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Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí | |
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Sujeto Obligado | | dapacvalles slp |
| | Dirección de Agua Potable y Alcantarillado y Saneamiento de Ciudad Valles | | | |
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Periodo | |
06 Junio | | 2021 |
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Obligación | | Las actas de sesiones ordinarias y extraordinarias, así como las opiniones y recomendaciones que emitan, en su caso, los consejos consultivos. |
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Obligación específica. | | | | | |
| | Actas del Consejo Consultivo. |
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A ) Artículo | | 84 | | | |
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B ) Fracción | | LII | | | |
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C ) Inciso | | A | | | |
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Registro general |
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| | Para Consultar el documento | | | |
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Acceso directo: LTAIPSLP84LIIA.xlsx |
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Hipervinculo | | | | | |
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2021N.nsf/nombre_de_la_vista/127BC42CBD9DFEE786258736005541B5/$File/LTAIPSLP84LIIA.xlsx |
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Visor de Datos abiertos | | Datos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08 |
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EN CIUDAD VALLES, S.L.P., SIENDO LAS 09:00 AM DEL DÍA 30 DE JUNIO DEL AÑO 2021 DOS MIL VEINTIUNO, REUNIDOS EN EL RECINTO OFICIAL, QUE SE UBICA EN CARRETERA VALLES MANTE KILOMETRO 1.5 FRACCIONAMIENTO VALLE ALTO, EN ATENCIÓN A LA CONVOCATORIA DE FECHA 28 DEL MISMO MES Y AÑO, PARA LA CELEBRACIÓN DE LA CATORCEAVA SESION ORDINARIA , DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA DAPA, MISMA QUE SE LLEVA A CABO AL TENOR DEL SIGUIENTE:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - -- - - - - - -- - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - --
ORDEN DEL DIA
1. LISTA DE ASISTENCIA Y DECLARATORIA DEL QUÓRUM LEGAL. 2. LECTURA Y EN SU CASO, APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA. 3. LECTURA Y EN SU CASO APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR. 4. ANALISIS, DISCUSION Y EN SU CASO APROBACION DE ACUERDO SOBRE INSTRUCCIÓN A LA DIRECCION GENERAL DEL ORGANISMO OPERADOR EN TORNO AL PROCEDIMIENTO JURIDICO Y FINANCIERO RESPECTO DE LA RESOLUCION DE LA JUNTA DE CONCILIACION Y ARBITRAJE SOBRE LOS 66 TRABAJADORES HUELGUISTAS Y PETICIONES QUE REALIZA EL SINDICATO D.A.P.A.S
5. DESIGNACIÓN DE DELEGADO ESPECIAL PARA PROTOCOLIZAR EL ACTA DE LA SESIÓN ANTE NOTARIO PÚBLICO. 6. CLAUSURA DE LA SESIÓN. PRIMER PUNTO: INSTALACIÓN E INICIO DE LA TRECEAVA SESIÓN ORDINARIA.- ENCONTRÁNDOSE PRESENTES LA TOTALIDAD DE LOS INTEGRANTES DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA DIRECCIÓN DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DE CIUDAD VALLES, S.L.P., (D.A.P.A.) EN PUNTO DE LAS 09:00 DIECISEIS HORAS DEL DÍA 30 DE JUNIO DEL AÑO 2021 DOS MIL VEINTIUNO, SE INSTALAN SUS INTEGRANTES EN EL RECINTO OFICIAL (SALA DE JUNTAS) PARA INICIAR LA SESIÓN PARA LA QUE HAN SIDO PREVIA Y LEGALMENTE CONVOCADOS, PROCEDIENDO, ACTO SEGUIDO, AL DESAHOGO DEL SIGUIENTE PUNTO DEL ORDEN DE DÍA.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - -
SEGUNDO PUNTO: LISTA DE ASISTENCIA.- DE ACUERDO CON SUS ATRIBUCIONES EL C. CP, JUAN CARLOS GOMEZ SANCHEZ , DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO, EN SU CALIDAD DE SECRETARIO DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA D.A.P.A., (POR MINISTERIO DE LEY), SE LLAMA A LOS INTEGRANTES DE LA JUNTA POR SU NOMBRE Y CARGO, DANDO CUENTA QUE SE ENCUENTRAN PRESENTES EL C. LIC. JORGE FARIAS CASTRO, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL, Y PRESIDENTE TAMBIÉN POR MINISTERIO DE LEY DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA DIRECCIÓN DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DE CIUDAD VALLES, S.L.P.; EL B.Q. CRISÓFORO FLORES MARTÍNEZ, EN REPRESENTACIÓN