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Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí. | |
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Sujeto Obligado | | ieea slp |
| | Instituto Estatal de Educación para Adultos | | | |
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Periodo | |
06 Junio | | 2018 |
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Obligación | | Los sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan |
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Obligación específica. | | | | | |
| | Las facultades de cada área. |
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A ) Artículo | | 84 | | | |
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B ) Fracción | | VI | | | |
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C ) Inciso | | | | | |
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Hipervínculo |
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| | Para Consultar el documento | | | |
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Acceso directo: REGLAS DE OPERACION 2018.pdf |
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Hipervinculo | | | | | |
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N2.nsf/nombre_de_la_vista/D93EFBED2722094E862582C50064A666/$File/REGLAS+DE+OPERACION+2018.pdf |
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Visor de Datos abiertos | | Datos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08 |
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DOF: 29/12/2017
ACUERDO número 28/12/17 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Educación para Adultos (INEA) para el ejercicio fiscal 2018. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública. OTTO RENÉ GRANADOS ROLDÁN, Secretario de Educación Pública, con fundamento en los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38 y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 3, fracciones XI, XXI, XXII y antepenúltimo y penúltimo párrafos; 15, fracción V, 24, 27, 28, 29, 38 y Anexos 10, 18, 26 y 27 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2018; 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de laSecretaría de Educación Pública, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que con el objeto de asegurar que la administración de los recursos públicos federales se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género, la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos señalará los programas a través de los cuales se otorguen subsidios y aquellos programas que deberán sujetarse a Reglas de Operación, así como los criterios generales aplicables a las mismas; Que asimismo, el referido precepto prevé que las dependencias y las entidades, a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector, serán responsables de emitir las Reglas de Operación respecto de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria; Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2018 establece en sus artículos 3, fracción XXI y 28 que los programas que deberán sujetarse a Reglas de Operación son aquéllos señalados en su Anexo 26; Que las Reglas de Operación a que se refiere el presente Acuerdo cuentan con la autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y con el dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, y
Que en cumplimiento de lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO NÚMERO 28/12/17 POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA
EDUCACIÓN PARA ADULTOS (INEA) PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018
ÚNICO.- Se emiten las Reglas de Operación del Programa Educación para Adultos (INEA) para el ejercicio fiscal 2018, las cuales se detallan en el anexo del presente Acuerdo. TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el 1 de enero de 2018. Ciudad de México, a 26 de diciembre de 2017.- El Secretario de Educación Pública, Otto René Granados Roldán.- Rúbrica. REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA EDUCACIÓN PARA ADULTOS (INEA) PARA EL EJERCICIO
FISCAL 2018 1. INTRODUCCIÓN
2. OBJETIVOS
2.1. General
2.2. Específicos
3. LINEAMIENTOS
3.1. Cobertura
3.2. Población objetivo
3.3. Beneficiarios/as
3.3.1. Requisitos
3.3.2. Procedimiento de selección
3.4. Características de los apoyos (tipo y monto)
3.4.1 Devengo, aplicación y reintegro de los recursos
3.4.1.1 Devengos
3.4.1.2 Aplicación
3.4.1.3 Reintegros
3.5. Derechos, obligaciones y causas de incumplimiento, suspensión, cancelación o reintegro de los recursos
3.6. Participantes
3.6.1. Instancia(s) ejecutora(s)
3.6.2. Instancia(s) normativa(s)
3.7. Coordinación institucional
4. OPERACIÓN
4.1. Proceso
4.2. Ejecución
4.2.1. Avances físicos y financieros
4.2.2. Acta de entrega-recepción
4.2.3. Cierre de ejercicio
5. AUDITORÍA, CONTROL Y SEGUIMIENTO
6. EVALUACIÓN
6.1. Interna
6.2. Externa
7. TRANSPARENCIA
7.1. Difusión
7.2. Contraloría social
8. QUEJAS Y DENUNCIAS
ANEXOS 1. Registro del beneficiario/a. 2. Convenio de Colaboración Patronato. 3. Convenio específico de Colaboración con los Institutos Estatales de Educación para Adultos (IEEA). 4. Apoyos económicos a figuras solidarias por incorporación, atención y avance. 5. Diagrama de flujo. 6. Costo promedio material educativo. 7. Esquema Contraloría Social. 8. Convenio modificatorio de Colaboración con los IEEA. 9. Tablas de Equivalencias. GLOSARIO
