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Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí | |
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Sujeto Obligado | | iprtemazcalli slp |
| | Instituto Temazcalli, Prevención y Rehabilitación | | | |
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Periodo | |
06 Junio | | 2019 |
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Obligación | | Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos. |
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Obligación específica. | | | | | |
| | Los trámites, requisitos y formatos que ofrecen. |
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A ) Artículo | | 84 | | | |
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B ) Fracción | | XXV | | | |
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C ) Inciso | | | | | |
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Registro general |
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| | Para Consultar el documento | | | |
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Acceso directo: LTAIPSLP84XXV JUNIO 2019.xlsx |
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Hipervinculo | | | | | |
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2019.nsf/nombre_de_la_vista/747760465B0281E0862586F8006673DC/$File/LTAIPSLP84XXV+JUNIO+2019.xlsx |
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Visor de Datos abiertos | | Datos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08 |
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2019 03/06/2019 28/06/2019 Entrevista de primera vez con trabajo social Ciudadania en general Dar a conocer los servicios que proporciona el Instituto temazcalli, y brindar la atención cuando correspondan al Instituto Presencial http://temazcalli.gob.mx/transparencia/uploads/TRAMITES.pdf Presentar copia de su identificación oficial con fotografia INE comprobante de ingresos, acta de nacimiento y llenar carta de aceptacion de compromisos http://temazcalli.gob.mx/getdir.php?dir=/transparencia/XXV/2019/Formatos/ Inmediato conforme a los espacios existentes Permanente 1 $240.00 Ley de Ingresos del Estado de San Luis Potosí para el ejercicio fiscal 2019 anexo unico apartado 30 17 Decreto de creacion del Instituto Temazcalli Prevención y Rehabilitación en su Articulo 2° menciona el objeto de su creación "
El Instituto Temazcalli al inicio de la entrevista entrega a la usuaria o usuario y/o responsable legal un consentimiento informado para iniciar el diagnostico y tratamiento para su atención, por lo que se le solicita leer detenidamente y realizar el llenado del formato para que pueda otorgar su consentimiento, negar su consentimiento o revocar el consentimiento, respetando en todo momento el derecho que tiene cada parsona para desidir sobre su tratamiento; en los casos donde la atencion solicitada no corresponda a este Instituto se le brindará información de los lugares o instituciones que se encuentran regulados por la secretaria de salud para que pueda acudir a ellos y solicitar sus servicios. Ante la negativa o falta de servicio que que unicamente brinde el instituto la usuaria, usuario o responsable legal tiene el derecho de presentar su queja en el buzon de sugerencias de esta institución o llamar a los telefonos 444 8 12 61 96 y 8 14 76 80 para inteponer su inconformidad. En la Ley de Salud Mental del Estado de San Luis Potosí con fecha de su ultima reforma el 30 de agosto de 2018, en su capitulo III articulo 4 hace mención de los derechos de los usuarios
I Que las Unidades o Unidades Hospitalarias cuenten con las instalaciones específicas necesarias para dar atención al usuario en condiciones óptimas de seguridad e higiene II Recibir un trato digno ético y humano por parte del personal independientemente de su diagnóstico situación económica sexo raza ideología o religión III No ser sujeto de discriminación por su condición ni ser objeto de diagnósticos o tratamientos en esa condición por razones políticas sociales raciales religiosas u otros motivos distintos o ajenos al estado de su salud mental IV Que al tener el primer contacto se le informe a él o a su representante legal de las normas que rigen el funcionamiento de la Unidad o de la Unidad Hospitalaria así como el nombre de quiénes estarán a cargo de su atención V Que tengan acceso a los recursos materiales necesarios así como a recursos humanos con la capacitación actualización y especialización suficientes para lograr un diagnóstico y tratamiento adecuado y oportuno VI Recibir información veraz concreta respetuosa en lenguaje comprensible para él y para su representante legal con relación a sus derechos diagnóstico así como los beneficios y riesgos del tratamiento VII Tener accesibilidad a la atención especializada en salud mental en todos sus niveles de atención VIII Que toda medicación o intervención terapéutica sea prescrita por un especialista y que ello se registre en el expediente clínico del paciente IX Que la información proporcionada por el usuario o su representante legal y la contenida en su expediente clínico sea protegida de conformidad con las normas y disposiciones legales en materia de datos personales e información confidencial X Aceptar o negarse a participar como sujeto de investigación científica sin que ello demerite la calidad de su atención XI Recibir atención médica oportuna en caso de sufrir una enfermedad no psiquiátrica y de así requerirlo tratamiento adecuado en una institución que cuente con los recursos técnicos para su atención XII Recibir tratamiento orientado a mejorar la calidad de vida familiar laboral y social por medio de programas de terapia ocupacional educativa y de rehabilitación psicosocial y XIII No ser sometido a restricciones físicas o de reclusión involuntaria salvo con arreglo a procedimientos legalmente establecidos y sólo cuando sea el único medio disponible para impedir un daño inmediato o inminente para el usuario o para un tercero o se trate de una situación grave y el usuario esté afectado en su capacidad de juicio Las medidas de restricción serán las mínimas posibles de acuerdo con el padecimiento y su evolución en relación con el cuidado de su seguridad y de la de terceros
