Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadopgje slp
Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí.

Periodo
12 Diciembre2022

ObligaciónLos sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan

Obligación específica.
Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables.

A ) Artículo84

B ) FracciónV

C ) Inciso


Registro general

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Acceso directo:
LTAIPSLP84V DICIEMBRE 2022.xlsx

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2022.nsf/nombre_de_la_vista/B34E02653C6D2EA88625892C00708298/$File/LTAIPSLP84V+DICIEMBRE++2022.xlsx




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TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Estructura Orgánica LTAIPSLP84V Se deberá publicar la estructura vigente, es decir, la que está en operación en el sujeto obligado y ha sido aprobada y/o dictaminada por la autoridad competente. Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Denominación del área Denominación del puesto Denominación del cargo (de conformidad con nombramiento otorgado) Área de adscripción inmediata superior Denominación de la norma que establece atribuciones, responsabilidades y/o funciones y el fundamento legal (artículo y/o fracción) Atribuciones, responsabilidades y/o funciones, según sea el caso Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso Número total de prestadores de servicios profesionales Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2022 01/12/2022 31/12/2022 DESPACHO DEL FISCAL GENERAL FISCAL GENERAL DEL ESTADO FISCAL GENERAL DEL ESTADO DESPACHO DEL FISCAL GENERAL LEY ORGANICA DE LA FISCALIA GENERAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI ARTICULOS 19, 20, 21, 22 y 23 "I. Emitir la Política de Persecución Penal y los criterios generales y prioridades en la investigación de los delitos y el ejercicio de la acción penal; y coadyuvar en la definición de la política criminal del Estado; II. Autorizar el desistimiento de la acción penal en los casos que legalmente proceda, así como las formas de terminación anticipada de la investigación y la aplicación de los criterios de oportunidad; III. Emitir los lineamientos para el uso de las facultades discrecionales del Ministerio Público y el uso de las soluciones alternas y del procedimiento abreviado, conforme a criterios de racionalidad administrativa y eficacia; IV. Emitir los reglamentos, acuerdos generales y demás disposiciones necesarias para la organización de las diversas dependencias de la Fiscalía General; V. Crear unidades integrales o administrativas distintas a las consideradas en el Reglamento, cuando por necesidades del servicio se requieran, así como Fiscalías Especializadas para la investigación y persecución de ilícitos específicos que, por su trascendencia, interés y características sociales así lo ameriten; VI. Designar y remover a los servidores públicos de la Fiscalía General que ocupen los cargos de titulares de los órganos de la Fiscalía señalados en este ordenamiento o sus reglamentos, excepto en aquellos casos que la Constitución o esta Ley establezcan una regla especial; VII. Garantizar la independencia de los Fiscales; VIII. Proponer al Ejecutivo Estatal los proyectos de iniciativas de ley o de las modificaciones legislativas en el ámbito de su competencia, necesarias para la exacta observancia de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Estatal, y las leyes que de ellas emanen; IX. Comparecer ante el Congreso del Estado, a citación de éste, para informar cuando se discuta una ley o se estudie un negocio concerniente a las actividades de la Fiscalía General. En estas comparecencias y bajo su responsabilidad, podrá reservarse la información que ponga en riesgo alguna investigación, o aquella que conforme a la ley se encuentre sujeta a reserva; X. Comparecer ante la Legislatura del Estado para rendir informe anual de actividades de la Fiscalía General del Estado, dentro de los treinta días posteriores a la entrega del informe escrito que señala el artículo 122 TER de la Constitución del Estado; XI. Aprobar el anteproyecto