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Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí | |
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Sujeto Obligado | | pensiones slp |
| | Dirección General de Pensiones | | | |
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Periodo | |
06 Junio | | 2021 |
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Obligación | | Las actas y resoluciones del Comité de Transparencia de los sujetos obligados |
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Obligación específica. | | | | | |
| | Informe de Resoluciones del Comité de Transparencia. |
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A ) Artículo | | 84 | | | |
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B ) Fracción | | XLVI | | | |
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C ) Inciso | | B | | | |
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Registro general |
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| | Para Consultar el documento | | | |
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Acceso directo: LTAIPSLP84XLVIB NVO 21.xlsx |
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Hipervinculo | | | | | |
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2021N.nsf/nombre_de_la_vista/0265740B862A41578625873A0058ECBE/$File/LTAIPSLP84XLVIB+NVO+21.xlsx |
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Visor de Datos abiertos | | Datos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08 |
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TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Actas y resoluciones Comité de Transparencia_Informe de Resoluciones del Comité de Transparencia LTAIPSLP84XLVIB Informará de las resoluciones que emita el Comité de Transparencia para dar cumplimiento a las acciones y los procedimientos para asegurar la mayor eficacia en la gestión de las solicitudes en materia de acceso a la información; establecer políticas para facilitar el ejercicio del derecho de acceso a la información; promover la capacitación y actualización en materia de transparencia, acceso a la información, accesibilidad y protección de datos personales
Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Fecha de la resolución y/o acta con el formato día/mes/año Hipervínculo al documento de la resolución y/o acta Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2021 01/06/2021 30/06/2021 21/06/2021 http://201.144.107.246/InfPubEstatal2/_DIRECCI%c3%93N%20GENERAL%20DE%20PENSIONES%20DEL%20ESTADO/Art%c3%adculo%2019.%20fracc.%20VI/Minutas,%20Acuerdos%20y%20Actas%20de%20Reuniones%20Oficiales%20del%20%c3%93rgano%20Colegiado/COMITE%20DE%20TRANSPARENCIA/2021/ACUERDO%20DEC%20DE%20INEX%20DE%20INFO%20210621%20-%20VP.pdf SUBDIRECCIÓN JURIDICA 23/08/2021 23/08/2021 SE ANEXA HIPERVINCULO AL ACTA CORRESPONDIENTE. ACUERDO POR EL QUE EL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA DIRECCIÓN DE
PENSIONES DEL ESTADO EMITE DECLARATORIA DE INEXISTENCIA DE
INFORMACIÓN. ACUERDO COMITÉ DE TRANSPARENCIA
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En la Ciudad de San Luis Potosí, S.L.P, capital del estado del mismo nombre y siendo las 11:30 hrs. del día 21 de junio del año 2021 dos mil veintiuno, constituidos en la sala de juntas de la Dirección de Pensiones del Estado, ubicadas en Zona Centro, con domicilio en Fco. I. Madero #365 esq. con Independencia, Colonia Centro, con la finalidad de celebrar sesión ordinaria del Comité de Transparencia, se reunieron los miembros del Comité: Lic. Gregoria Martínez Onofre; Presidenta, C.P Magally Toro Ortiz; Secretaria Técnica, LE. Jorge Siller Azuara; Coordinador del Comité, ISC. Salvador Martínez Zepeda; Subdirector Informática, Ing. Ricardo Sandoval Aguilar; Subdirector de Préstamos a Corto Plazo, C. Ivette Amparo Rosales Requenes; Subdirectora de Afiliación, LB. Marcela López Sánchez; Coordinadora de Archivos. 