Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadosanciro slp
San Ciro de Acosta

Periodo
03 Marzo2022

ObligaciónLas condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos.

Obligación específica.
El listado de servidores públicos con sanciones administrativas definitivas, especificando la causa de sanción y la disposición.

A ) Artículo84

B ) FracciónXXIII

C ) Inciso


Registro general

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TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Sanciones administrativas a los(as) servidores(as) LTAIPSLP84XXIII La información correspondiente a las sanciones administrativas definitivas que, en su caso, han sido emitidas en contra de los(as) servidores(as) públicos(as) y/o personas que desempeñen un empleo, cargo o comisión y/o ejerzan actos de autoridad en el sujeto obligado, por los órganos de control o instancias correspondientes, con fundamento en la normatividad que aplique según la naturaleza jurídica de cada sujeto obligado. Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Nombre(s) del (la) servidor(a) público(a) Primer apellido del (la) servidor(a) público(a) Segundo apellido del (la) servidor(a) público(a) Clave o nivel del puesto Denominación del puesto Denominación del cargo Denominación del área de adscripción del(a) servidor(a) público(a) Tipo de sanción Orden jurísdiccional de la sanción (catálogo) Autoridad sancionadora Número de expediente Fecha de resolución en la que se aprobó la sanción Causa de la sanción Denominación de la normatividad infringida Hipervínculo a la resolución de aprobación de la sanción Hipervínculo al sistema de registro de sanciones Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2022 01/03/2022 31/03/2022 No se genera No se genera No se genera 0 No se genera No se genera No se genera ninguna Estatal LA SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA 0 10/03/2022 No se genera No se genera http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Tres.nsf/nombre_de_la_vista/DF74D8B228B41D8D8625861F005CAFED/$File/FUNDAMENTACION.docx http://www.rsps.gob.mx/Sancionados/publica/buscapublicas.jsp ORGANO INTERNO DE CONTROL 10/03/2022 10/03/2022 "El que suscribe, Lic. Gustavo Méndez Zúñiga, Titular del Órgano Interno de Control de la actual administración, hago de su conocimiento que en el presente mes no contamos con ningún servidor público inhabilitado. Sección Primera Cumplimiento y Ejecución de Sanciones por Faltas Administrativas no Graves
ARTÍCULO 222. La ejecución de las sanciones por faltas administrativas no graves determinadas en resolución firme por las Contralorías o los Órganos Internos de Control, se llevará a cabo de inmediato en los términos que disponga la resolución. La suspensión, destitución o inhabilitación surtirán sus efectos al notificarse la resolución y se considerarán de orden público. ARTÍCULO 223. Tratándose de los Servidores Públicos de base, la suspensión y la destitución se ejecutarán por el titular del Ente público correspondiente. Sección Segunda Cumplimiento y Ejecución de Sanciones por Faltas Administrativas Graves y Faltas de Particulares. ARTÍCULO 224. La ejecución de las sanciones por faltas administrativas no graves determinadas en resolución firme por las contralorías o los órganos internos de control, se llevará a cabo de inmediato en los términos que disponga la resolución. La suspensión, destitución o inhabilitación surtirán sus efectos al notificarse la resolución y se considerarán de orden público. ARTÍCULO 225. Tratándose de los servidores públicos de base, la suspensión y la destitución se ejecutarán por el titular del ente público correspondiente. ARTÍCULO 226. Cuando haya causado ejecutoria una sentencia en la que se determine la plena responsabilidad de un servidor público por faltas administrativas graves, el Magistrado, sin que sea necesario que medie petición de parte y sin demora alguna, girará oficio por el que comunicará la sentencia respectiva así como los puntos resolutivos de esta para su cumplimiento, de conformidad con las siguientes reglas: Cuando el servidor público haya sido suspendido, destituido o inhabilitado, se dará vista a su superior jerárquico y a las Contralorías o al Órgano Interno de Control, y Cuando se haya impuesto una indemnización y/o sanción económica al responsable, se dará vista a la Secretaria de Finanzas o Tesorería Municipal correspondiente. En el oficio respectivo, el Tribunal prevendrá a las autoridades señaladas para que informen, dentro del término de diez días, sobre el cumplimiento que den a la sentencia en los casos a que se refiere la fracción I de este artículo. En el caso de la fracción II, la Secretaría de Finanzas o Tesorería Municipal correspondiente, informará al Tribunal una vez que se haya cubierto la indemnización y la sanción económica que corresponda. ARTÍCULO 227. Cuando haya causado ejecutoria una sentencia en la que se determine la comisión de Faltas de particulares, el Tribunal, sin que sea necesario que medie petición de parte y sin demora alguna, girará oficio por el que comunicará la sentencia respectiva, así