de presupuesto anual de la Fiscalía General elaborado por el Director General de Administración; XII. Presentar el Proyecto de Presupuesto anual de la Fiscalía General a la Secretaría de Finanzas en los términos de la legislación aplicable; XIII. Fomentar entre el personal de la Fiscalía General la promoción, respeto, protección y garantía de los Derechos Humanos con perspectiva de género, así como el respeto al interés superior de la niñez y derechos de víctimas; XIV. Llevar las relaciones institucionales con la Administración Pública Federal, las Fiscalías Generales de las Entidades Federativas y cualquier otra dependencia, entidad u órgano de los tres niveles de gobierno o internacionales
XV. Celebrar convenios de colaboración y coordinación con la Procuraduría General de la República, y las demás Procuradurías y Fiscalías de las entidades federativas, para el mejor cumplimiento de la procuración de justicia, de conformidad con lo establecido en la Constitución; XVI. Celebrar acuerdos, bases de colaboración, convenios y demás instrumentos jurídicos con autoridades federales, estatales, y con los municipios integrantes de la Entidad, así como con las organizaciones de los sectores social y privado, para el cumplimiento de sus fines; XVII. Desarrollar las actividades específicas que se le asignen como integrante de los Sistemas Nacional y Estatal de Seguridad Pública, para el cumplimiento de sus fines; XVIII. Representar al Estado en todos los asuntos que revistan interés público o que atañan a éste en la materia penal; XIX. Establecer las comisiones, consejos, comités internos, grupos y demás instancias colegiadas para el buen funcionamiento de la Fiscalía General, así como designar a los integrantes de los mismos y a los representantes de la Fiscalía General en los órganos colegiados en que participe la Institución, y
XX. Las demás que establezcan las leyes." http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Tres.nsf/nombre_de_la_vista/08C9387A52DC0B3286258686007A51DB/$File/Perfil+Fiscal+General+del+Estado.pdf 0 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN 03/01/2023 02/01/2023 No se generaron notas en el mes reportado
2022 01/12/2022 31/12/2022 SECRETARIA PARTICULAR SECRETARIO PARTICULAR SECRETARIO PARTICULAR DESPACHO DEL FISCAL GENERAL REGLAMENTO INTERNO DE LA FISCALIA GENERAL DEL ESTADO ARTICULO 42 "I. Acordar con el Fiscal General los asuntos de su competencia; II. Integrar y coordinar la agenda de actividades del Fiscal General; III. Atender los asuntos que le encomiende el Fiscal General, coordinándose con las unidades o áreas
administrativas de la Institución cuando así se requieran; IV. Atender el despacho y la recepción de la correspondencia de la oficina del Fiscal General; V. Dar seguimiento a las solicitudes realizadas al Fiscal General; VI. Dirigir y administrar el personal y recursos materiales destinados a la oficina del Fiscal General; VII. Tramitar y atender las solicitudes de audiencia que le formulen al Titular de la Institución; VIII. Organizar, coordinar y controlar la administración de los eventos especiales que le sean encomendados por el
Fiscal General; IX. Dar seguimiento a los acuerdos tomados por el Fiscal General con el Titular del Poder Ejecutivo, con los titulares
de las otras dependencias de la Administración Pública del Estado y con los funcionarios de la propia Fiscalía
General, y
X. Las demás que les confieran otras disposiciones legales o reglamentarias, o el Fiscal General." http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Tres.nsf/nombre_de_la_vista/2A9C5AF86C29EA7E8625868600797908/$File/Perfil+General.pdf 0 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN 03/01/2023 02/01/2023 No se generaron notas en el mes reportado
2022 01/12/2022 31/12/2022 SECRETARIA TECNICA SECRETARIO TECNICO SECRETARIO TECNICO DESPACHO DEL FISCAL GENERAL REGLAMENTO INTERNO DE LA FISCALIA GENERAL DEL ESTADO ARTICULO 44 "I. Coordinar las reuniones de trabajo en las que participe el Fiscal General; II. Establecer mecanismos que permitan evaluar el seguimiento de los acuerdos realizados en las reuniones de