1. LISTA DE ASISTENCIA DE LOS MIEMBROS DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA Y EN SU CASO DECLARATORIA DE LEGALIDAD DE LA SESIÓN. En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 52 fracción II, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, y al primer punto del orden del día anexo, la Lic. Gregoria Martínez Onofre; Presidenta del Comité, procede a pasar lista de asistencia, toda vez que se encuentran presentes los miembros que conforman este Órgano Colegiado y de que existe el quórum legal para sesionar, los acuerdos que en esta sesión se dicten serán validados. 2. ANALISIS SOBRE LA PETICIÓN PRESENTADA POR LA SUBDIRECCION DE JURIDICA, CON LA FINALIDAD DE LLEVAR A ACABO ANALISIS A RESOLUCIÓN AL RECURSO DE REVISIÓN 932/2020-1, EN MATERIA DE DECLARATORIA DE INEXISTENCIA DE INFORMACIÓN, QUE SE DESPRENDE DE LA SOLICITUD DE INFORMACIÓN PÚBLICA CON FOLIO 00182220, QUE PRESENTO EL C. XXXXXXXXXXX, DE FECHA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2020 DOS MIL VEINTE, EN LA QUE SOLICITA COPIA CERTIFICADA DEL OFICIO NUM. SF/021/2018. Visto para resolver el contenido del expediente, relacionado con la solicitud de acceso a la información pública con número de folio 00182220 se procede a emitir el presente acuerdo con base en los siguientes:---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ANTECEDENTES
PRIMERO. El Comité de Transparencia es competente para conocer y resolver del procedimiento de acceso a la información de esta Dirección de Pensiones, de conformidad con los artículos 18, 52 fracción II, 160 fracción I y II, y 161, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí.-------------------------------------------------------------------------------------------------
SEGUNDO. Con fecha 05 del mes de febrero del año 2020 dos mil veinte, se registró la solicitud información pública con número de folio 00182220 (Anexo 1) mediante el sistema de solicitudes información (infomex), mecanismo reconocido y administrado formalmente por la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública, para tal efecto.---------------------------------------------------------
En la que el C. XXXXXXXXXXX, pidió información consistente en: SOLICITO COPIA CERTIFICADA DEL OFICIO NUM. SF/021/2018
NOMBRE: XXXXXXXXXXXXXXX
FECHA DE CAPTURA: 22/01/2018
HORA; 12:02:27
ASUNTO: OFICIO RELACIONADO CON MI TRAMITE DE JUBILACION
FECHA INICIAL: 17/01/2018
FECHA FINAL: 17/04/2018
ADSCRIPCION: SECRETARIA DE FINANZAS DIRECCION DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
ACUERDO POR EL QUE EL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA DIRECCIÓN DE
PENSIONES DEL ESTADO EMITE DECLARATORIA DE INEXISTENCIA DE
INFORMACIÓN. ACUERDO COMITÉ DE TRANSPARENCIA
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PUESTO: SUPERVISOR GENERAL
NIVEL: 13-12
REFERENCIADO CON EL OFICIO DE AUTORIZACION NUM.: DARH-01/005/2018, DE FECHA 15 DE ENERO DEL 2018. DEBIENDO ESTAR EN EL EXPEDIENTE DEL SUSCRITO DE MI JUBILACION. LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI
TERCERO. Derivado de la respuesta proporcionada por la Encargada de la Subdirección Jurídica, notificada al peticionario mediante la plataforma estatal de transparencia, en fecha 19 de febrero del año 2020 dos mil veinte, el solicitante se inconformo ante la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública, interponiendo recurso de revisión al cual recayó el número de expediente RR-932/2020-1. La respuesta proporcionada por la Encargada de la Subdirección Jurídica, ante el impedimento de proporcionar una respuesta satisfactoria al peticionario, dado la imposibilidad planteada por el paro que se generó por la toma de la Institución en los días 17 a 19 de febrero, fue en los siguientes términos: C. XXXXXXXXXXXXX
EN RELACION A SU SOLICITUD DE INFORMACION PUBLICA CON FOLIO 00182220, INFORMO A USTED LO SIGUIENTE, EN VIRTUD DE QUE LA DIRECCIÒN DE PENSIONES DEL ESTADO, A PARTIR DEL DÌA LUNES 17 DE FEBRERO DEL 2020, SE HA VISTO AFECTADA EN SU OPERACIÒN YA QUE SE ENCUENTRE TOMADA POR MANIFESTANTES QUE PROTESTAN ANTE EL TRIBUNAL ESTATAL DE CONCILIACIÒN Y ARBITRAJE, HAN BLOQUEADO LAS INSTALACIONES DE NUESTRAS OFICINAS, E IMPEDIDO EL ACCESO A LAS MISMAS, LO QUE IMPIDE PROPORCIONAR UNA RESPUESTA CONCRETA A SU SOLICITUD, LA SUBDIRECCIÒN JURIDICA ÀREA RESPONSABLE DE PROPORCIONAR RESPUESTA SE ENCUENTRA IMPOSIBILITADA PARA CONCLUIR EL TRAMITE A LO SOLICITADO, POR LO QUE ENCUANTO SE LEVANTE EL PLANTON, ENVIAREMOS RESPUESTA A SU SOLICITUD VIA CORREO ELECTRONICO EL QUE PROPORCIONO PARA OIR Y RECIBIR TODO CLASE DE NOTIFICACIONES A LA MAYOR BREVEDAD POSIBLE. ATENTAMENTE: JORGE SILLER AZUARA
