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Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí | |
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Sujeto Obligado | | pan slp |
| | Partido Acción Nacional | | | |
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Periodo | |
01 Enero | | 2020 |
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Obligación | | Los sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan |
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Obligación específica. | | | | | |
| | Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables. |
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A ) Artículo | | 84 | | | |
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B ) Fracción | | V | | | |
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C ) Inciso | | | | | |
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Registro general |
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Acceso directo: LTAIPSLP84V.xlsx |
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Hipervinculo | | | | | |
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2020.nsf/nombre_de_la_vista/13739FECD8770E518625850B001A0FDB/$File/LTAIPSLP84V.xlsx |
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Visor de Datos abiertos | | Datos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08 |
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Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Denominación del área Denominación del puesto Denominación del cargo (de conformidad con nombramiento otorgado) Área de adscripción inmediata superior Denominación de la norma Fundamento legal Atribuciones, responsabilidades y/o funciones, según sea el caso Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso Número total de prestadores de servicios profesionales Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2020 01/01/2020 31/01/2020 Estructura Auxiliar Administrativo Estructura Auxiliar Administrativo Estructura Auxiliar Administrativo Estructura "Estatutos Generales del Partido Acción Nacional Reglamento del Comité Ejecutivo Nacional" CAPÍTULO OCTAVO DE LAS SECRETARÍAS DE LOS COMITÉS DIRECTIVOS ESTATALES La principal responsabilidad de la Secretaría de Estructuras Municipales es brindar atención a las estructuras del partido en todos los niveles en varios aspectos, como lo son el Desarrollo institucional del partido, con apego a los proyectos dispuestos para cada una de las áreas, que sea armónico, apegado a estatutos mediante un seguimiento normativo, y que cumplan con los objetivos que tiene la institución. http://www.panslp.org/wp-content/uploads/2018/09/convocatoria_final-con_formatos_slp.pdf-09-10-18.pdf 0 Recursos Humanos 10/01/2020 10/01/2020 ARTÍCULO 15. Los titulares de área de los órganos directivos del Partido o empleados de los mismos, que tengan interés de participar en el proceso como candidatos, deberán pedir licencia de su empleo o cargo sin goce de sueldo, previo a su registro, de conformidad con el inciso d) del artículo 52 del ROEM. 2020 01/01/2020 31/01/2020 Presidencia Presidente CDE Presidente CDE Presidente CDE "Estatutos Generales del Partido Acción Nacional Reglamento del Comité Ejecutivo Nacional" Articulo 77 Estatutos vigentes. Aprobados por la XVIII Asamblea Nacional Extraordinaria y publicados en el Diario Oficial de la Federación el 1 de abril de 2016. a) Elaborar planes de trabajo anuales que someterán para su aprobación al Comité Directivo Estatal; b) Dirigir y vigilar el trabajo de las secretarías, comisiones y demás dependencias del Comité Directivo Estatal, proponiendo a éste la designación de los titulares respectivos; c) Mantener relación permanente con el Presidente del Comité Ejecutivo Nacional para presentar iniciativas, recibir directrices y asegurar la coordinación adecuada de los trabajos del Partido en la entidad con los que se efectúen en el resto de la República; d) Sostener comunicación frecuente con los demás Comités Directivos Estatales, especialmente con aquellos cuyo territorio sea limítrofe del suyo, y participar en las reuniones interestatales que se organicen con la autorización del