trabajo; III. Coadyuvar en la atención de la audiencia especial que así lo determine el Fiscal General; IV. Acordar con el Fiscal General los asuntos relevantes que por su especial naturaleza le encomiende éste; V. Elaborar proyectos especiales que sean requeridos por la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia; VI. Concentrar y dar seguimiento a todos los acuerdos generados en el marco de la Conferencia Nacional de
Procuración de Justicia que le corresponden a la Fiscalía General; VII. Coordinar los trabajos relativos al informe anual de actividades del Fiscal General y las comparecencias ante el
H. Congreso del Estado, cuando sea requerido en términos de la legislación aplicable; VIII. Organizar y coordinar con la Secretaría Auxiliar las giras del Fiscal General; IX. Solicitar apoyo técnico a las diversas áreas de la Institución, cuando fuere necesario, para atender los
requerimientos solicitados por el Fiscal General; X. Elaborar y rendir los informes solicitados por el Fiscal General; XI. Proponer, implementar y controlar el sistema de gestión documental del despacho del Fiscal General, y
XII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o reglamentarias, o el Fiscal General." http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Tres.nsf/nombre_de_la_vista/2A9C5AF86C29EA7E8625868600797908/$File/Perfil+General.pdf 0 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN 03/01/2023 02/01/2023 No se generaron notas en el mes reportado
2022 01/12/2022 31/12/2022 SECRETARIA AUXILIAR SUBDIRECTOR SUBDIRECTOR DESPACHO DEL FISCAL GENERAL REGLAMENTO INTERNO DE LA FISCALIA GENERAL DEL ESTADO ARTICULO 43 "I. Realizar labores de consulta, apoyo, opinión, atención y seguimiento, en su caso, de asuntos de todo tipo, ante
toda clase de autoridades, que les sean encomendadas específicamente por el Fiscal General; II. Acordar con el Fiscal General las labores de consulta que le sean necesarias; III. Brindar apoyo al Fiscal General cuando este lo requiera; IV. Emitir cualquier tipo de opinión en los asuntos que el Fiscal General le encomiende; V. Dar atención a toda encomienda por parte del Fiscal General, ante la instancia que lo amerite; VI. Cumplir con el seguimiento estricto de todo tipo de asunto que sea encomendado por parte del Fiscal General,
ante cualquier tipo de autoridad; VII. Asistir a los ofendidos o acusados en conflictos con otras organizaciones; VIII. Recibir, registrar y controlar la correspondencia y las solicitudes realizadas al Fiscal General dándoles el trámite
correspondiente hasta su total desahogo; IX. Atender a particulares con asuntos relacionados con la Fiscalía General, y
X. Las demás que le confiera el Fiscal General y otras disposiciones legales aplicables." http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Tres.nsf/nombre_de_la_vista/2A9C5AF86C29EA7E8625868600797908/$File/Perfil+General.pdf 0 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN 03/01/2023 02/01/2023 No se generaron notas en el mes reportado
2022 01/12/2022 31/12/2022 ASESOR DEL FISCAL ASESOR ASESOR DESPACHO DEL FISCAL GENERAL REGLAMENTO INTERNO DE LA FISCALIA GENERAL DEL ESTADO ARTICULO 45 "I. Coordinarse con los Fiscales Especializados, Vicefiscales, Directores Generales, Coordinadores Generales y
demás servidores públicos de la Fiscalía General, para realizar el seguimiento de los acuerdos, circulares,
programas, acciones e instrucciones que sean emitidos por el Fiscal General; II. Analizar o elaborar anteproyectos de leyes, iniciativas, reglamentos, decretos, acuerdos administrativos,
circulares y en general, cualquier clase de ordenamiento jurídico o administrativo que le instruya el Fiscal
General; III. Dar atención especial y seguimiento de cualquier asunto que le encomiende el Fiscal General en el ejercicio de
sus atribuciones; IV. Verificar que se preste la asesoría jurídica cuando se lo soliciten las diversas áreas de la Fiscalía General; V. Vigilar la planeación, organización y control de las estrategias de comunicación social de la institución, y
