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Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí | |
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Sujeto Obligado | | indepi slp |
| | Instituto de Desarrollo Humano y Social de los Pueblos Indígenas | | | |
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Periodo | |
08 Agosto | | 2019 |
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Obligación | | El número total de las plazas y del personal de base y confianza, especificando el total de las vacantes, por nivel de puesto, para cada unidad administrativa |
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Obligación específica. | | | | | |
| | Las contrataciones de servicios profesionales por honorarios, señalando los nombres de los prestadores de servicios, los servicios contratados, el monto de los honorarios y el periodo de contratación. |
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A ) Artículo | | 84 | | | |
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B ) Fracción | | XVI | | | |
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C ) Inciso | | | | | |
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Registro general |
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| | Para Consultar el documento | | | |
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Acceso directo: LTAIPSLP84XVI.xlsx |
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Hipervinculo | | | | | |
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2019.nsf/nombre_de_la_vista/A0AC77F170435A648625861F00687E96/$File/LTAIPSLP84XVI.xlsx |
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Visor de Datos abiertos | | Datos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08 |
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TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Personal contratado por honorarios LTAIPSLP84XVI Los sujetos obligados publicarán información de las personas contratadas bajo el régimen de servicios profesionales por honorarios y servicios profesionales por honorarios asimilados a salarios; entendiéndose éstos como los servicios que se contratan y/o prestan a cambio de una retribución por ellos. Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Tipo de contratación (catálogo) Partida presupuestal de los recursos Nombre(s) de la persona contratada Primer apellido de la persona contratada Segundo apellido de la persona contratada Número de contrato Hipervínculo al contrato Fecha de inicio del contrato Fecha de término del contrato Servicios contratados Remuneración mensual bruta o contraprestación Monto total a pagar Prestaciones, en su caso Hipervínculo a la normatividad que regula la celebración de contratos de honorarios Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2019 01/08/2019 31/08/2019 Servicios profesionales por honorarios asimilados a salarios 04-41-001-242-06-10-001-4152 ESTRELLA VARELA CRUZ 47694 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019Tres.nsf/nombre_de_la_vista/FECE2A140EB92B518625844E0066D08A/$File/47694+ESTRELLA+VARELA+CRUZ+JULIO+SEPTIEMBRE+2019.pdf 02/07/2019 30/09/2019 ASESORIA 12909 11401 0 http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N2.nsf/af56201fa851b94c862580be005c7aa5/03DEF0FB364D3E41862583000063F425?OpenDocument AREA ADMINISTRATIVA 13/11/2020 13/11/2020 "NOTA INFORMATIVA EL INSTITUTO DE DESARROLLO HUMANO Y SOCIAL DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS DEL ESTADO Y MUNICIPIOS DE SAN LUIS POTOSÍ, SE CREA COMO ORGANISMO PÚBLICO SECTORIZADO A LA OFICINA DEL GOBERNADOR DEL ESTADO; CON PERSONALIDAD JURÍDICA Y PATRIMONIO PROPIO; AUTONOMÍA OPERATIVA, DE GESTIÓN, TÉCNICA, PRESUPUESTAL Y ADMINISTRATIVA; CON LA INTENCIÓN DE QUE SU FUNCIÓN GOCE DE LIBERTAD DENTRO DE LA ESFERA DE LO PÚBLICO, QUE LE PERMITA CAPACIDAD DE GESTIÓN, QUE INFLUYA DIRECTA Y DE MANERA TRANSVERSAL EN EL ACTUAR DE LA POLÍTICA PÚBLICA LOCAL, YA QUE ES UN ENTE QUE TIENE POR OBJETO UN SERVICIO PÚBLICO SOCIAL ESTRATÉGICO DE ACUERDO A LOS ARTÍCULOS 3 FRACCION II INCISO A, 51 Y 52 DE LA LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI
