| | | | |
Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí | |
|
| | | | |
| | | | | |
| | | | | |
Sujeto Obligado | | guadalcazar slp |
| | Guadalcázar | | | |
| | | | | |
| | | | | |
Periodo | |
05 Mayo | | 2021 |
| | | |
| | | | | |
Obligación | | Los sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan |
| | | | | |
Obligación específica. | | | | | |
| | Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables. |
| | | | | |
A ) Artículo | | 84 | | | |
| | | | | |
B ) Fracción | | V | | | |
| | | | | |
C ) Inciso | | | | | |
| | | | | |
| | | | | |
| | | | | |
| | | | | |
Registro general |
| | | | | |
|
| | | | | |
| | | | | |
| | Para Consultar el documento | | | |
| | | | | |
Acceso directo: LTAIPSLP84V.xlsx |
| | | | | |
Hipervinculo | | | | | |
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2021N.nsf/nombre_de_la_vista/690AECF2DE8FFFD18625873E006CC213/$File/LTAIPSLP84V.xlsx |
| | | | | |
| | | | | |
|
| | | | | |
| | | | | |
| | | | | |
| | | | | |
|
| | | | | |
Visor de Datos abiertos | | Datos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08 |
|
|
TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Estructura Orgánica LTAIPSLP84V Se deberá publicar la estructura vigente, es decir, la que está en operación en el sujeto obligado y ha sido aprobada y/o dictaminada por la autoridad competente. Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Denominación del área Denominación del puesto Denominación del cargo (de conformidad con nombramiento otorgado) Área de adscripción inmediata superior Denominación de la norma que establece atribuciones, responsabilidades y/o funciones y el fundamento legal (artículo y/o fracción) Atribuciones, responsabilidades y/o funciones, según sea el caso Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso Número total de prestadores de servicios profesionales Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2021 01/05/2021 31/05/2021 INAPAM Delegada municipal de inapam Participar en la planeacioón del desarrollo municipal y programas de acuerdo con los lineamientos que se establezcan para el efecto, coordinar la documentación y los datos para la integración de los informes de gobierno municipal en la materia de competencia del INAPAM., Elaboración de agenda de trabajo, asistir a las reuniones convocadas por el presidente minicipal asi como secretario general u otro coordinador de departamento a la cual sea convocada, estudiar y conocer ampliamente los programas y beneficios del INAPAM, aplicados en el municipio de Guadalcazar, elaboración de programa operativo anual, asistir a las reuniones de planeación y información y acuerdos que realice la representación estatal INAPAM LEY ORGANICA DEL MINICIPIO LIBRE DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ Participar en la planeacioón del desarrollo municipal y programas de acuerdo con los lineamientos que se establezcan para el efecto, coordinar la documentación y los datos para la integración de los informes de gobierno municipal en la materia de competencia del INAPAM., Elaboración de agenda de trabajo, asistir a las reuniones convocadas por el presidente minicipal asi como secretario general u otro coordinador de departamento a la cual sea convocada, estudiar y conocer ampliamente los programas y beneficios del INAPAM, aplicados en el municipio de Guadalcazar, elaboración de programa operativo anual, asistir a las reuniones de planeación y información y acuerdos que realice la representación estatal http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N2.nsf/af56201fa851b94c862580be005c7aa5/BB0B6547D52909C8862582C5005EE8B2?OpenDocument 1 INAPAM 09/06/2021 09/06/2021 SIN NOTA
2021 01/05/2021 31/05/2021 CONTRALORÍA INTERNA CONTRALOR INTERNO CONTRALOR INTERNO CONTRALORÍA INTERNA LEY ORGANICA DEL MINICIPIO LIBRE DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ "• Facilitar el reconocimiento de las operaciones de ingresos, gastos, activos, pasivos y patrimoniales de los entes públicos; • Facilite el registro y control de los inventarios de los bienes muebles e inmuebles de los entes públicos. • Cuidar que el cumplimiento de las atribuciones, funciones y programas de la administración municipal se lleven a cabo con estricto apego a los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, y eficiencia que deben regir al servicio público. • Vigilar que la ejecución de los programas y el ejercicio del presupuesto se ajuste a las normas y disposiciones que regulen su funcionamiento. • Vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales, planes, políticas, normas, y procedimientos aplicables a las operaciones de la administración municipal. • Verificar que el manejo y aplicación de los recursos humanos, materiales y financieros, se realice en términos de economía, eficiencia, y eficacia, ajustados a las políticas de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria aprobada por el Ayuntamiento. • Prevenir y combatir la corrupción, negligencia, ineficiencia y deshonestidad de los servidores públicos de la administración municipal. • Planear, programar, organizar y coordinar el sistema de control y evaluación municipal. • Fiscalizar el ingreso y el ejercicio del gasto público municipal, y su congruencia con el presupuesto de egresos, y la Legislación de la materia. • Vigilar que los recursos y aportaciones Federales y Estatales, asignadas al Municipio, se apliquen en los