Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadosecespe slp
Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública del Estado

Periodo
03 Marzo2019

ObligaciónLas recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención, hasta su total cumplimiento.

Obligación específica.
Participación ciudadana, Resultado de los mecanismos de participación.

A ) Artículo84

B ) FracciónXLIV

C ) IncisoB


Registro general

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LTAIPSLP84XLIVB.xlsx

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2019.nsf/nombre_de_la_vista/F666378E0BCE81E18625872E00839748/$File/LTAIPSLP84XLIVB.xlsx




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TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Participación ciudadana_Resultado de los mecanismos de participación LTAIPSLP84XLIVB Los resultados de sus mecanismos de participación ciudadana, entendida como la labor de los sujetos obligados para considerar o retomar alguna(s) o todas la(s) propuesta(s) ciudadana(s). Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Denominación del mecanismo de participación ciudadana Resultados Número total de participantes Respuesta del sujeto obligado a los resultados, descripción sintética de lo que se tomó en cuenta Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de Actualización Nota
2019 01/03/2019 31/03/2019 Comité Municipal de Consulta y Participación Ciudadana de Villa de Arista Se generaron dos acuerdos: CCYPC/56/01: el compromiso de los integrantes de coadyuvar en las acciones de prevención social de la violencia y la delincuencia, implementados por el Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad 14 "CCYPC/56/01: Se cumple de forma permanente el compromiso de los integrantes de coadyuvar en las acciones de prevención social de la violencia y la delincuencia, implementados por el Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Publica, con el objeto de ser partícipes a la sociedad. CCYPC/56/02: Se encuentra en proceso establecer un mecanismo para la captura y recepción de peticiones, sugerencias, felicitaciones y quejas para que sean atendidos por los organismos e instancias permanentes. " Área de Coordinación 10/04/2019 31/03/2019 "Conforme a lo dispuesto en el Artículo 49, fracción XI de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública, siendo una facultad de los organismos de coordinación en materia de seguridad pública promover el establecimiento de unidades de consulta y participación de la comunidad en las instituciones de seguridad pública. En correlación al artículo 141, fracción I de la misma ley establece con objeto de fomentar la solidaridad y corresponsabilidad de los ciudadanos, hacer compatibles la normatividad y funcionamiento de los servicios de seguridad pública en el Estado, el Ejecutivo y las autoridades municipales podrán acordar la creación de organismos auxiliares del ramo en las siguientes categorías de participación ciudadana. Ante los cual el Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública a través de su Área de Coordinación brinda asesoría técnica a los municipios para la instalación y seguimiento a sus unidades de consulta y participación de la comunidad en las instituciones de seguridad pública, siendo generadas por acuerdos en sesiones de Consejos Municipales de Seguridad Púbica. Teniendo facultad el Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública de dar seguimiento a las sesiones conforme a la convocatoria emitida por el municipio. Estableciendo esta facultad en el Reglamento Interior del Secretariado ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública. Artículo 22BIS fracciones II, III, IV y V. Artículo 22 BIS. El Área de Coordinación, tendrá las siguientes funciones: II. Representar al Secretariado Ejecutivo en las sesiones de los organismos de coordinación en materia de Seguridad Pública y participación ciudadana, en las que tendrá voz y voto; III. Asesorar a los municipios en materia de seguridad pública, durante la celebración de las sesiones de los organismos de coordinación en materia de Seguridad Pública, así como proponer acuerdos; IV. Dar seguimiento a los acuerdos, convenios y resoluciones emanados de los consejos municipales, regionales y delegacionales en materia de Seguridad Pública; V. Llevar el registro de actas de los consejos