Para efectos de las presentes Reglas de Operación (RO), se entenderá por: Acreditación.- Acción y efecto de dar cumplimiento a los requisitos establecidos para la aprobación de un nivel educativo. Alianza.- Toda acción de importancia decisiva para la realización y seguimiento de proyectos cooperativos productivos orientados a la atención de las necesidades actuales y de largo plazo de la población en rezago educativo, enfatizando la corresponsabilidad social con la educación de calidad para con este sector de la población. Asesora/or educativa/o.- Denominación genérica para referirse a las figuras solidarias que facilitan el aprendizaje, conforme lo establecido en el anexo 4: "Apoyos económicos a figuras solidarias por incorporación, atención y avance" de las presentes RO. Asesoría educativa.- Proceso de facilitación y acompañamiento del aprendizaje de las/os educandas/os, desde que se incorporan hasta que completan sus estudios de alfabetización, en educación primaria o educación secundaria, mediante el cual se procura que las personas discutan, reflexionen, resuelvan dudas y reciban retroalimentación. Puede darse en las diferentes Unidades Operativas del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA), a través de los Institutos Estatales de Educación para los Adultos (IEEA) y Delegaciones del INEA de los así como en las Plazas Comunitarias en el Exterior. Atención educativa.- Proceso mediante el cual se dota de material didáctico a las/los beneficiarias/os y se les brindan asesorías en las modalidades grupales (participación en círculo de estudio), atención individualizada o como educando/a que realiza su proceso educativo por cuenta propia, en alguna vertiente del Modelo Educación para la Vida y el Trabajo (MEVyT) y se verifica la calidad del mismo. Beneficiario.- El educando que recibe los servicios educativos que brinda el INEA. Campaña de Difusión.- Planeación, producción y difusión de un conjunto de mensajes derivados de la Estrategia Anual de Comunicación Social, a través de medios de comunicación con una vigencia determinada. Campaña Nacional de Alfabetización y Abatimiento del Rezago Educativo.- Es una estrategia del Gobierno Federal establecida en el "Programa de Alfabetización y Abatimiento del Rezago Educativo 2014-2018, Programa Institucional de Mediano Plazo (PIMP)", que tiene por objetivos la reducción del 50% el índice de analfabetismo y de 5 puntos porcentuales el de rezago educativo, brindar opciones educativas y genera oportunidades que contribuyan a un México Próspero y promoviendo la inclusión y la equidad en este sistema educativo. Certificación.- Proceso mediante el cual se da reconocimiento oficial a los estudios realizados por los
educandos, conforme al Plan y Programas de Estudio de Educación Básica para Adultos. Certificación de estudios.- Documento oficial válido en los Estados Unidos Mexicanos que no requiere trámites adicionales de legalización, diseñado por la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación (DGAIR) de la Secretaría de Educación Pública de la Administración Pública Federal y que los IEEA y Delegaciones del INEA expiden a solicitud del beneficiario/a interesado/a cuando tienen más de 50 días de haber concluido nivel y no ha recibido su certificado o cuando solicita un duplicado del certificado de terminación de estudios. Certificado de estudios.- Documento oficial válido en los Estados Unidos Mexicanos que no requiere trámites adicionales de legalización, diseñado por la DGAIR de la SEP y que el INEA, así como los IEEA y Delegaciones del INEA expiden en original, una sola vez, a aquellos jóvenes o adultos que hayan acreditado y concluido los estudios correspondientes a primaria o secundaria conforme al Plan o Programas de Estudio de Educación Básica para Adultos. Constancia CURP.- La Clave Única de Registro de Población, (CURP) sirve para registrar en forma individual a todas las personas que residen en México, nacionales y extranjeras, así como a las mexicanas y mexicanos que radican en otros países. El trámite que se realiza ante el Registro Nacional de Población e Identificación Personal. Círculo de estudio.- Grupo de educandos que se reúnen para recibir los servicios educativos que coordina el INEA con los IEEA y las Delegaciones del INEA. Círculo de estudio independiente.- Unidad operativa conformada por un grupo de mínimo 10 personas jóvenes y adultas, que se reúnen en un lugar convenido para recibir los servicios educativos que coordina el INEA con los IEEA y las Delegaciones del INEA. Constancia de alfabetización.- Documento expedido por los IEEA o las Delegaciones del INEA, a través de las áreas de acreditación en el cual se reconoce que la/el educanda/o está alfabetizada/o. Constancia de Recepción de Mexicanos Repatriados.- Constancia expedida por el Instituto Nacional de Migración de conformidad con los artículos 62 y 63 del Acuerdo por el que se emiten los Lineamentos en materia de Protección a Migrantes del Instituto Nacional de Migración publicados en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre de 2012 y que sirve a los migrantes repatriados mexicanos como identificación en caso de no contar con alguna identificación oficial. Coordinación de zona.- Unidad Administrativa Institucional de los IEEA o Delegaciones del INEA, responsable, dentro de un ámbito territorial específico de: la promoción, incorporación y atención a las/los educandas/os y figuras solidarias; la prestación de los servicios educativos, de acreditación y certificación; la dotación de los apoyos y materiales para que funcionen dichos serviciosy la información y documentación derivada de los mismos. Coordinación regional.