" 18 El área de Trabajo social es donde el usuario puede acudir para externar alguna duda o inquietud ante la negativa o falta del servicio solicitado http://temazcalli.gob.mx/transparencia/XXV/2019/Junio/internamiento.pdf http://temazcalli.gob.mx/transparencia/XXV/2019/Junio/INFORME%202019.html Jefatura de Trabajo Social 18/07/2021 18/06/2021 Dentro del criterio de los costos se agrega la cuota de recuperacion de $240.00 para cumplir con el valor numerico El costo depende del estudio socioeconómico que aplica Trabajo Social al usuario conforme a lo establecido en la ley de ingresos para el Estado de San Luis Potosí dentro de la tabla de cuotas y/o tarifas aplicables al Instituto Temazcalli correspondiente al ejercicio fiscal 2019 anexo unico apartado 30 Dentro del criterio vinculante al sistema correspondiente se ingresa el informe mensual
2019 03/06/2019 28/06/2019 Atención psicologica para adicción Hombres y Mujeres con consumo de sustancias Abstinencia de sustancias Presencial http://temazcalli.gob.mx/transparencia/uploads/TRAMITES.pdf Presentar copia de su identificación oficial con fotografia INE comprobante de ingresos, acta de nacimiento y llenar carta de aceptacion de compromisos http://temazcalli.gob.mx/getdir.php?dir=/transparencia/XXV/2019/Formatos/ Inmediato conforme a los espacios existentes Permanente 2 $240.00 Ley de Ingresos del Estado de San Luis Potosí para el ejercicio fiscal 2019 anexo unico apartado 30 17 Decreto de creacion del Instituto Temazcalli Prevención y Rehabilitación en su Articulo 2° menciona el objeto de su creación "
El Instituto Temazcalli al inicio de la entrevista entrega a la usuaria o usuario y/o responsable legal un consentimiento informado para iniciar el diagnostico y tratamiento para su atención, por lo que se le solicita leer detenidamente y realizar el llenado del formato para que pueda otorgar su consentimiento, negar su consentimiento o revocar el consentimiento, respetando en todo momento el derecho que tiene cada parsona para desidir sobre su tratamiento; en los casos donde la atencion solicitada no corresponda a este Instituto se le brindará información de los lugares o instituciones que se encuentran regulados por la secretaria de salud para que pueda acudir a ellos y solicitar sus servicios. Ante la negativa o falta de servicio que que unicamente brinde el instituto la usuaria, usuario o responsable legal tiene el derecho de presentar su queja en el buzon de sugerencias de esta institución o llamar a los telefonos 444 8 12 61 96 y 8 14 76 80 para inteponer su inconformidad. En la Ley de Salud Mental del Estado de San Luis Potosí con fecha de su ultima reforma el 30 de agosto de 2018, en su capitulo III articulo 4 hace mención de los derechos de los usuarios
I Que las Unidades o Unidades Hospitalarias cuenten con las instalaciones específicas necesarias para dar atención al usuario en condiciones óptimas de seguridad e higiene II Recibir un trato digno ético y humano por parte del personal independientemente de su diagnóstico situación económica sexo raza ideología o religión III No ser sujeto de discriminación por su condición ni ser objeto de diagnósticos o tratamientos en esa condición por razones políticas sociales raciales religiosas u otros motivos distintos o ajenos al estado de su salud mental IV Que al tener el primer contacto se le informe a él o a su representante legal de las normas que rigen el funcionamiento de la Unidad o de la Unidad Hospitalaria así como el nombre de quiénes estarán a cargo de su atención V Que tengan acceso a los recursos materiales necesarios así como a recursos humanos con la capacitación actualización y especialización suficientes para lograr un diagnóstico y tratamiento adecuado y oportuno VI Recibir información veraz concreta respetuosa en lenguaje comprensible para él y para su representante legal con relación a sus derechos diagnóstico así como los beneficios y riesgos del tratamiento VII Tener accesibilidad a la atención especializada en salud mental en todos sus niveles de atención VIII Que toda medicación o intervención terapéutica sea prescrita por un especialista y que ello se registre en el expediente clínico del paciente IX Que la información proporcionada por el usuario o su representante legal y la contenida en su expediente clínico sea protegida de conformidad con las normas y disposiciones legales en materia de datos personales e información confidencial X Aceptar o negarse a participar como sujeto de investigación científica sin que ello demerite la calidad de su atención XI Recibir atención médica oportuna en caso de sufrir una enfermedad no psiquiátrica y de así requerirlo tratamiento adecuado en una institución que cuente con los recursos técnicos para su atención XII Recibir tratamiento orientado a mejorar la calidad de vida familiar laboral y social por medio de programas de terapia ocupacional educativa y de rehabilitación psicosocial y XIII No ser sometido a restricciones físicas o de reclusión involuntaria salvo con arreglo a procedimientos legalmente establecidos y sólo cuando sea el único medio disponible para impedir un daño inmediato o inminente para el usuario o para un tercero o se trate de una situación grave y el usuario esté afectado en su capacidad de juicio Las medidas de restricción serán las mínimas posibles de acuerdo con el padecimiento y su evolución en relación con el cuidado de su seguridad y de la de terceros
