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Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí | |
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Sujeto Obligado | | guadalcazar slp |
| | Guadalcázar | | | |
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Periodo | |
01 Enero | | 2022 |
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Obligación | | Los sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan |
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Obligación específica. | | | | | |
| | Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables. |
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A ) Artículo | | 84 | | | |
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B ) Fracción | | V | | | |
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C ) Inciso | | | | | |
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Registro general |
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| | Para Consultar el documento | | | |
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Acceso directo: LTAIPSLP84V.xlsx |
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Hipervinculo | | | | | |
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2022.nsf/nombre_de_la_vista/255660E7661291C2862587E500709C3B/$File/LTAIPSLP84V.xlsx |
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Visor de Datos abiertos | | Datos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08 |
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TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Estructura Orgánica LTAIPSLP84V Se deberá publicar la estructura vigente, es decir, la que está en operación en el sujeto obligado y ha sido aprobada y/o dictaminada por la autoridad competente. Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Denominación del área Denominación del puesto Denominación del cargo (de conformidad con nombramiento otorgado) Área de adscripción inmediata superior Denominación de la norma que establece atribuciones, responsabilidades y/o funciones y el fundamento legal (artículo y/o fracción) Atribuciones, responsabilidades y/o funciones, según sea el caso Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso Número total de prestadores de servicios profesionales Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2022 01/01/2022 31/01/2022 Direccion de agua potable y alcantarillado Director Director de agua potable y alcantarillado Secretaria Ley de aguas del estado de San Luís potosí, Cap. II, Art. 79, Art. 183 De la Prestación de los Servicios por los ayuntamientos (REFORMADO P.O. 30 DE JUNIO DE 2015) ARTÍCULO 79. Cuando los servicios públicos de agua potable, alcantarillado sanitario, alcantarillado pluvial, tratamiento y disposición de aguas residuales sean prestados de forma centralizada por los ayuntamientos, éstos tendrán a su cargo:I. Realizar los actos necesarios para la prestación de los servicios públicos en su circunscripción territorial, atendiendo a la Ley de Aguas Nacionales y su reglamento, la legislación de equilibrio ecológico y protección al ambiente, las normas oficiales mexicanas y la legislación aplicable que se emita con relación a los mismos, la presente Ley y sus reglamentos; (REFORMADA P.O. 30 DE JUNIO DE 2015)HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI INSTITUTO DE INVESTIGACIONES LEGISLATIVAS Descargala en: www.congresosanluis.gob.mx 37 II. Realizar por sí, o a través de terceros a los que se les concesionen, o con quien se celebre contrato de conformidad con esta Ley, las obras de infraestructura hidráulica para la prestación, operación, conservación y mantenimiento de los servicios públicos de agua potable, alcantarillado sanitario, alcantarillado pluvial, tratamiento y disposición de las aguas residuales; III. Planear y programar la prestación de los servicios públicos a que se refiere la presente Ley, elaborando y actualizando anualmente el programa operativo; IV. Celebrar los contratos y convenios necesarios para el cumplimiento de sus