DE LA COMISIÓN ESTATAL DEL AGUA; EL C.P.C TOMAS OLIVARES AZUARA , PRESIDENTE DEL CONSEJO CONSULTIVO DEL ORGANISMO; LA ARQ. SILVIA OLVERA AZUARA, VOCAL DEL CONSEJO CONSULTIVO; EL ING JESUS RICARDO ORTIZ AZUARA VOCAL DEL CONSEJO CONSULTIVO DEL ORGANISMO; Y LA INASISTENCIA JUSTIFICADA POR TRATAMIENTO MEDICO, DE LA LIC. MA. DEL SOCORRO CALDERON JUAREZ, REGIDOR PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DEL AGUA DEL H. AYUNTAMIENTO Y REPRESENTANTE DESIGNADO POR ESE CUERPO EDILICIO PARA QUE CONFORME LA JUNTA DE GOBIERNO, COMO LO MANDA EL ARTÍCULO 95 DE LA LEY DE AGUAS DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, CERTIFICANDO LA ASISTENCIA DE LA MAYORIA DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA, CON LA INASISTENCIA JUSTIFICADA DE LA ARQUITECTA SILVIA OLVER AZUARA. EN EL MISMO SENTIDO, SE PROCEDE A LA DECLARACIÓN DE LA EXISTENCIA DE QUÓRUM LEGAL PARA SESIONAR.- EN USO DE LA VOZ EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE GOBIERNO, C. LIC. JORGE FARIAS CASTRO, ES INFORMADO DE QUE SE ENCUENTRAN PRESENTES LA MAYORIA DE LOS INTEGRANTES DE LA JUNTA DE GOBIERNO DEL ORGANISMO, DECLARARANDO EN ESTE ACTO “QUE EXISTE QUÓRUM LEGAL PARA SESIONAR, Y, POR LO TANTO, LOS ACUERDOS QUE EN ESTA ASAMBLEA SE TOMEN SERÁN VÁLIDOS”
EN EL MISMO PUNTO DEL ORDEN DEL DIA, SE SOMETE A CONSIDERACION DE LOS INTEGRANTES DE LA H. JUNTA DE GOBIERNO LA INTEGRACION DEL ORDEN DEL DIA, POR LO QUE SE SOMETE A CONSIDERACION DE LOS PRESENTES LA INTEGRACION DEL MISMO, RESULTANDO APROBADO POR UNANIMIDAD. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------PROCEDIENDO EN CONSECUENCIA AL DESAHOGO DEL SIGUIENTE PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA. TERCER PUNTO DEL ORDEN DEL DIA. Correspondiente a la lectura, y en su caso aprobación del acta de la sesión anterior. En virtud de encontrarse satisfecho el punto, dado que el acta de la sesión anterior, ha sido aprobada y firmada por los integrantes de esta H. Junta de Gobierno. CUARTO PUNTO DEL ORDEN DEL DIA. Correspondiente al ANALISIS, DISCUSION Y EN SU CASO APROBACION DE ACUERDO SOBRE INSTRUCCIÓN A LA DIRECCION GENERAL DEL ORGANISMO OPERADOR EN TORNO AL PROCEDIMIENTO JURIDICO Y FINANCIERO RESPECTO DE LA RESOLUCION DE LA JUNTA DE CONCILIACION Y ARBITRAJE SOBRE LOS 66 TRABAJADORES HUELGUISTAS Y PETICIONES QUE REALIZA EL SINDICATO D.A.P.A.S
El organismo acuerda por unanimidad de los presentes dar tratamiento legal y presentar proceso con forma de juicio de amparo contra el acuerdo de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado en torno a la reincorporación de los 66 trabajadores ex huelguistas. En torno a las diversas peticiones del sindicato D.A.P.A:.S., se deberá contestar de la siguiente manera: Oficio 02, apoyo de gasolina por cuarenta litros por semana. En este sentido la Junta de Gobierno acuerda instruir al Director General del Organismo, a que de existir suficiencia presupuestal y encontrar apegado a derecho el presente escrito se proporcione tal apoyo, a partir de las semanas subsecuentes, quedando pendiente la solicitud de gasolina de periodos anteriores. Oficio 03. Apoyo mensual al sindicato por la cantidad de $ 15,000.00 (quince mil pesos mensuales,). Desde el mes de enero de 2018 a la fecha: En este sentido la Junta de Gobierno expone que al tratarse de una prestación que no se encuentra sentenciada por una autoridad laboral, en virtud de que el proceso de huelga culmino con un convenio de terminación validado por autoridades jurisdiccionales federales, y que no existe una obligación condenatoria al pago de la presente prestación, aunado a que de los diversos archivos del sindicato existentes en la Dirección General del Organismo, esta prestación deviene de un ADENDUM, al contrato colectivo que no ha sido ratificado ante la Junta de Conciliación y Arbitraje del Estado, se acuerda que se niegue la presente prestación. Oficio 04, respecto de los aumentos a los salarios que se fijen a los trabajadores por parte de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos. En este sentido la Junta de Gobierno expone que al tratarse de una prestación que no se encuentra sentenciada por una autoridad laboral, en virtud de que el proceso de huelga culmino con un convenio de terminación validado por autoridades jurisdiccionales federales, y que no existe una obligación condenatoria al pago de la presente prestación, y de igual modo, la prestación se encuentra peticionada en términos irregulares dado que fue otorgada a los trabajadores de la siguiente manera: SALARIOS 66 TRABAJADORES INCREMENTO OTORGADO INCREMENTO SOLICITADO
