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Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí | |
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Sujeto Obligado | | iprtemazcalli slp |
| | Instituto Temazcalli, Prevención y Rehabilitación | | | |
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Periodo | |
02 Febrero | | 2020 |
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Obligación | | Los sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan |
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Obligación específica. | | | | | |
| | Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables. |
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A ) Artículo | | 84 | | | |
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B ) Fracción | | V | | | |
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C ) Inciso | | | | | |
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Registro general |
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| | Para Consultar el documento | | | |
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Acceso directo: LTAIPSLPA84FV FEB 20.xlsx |
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Hipervinculo | | | | | |
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2020.nsf/nombre_de_la_vista/C1449206193FA51C8625851F00635002/$File/LTAIPSLPA84FV+FEB+20.xlsx |
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Visor de Datos abiertos | | Datos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08 |
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2020 03/02/2020 28/02/2020 DIRECCIÓN GENERAL DIRECTOR GENERAL DIRECTOR GENERAL JUNTA DE GOBIERNO DECRETO DE CREACIÓN DEL INSTITUTO TEMAZCALLI Y REGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO TEMAZCALLI, PREVENCIÓN Y REHABILITACIÓN DEL DECRETO ART. 18 Y DEL REGLAMENTO CAPÍTULO VI ART. 11 "Administrar el Patrimonio del Instituto, de acuerdo a lo que determine la Junta de Gobierno , informando de ello a la misma. Emitir las políticas necesarias para que el personal del instituto cumpla fielmente con sus responsabilidades, con apego a los ordenamientos legales aplicables. Nombrar y remover a los empleados del Instituto, con aprobación de la Junta de Gobierno a excepción de los encargados de área quienes estarán a lo dispuesto por el artículo 12 del presente reglamento. así como determinar sus atribuciones, ámbito de competencia y retribuciones en los términos del reglamento, con apego al presupuesto aprobado y demás disposiciones. Elaborar los planes de trabajo, propuestas de presupuesto, informes de actividades y estados financieros anuales del Instituto para su aprobación por parte de la junta de gobierno. y someterlos a consideración de la Junta de Gobierno. Representar al organismo por acuerdo de la Junta de Gobierno con poder general para actos de administración, así como para pleitos y cobranzas ante toda clase de autoridades, con todas las facultades y obligaciones legales, mismas que pueden delegar para la representación en materia laborar y en general para pleitos y cobranzas, informando de ello a la junta de gobierno. con todo las facultades y obligaciones legales. Establecer los mecanismos de control para la aplicación de cuotas de recuperación y de los recursos que percibe el Instituto. Elaborar los Manuales de Organización y Procedimientos y Servicios del Instituto y someterlos para su aprobación a la Junta de Gobierno, a efecto de remitirlos para su autorización a la Oficialía Mayor de Gobierno del Estado. Aprobar los programas y proyectos de cada una de las áreas del Instituto. Supervisar el buen funcionamiento del Instituto para proporcionar un servicio de calidad apegado a la normatividad. Mantenerse permanentemente informado por parte de los encargados de área, sobre el cumplimiento de sus funciones, avances y resultados obtenidos. Gestionar el Presupuesto anual de ingresos y egresos ante la Junta de Gobierno. Ejecutar los acuerdos y resoluciones que emita la Junta de Gobierno. Vigilar el cumplimento del objeto del Instituto, así como realizar tareas