TITULAR UNIDAD DE TRANSPARENCIA
DIRECCIÒN DE PENSIONES DEL ESTADO
CUARTO. En fecha 28 veintiocho de febrero del 2020 dos mil veinte, la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, dicto proveído, notificado en esta Dirección General de Pensiones el día 17 diecisiete de marzo del dos mil veinte, en el cual ordena a mí representada lo siguiente: “…de acuerdo con el numeral 174 fracciones II y III, de la Ley Transparencia, se pone a disposición de las partes el presente expediente por el termino de 07 siete días para que manifiesten lo que a su derecho convenga, en el entendido de que podrán ofrecer todo tipo de pruebas o alegatos, con excepción de la confesional por parte del sujeto obligado y aquellas que sean contrarias a derecho...”
QUINTO. A fin de dar cumplimiento a lo solicitado por el Órgano Garante, la Encargada de la Subdirección Jurídica, giro los siguientes oficios: a).- Oficio de fecha 12 de marzo del 2020, dirigido a la Coordinación de Archivo, en el que solicita expediente del C. XXXXXXXXXXXXX, para localizar el documento solicitado, oficio SF/021/2018. ACUERDO POR EL QUE EL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA DIRECCIÓN DE
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b).- En fecha 13 de marzo de 2020, la Coordinación de Archivo proporciona expediente solicitado del C.XXXXXXXXXXXX, para localizar información. c).- En fecha 17 de marzo de 2020, la Subdirección Jurídica, informa a la Unidad de Transparencia haber realizado la búsqueda exhaustiva dentro del expediente íntegro del C. XXXXXXXXXXXXXX, que resguarda la Dirección del oficio SF/021/2018, por lo que se determina la información solicitada no obra dentro de las constancias documentales que integran el expediente. SEXTO. El catorce de octubre de 2020 dos mil veinte, el Órgano Garante, dicto proveído dentro de los autos que integran el recurso de revisión RR-932/2020-1, notificado en esta Dirección de Pensiones del Estado, en fecha 16 dieciséis de junio del 2021 dos mil veintiuno, en el que ordena a mí representada lo siguiente: 6.1. Efectos de esta resolución. Por las consideraciones expuestas, esta Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Público de conformidad con el artículo 164 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado APLICA EL PRINCIPIO DE AFIRMATIVA FICTA y conmina al sujeto obligado para que realice la búsqueda de la información relativa a: • Copia certificada del oficio NUM, SF/01/2018, nombre: XXXXXXXXXXXX, fecha de captura: 22/01/2018. hora; 12:02:27, asunto: oficio relacionado con mi tramite de jubilación, fecha inicial: 17/01/2018, fecha final: 17/04/2018, adscripción: Secretaría de Finanzas, Dirección de Contabilidad Gubernamental, puesto: supervisor general, nivel: 13-12, referenciado con el oficio de autorización núm.: DARH-01/005/2018, de 15 de enero del 2018. • Lo anterior en la inteligencia de que, en caso de que la información solicitada no obre en sus archivos, el sujeto obligado deberá apegarse al procedimiento de declaración de inexistencia de la información, previsto en la Ley de la materia. SEPTIMO. La Unidad de Transparencia mediante memorándum de fecha 18 de junio del año 2021 dos mil veintiuno, notifica a las unidades administrativas que conforman la dirección de pensiones del estado, sobre la resolución al RR-932/2020-1, derivado de lo anterior, recibió respuesta de los titulares mediante memorándum de fecha 18 de junio del año 2021, en la que informa cada área de la Dirección de Pensiones, que el documento solicitado no existe, respuesta que se desprende de los oficios citados a continuación: • Oficio de fecha 18 de junio 2021, girado por la Subdirección Jurídica. • Oficio de fecha 18 de junio 2021, girado por la Subdirección de Servicios Administrativos. • Oficio de fecha 18 de junio 