como los puntos resolutivos de esta para su cumplimiento, de conformidad con las siguientes reglas: Cuando el particular haya sido inhabilitado para participar con cualquier carácter en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas, el Tribunal ordenará su publicación al Director del Periódico Oficial del Estado, y Cuando se haya impuesto una indemnización y/o sanción económica al responsable, se dará vista a la Secretaria de Finanzas o a la Tesorería Municipal correspondiente. Lo anterior descrito son sustratos de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de San Luis Potosí vigente en el Estado, cabe mencionar que en el presente mes no hemos tenido a ningún servidor público sancionado, o con inhabilitación vigente ante el Padrón de Servidores Públicos Inhabilitados en el estado de San Luis Potosí. ATENTAMENTE ORGANO INTERNO DE CONTROL
DEL H. AYUNTAMIENTO DE SAN CIROD DE ACOSTA
SAN LUIS POTOSI
El que suscribe, Lic. Gustavo Méndez Zúñiga, Titular del Órgano Interno de Control de la actual administración, hago de su conocimiento que en el presente mes no contamos con ningún servidor público inhabilitado. Sección Primera Cumplimiento y Ejecución de Sanciones por Faltas Administrativas no Graves
ARTÍCULO 222. La ejecución de las sanciones por faltas administrativas no graves determinadas en resolución firme por las Contralorías o los Órganos Internos de Control, se llevará a cabo de inmediato en los términos que disponga la resolución. La suspensión, destitución o inhabilitación surtirán sus efectos al notificarse la resolución y se considerarán de orden público. ARTÍCULO 223. Tratándose de los Servidores Públicos de base, la suspensión y la destitución se ejecutarán por el titular del Ente público correspondiente. Sección Segunda Cumplimiento y Ejecución de Sanciones por Faltas Administrativas Graves y Faltas de Particulares. ARTÍCULO 224. La ejecución de las sanciones por faltas administrativas no graves determinadas en resolución firme por las contralorías o los órganos internos de control, se llevará a cabo de inmediato en los términos que disponga la resolución. La suspensión, destitución o inhabilitación surtirán sus efectos al notificarse la resolución y se considerarán de orden público. ARTÍCULO 225. Tratándose de los servidores públicos de base, la suspensión y la destitución se ejecutarán por el titular del ente público correspondiente. ARTÍCULO 226. Cuando haya causado ejecutoria una sentencia en la que se determine la plena responsabilidad de un servidor público por faltas administrativas graves, el Magistrado, sin que sea necesario que medie petición de parte y sin demora alguna, girará oficio por el que comunicará la sentencia respectiva así como los puntos resolutivos de esta para su cumplimiento, de conformidad con las siguientes reglas: Cuando el servidor público haya sido suspendido, destituido o inhabilitado, se dará vista a su superior jerárquico y a las Contralorías o al Órgano Interno de Control, y Cuando se haya impuesto una indemnización y/o sanción económica al responsable, se dará vista a la Secretaria de Finanzas o Tesorería Municipal correspondiente. En el oficio respectivo, el Tribunal prevendrá a las autoridades señaladas para que informen, dentro del término de diez días, sobre el cumplimiento que den a la sentencia en los casos a que se refiere la fracción I de este artículo. En el caso de la fracción II, la Secretaría de Finanzas o Tesorería Municipal correspondiente, informará al Tribunal una vez que se haya cubierto la indemnización y la sanción económica que corresponda. ARTÍCULO 227. Cuando haya causado ejecutoria una sentencia en la que se determine la comisión de Faltas de particulares, el Tribunal, sin que sea necesario que medie petición de parte y sin demora alguna, girará oficio por el que comunicará la sentencia respectiva, así como los puntos resolutivos de esta para su cumplimiento, de conformidad con las siguientes reglas: Cuando el particular haya sido inhabilitado para participar con cualquier carácter en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas, el Tribunal ordenará su publicación al Director del Periódico Oficial del Estado, y Cuando se haya impuesto una indemnización y/o sanción económica al responsable, se dará vista a la Secretaria de Finanzas o a la Tesorería Municipal correspondiente. Lo anterior descrito son sustratos de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de San Luis Potosí vigente en el Estado, cabe mencionar que en el presente mes no hemos tenido a ningún servidor público sancionado, o con inhabilitación vigente ante el Padrón de Servidores Públicos Inhabilitados en el estado de San Luis Potosí. ATENTAMENTE ORGANO INTERNO DE CONTROL
DEL H. AYUNTAMIENTO DE SAN CIROD DE ACOSTA
SAN LUIS POTOSI



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad571EFFE5DE2C3B2786258844005BDB96Creado el 05/16/2022 10:45:32 AM
Carátula de registro31E615115D1AFB1786258844005C0783Autorsanciro slp
Registro79B2B04181E58D8886258844005C0F56Tipo de documento1 Registro general




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