AÑO MIR % AÑO %
2019 9.43 5 2019 50
2020 14.67 5 2020 16.23
2021 10.46 6 2021 15 Por lo que existe una disparidad evidente y excesiva en lo peticionado. Robusteciendo lo anterior con el principio de preclusión de derecho que implica que en los años 2019, 2020 y 2021, no hubo una impugnación ante ninguna autoridad laboral o jurisdiccional de la aplicación de los incrementos salariales por la Comisión Nacional de Salarios Mínimos; se instruye al Director General del Organismo a negar dicha prestación hasta en tanto sea acordada por la Junta de Conciliación y Arbitraje del Estado y únicamente en este caso y por los montos entregados a la mayoría de los trabajadores, se estaría acordando favorablemente de forma escalonada. Un incremento anual por quincena de encontrarse suficiencia presupuestal para este propósito. Oficio 01. Entrega de montos correspondientes a cuotas sindicales. La H. Junta de Gobierno acuerda instruir al Director General únicamente sea pagado el ejercicio fiscal 2018, hasta en 4 parcialidades (entre julio y agosto), y el resto de las cuotas sindicales se entreguen una vez que se formalice el acuerdo de la autoridad laboral respecto de la toma de nota a cualquiera de los representantes sindicales en disputa. Oficio 05 pago completo del aguinaldo 2018. La H. Junta de Gobierno de este organismo instruye al Director General del mismo, a que se de contestación con base a que el sindicato peticionario y los trabajadores ex huelguistas, se encuentran en un proceso jurisdiccional que aun no tiene sentencia condenatoria contra D.A.P.A.S., por lo que se podrán entregar los montos correspondientes al aguinaldo 2018, cuando concluya dicho proceso jurisdiccional en caso de que a D.A.P.A.S se le condene a pago mediante resolución firme. Oficio 06 jubilación de trabajadores. La H. Junta de Gobierno de este organismo instruye al Director General del mismo, a que se de contestación estableciendo un plan de jubilación para estos trabajadores, mismo que deberá integrarse al proyecto de presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal 2022. Oficio 07 pago de montos por celebraciones anuales del sindicato por $25 000.00 (veinticinco mil pesos anuales, por los años 2019, 2020, y 2021. En este sentido la Dirección General del Organismo Establece que dicha prestación al sindicato fue pagada a la totalidad de los trabajadores que se encontraron en activo en esos años a petición de los mismos trabajadores como lo refiere el área de recursos humanos. Oficio 08, pago de quinquenios. La H. Junta de Gobierno de este organismo instruye al Director General del mismo, a que se de contestación, de tal forma que se comience a pagar esta prestación de acuerdo a la viabilidad financiera del organismo, desde el día que se reincorporaron a laboral en delante de acuerdo a la tabla de antigüedades que tenga la Subdirección de Recursos Humanos del Organismo. Oficio 09. Pago de vales de despesa y bono navideño por los ejercicios fiscales 2018, 2019, 2020, y 2021, a los trabajadores reincorporados de la huelga. La H. Junta de Gobierno de este organismo instruye al Director General del mismo, a que se de contestación sobre el principio de que: al tratarse de una prestación que no se encuentra sentenciada por una autoridad laboral, en virtud de que el proceso de huelga culmino con un convenio de terminación validado por autoridades jurisdiccionales federales, y que no existe una obligación condenatoria al pago de la presente prestación. Se debe responder que solo será procedente el pago de vales de despensa y bono navideño para los trabajadores reincorporados de la huelga del día 17 de junio del año 2021 en lo sucesivo. De acuerdo a lo ratificado en el convenio de conclusión de huelga, de forma personalísima. Directa, y electrónica a cada trabajador. Oficio 10 otorgamientos de préstamos a trabajadores reincorporados. La