de difusión relacionadas con la finalidad del mismo. Suscribir, previo acuerdo con la Junta de Gobierno, acuerdos o convenios con dependencias y entidades de la administración federal, estatal, municipal e iniciativa privada en materia de competencia del organismo. Autorizar las solicitudes de ingreso de los usuarios, pudiendo rechazar provisionalmente éstas, así como canalizarlas para su atención, según lo requiera el paciente. Las demás que sean necesarias para el ejercicio de las facultades anteriores, así como las que le confiera la junta de gobierno. Estas funciones son enunciativas mas no limitativas" http://temazcalli.gob.mx/transparencia/uploads/Decreto_Creacion_Instituto_Temazcalli_12_Sep_98.pdf 0 CONTROL INTERNO 02/04/2020 02/03/2020 DENTRO DEL DECRETO DE CREACIÓN SE HACE MENCIÓN EN EL ARTÍCULO 16o. DE LOS REQUERIMIENTOS DEL PERFIL Y EN EL ART. 18 LAS FUNCIONES PARA LA DIRECCIÓN GENERAL DEL INSTITUTO TEMAZCALLI. 2020 03/02/2020 28/02/2020 ÁREA ADMINISTRATIVA ADMINISTRADOR DE CASA DE ASISTENCIA ADMINISTRADOR DE CASA DE ASISTENCIA DIRECCIÓN GENERAL DECRETO DE CREACIÓN DEL INSTITUTO TEMAZCALLI Y REGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO TEMAZCALLI, PREVENCIÓN Y REHABILITACIÓN REGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO TEMAZCALLI, PREVENCIÓN Y REHABILITACIÓN. DENTRO DE SU CAPÍTULO VII EN SU ARTÍCULO 13 QUE CORRESPONDE AL ÁREA ADMINISTRATIVA "Formular el programa de necesidades de Recursos Humanos, Materiales, Financieros y de Servicios Generales que requiera el Instituto para cumplir con su objetivo y presentarlas para su aprobación al Director General del Instituto. Coadyuvar con el Director General del Instituto en la formulación del proyecto de presupuesto del Instituto y administrar su ejercicio, siguiendo las políticas y lineamientos que al efecto se establezcan. Supervisar el manejo de las cuotas de recuperación y recursos que perciba el Instituto. Apoyar a los departamentos que integran el Instituto en el control de Recursos Humanos, Materiales y Financieros. Establecer y dirigir los procedimientos de control de inventarios de mobiliario y equipo del Instituto. Autorizar solicitudes, productos de las necesidades del Instituto, vigilando que los servicios y productos cumplan con la calidad solicitada y sean utilizados para los fines requeridos. Presentar al Director General del Instituto, en forma mensual los informes y reportes, relacionados con las actividades administrativas. Coadyuvar en la elaboración de los Manuales de Organización y Procedimientos y Servicios del Instituto. Establecer y dirigir los procedimientos de control de Recursos Humanos del Instituto y atender los asuntos en materia laboral que surjan en el Instituto. Elaborar el programa anual de evaluación del desempeño. Difundir y verificar el cumplimiento, por parte de los Recursos Humanos, de las normas, políticas y procedimientos del Instituto. Coordinar los servicios de Caja, Computo, Diseño del Instituto. Coordinar los servicios de Mantenimientos, Transporte, Intendencia, Cocina y Vigilancia. Vigilar que las instalaciones, mobiliario y equipo se encuentre en buen estado, detectando las necesidades de mantenimiento, a fin de que se realicen proyectos de mejora y se gestione su realización. Coordinar los servicios de traslado de personal en vehículo del Instituto, a efecto de que realice las actividades necesarias para el cumplimiento del objeto del Instituto. Mantener comunicación permanente con el Director General del Instituto, sobre el desarrollo de actividades del área. Representar a la Dirección General en los eventos que esta le asigne cuando se requiera. Coordinar las actividades del área de Difusión del Instituto. Las demás que encomiende el Director General del Instituto y la Junta de Gobierno. Estas funciones son enunciativas mas no limitativas. " http://temazcalli.gob.mx/transparencia/uploads/Reglamento_Interno_Instituto_Temazcalli_27_Nov_2007.pdf 0 CONTROL INTERNO 02/04/2020 02/03/2020 DENTRO DEL REGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO EN EL CAPÍTULO VII ARTÍCULO 13 SE HACE MENCIÓN DE LAS FACULTADES DEL ÁREA ADMINISTRATIVA. 