PARA ESTE EFECTO EL LINEAMIENTO JURÍDICO QUE RIGE EL ACTUAR DE LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE ESTE INSTITUTO ES LA LEY PARA EL INSTITUTO DE DESARROLLO HUMANO Y SOCIAL DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDIGENAS DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI Y SU REGLAMENTO INTERIOR. PARA DAR CUMPLIMIENTO AL ARTÍCULO 84 FRACCIÓN XVI DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA EN EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, EN EL FORMATO REFERENTE A PERSONAL CONTRATADO POR HONORARIOS, DE ACUERDO A LO SEÑALADO POR LOS ARTÍCULOS 21 FRACCIÓN I, II, V DE LA LEY PARA EL INSTITUTO DE DESARROLLO HUMANO Y SOCIAL DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS DEL ESTADO Y 23 FRACCIÓN I DEL REGLAMENTO INTERIOR, SE REALIZAN ANTE OFICIALÍA MAYOR PUES LA INSTANCIA ENCARGADA DE LLEVAR LA PLANEACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y CONTROL DE MANERA ADECUADA DE LOS RECURSOS HUMANOS QUE CORRESPONDEN AL INSTITUTO, PUES LA NORMATIVIDAD VIGENTE DE LA DEPENDENCIA NO PERMITE QUE SE INSTRUMENTE POLÍTICA DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DEL EJECUTIVO DEL ESTADO, DE ACUERDO A LO SEÑALADO POR EL NUMERAL 41 FRACCIONES I, II, III, IV, VII, IX, XVIII, XXI Y XXIV DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI. POR LO QUE ESTE INSTITUTO SE RIGE POR LO ESTABLECIDO EN LA NORMATIVIDAD APLICABLE Y QUE SE ACABA DE ENUNCIAR, OFICIALIA MAYOR ES QUIEN ESTABLECE Y ASIGNA PRESUPUESTO PARA NUEVAS PLAZAS, ESTE INSTITUTO COADYUVA CON OFICIALÍA MAYOR RECIBIENDO AL PERSONAL QUE SELECCIONA, VALORA, CONTRATA Y ASIGNA PRESUPUESTO A LAS PLAZAS QUE LA MISMS OFICIALIA MAYOR DETERMINA. LO CUAL GUARDA CONCORDANCIA CON LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 20 FRACCIONES III, IV Y V, 21 FRACCIONES XIII, XIV Y XV DEL REGLAMENTO INTERNO DE OFICIALIA MAYOR QUE SEÑALA QUE DEBERÁ LLEVAR A CABO LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS Y CONTRATOS QUE RIGEN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES Y EL MODELO ÚNICO DE CONTRATO PARA LOS SERVICIOS QUE SE CONTRATEN EN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL, BAJO EL RÉGIMEN DE HONORARIOS. PUES LA NORMATIVIDAD QUE REGULA LA CELEBRACIÓN DE CONTRATOS, SE INCLUYE EL REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO, CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, CÓDIGO PROCEDIMIENTOS CIVILES, CÓDIGO DE COMERCIO, LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA. EN LO REFERENTE A LAS PRESTACIONES, NO SE LE OTORGAN AL SERVIDOR PÚBLICO YA QUE SON CONTRATOS DE HONORARIOS ASIMILABLES Y HONORARIOS PROFESIONALES Y NO SE DETERMINA EN CONTRATO QUE RECIBIRÁ ALGUNA PRESTACIÓN DIFERENTE A SUS HONORARIOS. MISMOS QUE SON SUMINISTRADOS POR LA OFICIALÍA MAYOR DEL GOBIERNO DEL ESTADO. 