municipales, delegacionales e instancias regionales; A convocatoria de los municipios para el funcionamiento de los Comités Municipales de Consulta y Participación Ciudadana, las sesiones podrán ser:  Ordinarias: de manera Bimestral 2019 01/03/2019 31/03/2019 Comité Municipal de Consulta y Participación Ciudadana de Tampamolon Corona "Se generaron tres acuerdos: CCPC/39/03: Se establece el compromiso del C. Cipriano Padrón Herrera, Presidente de este Comité de Consulta y Participación Ciudadana de exponer en la siguiente Sesión de CMSP, operativos anti alcohol en la Comunidad de “El Carrizal”, ya operan sin permiso. CCPC/39/04: Se establece el compromiso del C. Cipriano Padrón Herrera, Presidente de este Comité de Consulta y Participación Ciudadana de exponer en la siguiente Sesión de CMSP, la instalación de topes o reductores de velocidad en el exterior del Jardín de Niños “David Alfaro Ziqueiros”, con la finalidad de prevenir accidentes automovilísticos y peatones. CCPC/39/05: Se establece el compromiso del C. Cipriano Padrón Herrera, Presidente de este Comité de Consulta y Participación Ciudadana de exponer en la siguiente Sesión de CMSP, se despeje la entrada del Jardín de Niños “David Alfaro Ziqueiros”, por los comerciantes los días viernes de “tianguis”." 6 CCPC/39/01: Se cumplió, ya que a la fecha siguen desempeñando la función como consejeros ciudadanos; en relación al CCPC/39/02: se cumplió, ya que los integrantes del Comité de Consulta y Participación Ciudadana, siguen participando de de manera activa desempeñando bien su función dentro de las sesiones de Consejo Municipal de Seguridad Pública Área de Coordinación 10/04/2019 31/03/2019 "Conforme a lo dispuesto en el Artículo 49, fracción XI de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública, siendo una facultad de los organismos de coordinación en materia de seguridad pública promover el establecimiento de unidades de consulta y participación de la comunidad en las instituciones de seguridad pública. En correlación al artículo 141, fracción I de la misma ley establece con objeto de fomentar la solidaridad y corresponsabilidad de los ciudadanos, hacer compatibles la normatividad y funcionamiento de los servicios de seguridad pública en el Estado, el Ejecutivo y las autoridades municipales podrán acordar la creación de organismos auxiliares del ramo en las siguientes categorías de participación ciudadana. Ante los cual el Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública a través de su Área de Coordinación brinda asesoría técnica a los municipios para la instalación y seguimiento a sus unidades de consulta y participación de la comunidad en las instituciones de seguridad pública, siendo generadas por acuerdos en sesiones de Consejos Municipales de Seguridad Púbica. Teniendo facultad el Secretariado Ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública de dar seguimiento a las sesiones conforme a la convocatoria emitida por el municipio. Estableciendo esta facultad en el Reglamento Interior del Secretariado ejecutivo del Consejo Estatal de Seguridad Pública. Artículo 22BIS fracciones II, III, IV y V. Artículo 22 BIS. El Área de Coordinación, tendrá las siguientes funciones: II. Representar al Secretariado Ejecutivo en las sesiones de los organismos de coordinación en materia de Seguridad Pública y participación ciudadana, en las que tendrá voz y voto; III. Asesorar a los municipios en materia de seguridad pública, durante la celebración de las sesiones de los organismos de coordinación en materia de Seguridad Pública, así como proponer acuerdos; IV. Dar seguimiento a los acuerdos, convenios y resoluciones emanados de los consejos municipales, regionales y delegacionales en materia de Seguridad Pública; V. Llevar el registro de actas de los consejos municipales, delegacionales e instancias regionales; A convocatoria de los municipios para el funcionamiento de los Comités Municipales de Consulta y Participación Ciudadana, las sesiones podrán ser:  Ordinarias: de manera Bimestral



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidadB8173F0C9F17C4E08625872E0083515BCreado el 08/11/2021 05:57:19 PM
Carátula de registro63114719DF9E036A8625872E00836CD2Autorsecespe slp
RegistroF666378E0BCE81E18625872E00839748Tipo de documento1 Registro general




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