Comité Ejecutivo Nacional; e) Mantener estrecha comunicación con los Comités Directivos Municipales de su entidad para apoyarlos en el desempeño de su labor, y supervisar sus resultados; f) Dictar las medidas pertinentes para atender la convocatoria que se expida al efecto de asistir a la Asamblea Nacional; g) Contratar, designar y remover libremente a los funcionarios administrativos y empleados del Comité Estatal, determinar sus facultades y obligaciones, atendiendo a perfiles profesionales, así como verificar el cumplimiento de sus obligaciones; h) Presentar al Consejo Estatal y al Presidente del Comité Ejecutivo Nacional, un informe semestral de las actividades del Partido en la entidad, y enviar los informes relativos a la Cuenta General de Administración, del financiamiento público local y del financiamiento público federal a la Tesorería Nacional; i) Vigilar el cumplimiento de todas las obligaciones fiscales y laborales, establecidas en las leyes correspondientes; y j) Las demás que fijen estos Estatutos y los reglamentos http://www.panslp.org/wp-content/uploads/2018/09/convocatoria_final-con_formatos_slp.pdf-09-10-18.pdf 0 Recursos Humanos 10/01/2020 10/01/2020 REGLAMENTO DE ÓRGANOS ESTATALES Y MUNICIPALES Artículo 73 1. Para ser Presidente o integrante electo del Comité Directivo Estatal
2020 01/01/2020 31/01/2020 Promoción Política de la Mujer Asistente de Promoción Política de la Mujer Asistente de Promoción Política de la Mujer Asistente de Promoción Política de la Mujer "Estatutos Generales del Partido Acción Nacional Reglamento del Comité Ejecutivo Nacional" CAPÍTULO OCTAVO DE LAS SECRETARÍAS DE LOS COMITÉS DIRECTIVOS ESTATALES Promover la participación de las mujeres en su municipio; fomentar su formación política, detectar a las mujeres con interés y liderazgo para participar en la practica política e integrarlas en la estructura partidista. http://www.panslp.org/wp-content/uploads/2018/09/convocatoria_final-con_formatos_slp.pdf-09-10-18.pdf 0 Recursos Humanos 10/01/2020 10/01/2020 ARTÍCULO 15. Los titulares de área de los órganos directivos del Partido o empleados de los mismos, que tengan interés de participar en el proceso como candidatos, deberán pedir licencia de su empleo o cargo sin goce de sueldo, previo a su registro, de conformidad con el inciso d) del artículo 52 del ROEM. 2020 01/01/2020 31/01/2020 CDM C.D VALLES Coordinador CDM Ciudad Valles Coordinador CDM Ciudad Valles Coordinador CDM Ciudad Valles "Estatutos Generales del Partido Acción Nacional Reglamento del Comité Ejecutivo Nacional" Articulo 81 De los Comités Directivos Municipales. Estatutos vigentes. Aprobados por la XVIII Asamblea Nacional Extraordinaria y publicados en el Diario Oficial de la Federación el 1 de abril de 2016. a) Vigilar la observancia y promover el cumplimiento dentro de su jurisdicción, de estos Estatutos, de los reglamentos y acuerdos que dicten los órganos competentes del Partido; b) Convocar cada año a la Asamblea Municipal Ordinaria, en donde deberá presentar su informe de actividades, así como a las extraordinarias para aprobar la Plataforma Municipal Electoral y las demás que se requieran. Los candidatos estarán obligados a aceptar y difundir durante su campaña electoral, la plataforma aprobada; c) Designar al Secretario General del Comité, que lo será también de la Asamblea Municipal, y a los demás secretarios, así como integrar las comisiones que estime convenientes para el mejor cumplimiento de sus labores; d) Aprobar, a propuesta del Presidente respectivo, a los miembros del Comité Directivo Municipal que cubrirán las vacantes por renuncia u otras causas, sujetos a la ratificación de la Asamblea Municipal correspondiente; e) Aprobar los programas de actividades específicas de Acción Nacional dentro de su jurisdicción, ajustados a los que aprueben los órganos superiores del Partido, y enfocados primordialmente a consolidar la presencia del Partido en el municipio y el trabajo de todos los militantes en vinculación con la comunidad; f) Enviar al Comité Directivo Estatal informes semestrales de las actividades, que comprenderán el estado que guarde la organización de su