atribuciones, en los términos de la legislación aplicable; V. Realizar las gestiones que sean necesarias a fin de obtener los financiamientos que se requieran para la más completa prestación de los servicios públicos, en los términos de la legislación aplicable; VI. Constituir y manejar fondos de reserva para la rehabilitación, ampliación y mejoramiento de los sistemas a su cargo, para la reposición de sus activos fijos y para el servicio de su deuda; VII. Pagar oportunamente las contribuciones federales y estatales en materia de agua y bienes inherentes nacionales y estatales, que establece la legislación fiscal aplicable; VIII. Elaborar los programas y presupuestos anuales de ingresos y egresos derivados de la prestación de los servicios públicos, para su debida autorización en el cabildo; IX. Determinar con base en las fórmulas elaboradas por la Comisión y aprobadas por el Congreso, las adecuaciones a las cuotas y tarifas relativas a los servicios públicos, y proponerlas en su ley de ingresos; X. Presentar al Congreso, en forma de iniciativa, la propuesta de cuotas y tarifas que le remita el organismo operador, cuando lo hubiere, respetando la estructura y montos propuestos. Tratándose de organismos operadores intermunicipales, la presentación al Congreso correrá a cargo del ayuntamiento cuyo municipio cuente con el mayor número de habitantes; (REFORMADO P.O. 30 DE JUNIO DE 2015) XI. Previo apercibimiento, ordenar y ejecutar la suspensión de los servicios públicos en los términos de la presente Ley, siempre y cuando se acredite la notificación que haya otorgado al usuario el término de tres días para realizar el pago; empero, cuando el servicio sea para uso doméstico, únicamente se podrá restringir el suministro a la cantidad necesaria para satisfacer los requerimientos básicos de consumo humano, respetando en todo momento los parámetros constitucionales e internacionales; XII. Formular y mantener actualizado el padrón de usuarios de los servicios públicos a su cargo; XIII. Promover la participación de los sectores social y privado en la prestación de los servicios públicos; XIV. Promover programas de suministro de agua potable, de uso racional
y eficiente del agua y de desinfección intradomiciliaria; XV. Procurar la selección del personal directivo tomando en consideración la experiencia profesional comprobada en la materia, y desarrollar programas de capacitación y adiestramiento para su personal; HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI INSTITUTO DE INVESTIGACIONES LEGISLATIVAS Descargala en: www.congresosanluis.gob.mx 38 XVI. Solicitar a las autoridades competentes, para la mejor prestación de los servicios públicos, la expropiación, ocupación temporal, total o parcial de bienes, o la limitación de los derechos de dominio, en los términos de ley; XVII. Cobrar invariablemente las cuotas y tarifas por los servicios públicos que preste, en términos de ley; XVIII. Otorgar los permisos de descargas de aguas residuales a los sistemas de drenaje, en los términos de la normatividad aplicable; XIX. Llevar a cabo campañas continuas de cultura del agua entre la población, primordialmente para promover el uso racional del agua, evitar su contaminación; y colaborar en el sostenimiento y preservación de los servicios públicos; XX. Realizar las visitas de inspección y verificación conforme lo establecido en la ley; los reglamentos y la Ley de Procedimientos Administrativos del Estado y municipios de San Luis Potosí; XXI. Aplicar las sanciones por las infracciones que se cometan a esta Ley y sus reglamentos; (REFORMADA P.O. 30 DE JUNIO DE 2015) XXII. Resolver los recursos y demás medios de impugnación interpuestos en contra de sus actos o resoluciones; (ADICIONADA P.O. 30 DE JUNIO DE 2015) XXIII. En lo que respecta al alcantarillado pluvial, será a través del ayuntamiento o, de los organismos operadores, en su caso, en el área de su circunscripción, quien determine la elaboración de estudios y obras que se requieran para