Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadocedh slp
Comisión Estatal de Derechos Humanos

Periodo
10 Octubre2019

ObligaciónRelacionadas con Derechos Humanos.

Obligación específica.
Toda la información con que cuente, relacionada con hechos constitutivos de violaciones graves de derechos humanos o delitos de lesa humanidad, una vez determinados así por la autoridad competente, incluyendo, en su caso, las acciones de reparación del daño, atención a víctimas y de no repetición

A ) Artículo88

B ) FracciónII

C ) IncisoF


Registro general

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TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Violaciones graves de derechos humanos LTAIPSLP88IIF En cumplimiento de esta fracción los Organismos de Protección de los Derechos Humanos organizarán toda la información con que cuenten, relacionada con hechos constitutivos de violaciones graves de derechos humanos o delitos de lesa humanidad, toda vez que hayan sido determinados por la autoridad competente; incluyendo en su caso, las acciones de reparación del daño, atención a víctimas y de no repetición
Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Número(s) de expediente(s) Autoridad competente que determinó la existencia de la violación o delito Descripción de las Acciones de reparación del daño Descripción de las Acciones de atención a víctimas Descripción de las Acciones de no repetición Tipo de documento que integra el expediente de violaciones graves o de lesa humanidad (catálogo) Hipervínculo a versión pública de cada documento que forme parte del expediente Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2019 01/10/2019 31/10/2019 2VQU-0270/2018 SERVICIOS DE SALUD Con la finalidad de que a V1 le sea reparado de manera integral el daño ocasionado, colabore con este Organismo en la inscripción de V1 en el Registro Estatal de Víctimas previsto en la Ley de Víctimas para el Estado de San Luis Potosí de ser el caso previo agote de los procedimientos, V1 pueda tener acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral que establece la Ley Estatal de Víctimas, con motivo de la responsabilidad institucional atribuida a servidores públicos de esos Servicios de Salud en el Estado Gire sus apreciables instrucciones a efecto de que se impartan cursos de capacitación dirigidos al personal de la Jurisdicción Sanitaria No. VI, referentes a los temas: derechos de las mujeres a una vida libre de violencia con perspectiva de los derechos de las mujeres pertenecientes a pueblos indígenas, a la no discriminación, a la inclusión de las personas con discapacidad, derecho al trato digno, prevención de delitos sexuales. Para el cumplimiento de este punto la Comisión Estatal de Derechos Humanos le informa que la Dirección de Educación ofrece la posibilidad de impartir este curso; Expediente http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019Tres.nsf/nombre_de_la_vista/C93D66C11A8D7F17862584AC005EC203/$File/RECO+22-19.pdf SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES 08/11/2019 31/10/2019 S/N
2019 01/10/2019 31/10/2019 1VQU-477/2019 DIRECCION DE COMERCIO MUNICIPAL DE SAN LUIS POTOSÍ Gire sus instrucciones a la Dirección que corresponda, para que se realicen acciones efectivas tendientes a garantizar la Reparación Integral del Daño, respecto de las víctimas VC1, VC2, VC3 y VC7, que son personas dedicadas al comercio en la vía pública; en lo particular este Organismo Constitucional Autónomo hace suya su petición en el sentido de proponer como forma de reparación, que se considere su actividad comercial y su antigüedad como su modo de subsistencia vital, que se les brinden las alternativas para que sin detrimento de sus derechos puedan llevar a cabo su actividad reglada en el marco del reordenamiento del Centro Histórico y atendiendo a los giros tradicionales previstos en los ordenamientos municipales En lo que respecta a V3, V4, V5, V6 y V8, se considere como forma de reparación las afectaciones ocasionadas a su integridad física. De todos ellos colabore ampliamente con este Organismo Constitucional Autónomo, en el seguimiento e inscripción de las víctimas en el Registro Estatal de Victimas, previsto en la Ley de Victimas para el Estado de San Luis Potosí, a efecto de que, en el sólo caso que el Ayuntamiento de San Luis Potosí, no cubra a satisfacción la reparación del daño a la que tiene derecho las víctimas, tengan acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral que establece la Ley Estatal de Victimas, sin que el acceso a este beneficio exima al Ayuntamiento de San Luis Potosí, de responder por la Reparación Integral del Daño . Como Garantía de No Repetición gire sus apreciables instrucciones a efecto de que todo el personal operativo del Departamento de Inspección y de la Dirección de Comercio de ese Ayuntamiento de San Luis Potosí, cuente con gaffetes de identificación vigentes que invariablemente deberán portar en forma visible en toda interacción con ciudadanos en el levantamiento de actas administrativas y en la realización de las funciones que les mandata la Ley, se les dote además con uniforme para el ejercicio de sus funciones que permita al ciudadano distinguirlos con toda claridad, instruyéndoles a que constriñan sus actuaciones al marco de legalidad a que obliga el artículo 16 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos y al respeto irrestricto a los derechos humanos. Expediente http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019Tres.nsf/nombre_de_la_vista/55284F9DC8542253862584AC005A62FC/$File/RECO+23-19.pdf SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES 08/11/2019 31/10/2019 S/N
2019 01/10/2019 31/10/2019 1VQU-0079/2015 DIRECCION GENERAL DE METODOS DE INVESTIGACION DE ÑA FISCALIA GENERAL DEL ESTADO . Con la finalidad de que a [V1, V2 y V3] les sea reparado de manera integral el daño ocasionado, colabore con este Organismo Estatal en la inscripción de [V1, V2 y V3] en el Registro Estatal de Víctimas previsto en la Ley de Víctimas para el Estado de San Luis Potosí previo agote de los procedimientos, los mismos puedan tener acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral que establece la Ley Estatal de Víctimas, con motivo de la responsabilidad institucional atribuida a servidores públicos de la entonces Policía Ministerial del Estado, ahora Dirección General de Métodos de Investigación Gire sus instrucciones a quien corresponda para que se realice un programa de capacitación, dirigido a mandos superiores, mandos medios y a la totalidad de elementos de la Dirección General de Métodos de Investigación, incluy F í G ; : “ ” .” Expediente http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019Tres.nsf/nombre_de_la_vista/D44D73A2B790DC8F862584AC005F7818/$File/RECO+24-19.pdf SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES 08/11/2019 31/10/2019 S/N



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad45651DD152CB5377862584AC006036B0Creado el 11/08/2019 11:31:51 AM
Carátula de registroC775D7332985CC2C862584AC00603BC4Autorcedh slp
Registro866177B88C481D9F862584AC00604CFDTipo de documento1 Registro general




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