jurisdicción, las cuentas de ingresos y egresos, y los demás que el Comité Directivo Estatal, señale; g) Auxiliar al Registro Nacional de Militantes en el cumplimiento de sus funciones, en los términos del Reglamento respectivo; h) Acordar y solicitar las sanciones correspondientes, en términos de lo establecido por estos Estatutos y los reglamentos correspondientes; i) Acreditar a los representantes del Partido ante los órganos electorales de su jurisdicción, o en su caso delegar esta facultad en los términos del Reglamento; j) Impulsar permanentemente, en el ámbito municipal, acciones afirmativas para garantizar la equidad de género; k) Desarrollar mecanismos que orienten la acción del Partido en el ejercicio del gobierno municipal; l) Desarrollar y coordinar la formación y capacitación cívica política y de doctrina entre los militantes del Partido de su jurisdicción; m) Implementar las formas de organización sub-municipal, metropolitana o distrital, establecidas por el Comité Directivo Estatal; n) Llevar puntual seguimiento del Registro de Obligaciones y derechos de los militantes; o) Establecer mecanismos de comunicación con los militantes y simpatizantes; p) Nombrar consejos consultivos ciudadanos en términos del Reglamento; y q) Las demás que fijen estos Estatutos y los reglamentos. http://www.panslp.org/wp-content/uploads/2018/09/convocatoria_final-con_formatos_slp.pdf-09-10-18.pdf 0 Recursos Humanos 10/01/2020 10/01/2020 ARTÍCULO 15. Los titulares de área de los órganos directivos del Partido o empleados de los mismos, que tengan interés de participar en el proceso como candidatos, deberán pedir licencia de su empleo o cargo sin goce de sueldo, previo a su registro, de conformidad con el inciso d) del artículo 52 del ROEM. 2020 01/01/2020 31/01/2020 Estructura Asistente Estructura Asistente Estructura Asistente Estructura "Estatutos Generales del Partido Acción Nacional Reglamento del Comité Ejecutivo Nacional" CAPÍTULO OCTAVO DE LAS SECRETARÍAS DE LOS COMITÉS DIRECTIVOS ESTATALES La principal responsabilidad de la Secretaría de Estructuras Municipales es brindar atención a las estructuras del partido en todos los niveles en varios aspectos, como lo son el Desarrollo institucional del partido, con apego a los proyectos dispuestos para cada una de las áreas, que sea armónico, apegado a estatutos mediante un seguimiento normativo, y que cumplan con los objetivos que tiene la institución. http://www.panslp.org/wp-content/uploads/2018/09/convocatoria_final-con_formatos_slp.pdf-09-10-18.pdf 0 Recursos Humanos 10/01/2020 10/01/2020 ARTÍCULO 15. Los titulares de área de los órganos directivos del Partido o empleados de los mismos, que tengan interés de participar en el proceso como candidatos, deberán pedir licencia de su empleo o cargo sin goce de sueldo, previo a su registro, de conformidad con el inciso d) del artículo 52 del ROEM. 2020 01/01/2020 31/01/2020 Fortalecimiento Interno Asistente Fortalecimiento Interno Asistente Fortalecimiento Interno Asistente Fortalecimiento Interno "Estatutos Generales del Partido Acción Nacional Reglamento del Comité Ejecutivo Nacional" CAPÍTULO OCTAVO DE LAS SECRETARÍAS DE LOS COMITÉS DIRECTIVOS ESTATALES La Secretaria de Fortalecimiento es integrar a los Comités Directivos Municipales y el que los mantiene cohesionados y comunicados. Función principal Acrecentar y consolidar la estructura del Partido a través de las diferentes actividades que permitan la comunicación con la militancia, así́ como dar seguimiento al plan de trabajo para evaluar la eficacia de las acciones y consecución de metas de los militantes. http://www.panslp.org/wp-content/uploads/2018/09/convocatoria_final-con_formatos_slp.pdf-09-10-18.pdf 0 Recursos Humanos 10/01/2020 10/01/2020 ARTÍCULO 15. Los titulares de área de los órganos directivos del Partido o empleados de los mismos, que tengan interés de participar en el proceso como candidatos, deberán pedir licencia de su empleo o cargo sin goce de sueldo, previo a su registro, de conformidad con el inciso d) del artículo 52 del ROEM. 2020 01/01/2020 31/01/2020 Estructura Auxiliar Administrativo Estructura Auxiliar Administrativo