captar, conducir, regular, aprovechar, controlar y/o transitar los escurrimientos pluviales que se generen en una zona determinada de la ciudad o en nuevos centros de población, hasta su descarga en un cuerpo receptor natural o artificial; además, serán los responsables de la operación y mantenimiento de las mismas. Asimismo, gestionarán por medio de los programas federalizados, los estudios e infraestructura extra o a lo mínimo necesario para la prestación de los servicios en un nuevo fraccionamiento o desarrollo urbano, y (REFORMADA P.O. 30 DE JUNIO DE 2015) XXIV. Las demás atribuciones que les otorguen ésta u otras disposiciones legales. ARTICULO 80. En los casos en los que los municipios presten de forma centralizada los servicios públicos, éstos deberán contar con los registros contables que identifiquen, de manera independiente, los ingresos y egresos derivados de las acciones y objeto que regula la presente Ley. Los municipios podrán destinar los ingresos obtenidos por la prestación de los servicios públicos establecidos en la presente Ley, exclusivamente a hacer eficiente la administración y operación de los sistemas, y a ampliar la infraestructura hidráulica correspondiente, en ese orden de prioridad. CAPITULO III De los Comités de Agua Rurales ARTICULO 81. El ayuntamiento podrá constituir organismos auxiliares con la denominación de comités de agua rurales, adicionado con el nombre de la localidad para el que se constituya, que HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI INSTITUTO DE INVESTIGACIONES LEGISLATIVAS Descargala en: www.congresosanluis.gob.mx 39 estarán integrados mayoritariamente con la participación de los usuarios del lugar y tendrán como objetivo lograr la más eficaz prestación del servicio. http://www.cegaipslp.org.mx/HV2021Dos.nsf/nombre_de_la_vista/D18ECFB1CCDF06F98625878900558667/$File/AL+PERFIL.pdf 0 Agua potable y alcantarillado 10/02/2022 10/02/2022 Sin nota
2022 01/01/2022 31/01/2022 DIRECCION DE ALCOHOLES DIRECTOR DIRECTOR DE ALCOHOLES SECRETARIA GENERAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE GUADALCÁZAR ARTICULO 52. REGLAMENTO INTERIOR DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA DEL H. AYUNTAMIENTO DE GUADALCÁZAR, S.L.P. REGULAR LA VENTA, DISTRIBUCIÓN, CONSUMO Y SUMINISTRO Y PERMISOS DE VENTA DE BEBIDAS ALCOHOLICAS EN EL MUNICIPIO Y COMBATIR EL ABUSO EN EL CONSUMO DE ESTAS. http://www.cegaipslp.org.mx/HV2021Tres.nsf/nombre_de_la_vista/75D8B3CA184BD152862587A400662193/$File/PERFIL+DE+PUESTO+DE+TRABAJO+84V.pdf 0 INSPECCIÓN DE ALCOHOLES 10/02/2022 10/02/2022 EL DEPARTAMENTO TRABAJO EN LA FORMULACION Y GENEREACION DE UN REGLAMENTO INTERNO PARA Y YA SE ENTREGO PARA SER PROPUESTO A LA MESA DE CABILDO, PARA LO CUAL DE FORMA PROVISIONA LAS FUNCIONES Y FUNDAMENTOS LEGALES SE DENOMINAN DE ACUERDO AL REGLAMENTO ESTATAL. 2022 01/01/2022 31/01/2022 Desarrollo Social coordinador Coordinador de Desarrollo Social Preidencia Municipal Reglamento interno Municipal "Elaborar plan Municipal de DesarrolloElaborar Plan Municipal de Desarrollo
II. Coordinar, integrar y analizar la consulta popular permanente dentro de la jurisdicción territorial del municipio con el fin de jerarquizar las demandas de la comunidad. III. Proporcionar apoyo técnico- admvo y la asesoría necesaria a las juntas municipales y a las diversas direcciones del gobierno municipal en materia propuesta de inversión pública, a fin de que estas se elaboren de acuerdo a los lineamientos y normas que establecen las diversas fuentes de financiamiento. IV. Proponer y coordinar las políticas y programas municipales de desarrollo económico. V. Apoyar a la autoridad municipal en el seguimiento de la ejecución de la obra programada, Federal, Estatal y Municipal
VI. Analizar la información estadística que se refleja en los prontuarios estatales y otros documentos oficiales, a fin de conocer los indicadores demográficos y económicos prevalecientes en el municipio. VII. Formular diagnósticos socioeconómicos que permitan conocer la situación real en que se encuentran las localidades circunscritas en el ámbito municipal. VIII. Levantar y mantener actualizado el Inventario de la Obra Pública Municipal
