Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadocedh slp
Comisión Estatal de Derechos Humanos

Periodo
08 Agosto2021

ObligaciónRelacionadas con Derechos Humanos.

Obligación específica.
La relación de recomendaciones impuestas que se emiten.

A ) Artículo88

B ) FracciónII

C ) IncisoC


Registro general

Para Consultar el documento
Acceso directo:
LTAIPSLP88IIC Agosto.xlsx

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2021N.nsf/nombre_de_la_vista/F961ECF76F3D3201862588A10069656C/$File/LTAIPSLP88IIC+Agosto.xlsx




Visor de Datos abiertosDatos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08


TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Quejas y denuncias en materia de derechos humanos. LTAIPSLP88IIC Quejas y denuncias en materia de derechos humanos. Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Nombre, denominación o razón social del ente recomendado Precepto legal infringido Tipo de recomendación Monto o plazo según corresponda para cumplir recomendación Obligaciones para con la víctima Estado de la recomendación Impugnación notificada Recomendación impuesta sin efectos Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de Actualización Nota
2021 01/08/2021 31/08/2021 Fiscal General del Estado Artículo 17, 20 apartado B, 21, en sus párrafos primero y segundo, y 102, apartado A, párrafo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 259, 263 y 264 del Código Nacional de Procedimientos Penales; artículo 13 fracción XVIII y 83 fracción II de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; así como el 14.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 10 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; XVIII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; así como 4,5,8,y 9 de la Declaración sobre los Principios Fundamentales de Justicia para las Víctimas de Delitos y del Abuso de Poder Especifica 15 días, artículo 113 del Reglamento Interior de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Tomando en consideración el interés superior de las víctimas, se repare el daño causado, se generen condiciones para la no repetición de hechos violatorios, velar para que las víctimas o sus familiares tengan un efectivo acceso a la justicia, y en su caso, se sancione a los responsables de las violaciones que se hayan cometido aceptada En el mes que se informa no se recibió medio de impugnación En el mes que se informa no se recibió medio de impugnación Unidad de Seguimiento de Recomendaciones 17/08/2022 17/08/2022 La Unidad de Seguimiento de Recomendaciones de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí, informa que el recurso de impugnación lo establece el artículo 125 del Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, el que señala: Artículo 125. El recurso de impugnación procede en contra de las resoluciones definitivas que dicte la Comisión Estatal que ocasionen algún perjuicio a la víctima; contra la negativa de aceptación de la recomendación por parte de las autoridades; contra las recomendaciones cuando a juicio del interesado no se haya reparado debidamente la violación denunciada, o contra el deficiente o insuficiente cumplimiento de la recomendación. A su vez el artículo 126 del mismo ordenamiento establece el procedimiento que deberá observar el interesado, de acuerdo a lo siguiente: Artículo 126. Cuando se trate de negativa de aceptación de la recomendación, el visitador general notificará esta circunstancia al interesado para que manifieste lo que a su derecho convenga, haciéndole saber que cuenta con un plazo de 30 días naturales para que presente el recurso correspondiente. 2021 01/07/2021 31/07/2021 Fiscal General del Estado Artículos 14, párrafo segundo; 16, párrafo primero; 17, párrafo primero; y 20, apartado C, 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como 1, 14.1, 14.2, 14.3, incisos b) y d), y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; 2.2, del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; 7.5, 8.1, 8.2, inciso d), 24 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 8, 10 y 11.1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; y XVIII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre Especifica 15 días, artículo 113 del Reglamento Interior de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Tomando en consideración el interés superior de las víctimas, se repare el daño causado, se generen condiciones para la no repetición de hechos violatorios, velar para que las víctimas o sus familiares tengan un efectivo acceso a la justicia, y en su caso, se sancione a los responsables de las violaciones que se hayan cometido aceptada En el mes que se informa no se recibió medio de impugnación En el mes que se informa no se recibió medio de impugnación Unidad de Seguimiento de Recomendaciones 17/08/2022 17/08/2022 La Unidad de Seguimiento de Recomendaciones de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí, informa que el recurso de impugnación lo establece el artículo 125 del Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, el que señala: Artículo 125. El recurso de impugnación procede en contra de las resoluciones definitivas que dicte la Comisión Estatal que ocasionen algún perjuicio a la víctima; contra la negativa de aceptación de la recomendación por parte de las autoridades; contra las recomendaciones cuando a juicio del interesado no se haya reparado debidamente la violación denunciada, o contra el deficiente o insuficiente cumplimiento de la recomendación. A su vez el artículo 126 del mismo ordenamiento establece el procedimiento que deberá observar el interesado, de acuerdo a lo siguiente: Artículo 126. Cuando se trate de negativa de aceptación de la recomendación, el visitador general notificará esta circunstancia al interesado para que manifieste lo que a su derecho convenga, haciéndole saber que cuenta con un plazo de 30 días naturales para que presente el recurso correspondiente.



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidadBE340ADDB3B73191862588A100694BBDCreado el 08/17/2022 01:11:12 PM
Carátula de registro7D6E3E16E11BEE28862588A100695256Autorcedh slp
RegistroF961ECF76F3D3201862588A10069656CTipo de documento1 Registro general




La CEGAIP, es un organismo público con autonomía presupuestaria, operativa,
de gestión y de decisión, a la que se encomienda el fomento y la difusión del
derecho de acceso a la información púbica.
Avenida Real de Lomas, 1015, piso 4, torre 2, coloniaLomas 4ª sección, código postal 78216
San Luis Potosí, S.L.P. México
Teléfonos: (444) 825-1020 / 825-6468 / 825-2583 / 825-2584 / 246-3085 / 246-2086
01 800 223 4247