Estructura Auxiliar Administrativo Estructura "Estatutos Generales del Partido Acción Nacional Reglamento del Comité Ejecutivo Nacional" CAPÍTULO OCTAVO DE LAS SECRETARÍAS DE LOS COMITÉS DIRECTIVOS ESTATALES La principal responsabilidad de la Secretaría de Estructuras Municipales es brindar atención a las estructuras del partido en todos los niveles en varios aspectos, como lo son el Desarrollo institucional del partido, con apego a los proyectos dispuestos para cada una de las áreas, que sea armónico, apegado a estatutos mediante un seguimiento normativo, y que cumplan con los objetivos que tiene la institución. http://www.panslp.org/wp-content/uploads/2018/09/convocatoria_final-con_formatos_slp.pdf-09-10-18.pdf 0 Recursos Humanos 10/01/2020 10/01/2020 ARTÍCULO 15. Los titulares de área de los órganos directivos del Partido o empleados de los mismos, que tengan interés de participar en el proceso como candidatos, deberán pedir licencia de su empleo o cargo sin goce de sueldo, previo a su registro, de conformidad con el inciso d) del artículo 52 del ROEM. 2020 01/01/2020 31/01/2020 CDM Coxcatlan Auxiliar Administrativo CDM Coxcatlán Auxiliar Administrativo CDM Coxcatlán Auxiliar Administrativo CDM Coxcatlán "Estatutos Generales del Partido Acción Nacional Reglamento del Comité Ejecutivo Nacional" Articulo 81 De los Comités Directivos Municipales. Estatutos vigentes. Aprobados por la XVIII Asamblea Nacional Extraordinaria y publicados en el Diario Oficial de la Federación el 1 de abril de 2016. a) Vigilar la observancia y promover el cumplimiento dentro de su jurisdicción, de estos Estatutos, de los reglamentos y acuerdos que dicten los órganos competentes del Partido; b) Convocar cada año a la Asamblea Municipal Ordinaria, en donde deberá presentar su informe de actividades, así como a las extraordinarias para aprobar la Plataforma Municipal Electoral y las demás que se requieran. Los candidatos estarán obligados a aceptar y difundir durante su campaña electoral, la plataforma aprobada; c) Designar al Secretario General del Comité, que lo será también de la Asamblea Municipal, y a los demás secretarios, así como integrar las comisiones que estime convenientes para el mejor cumplimiento de sus labores; d) Aprobar, a propuesta del Presidente respectivo, a los miembros del Comité Directivo Municipal que cubrirán las vacantes por renuncia u otras causas, sujetos a la ratificación de la Asamblea Municipal correspondiente; e) Aprobar los programas de actividades específicas de Acción Nacional dentro de su jurisdicción, ajustados a los que aprueben los órganos superiores del Partido, y enfocados primordialmente a consolidar la presencia del Partido en el municipio y el trabajo de todos los militantes en vinculación con la comunidad; f) Enviar al Comité Directivo Estatal informes semestrales de las actividades, que comprenderán el estado que guarde la organización de su jurisdicción, las cuentas de ingresos y egresos, y los demás que el Comité Directivo Estatal, señale; g) Auxiliar al Registro Nacional de Militantes en el cumplimiento de sus funciones, en los términos del Reglamento respectivo; h) Acordar y solicitar las sanciones correspondientes, en términos de lo establecido por estos Estatutos y los reglamentos correspondientes; i) Acreditar a los representantes del Partido ante los órganos electorales de su jurisdicción, o en su caso delegar esta facultad en los términos del Reglamento; j) Impulsar permanentemente, en el ámbito municipal, acciones afirmativas para garantizar la equidad de género; k) Desarrollar mecanismos que orienten la acción del Partido en el ejercicio del gobierno municipal; l) Desarrollar y coordinar la formación y capacitación cívica política y de doctrina entre los militantes del Partido de su jurisdicción; m) Implementar las formas de organización sub-municipal, metropolitana o distrital, establecidas por el Comité Directivo Estatal; n) Llevar puntual seguimiento del Registro de Obligaciones y derechos de los militantes; o) Establecer mecanismos de comunicación con los militantes y simpatizantes; p) Nomb |
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