2021, girado por la Subdirección de Corto Plazo y Tesorería. • Oficio de fecha 18 de junio 2021, girado por la Subdirección de Afiliación. • Oficio de fecha 18 de junio 2021, girado por la Subdirección de Informática. • Oficio de fecha 18 de junio 2021, girado por la Coordinación Archivo. OCTAVO. Tomando en consideración la contestación emitida por las Subdirecciones que conforman la Dirección de Pensiones del Estado, este Comité de Transparencia determina con fundamento a lo dispuesto por los artículos 18, 52 fracción II, 160 fracción I y II y 161, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, confirmar declaratoria de inexistencia de la información solicitada por el C. XXXXXXXXXXXXX, consistente en: ACUERDO POR EL QUE EL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA DIRECCIÓN DE
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SOLICITO COPIA CERTIFICADA DEL OFICIO NUM. SF/021/2018
NOMBRE: XXXXXXXXXXXXX
FECHA DE CAPTURA: 22/01/2018
HORA; 12:02:27
ASUNTO: OFICIO RELACIONADO CON MI TRAMITE DE JUBILACION
FECHA INICIAL: 17/01/2018
FECHA FINAL: 17/04/2018
ADSCRIPCION: SECRETARIA DE FINANZAS DIRECCION DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL
PUESTO: SUPERVISOR GENERAL
NIVEL: 13-12
REFERENCIADO CON EL OFICIO DE AUTORIZACION NUM.: DARH-01/005/2018, DE FECHA 15 DE ENERO DEL 2018. DEBIENDO ESTAR EN EL EXPEDIENTE DEL SUSCRITO DE MI JUBILACION. LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI
ARTÍCULO 153. Las Unidades de Transparencia deberán garantizar que las solicitudes se turnen a todas las Áreas competentes que cuenten con la información o deban tenerla de acuerdo a sus facultades, competencias y funciones, con el objeto de que realicen una búsqueda exhaustiva y razonable de la información solicitada. ARTÍCULO 161. La resolución del Comité de Transparencia que confirme la inexistencia de la información solicitada contendrá los elementos mínimos que permitan al solicitante tener la certeza de que se utilizó un criterio de búsqueda exhaustivo, además de señalar las circunstancias de tiempo, modo y lugar que generaron la inexistencia en cuestión y señalará al servidor público responsable de contar con la misma. Por lo anterior, por todos y cada uno de los razonamientos vertidos a supralineas, con fundamento en los artículos 18, 52 fracción II, 160 fracciones I y II y 161, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, se emite resolución al respecto: A C U E R D O
ÚNICO. Con fundamento a lo dispuesto por los artículos 18, 52 fracción II, 160 fracción I y II y 161, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, derivado de las gestiones realizadas para dar cumplimiento a lo ordenado en resolución emitida por el Órgano Garante, recaída al expediente RR-932/2020-1, por mayoría de votos este Comité de Transparencia, determina confirmar declaratoria de inexistencia de la información, respecto del requerimiento formulado en la solicitud de acceso a la información pública registrada con número de folio 00182220, en la que el C. XXXXXXXXXXXX pidió información consistente en oficio OFICIO NUM. SF/021/2018 .-------------------------
Así lo acuerdan y firman los integrantes del H. Comité de Transparencia de la Dirección de Pensiones del Estado, el día 21 de junio del año 2021 dos mil veintiuno, con lo anterior, se da por concluida la sesión siendo las 12:00 horas, firmando al calce los miembros del Comité que asistieron a la misma, y para los efectos legales a que haya lugar.------------------------------------------------------------------------------------
-------------------------------------------------------------CONSTE-----------------------------------------------------------
Lic. Gregoria Martínez Onofre
Encargada del Departamento Jurídico,
Pensiones y Préstamos Hipotecarios
Presidenta
C.P. Magally Toro Ortiz
Subdirectora de Servicios
Administrativos
Secretaria Técnica
ACUERDO POR EL QUE EL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA DIRECCIÓN DE
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INFORMACIÓN. ACUERDO COMITÉ DE TRANSPARENCIA
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