2019 01/08/2019 31/08/2019 Servicios profesionales por honorarios asimilados a salarios 04-41-001-242-06-10-001-4152 KARINA ISABEL CASTILLO PALMA 47695 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019Tres.nsf/nombre_de_la_vista/50E8549DE6D5D70A8625844E0066E602/$File/47695+KARINA+ISABEL+CASTILLO+PALMA+JULIO+SEPTIEMBRE+2019.pdf 02/07/2019 30/09/2019 ASESORIA 12909 11401 0 http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N2.nsf/af56201fa851b94c862580be005c7aa5/03DEF0FB364D3E41862583000063F425?OpenDocument AREA ADMINISTRATIVA 13/11/2020 13/11/2020 "NOTA INFORMATIVA EL INSTITUTO DE DESARROLLO HUMANO Y SOCIAL DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS DEL ESTADO Y MUNICIPIOS DE SAN LUIS POTOSÍ, SE CREA COMO ORGANISMO PÚBLICO SECTORIZADO A LA OFICINA DEL GOBERNADOR DEL ESTADO; CON PERSONALIDAD JURÍDICA Y PATRIMONIO PROPIO; AUTONOMÍA OPERATIVA, DE GESTIÓN, TÉCNICA, PRESUPUESTAL Y ADMINISTRATIVA; CON LA INTENCIÓN DE QUE SU FUNCIÓN GOCE DE LIBERTAD DENTRO DE LA ESFERA DE LO PÚBLICO, QUE LE PERMITA CAPACIDAD DE GESTIÓN, QUE INFLUYA DIRECTA Y DE MANERA TRANSVERSAL EN EL ACTUAR DE LA POLÍTICA PÚBLICA LOCAL, YA QUE ES UN ENTE QUE TIENE POR OBJETO UN SERVICIO PÚBLICO SOCIAL ESTRATÉGICO DE ACUERDO A LOS ARTÍCULOS 3 FRACCION II INCISO A, 51 Y 52 DE LA LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI
PARA ESTE EFECTO EL LINEAMIENTO JURÍDICO QUE RIGE EL ACTUAR DE LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE ESTE INSTITUTO ES LA LEY PARA EL INSTITUTO DE DESARROLLO HUMANO Y SOCIAL DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDIGENAS DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI Y SU REGLAMENTO INTERIOR. PARA DAR CUMPLIMIENTO AL ARTÍCULO 84 FRACCIÓN XVI DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA EN EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, EN EL FORMATO REFERENTE A PERSONAL CONTRATADO POR HONORARIOS, DE ACUERDO A LO SEÑALADO POR LOS ARTÍCULOS 21 FRACCIÓN I, II, V DE LA LEY PARA EL INSTITUTO DE DESARROLLO HUMANO Y SOCIAL DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS DEL ESTADO Y 23 FRACCIÓN I DEL REGLAMENTO INTERIOR, SE REALIZAN ANTE OFICIALÍA MAYOR PUES LA INSTANCIA ENCARGADA DE LLEVAR LA PLANEACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y CONTROL DE MANERA ADECUADA DE LOS RECURSOS HUMANOS QUE CORRESPONDEN AL INSTITUTO, PUES LA NORMATIVIDAD VIGENTE DE LA DEPENDENCIA NO PERMITE QUE SE INSTRUMENTE POLÍTICA DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DEL EJECUTIVO DEL ESTADO, DE ACUERDO A LO SEÑALADO POR EL NUMERAL 41 FRACCIONES I, II, III, IV, VII, IX, XVIII, XXI Y XXIV DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI. POR LO QUE ESTE INSTITUTO SE RIGE POR LO ESTABLECIDO EN LA NORMATIVIDAD APLICABLE Y QUE SE ACABA DE ENUNCIAR, OFICIALIA MAYOR ES QUIEN ESTABLECE Y ASIGNA PRESUPUESTO PARA NUEVAS PLAZAS, ESTE INSTITUTO COADYUVA CON OFICIALÍA MAYOR RECIBIENDO AL PERSONAL QUE SELECCIONA, VALORA, CONTRATA Y ASIGNA PRESUPUESTO A LAS PLAZAS QUE LA MISMS OFICIALIA MAYOR DETERMINA. LO CUAL GUARDA CONCORDANCIA CON LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 20 FRACCIONES III, IV Y V, 21 FRACCIONES XIII, XIV Y XV DEL REGLAMENTO INTERNO DE OFICIALIA MAYOR QUE SEÑALA QUE DEBERÁ LLEVAR A CABO LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS Y CONTRATOS QUE RIGEN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES Y EL MODELO ÚNICO DE CONTRATO PARA LOS SERVICIOS QUE SE CONTRATEN EN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL, BAJO EL RÉGIMEN DE HONORARIOS. PUES LA NORMATIVIDAD QUE REGULA LA CELEBRACIÓN DE CONTRATOS, SE INCLUYE EL REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO, CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, CÓDIGO PROCEDIMIENTOS CIVILES, CÓDIGO DE COMERCIO, LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA. EN LO REFERENTE A LAS PRESTACIONES, NO SE LE OTORGAN AL SERVIDOR PÚBLICO YA QUE SON CONTRATOS DE HONORARIOS ASIMILABLES Y HONORARIOS PROFESIONALES Y NO SE DETERMINA EN CONTRATO QUE RECIBIRÁ ALGUNA PRESTACIÓN DIFERENTE A SUS HONORARIOS. MISMOS QUE SON SUMINISTRADOS POR LA OFICIALÍA MAYOR DEL GOBIERNO DEL ESTADO. 