IX. Servir de órgano de consulta de los Gobiernos Federal, Estatal, y de los sectores sociales, privado en materia de desarrollo económico y social del Municipio. X. Promover y regular el crecimiento urbano de las comunidades del municipio, mediante una adecuada planificación y zonificación de las mismas. XI. Elaborar estudios para la creación, desarrollo, reforma y mejoramiento de poblados y ciudades en atención a una mejor adaptación material y las necesidades colectivas. " http://www.cegaipslp.org.mx/HV2021Dos.nsf/nombre_de_la_vista/F81A2F3B8FA0DD0B86258789005A9DC1/$File/ORGANIGRAMA+DE+DESARROLLO+SOCIAL.docx 1 desarrollo social 10/02/2022 10/02/2022 no generada
2022 01/01/2022 31/01/2022 Desarrollo Social Subcoordinador Subcoordinador de Desarrollo Social Desarrollo Social Manual de organización de Desarrollo Social Es el encargado de suplir al coordinador en las diversas actividades que realiza y que por causa de fuerza mayor no puede estar presente. Llevara a cabo acciones de gestión en las comunidades del municipio, para conformar los diversos documentos que se requieren en el trámite de obras y acciones a realizar en cada comunidad. Participara en las juntas de trabajo y de jefes de departamento, a fin de coordinar acciones que reditúen en mejorar las actividades de cada área de trabajo, y que exista un mejor y mayor beneficio social. http://www.cegaipslp.org.mx/HV2021Dos.nsf/nombre_de_la_vista/F81A2F3B8FA0DD0B86258789005A9DC1/$File/ORGANIGRAMA+DE+DESARROLLO+SOCIAL.docx 1 desarrollo social 10/02/2022 10/02/2022 no generada
2022 01/01/2022 31/01/2022 Desarrollo Social Auxiliar técnico adminstrativo Auxiliar técnico adminstrativo Desarrollo Social Manual de organización del Municipio de Guadalcazar "Conocer los techos financieros del Ramo 33 y administrar los recursos de acuerdo a los Programas definidos Coordinar conjuntamente con el Consejo de Desarrollo Social Municipal el proceso de planeación y priorización de obras Elaborar el Programa Operativo Anual de Recursos del Ramo 33 y presentarlo al
Coordinador de Desarrollo Social para dar trámite a su aprobación Elaborar el Programa de Desarrollo Institucional del Municipio Elaborar informe de las actividades realizadas de su área y presentarlo a su jefe inmediato superior
Las demás que expresamente le encomiende su jefe inmediato superior, el Presidente Municipal o le señalen las Leyes, reglamentos y acuerdos de cabildo Con el techo financiero que se vaya a recibir en forma anual de los fondos de infraestructura social municipal y de fortalecimiento municipal del ramo 33, se procederá a elaborar el presupuesto de egresos anual, referente a los pagos de; asistencia técnica, gastos indirectos, gastos de fiscalización, sueldos de salud pública y seguridad pública, mantenimiento de pipas, brigadas médicas móvil, patrullas, adquisiciones de equipo y vehículos. Con la priorización de obras y acciones anuales, se elabora el programa de pagos mensuales, de acuerdo a los recursos financieros que se vayan recibiendo de la secretaría de finanzas, y de las obras y acciones seleccionadas para iniciarse" http://www.cegaipslp.org.mx/HV2021Dos.nsf/nombre_de_la_vista/F81A2F3B8FA0DD0B86258789005A9DC1/$File/ORGANIGRAMA+DE+DESARROLLO+SOCIAL.docx 1 desarrollo social 10/02/2022 10/02/2022 no generada
2022 01/01/2022 31/01/2022 Desarrollo Social Auxiliar contable Auxiliar contable Desarrollo Social Manual de organización del Municipio de Guadalcazar Captura de la documentación necesaria para la comprobación de los estados financieros Transferencias interbancarias Mantener actualizada información en el Sistema SIDESORE de la Secretaria de Desarrollo Social y Regional, así como de SIIPSO, MIDS y PASH Captura de ingresos y egresos en el Sistema SAACG y las demás que expresamente le enc |
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