia de consulta para las dependencias y entidades de la administración pública estatal, con el fin de formular el proyectos de presupuesto consolidado en materia de desarrollo de los pueblos y comunidades indígenas a incluir en el Presupuesto de Egresos del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9° de la Constitución local; XXI. Publicar un informe anual sobre el desempeño de sus funciones y los avances e impacto de las acciones, de las dependencias y entidades paraestatales de la administración pública estatal y municipal en materia de desarrollo de los pueblos y comunidades indígenas; y dar seguimiento puntual a los índices de, rezago social, desarrollo humano, reemplazo etnolingüístico, y desarrollo humano relativo al género; Elaborar el informe anual de la vertiente Pueblos Originarios del Plan Estatal de Desarrollo 2015 - 2021 Informe de vertiente "Pueblos Originarios" Informe de vertiente "Pueblos Originarios" Informe 1 1 Dirección General / Todas las áreas
XXII. Fungir, en su caso, a través de su titular, como secretaría ejecutiva del Sistema Estatal para el Desarrollo Humano y Social de los Pueblos y Comunidades, llenado al efecto las acciones que la ley de la materia y su reglamento le atribuyen; I. Desempeñar la secretaría técnica de la Junta Directiva; II. Instrumentar, ejecutar y vigilar el cumplimiento de los acuerdos de la Junta Directiva, así como atender las recomendaciones del órgano de control interno, y del Consejo Consultivo; Dar seguimiento a las recomendaciones emitidas por el Consejo Consultivo y presentarles el Informe anual de la vertiente "Pueblos Originarios Informe de vertiente "Pueblos Originarios" Informe de vertiente "Pueblos Originarios" Informe 1 1 Dirección General
XXIII. Rendir anualmente un informe de actividades de acuerdo a los objetivos y atribuciones que se determinan en es



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidadE169AAA330AAC3AA862582C700711696Creado el 07/11/2018 02:38:07 PM
Carátula de registroF7EAF07BFA2578A4862582C700711DADAutorindepi slp
RegistroC242BDB73E101807862582C700715ABDTipo de documento3 Hipervínculo




La CEGAIP, es un organismo público con autonomía presupuestaria, operativa,
de gestión y de decisión, a la que se encomienda el fomento y la difusión del
derecho de acceso a la información púbica.
Cordillera del Himalaya #605, Lomas 4a. Sección C.P. 78216
San Luis Potosí, S.L.P. México
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