H. Junta de Gobierno de este organismo instruye al Director General del mismo, a que se de contestación de que no existe suficiencia presupuestal ni viabilidad financiera para el otorgamiento de estos prestamos dada la precaria situación económica del organismo operador. Oficio 11 Vacantes de trabajo del sindicato D.A.P.A.S., en el presente oficio el sindicato solicita la integración por “vacantes definitivas” de dos personas a ocupar las plazas de los C. C. ALEJANDRO BALLESTEROS CORONA Y LCAUDIA CRISTINA RUIZ LOREDO, por las siguientes personas. ANA LAURA ALMAGUER MEDINA Y BRENDA LILIANA ALVAREZ CASTILLO. En este sentido La H. Junta de Gobierno de este organismo instruye al Director General del mismo, a que se de contestación al mismo, en el sentido de que estas vacantes se encuentran en un periodo temporal ya que ambos trabajadores que pretenden ser sustituidos han combatido los acuerdos de recisión laboral mediante juicios de despido enderezados ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado. Por esta razón no pueden considerarse vacantes definitivas, ni sustituir a los trabajadores rescindidos hasta en tanto no exista condena firme de autoridad laboral que determine que su despido fue justificado en su caso. Es importante resaltar que de igual manera el Director General expone a la Junta que se verán en la necesidad en los primeros días del mes de julio de disponer de la guarda que se tiene para aguinaldo 2021, toda vez que la recaudación no ha sido la presupuestada para este ejercicio y en consecuencia no se ha tenido suficiencia presupuestal para pagar los bimestres 1 y 2 de 2021 de cuotas al INFONAVIT y es prioridad de su administración que fue encomendada cumplir con las obligaciones fiscales que se susciten en su periodo de gestión. Además se informa que se tuvo que interponer un amparo contra la notificación de crédito realizada por el Infonavit el dia 28 de junio de 2021 por seis millones de pesos, dicho amparo es con la finalidad de evitar el embargo de cuentas bancarias del organismo y nos dejen imposibilitados a realizar nuestras operaciones, acto seguido se buscara realizar un acuerdo para el pago en parcialidades de los créditos pendientes. Por otra parte se informa que el próximo 2 de julio vence el plazo señalado en el acta parcial de la revisión que esta efectuando el SAT del ISR retenido correspondiente al ejercicio fiscal 2020 cantidad que es de 5,000,000 (aproximadamente) por lo que se irán por la vía de acudir a la autoridad con un acuerdo conclusivo y tener tiempo para que el municipio abono sobre la deuda que tiene de consumos y subsidios y poder tener liquidez para aterrizar un convenio respectivo con la autoridad hacendaria. - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - -A C U E R D O S- - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
UN0. El organismo acuerda por unanimidad de los presentes dar tratamiento legal y presentar proceso con forma de juicio de amparo contra el acuerdo de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado en torno a la reincorporación de los 66 trabajadores ex huelguistas. Del mismo modo acuerda dar contestación a lo peticionado en los oficios, de acuerdo a las instrucciones que han quedado descritas en el cuerpo de la presente acta. SEGUNDO. Respecto de los puntos planteados, se acuerdo que se paguen las cuotas del primer y segundo bimestre de 2021 de INFONAVIT, una vez que se tenga el recurso de la inversión bancaria que se tenía de guarda para aguinaldos 2021. Se dan por enterados de las gestiones y amparo ante INFONAVIT para negociar los periodos adeudados de 2018 a 2020. Se dan por enterados de las gestiones para atender la revisión del SAT sobre las retenciones de ISR 2020 y se instruye a la dirección se continúen con las gestiones de cobranza a el municipio de CD Valles y poder tener liquidez para realizar el pago de impuestos derivado de la intervención de las autoridades hacendarias por el periodo referido. SE APRUEBA POR UNANIMIDAD DE VOTOS QUE EL C.CP. JUAN CARLOS GOMEZ SANCHEZ, DIRECTOR GENERAL Y SECRETARIO DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA DAPA, LLEVE A CABO EL TRÁMITE DE PROTOCO |
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