términos estipulados en las Leyes, Reglamentos y convenios respectivos. • Proveer los elementos necesarios para la adecuada toma de decisiones y en su caso promover acciones tendientes a prevenir, corregir o hacer eficientes las operaciones de las áreas administrativas municipales. • Complementar y adecuar su marco reglamentario y normativo en materia de control y evaluación Municipal. • Verificar, examinar y evaluar la organización, la implantación de los controles internos, la productividad tanto externa como interna y la observación de la Legislación, por parte de las áreas administrativas municipales, con el propósito de dictaminar el grado de economía, eficiencia y eficacia en el manejo de los recursos para el efectivo logro de las metas y objetivos. • Comprobar que la implementación, programación, contratación y ejecución de las obras públicas se realice conforme a la normatividad establecida, así como comprobar la correcta y oportuna aplicación de los recursos y su congruencia con los reportes financieros de acuerdo al avance físico. • Promover que los servidores públicos se conduzcan en forma honesta y transparente, en cuanto al uso y aplicación de los recursos puestos a su disposición, mediante la operación del sistema de recepción de las Declaraciones Patrimoniales, y en su caso, de oficio o por denuncia, investigar su riqueza patrimonial y dar el cauce administrativo o legal que proceda. • Vigilar la aplicación y el funcionamiento de los instrumentos, sistemas y procedimientos de control de la administración pública municipal. • Establecer instrumentos que faciliten a la población el trámite de inconformidades, quejas y denuncias que se formulen por el incumplimiento y desviaciones de responsabilidades de los servidores públicos en el desarrollo de sus funciones. • Determinar de oficio o a solicitud de parte, la procedencia de faltas y desviaciones en la actuación de los servidores públicos, mediante el análisis e investigación de éstos, para dictaminar el fincar responsabilidades, cuando así proceda. • Coadyuvar a la modernización y simplificación de los procedimientos de la administración pública municipal, con base en los programas y políticas establecidas al respecto, y en las propuestas y necesidades de la comunidad. " http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2018N2.nsf/nombre_de_la_vista/8DE0A4244A5E861486258340006BDA5B/$File/CURRICULUM+001.jpg 0 CONTRALORÍA INTERNA 09/06/2021 09/06/2021 SIN NOTA
2021 01/05/2021 31/05/2021 Instancia Municipal de la Mujer Directora Directora Secretaría general Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos Articulos 1°, 4° y demas relativos, Plan de Desarrollo Municipal 2009- 2012 Articulo 29 capitulo III del titulo de la Ley Organica del municipio de San Luis Potosi, Ley de Transparencia y acceso a la Informacion Publica del Estado de San Luis Potosi, Ley Organica del Municipio Librre del Etado de San Luis Potosi Articulo 141 fraccion I, II, III, V, VII del capitulo VI, Ley de Prevencion y Atencion de la Violencia Familiar Estado de San Luis Potosi Articulos 14, 15, 16 y demas aplicables, Ley del Instituto Nacional de las Mujeres Articulos 1°,3°, 6° fraccion II y demas relativos, Ley Federal para prevenir y eliminar discriminacion Articulo 1°, Ley Gneral de Acceso de las mujeres a una vida libre de violencia Articulos 1°, 2°, 50 y demas aplicables, Ley General para Igualdad entre Hombres y Mujeres Articulos 1°, 2°, 3°,4° , 16 y demas relativos. ATRIBUCIONES: cordinar el diseño y ejecucion de plan de la igualdad de oportunidades para las mujeres en el municipio a favor de las mujeres con diferentes dependencias de gobierno asi como con la participacion activa y comprometida del sector social, diseñar y proponer politicas que garantizen el pleno ejercicio de los derechos de las mujeres a traves de planes, programas ya acciones con perspectiva de equidad y genero, integrar diagnosticos y estudios con enfoque de genero que permitan tener una imagen actualizada de la problematica de las mujeres en el municipio, elaborar y ejecutar programas del Instituto cordinar las politicas normativas para el acceso de las mujeres a los programas, asi como promover la eficiente integracion de las perspectiva de genero en los programas gubernamentales, convocar a las diferentes organiaciones civiles y sociales, asi como los sectores academicos y educativos a fin de elaborar propuestas planes y programas para mejorar la calidad de vida de las mujeres, proponer estrategias para la orientacion de recuersos a proyectos que contribuyan al mejoramiento de las condiciones econonomicas, politicas, culturales y sociales de las mujeres concentrando esfuerzos y recursos a los sectores de mayor resago en la entidad insidir en los medios de comunicacion masivos con el objetivo de compartir los estereotipos e imagenes que atenten contra la dignidad de las mujeres, apoyar la incorporacion de las mujeres a los puestos de direccion de la administracion publica estatal y municipal conforme a su formacion academica y habilidades personales, propiciar y difundir masivamente una cultura de no violencia hacia las mujeres y de igualdad y respeto entre los generos, proporcionar atencion y seguimiento a mujeres en condiciones de vulnerabilidad, viudas, desplazadas, jefas de hogar, persona con discapacidad, inmigrantes, coadyuvar en la atencion integral a mujeres victimas de