2019 01/08/2019 31/08/2019 Servicios profesionales por honorarios asimilados a salarios 04-41-001-242-06-10-001-4152 FRANCISCO SALVADOR DIAZ FLORES 47696 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019Tres.nsf/nombre_de_la_vista/6F9A27F644A5B2718625844E0066FB9A/$File/47696+FRANCISCO+SALVADOR+DIAZ+FLORES+JULIO+SEPTIEMBRE+2019.pdf 02/07/2019 30/09/2019 ASESORIA 23345 19608 0 http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N2.nsf/af56201fa851b94c862580be005c7aa5/03DEF0FB364D3E41862583000063F425?OpenDocument AREA ADMINISTRATIVA 13/11/2020 13/11/2020 "NOTA INFORMATIVA EL INSTITUTO DE DESARROLLO HUMANO Y SOCIAL DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS DEL ESTADO Y MUNICIPIOS DE SAN LUIS POTOSÍ, SE CREA COMO ORGANISMO PÚBLICO SECTORIZADO A LA OFICINA DEL GOBERNADOR DEL ESTADO; CON PERSONALIDAD JURÍDICA Y PATRIMONIO PROPIO; AUTONOMÍA OPERATIVA, DE GESTIÓN, TÉCNICA, PRESUPUESTAL Y ADMINISTRATIVA; CON LA INTENCIÓN DE QUE SU FUNCIÓN GOCE DE LIBERTAD DENTRO DE LA ESFERA DE LO PÚBLICO, QUE LE PERMITA CAPACIDAD DE GESTIÓN, QUE INFLUYA DIRECTA Y DE MANERA TRANSVERSAL EN EL ACTUAR DE LA POLÍTICA PÚBLICA LOCAL, YA QUE ES UN ENTE QUE TIENE POR OBJETO UN SERVICIO PÚBLICO SOCIAL ESTRATÉGICO DE ACUERDO A LOS ARTÍCULOS 3 FRACCION II INCISO A, 51 Y 52 DE LA LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI
PARA ESTE EFECTO EL LINEAMIENTO JURÍDICO QUE RIGE EL ACTUAR DE LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE ESTE INSTITUTO ES LA LEY PARA EL INSTITUTO DE DESARROLLO HUMANO Y SOCIAL DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDIGENAS DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI Y SU REGLAMENTO INTERIOR. PARA DAR CUMPLIMIENTO AL ARTÍCULO 84 FRACCIÓN XVI DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA EN EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, EN EL FORMATO REFERENTE A PERSONAL CONTRATADO POR HONORARIOS, DE ACUERDO A LO SEÑALADO POR LOS ARTÍCULOS 21 FRACCIÓN I, II, V DE LA LEY PARA EL INSTITUTO DE DESARROLLO HUMANO Y SOCIAL DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS DEL ESTADO Y 23 FRACCIÓN I DEL REGLAMENTO INTERIOR, SE REALIZAN ANTE OFICIALÍA MAYOR PUES LA INSTANCIA ENCARGADA DE LLEVAR LA PLANEACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y CONTROL DE MANERA ADECUADA DE LOS RECURSOS HUMANOS QUE CORRESPONDEN AL INSTITUTO, PUES LA NORMATIVIDAD VIGENTE DE LA DEPENDENCIA NO PERMITE QUE SE INSTRUMENTE POLÍTICA DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DEL EJECUTIVO DEL ESTADO, DE ACUERDO A LO SEÑALADO POR EL NUMERAL 41 FRACCIONES I, II, III, IV, VII, IX, XVIII, XXI Y XXIV DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI. POR LO QUE ESTE INSTITUTO SE RIGE POR LO ESTABLECIDO EN LA NORMATIVIDAD APLICABLE Y QUE SE ACABA DE ENUNCIAR, OFICIALIA MAYOR ES QUIEN ESTABLECE Y ASIGNA PRESUPUESTO PARA NUEVAS PLAZAS, ESTE INSTITUTO COADYUVA CON OFICIALÍA MAYOR RECIBIENDO AL PERSONAL QUE SELECCIONA, VALORA, CONTRATA Y ASIGNA PRESUPUESTO A LAS PLAZAS QUE LA MISMS OFICIALIA MAYOR DETERMINA. LO CUAL GUARDA CONCORDANCIA CON LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 20 FRACCIONES III, IV Y V, 21 FRACCIONES XIII, XIV Y XV DEL REGLAMENTO INTERNO DE OFICIALIA MAYOR QUE SEÑALA QUE DEBERÁ LLEVAR A CABO LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS