Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadocedral slp
Cedral

Periodo
02 Febrero2020

ObligaciónEn materia del medio ambiente y recursos naturales:

Obligación específica.
El listado de plantaciones comerciales forestales, que contenga su ubicación, superficie, tipo de especie forestal, nivel de producción y su estatus.

A ) Artículo85

B ) FracciónI

C ) IncisoM11


Registro general

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Hipervinculo
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TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Listado de plantaciones comerciales forestales. LTAIPSLP85IM11 Listado de plantaciones comerciales forestales. Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Hipervínculo al listado de plantaciones comerciales forestales Ubicación geográfica Superficie que comprende Especie forestal Nivel de producción Estatus Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de Actualización Nota
2020 01/02/2020 29/02/2020 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Tres.nsf/nombre_de_la_vista/5D71AC2FD84756708625862300613A11/$File/NO+SE+GENERO.docx "La información solicitada concierne a una entidad de Gobierno Federal como lo es la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 fracción I de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable. ARTICULO 39. La Secretaria (SEMARNAT) regulara, emitirá las normas, procedimientos y metodología, a fin de que la Comisión integre el Sistema Nacional de Información Forestal, el cual tendrá por objeto registrar, integrar, organizar, actualizar y difundir la información relacionada con la materia forestal, que estará disponible al público para su consulta y que se integrara al Sistema Nacional de Información Ambiental y de Recursos Naturales y se articulara en lo conducente con el Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural. (a través de CONAFOR en el Sistema de Información Forestal) Normatividad aplicable a la SEMARNAT a través de CONAFOR en el sistema de información Forestal. " "La información solicitada concierne a una entidad de Gobierno Federal como lo es la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 fracción I de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable. ARTICULO 39. La Secretaria (SEMARNAT) regulara, emitirá las normas, procedimientos y metodología, a fin de que la Comisión integre el Sistema Nacional de Información Forestal, el cual tendrá por objeto registrar, integrar, organizar, actualizar y difundir la información relacionada con la materia forestal, que estará disponible al público para su consulta y que se integrara al Sistema Nacional de Información Ambiental y de Recursos Naturales y se articulara en lo conducente con el Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural. (a través de CONAFOR en el Sistema de Información Forestal) Normatividad aplicable a la SEMARNAT a través de CONAFOR en el sistema de información Forestal. " "La información solicitada concierne a una entidad de Gobierno Federal como lo es la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 fracción I de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable. ARTICULO 39. La Secretaria (SEMARNAT) regulara, emitirá las normas, procedimientos y metodología, a fin de que la Comisión integre el Sistema Nacional de Información Forestal, el cual tendrá por objeto registrar, integrar, organizar, actualizar y difundir la información relacionada con la materia forestal, que estará disponible al público para su consulta y que se integrara al Sistema Nacional de Información Ambiental y de Recursos Naturales y se articulara en lo conducente con el Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural. (a través de CONAFOR en el Sistema de Información Forestal) Normatividad aplicable a la SEMARNAT a través de CONAFOR en el sistema de información Forestal. " "La información solicitada concierne a una entidad de Gobierno Federal como lo es la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 fracción I de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable. ARTICULO 39. La Secretaria (SEMARNAT) regulara, emitirá las normas, procedimientos y metodología, a fin de que la Comisión integre el Sistema Nacional de Información Forestal, el cual tendrá por objeto registrar, integrar, organizar, actualizar y difundir la información relacionada con la materia forestal, que estará disponible al público para su consulta y que se integrara al Sistema Nacional de Información Ambiental y de Recursos Naturales y se articulara en lo conducente con el Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural. (a través de CONAFOR en el Sistema de Información Forestal) Normatividad aplicable a la SEMARNAT a través de CONAFOR en el sistema de información Forestal. " "La información solicitada concierne a una entidad de Gobierno Federal como lo es la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 fracción I de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable. ARTICULO 39. La Secretaria (SEMARNAT) regulara, emitirá las normas, procedimientos y metodología, a fin de que la Comisión integre el Sistema Nacional de Información Forestal, el cual tendrá por objeto registrar, integrar, organizar, actualizar y difundir la información relacionada con la materia forestal, que estará disponible al público para su consulta y que se integrara al Sistema Nacional de Información Ambiental y de Recursos Naturales y se articulara en lo conducente con el Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural. (a través de CONAFOR en el Sistema de Información Forestal) Normatividad aplicable a la SEMARNAT a través de CONAFOR en el sistema de información Forestal. " OBRAS PUBLICAS 17/12/2020 17/11/2020 "La información solicitada concierne a una entidad de Gobierno Federal como lo es la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 fracción I de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable. ARTICULO 39. La Secretaria (SEMARNAT) regulara, emitirá las normas, procedimientos y metodología, a fin de que la Comisión integre el Sistema Nacional de Información Forestal, el cual tendrá por objeto registrar, integrar, organizar, actualizar y difundir la información relacionada con la materia forestal, que estará disponible al público para su consulta y que se integrara al Sistema Nacional de Información Ambiental y de Recursos Naturales y se articulara en lo conducente con el Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural. (a través de CONAFOR en el Sistema de Información Forestal) Normatividad aplicable a la SEMARNAT a través de CONAFOR en el sistema de información Forestal.



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad576006E37FA5254F8625862300617B75Creado el 11/17/2020 11:53:20 AM
Carátula de registro9C7F901DE8B8695A8625862300622300Autorcedral slp
Registro2A10EF9200AF3C168625862300624481Tipo de documento1 Registro general




La CEGAIP, es un organismo público con autonomía presupuestaria, operativa,
de gestión y de decisión, a la que se encomienda el fomento y la difusión del
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