VI. Las demás que le confiera el Fiscal General y otras disposiciones legales aplicables." http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Tres.nsf/nombre_de_la_vista/2A9C5AF86C29EA7E8625868600797908/$File/Perfil+General.pdf 0 DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN 03/01/2023 02/01/2023 No se generaron notas en el mes reportado
2022 01/12/2022 31/12/2022 COORDINACION DE COMUNICACIÓN SOCIAL Y VINCULACION DIRECTOR DIRECTOR DESPACHO DEL FISCAL GENERAL REGLAMENTO INTERNO DE LA FISCALIA GENERAL DEL ESTADO ARTICULOS 46, 47, 48, 49 y 50 "I. Elaborar y desarrollar campañas de comunicación enfocadas a la investigación y procuración de justicia, así como
definir estrategias, planes y programas para la difusión de las diferentes acciones operativas que la Fiscalía
General brinda a la ciudadanía; II. Fungir como enlace institucional con los medios de comunicación, emitir boletines y comunicados de prensa a fin
de mantener debidamente informada a la sociedad respecto a las actividades que realiza la Fiscalía General del
Estado; III. Diseñar y actualizar el portal de internet para lograr informar y satisfacer la inquietud ciudadana en torno a los
servicios que ofrece la Fiscalía General a través de la red; IV. Planear, diseñar, y realizar las campañas tendientes a valorar las actividades que la Fiscalía General realiza para
cumplir con sus funciones, por conducto de los medios de comunicación masiva; V. Sistematizar, analizar y evaluar la información que se genere en los medios masivos de comunicación, respecto a
las actividades de la Fiscalía General y comunicar diariamente los resultados al Fiscal General; VI. Redactar y emitir boletines, realizar análisis informativos, dar cobertura a los diferentes eventos de la Fiscalía
General con videos y fotografía, diseñar material publicitario para la difusión de servicios y actividades y
administrar el portal de internet; VII. Elaborar un análisis informativo recabado de los medios de comunicación impresos o digitales locales, estatales,
nacionales e internacionales, mismo que se entregará a la Secretaría Particular de la Fiscalía General, a más
tardar a las nueve horas de cada día, y será enviado por correo electrónico a los demás directivos; VIII. Cubrir eventos oficiales recabando imágenes tanto en video como en fotografía. Dicho material conformará el
archivo de imágenes y video que será utilizado, entre otras formas, para su difusión en la página de internet oficial
de la Fiscalía General y en su caso, en medios de comunicación locales, estatales, nacionales y/o internacionales; IX. Captar de manera específica las quejas y demandas que el público manifieste a través de los diferentes medios de
comunicación y turnarlas de inmediato al Fiscal General; X. Promover y reforzar los mecanismos de interrelación con las autoridades competentes de los demás niveles de
gobierno, para los efectos de atender los planteamientos tendientes a mejorar los sistemas de procuración de
justicia e investigación del delito; XI. Establecer estrategias de vinculación con los representantes de los medios de comunicación masiva; XII. Elaborar y desarrollar el proyecto de relaciones públicas de la Fiscalía General; XIII. Proponer al Fiscal General las políticas de comunicación social de la Fiscalía General y, en su caso, proceder a su
implementación de conformidad con los procedimientos y disposiciones aplicables; XIV. Diseñar, proponer y coordinar los programas de difusión en materia de procuración de justicia y demás del ámbito
de competencia de la Fiscalía General; XV. Participar con las Unidades Administrativas de la Fiscalía General en la realización de cursos, coloquios, mesas
redondas, foros o cualquier otra actividad de carácter cultural o académico en procuración de justicia, con
organizaciones y/o personas de la sociedad c



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidadE80C5E4B76B0774F8625892C006FBADACreado el 01/03/2023 02:28:54 PM
Carátula de registroC5D02CF682E543618625892C006FC55CAutorpgje slp
RegistroB34E02653C6D2EA88625892C00708298Tipo de documento1 Registro general




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