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Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí | |
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Sujeto Obligado | | tampacan slp |
| | Tampacán | | | |
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Periodo | |
05 Mayo | | 2020 |
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Obligación | | Recargos, y fianzas, así como el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos. |
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Obligación específica. | | | | | |
| | Las políticas y mecanismos de participación ciudadana en los procesos de elaboración, implementación y evaluación de políticas públicas, así como, en la toma de decisiones de sus dependencias y entidades públicas. |
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A ) Artículo | | 85 | | | |
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B ) Fracción | | II | | | |
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C ) Inciso | | H | | | |
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Registro general |
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| | Para Consultar el documento | | | |
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Acceso directo: LTAIPSLP85IIH.xlsx |
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Hipervinculo | | | | | |
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2020.nsf/nombre_de_la_vista/E3282737DA0FFA6C862585840054CF93/$File/LTAIPSLP85IIH.xlsx |
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Visor de Datos abiertos | | Datos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08 |
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TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Políticas y mecanismos de participación ciudadana en los procesos de elaboración, implementación, evaluación de políticas públicas y toma de decisiones. LTAIPSLP85IIH Políticas y mecanismos de participación ciudadana en los procesos de elaboración, implementación, evaluación de políticas públicas y toma de decisiones. Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Nombre del consejo u organismo de participación ciudadana que estén integrados al municipio El objetivo de los consejos u organismos antes citados Las atribuciones de los consejos u organismos Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de Actualización Nota
2020 01/05/2020 31/05/2020 GRUPO TÉCNICO OPERATIVO CONSULTA INDIGENA PARA LA INTEGRACION DEL PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO "I. Planear y desarrollar las acciones relacionadas con los procesos de consulta; II. Formular el calendario de actividades de la consulta; III. Presentar los instrumentos técnicos y metodológicos, así como la mecánica de los trabajos relacionados con la consulta; IV. Acordar con las autoridades indígenas lo relativo a las convocatorias, y coordinar junto con éstas y las instituciones estatales encargadas de atención a comunidades indígenas y, en su caso, con la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, las cuestiones logísticas conducentes; V. Hacer llegar los documentos de consulta a las autoridades indígenas, al menos con treinta días naturales de anticipación a la fecha de la consulta, y corroborar su entrega; VI. Entregar las relatorías y el informe de actividades a más tardar quince días naturales después de realizada la consulta, y
VII. Sistematizar la información surgida de las consultas, y presentar sus resultados dentro de los quince días hábiles siguientes a la conclusión del proceso de consulta." SECRETARIA MUNICIPAL Y DIRECCIÓN DE ASUNTOS INDÍGENAS 10/06/2020 10/06/2020 CONSULTA INDIGENA PARA LA INTEGRACION DEL PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO
2020 01/05/2020 31/05/2020 COPLADEMUN ELABORACIÓN Y SEGUIMIENTO DEL PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO "a) Ser la instancia en la cual se institucionaliza la consulta popular para la planeación democrática en el ámbito municipal; b) Coordinar con los organismos sociales y privados las actividades de la planeación en el ámbito municipal; que consideren la inclusión de la perspectiva de género, de conformidad con los lineamientos del Sistema Estatal. c) Formular y proponer a los gobiernos estatal y federal programas de coinversión y financiamiento para el municipio, congruentes con sus respectivos presupuestos de ingresos y egresos, promoviendo la transversalidad de la perspectiva de género. d) Recibir y analizar las propuestas de inversión que formulen los representantes de las localidades del municipio, dándoles curso a las que se consideren procedentes, desagregando los bienes y servicios en función de los hombres y mujeres que resultarían beneficiados. e) En el marco de las reuniones del Comité de Planeación del Desarrollo del Estado, gestionar los programas y acciones a ejecutar con recursos directos del Estado, que
incorporen elementos que fortalezcan equilibrios de género, así como la inversión federal directa, que contribuyan a alcanzar los objetivos y metas del Plan de Desarrollo Municipal. f) Promover acuerdos de coordinación entre los sectores público, social y privado, orientados al logro de los objetivos del Plan de Desarrollo Municipal; g) Llevar un registro sistemático de la obra pública municipal que permita su eficiente control y seguimiento, así como vigilar la ejecución de obras y acciones federales y estatales dentro del Municipio, e informar al Comité de Planeación del Desarrollo del Estado el avance de las mismas, así como al Banco Estatal de Indicadores de Género en todos aquellos en los que sea medible el beneficio a hombres y mujeres. h) Vigilar el cumplimiento de la normatividad que siguen las acciones del propio Comité, los objetivos y metas contenidos en los programas, y la inclusión en éstos de la transversalización de la perspectiva de género." SECRETARIA GENERAL 10/06/2020 10/06/2020 NO SE GENERO ALGUNA NOTA |
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