violencia promover el respeto a la diversidad cultural en el marco del reconocimiento de los derechos de las mujeres. FUNCIONES: gestionar la realizacion del diagnostico con perspectiva de genero para la definicion de las lineas estrategicas, acompañar a las autoridades municipales en la planeacion, ejcucion, seguimiento y evaluacion de acciones con perspectiva de genero, promover la transversalidad de la perspectiva de genero en la agenda municipal y en los instrumentos normativos del municipio, establecer alianzas y mecanismos de vinculacion con la sociedad civil, academicay diversos Actores o actoras municipales. http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020.nsf/nombre_de_la_vista/D08D871F62A665DF862585070058EDE0/$File/PERFIL+PAZ.pdf 0 Instancia Municipal de la mujer 09/06/2021 09/06/2021 sin nota
2021 01/05/2021 31/05/2021 Direccion de agua potable y alcantarillado Director Director de agua potable y alcantarillado Secretaria Ley de aguas del estado de San Luís potosí, Cap. II, Art. 79, Art. 183 De la Prestación de los Servicios por los ayuntamientos. (REFORMADO P.O. 30 DE JUNIO DE 2015)ARTÍCULO 79. Cuando los servicios públicos de agua potable, alcantarillado sanitario, alcantarillado pluvial, tratamiento y disposición de aguas residuales sean prestados de forma centralizada por los ayuntamientos, éstos tendrán a su cargo:I. Realizar los actos necesarios para la prestación de los servicios públicos en su circunscripción territorial, atendiendo a la Ley de Aguas Nacionales y su reglamento, la legislación de equilibrio ecológico y protección al ambiente, las normas oficiales mexicanas y la legislación aplicable que se emita con relación a los mismos, la presente Ley y sus reglamentos; (REFORMADA P.O. 30 DE JUNIO DE 2015)HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI INSTITUTO DE INVESTIGACIONES LEGISLATIVAS Descargala en: www.congresosanluis.gob.mx 37.II. Realizar por sí, o a través de terceros a los que se les concesionen, o con quien se celebre contrato de conformidad con esta Ley, las obras de infraestructura hidráulica para la prestación, operación, conservación y mantenimiento de los servicios públicos de agua potable, alcantarillado sanitario, alcantarillado pluvial, tratamiento y disposición de las aguas residuales;III. Planear y programar la prestación de los servicios públicos a que se refiere la presente Ley, elaborando y actualizando anualmente el programa operativo;IV. Celebrar los contratos y convenios necesarios para el cumplimiento de sus atribuciones, en los términos de la legislación aplicable;V. Realizar las gestiones que sean necesarias a fin de obtener los financiamientos que se requieran para la más completa prestación de los servicios públicos, en los términos de la legislación aplicable;VI. Constituir y manejar fondos de reserva para la rehabilitación, ampliación y mejoramiento de los sistemas a su cargo, para la reposición de sus activos fijos y para el servicio de su deuda;VII. Pagar oportunamente las contribuciones federales y estatales en materia de agua y bienes inherentes nacionales y estatales, que establece la legislación fiscal aplicable;VIII. Elaborar los programas y presupuestos anuales de ingresos y egresos derivados de la prestación de los servicios públicos, para su debida autorización en el cabildo;IX. Determinar con base en las fórmulas elaboradas por la Comisión y aprobadas por el Congreso, las adecuaciones a las cuotas y tarifas relativas a los servicios públicos, y proponerlas en su ley de ingresos;X. Presentar al Congreso, en forma de iniciativa, la propuesta de cuotas y tarifas que le remita el organismo operador, cuando lo hubiere, respetando la estructura y montos propuestos. Tratándose de organismos operadores intermunicipales, la presentación al Congreso correrá a cargo del ayuntamiento cuyo municipio cuente con el mayor número de habitantes; (REFORMADO P.O. 30 DE JUNIO DE 2015)XI. Previo apercibimiento, ordenar y ejecutar la suspensión de los servicios públicos en los términos de la presente Ley, siempre y cuando se acredite la notificación que haya otorgado al usuario el término de tres días para realizar el pago; empero, cuando el servicio sea para uso doméstico, únicamente se podrá restringir el suministro a la cantidad necesaria para satisfacer los requerimientos básicos de consumo humano, respetando en todo momento los parámetros constitucionales e internacionales;XI. Previo apercibimiento, ordenar y ejecutar la suspensión de los servicios públicos en los términos de la presente Ley, siempre y cuando se acredite la notificación que haya otorgado al usuario el término de tres días para realizar el pago; empero, cuando el servicio sea para uso doméstico, únicamente se pod
rá restringir el suministro a la cantidad necesaria para satisfacer los requerimientos básicos de consumo humano, respetando en todo momento los parámetros constitucionales e internacionales;XII. Formular y mantener actualizado el padrón de usuarios de los servicios públicos a su cargo;XIII. Promover la participación de los sectores social y privado en la prestación de los servicios públicos;XIV. Promover programas de suministro de agua potable, de uso racional y eficiente del agua y de desinfección intradomiciliaria;XIV. Promover programas de suministro de agua pot |
|
|
|
|
| | |
| | |
| |
| | | | |
| | | | |
| | | | |
| | | | |
|
| | | | |
|
| | | |
| | |
|