- Instancia de los IEEA o Delegaciones del INEA encargada de coordinar y organizar la operación de varias coordinaciones de zona, para el eficiente desarrollo de la planeación, organización, atención y seguimiento de los servicios educativos para las personas adultas. Credencial.- Documento de identificación expedido por el INEA a las/los beneficiarias/os del Programa Educación para Adultos (Programa). Delegación del INEA.- Son las representaciones del INEA que, de manera desconcentrada, son los ejecutores del Programa y responsables de la operación de los servicios de educación que presta el INEA en las Entidades Federativas que no han participado en el Convenio de Coordinación para la Descentralización de los servicios educativos. DOF.- Diario Oficial de la Federación. Educación para personas adultas.- Es la destinada a individuos de quince años o más que no hayan cursado o concluido la educación primaria o secundaria. Se presta a través de servicios de alfabetización, educación primaria, secundaria, así como de formación para el trabajo, con las particularidades adecuadas a dicha población. Esta educación se apoyará en la participación y la solidaridad social de conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley General de Educación. Educando/a(s).- Niñas, niños (de 10 a 14 años de edad que no tengan concluida la primaria y que por su situación de extra edad no son atendidos en el sistema escolarizado), adolescentes, personas adultas o personas adultas mayores que reciben algún servicio educativo del INEA, de los IEEA o de las Delegaciones del INEA y que de conformidad con los Lineamientos podrán tener diferente estatus en el sistema de control escolar de acuerdo con su actividad dentro del proceso de acreditación; estos pueden ser: - Educando activo, es el que demuestra, mediante frecuente presentación de exámenes con calificaciones reflejadas en el sistema informático de control escolar, que está llevando un proceso de acreditación en el INEA. - Educando dado baja, es aquel que estando inactivo no se reactiva en un periodo de 12 meses. - Educando incorporado y/o inscrito, es el que a través de la entrevista, manifiesta su voluntad de inscribirse a los servicios del INEA, llena el registro del beneficiario, entrega los documentos requeridos (ver numeral 3.3.1 requisitos), y es registrado en el sistema de control escolar. - Educando inactivo, es el que no presenta al menos un examen en un periodo de 12 meses en el nivel inicial y 9 meses en la primaria o secundaria. - Educando reactivado, es el educando inactivo que solicita nuevamente los servicios educativos del INEA y es activado en el sistema de control escolar. - Educando reincorporado, es el educando que se encuentra en situación de baja y que solicita nuevamente los servicios educativos del INEA y es activado en el sistema de control escolar. Ejercicio diagnóstico.- Instrumento que aplica la/el entrevistador/a a las/los educandas/os que expresan no saber leer o escribir, cuando inician su proceso de alfabetización. Permite detectar los saberes y conocimientos que tienen sobre lectura, escritura y números, así como delinear su ruta de aprendizaje. Estrategia Anual de Comunicación Social.- Instrumento de planeación que expresa los temas gubernamentales prioritarios a ser difundidos durante el ejercicio fiscal por el INEA. Evaluación diagnóstica.- Proceso mediante el cual se reconocen las habilidades y conocimientos que ha adquirido una persona a lo largo de la vida con la finalidad de ubicarlo en el nivel educativo que le corresponde, este puede ser a través de un examen diagnóstico a la aplicación de la tabla de sustitución. Evaluación final.- Evaluación que permite reconocer si las personas han alcanzado los propósitos educativos correspondientes a un módulo o a un nivel educativo y asignar la calificación alcanzada al concluir el estudio de un módulo mediante la validación de evidencias y la presentación de exámenes finales estandarizados, elaborados por el INEA, que se aplican a nivel nacional por los IEEA y las Delegaciones del INEA. Evaluación formativa.- Proceso que permite conocer el avance educativo del educando durante el estudio de los módulos "La palabra", "La palabra de la experiencia" o de los módulos del MIB (MIBES 1, MIBES 3, MIBES 4 Y MIBES 5); la aplica la/el asesora/or para orientar el proceso de cada educando/a y favorecer la permanencia; además es el proceso de evaluación que se desarrolla durante el estudio de los módulos del MEVyT, que por medio de diversas actividades, permite a la persona reconocer sus avances y dificultades y orientar su aprendizaje. Ficha Signalética.- Documento de identificación en la que se reúnen los datos de las personas que se encuentran en proceso judicial, búsqueda, o sentencia. Figura institucional.- Persona que tiene una relación laboral con el INEA, los IEEA o de las Delegaciones del INEA y que forma parte de su estructura orgánica. Figura solidaria.- Persona que voluntariamente apoya las tareas de incorporación, educativas, de acreditación y certificación de las/los educandos/as. Participa a través de los patronatos sin fines de lucro y sin establecer ninguna relación laboral con elINEA, los IEEA o de las Delegaciones del INE |
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