" 18 El área de Trabajo social es donde el usuario puede acudir para externar alguna duda o inquietud ante la negativa o falta del servicio solicitado http://temazcalli.gob.mx/transparencia/XXV/2019/Junio/internamiento.pdf http://temazcalli.gob.mx/transparencia/XXV/2019/Junio/INFORME%202019.html Jefatura de Trabajo Social 18/07/2021 18/06/2021 Dentro del criterio de los costos se agrega la cuota de recuperacion de $240.00 para cumplir con el valor numerico El costo depende del estudio socioeconómico que aplica Trabajo Social al usuario conforme a lo establecido en la ley de ingresos para el Estado de San Luis Potosí dentro de la tabla de cuotas y/o tarifas aplicables al Instituto Temazcalli correspondiente al ejercicio fiscal 2019 anexo unico apartado 30 Dentro del criterio vinculante al sistema correspondiente se ingresa el informe mensual
2019 03/06/2019 28/06/2019 Atención psicologica para coadicción Atención a miembros de la familia de personas con consumo de sustancias Propiciar un ambiente familiar funcional Presencial http://temazcalli.gob.mx/transparencia/uploads/TRAMITES.pdf Presentar copia de su identificación oficial con fotografia INE comprobante de ingresos, acta de nacimiento y llenar carta de aceptacion de compromisos http://temazcalli.gob.mx/getdir.php?dir=/transparencia/XXV/2019/Formatos/ Inmediato conforme a los espacios existentes Permanente 3 $240.00 Ley de Ingresos del Estado de San Luis Potosí para el ejercicio fiscal 2019 anexo unico apartado 30 17 Decreto de creacion del Instituto Temazcalli Prevención y Rehabilitación en su Articulo 2° menciona el objeto de su creación "
El Instituto Temazcalli al inicio de la entrevista entrega a la usuaria o usuario y/o responsable legal un consentimiento informado para iniciar el diagnostico y tratamiento para su atención, por lo que se le solicita leer detenidamente y realizar el llenado del formato para que pueda otorgar su consentimiento, negar su consentimiento o revocar el consentimiento, respetando en todo momento el derecho que tiene cada parsona para desidir sobre su tratamiento; en los casos donde la atencion solicitada no corresponda a este Instituto se le brindará información de los lugares o instituciones que se encuentran regulados por la secretaria de salud para que pueda acudir a ellos y solicitar sus servicios. Ante la negativa o falta de servicio que que unicamente brinde el instituto la usuaria, usuario o responsable legal tiene el derecho de presentar su queja en el buzon de sugerencias de esta institución o llamar a los telefonos 444 8 12 61 96 y 8 14 76 80 para inteponer su inconformidad. En la Ley de Salud Mental del Estado de San Luis Potosí con fecha de su ultima reforma el 30 de agosto de 2018, en su capitulo III articulo 4 hace mención de los derechos de los usuarios
I Que las Unidades o Unidades Hospitalarias cuenten con las instalaciones específicas necesarias para dar atención al usuario en condiciones óptimas de seguridad e higiene II Recibir un trato digno ético y humano por parte del personal independientemente de su diagnóstico situación económica sexo raza ideología o religión III No ser sujeto de discriminación por su condición ni ser objeto de diagnósticos o tratamientos en esa condición por razones políticas sociales raciales religiosas u otros motivos distintos o ajenos al estado de su salud mental IV Que al tener el primer contacto se le informe a él o a su representante legal de las normas que rigen el funcionamiento de la Unidad o de la Unidad Hospitalaria así como el nombre de quiénes estarán a cargo de su atención V Que tengan acceso a los recursos materiales necesarios así como a recursos humanos con la capacitación actualización y especialización suficientes para lograr un diagnóstico y tratamiento adecuado y oportuno VI Recibir información veraz concreta respetuosa en lenguaje comprensible para él y para su representante legal con relación a sus derechos diagnóstico así como los beneficios y riesgos del tratamiento VII Tener accesibilidad a la atención especializada en salud mental en todos sus niveles de atención VIII Que toda medicación o intervención terapéutica sea prescrita por un especialista y que ello se registre en el expediente clínico del paciente IX Que la información proporcionada por el usuario o su representante legal y la contenida en su expediente clínico sea protegida de conformidad con las normas y disposiciones legales en materia de datos personales e información confidencial X Aceptar o negarse a participar como sujeto de investigación científica sin que ello demerite la calidad de su atención XI Recibir atención médica oportuna en caso de sufrir una enfermedad no psiquiátrica y de así requerirlo tratamiento adecuado en una institución que cuente con los recursos técnicos para su atención XII Recibir tratamiento orientado a mejorar la calidad de vida familiar laboral y social por medio de programas de terapia ocupacional educativa y de rehabilitación psicosocial y XIII No ser sometido a |
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