2020 03/02/2020 28/02/2020 ÁREA MÉDICA ADMINISTRADOR DE CASA DE ASISTENCIA ADMINISTRADOR DE CASA DE ASISTENCIA DIRECCIÓN GENERAL DECRETO DE CREACIÓN DEL INSTITUTO TEMAZCALLI Y REGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO TEMAZCALLI, PREVENCIÓN Y REHABILITACIÓN REGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO TEMAZCALLI, PREVENCIÓN Y REHABILITACIÓN. DENTRO DE SU CAPÍTULO VII EN SU ARTÍCULO 14 QUE CORRESPONDE AL ÁREA MÉDICA. "Supervisar el funcionamiento de los servicios de atención médica y psicológica. Determinar las necesidades de servicios médicos y psicológicos. Coordinar las acciones del equipo terapéutico. Representar al Director General en los eventos relacionados con el Área Médica, que él mismo le haya encomendado. Elaborar propuestas de programas y proyectos que redunden en la presentación de servicios de calidad, presentándolos al Director general del Instituto para su adaptación y ejecución. Coordinar los servicios de Prevención, Trabajo Social, y Laboratorio. Elaborar semestralmente, diagnóstico situacional de los servicios de Prevención, Trabajo Social y Laboratorio. Incrementar la formación de recursos humanos encaminados a la atención especializada del usuario. Mantener actualizado al personal que labora en el Instituto sobre conceptos en salud mental. Coordinar la realización de prácticas de alumnos de las escuelas de psicología y trabajo social. Elaborar el programa operativo de la residencia médica en psiquiatría para los años académicos de tercero y cuarto, en su rotación por el Instituto. Promover la realización de pasantías de psicología, trabajo social y administración. Promover con el personal del Instituto, la realización de protocolos de investigación. Crear sesiones académicas, tanto clínicas como bibliográficas, con el personal de la Institución. Promover y difundir cursos de actualización para los diferentes servicios del Instituto. Supervisar las actividades de alumnos de pregrado, postgrado, pasantía y prácticas. Elaborar las requisiciones de las necesidades de recursos materiales del Área Medica, entregándolas al departamento de recursos humanos y administrativos. Coordinar los servicios de Consulta Externa, Unidad de Día, Enfermería y Comunidad Terapéutica en las áreas de rehabilitación y salud mental infantil y del adolescente. Elaborar semestralmente, diagnóstico situacional de los servicios de consulta externa, unidad de día, enfermería y comunidad terapéutica Diagnosticar y tratar trastornos conductuales afectivos y de aprendizaje, que limiten el desarrollo normal de los niños. Establecer estadísticamente, la prevalencia de los trastornos diagnosticados. Establecer tratamientos integrales y planear estrategias de prevención con la participación de las Instituciones relacionadas en el ejercicio de actividades vinculadas a las funciones del departamento. Promover entre la comunidad docente, la enseñanza sobre los trastornos psicológicos y psiquiátricos. Asentar en el expediente clínico de cada usuario, la información necesaria y las observaciones pertinentes. Mantener contacto directo con los responsables de los servicios de rehabilitación, psiquiatría infantil y de servicios paramédicos y de enseñanza y solicitarles informes y reportes mensuales de actividades. Presentar al Director General del Instituto, en forma mensual los informes y reportes relacionados con las actividades. Mantener comunicación permanente con el Director General del Instituto, sobre el desarrollo de actividades del área. Las demás que, de manera expresa le asigne el Director General del Instituto y la Junta de Gobierno. Estas funciones son enunciativas mas no limitativas. " http://temazcalli.gob.mx/transparencia/uploads/Reglamento_Interno_Instituto_Temazcalli_27_Nov_2007.pdf 0 CONTROL INTERNO 02/04/2020 02/03/2020 DENTRO DEL REGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO EN EL CAPÍTULO VII ARTÍCULO 14 SE HACE MENCIÓN DE LAS FACULTADES DEL ÁREA MÉDICA. |
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