Y CONTRATOS QUE RIGEN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES Y EL MODELO ÚNICO DE CONTRATO PARA LOS SERVICIOS QUE SE CONTRATEN EN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL, BAJO EL RÉGIMEN DE HONORARIOS. PUES LA NORMATIVIDAD QUE REGULA LA CELEBRACIÓN DE CONTRATOS, SE INCLUYE EL REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO, CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, CÓDIGO PROCEDIMIENTOS CIVILES, CÓDIGO DE COMERCIO, LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA. EN LO REFERENTE A LAS PRESTACIONES, NO SE LE OTORGAN AL SERVIDOR PÚBLICO YA QUE SON CONTRATOS DE HONORARIOS ASIMILABLES Y HONORARIOS PROFESIONALES Y NO SE DETERMINA EN CONTRATO QUE RECIBIRÁ ALGUNA PRESTACIÓN DIFERENTE A SUS HONORARIOS. MISMOS QUE SON SUMINISTRADOS POR LA OFICIALÍA MAYOR DEL GOBIERNO DEL ESTADO. 2019 01/08/2019 31/08/2019 Servicios profesionales por honorarios asimilados a salarios 04-41-001-242-06-10-001-4152 SILVIA GUADALUPE LEON HERNANDEZ 47698 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019Tres.nsf/nombre_de_la_vista/4C1AA19C00997F858625844E00671831/$File/47698+SILVIA+GUADALUPE+LEON+HERNANDEZ+JULIO+SEPTIEMBRE+2019.pdf 02/07/2019 30/09/2019 ASESORIA 21516 18170 0 http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N2.nsf/af56201fa851b94c862580be005c7aa5/03DEF0FB364D3E41862583000063F425?OpenDocument AREA ADMINISTRATIVA 13/11/2020 13/11/2020 "NOTA INFORMATIVA EL INSTITUTO DE DESARROLLO HUMANO Y SOCIAL DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS DEL ESTADO Y MUNICIPIOS DE SAN LUIS POTOSÍ, SE CREA COMO ORGANISMO PÚBLICO SECTORIZADO A LA OFICINA DEL GOBERNADOR DEL ESTADO; CON PERSONALIDAD JURÍDICA Y PATRIMONIO PROPIO; AUTONOMÍA OPERATIVA, DE GESTIÓN, TÉCNICA, PRESUPUESTAL Y ADMINISTRATIVA; CON LA INTENCIÓN DE QUE SU FUNCIÓN GOCE DE LIBERTAD DENTRO DE LA ESFERA DE LO PÚBLICO, QUE LE PERMITA CAPACIDAD DE GESTIÓN, QUE INFLUYA DIRECTA Y DE MANERA TRANSVERSAL EN EL ACTUAR DE LA POLÍTICA PÚBLICA LOCAL, YA QUE ES UN ENTE QUE TIENE POR OBJETO UN SERVICIO PÚBLICO SOCIAL ESTRATÉGICO DE ACUERDO A LOS ARTÍCULOS 3 FRACCION II INCISO A, 51 Y 52 DE LA LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI
PARA ESTE EFECTO EL LINEAMIENTO JURÍDICO QUE RIGE EL ACTUAR DE LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE ESTE INSTITUTO ES LA LEY PARA EL INSTITUTO DE DESARROLLO HUMANO Y SOCIAL DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDIGENAS DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI Y SU REGLAMENTO INTERIOR. PARA DAR CUMPLIMIENTO AL ARTÍCULO 84 FRACCIÓN XVI DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA EN EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, EN EL FORMATO REFERENTE A PERSONAL CONTRATADO POR HONORARIOS, DE ACUERDO A LO SEÑALADO POR LOS ARTÍCULOS 21 FRACCIÓN I, II, V DE LA LEY PARA EL INSTITUTO DE DESARROLLO HUMANO Y SOCIAL DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS DEL ESTADO Y 23 FRACCIÓN I DEL REGLAMENTO INTERIOR, SE REALIZAN ANTE OFICIALÍA MAYOR PUES LA INSTANCIA ENCARGADA DE LLEVAR LA PLANEACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y CONTROL DE MANERA ADECUADA DE LOS RECURSOS HUMANOS QUE CORRESPONDEN AL INSTITUTO, PUES LA NORMATIVIDAD VIGENTE DE LA DEPENDENCIA NO PERMITE QUE SE INSTRUMENTE POLÍTICA DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DEL EJECUTIVO DEL ESTADO, DE ACUERDO A LO SEÑALADO POR EL NUMERAL 41 FRACCIONES I, II, III, IV, VII, IX, XVIII, XXI Y XXIV DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS P |
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