Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadocedh slp
Comisión Estatal de Derechos Humanos

Periodo
10 Octubre2022

ObligaciónRelacionadas con Derechos Humanos.

Obligación específica.
Toda la información con que cuente, relacionada con hechos constitutivos de violaciones graves de derechos humanos o delitos de lesa humanidad, una vez determinados así por la autoridad competente, incluyendo, en su caso, las acciones de reparación del daño, atención a víctimas y de no repetición

A ) Artículo88

B ) FracciónII

C ) IncisoF


Registro general

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LTAIPSLP88II F.xlsx

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TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Violaciones graves de derechos humanos LTAIPSLP88IIF En cumplimiento de esta fracción los Organismos de Protección de los Derechos Humanos organizarán toda la información con que cuenten, relacionada con hechos constitutivos de violaciones graves de derechos humanos o delitos de lesa humanidad, toda vez que hayan sido determinados por la autoridad competente; incluyendo en su caso, las acciones de reparación del daño, atención a víctimas y de no repetición
Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Número(s) de expediente(s) Autoridad competente que determinó la existencia de la violación o delito Descripción de las Acciones de reparación del daño Descripción de las Acciones de atención a víctimas Descripción de las Acciones de no repetición Tipo de documento que integra el expediente de violaciones graves o de lesa humanidad (catálogo) Hipervínculo a versión pública de cada documento que forme parte del expediente Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2022 01/10/2022 31/10/2022 008/2022 Comisión Estatal de Derechos Humanos Con la finalidad de que sea Reparado de manera Integral el daño ocasionado a V1 víctima directa, instruya a quien corresponda para que sean inscrita en el Registro Estatal de Víctimas, para los términos que resulten procedentes de acuerdo a la Ley de Atención a Víctimas del Estado de San Luis Potosí Con la finalidad de que sea Reparado de manera Integral el daño ocasionado a V1 víctima directa, instruya a quien corresponda para que sean inscrita en el Registro Estatal de Víctimas, para los términos que resulten procedentes de acuerdo a la Ley de Atención a Víctimas del Estado de San Luis Potosí Como Garantía de No Repetición, planee, diseñe e implemente las capacitaciones para el funcionariado público en materia de Derechos Humanos y sus implicaciones en la protección a la salud, enfatizando el conocimiento, manejo y observancia de las Normas Oficiales Mexicanas NOM-007-SSA2-2016, Para la atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio, y de la persona recién nacida, NOM-004-SSA3-2012 del expediente clínico, NOM-027-SSA3-2013 Regulación de los Servicios de Salud, en el que se enfoque en la necesidad de una valoración adecuada para la resolución de embarazo. Debiéndose aportar la información que al respecto le sea solicitada Expediente http://www.cegaipslp.org.mx/HV2022.nsf/nombre_de_la_vista/B588F4277B77F32B862588F6006591C0/$File/Recomendación++08+2022-1.docx Unidad de Seguimiento de Recomendaciones 10/11/2022 10/11/2022 La Unidad de Seguimiento de Recomendaciones de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí, informa que respecto a la respuesta de aceptación, se atiende a lo estipulado en el artículo 113 del Reglamento de la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, en razón que una vez emitido el pronunciamiento, la autoridad a la que se dirige, tiene un plazo de 10 días para responder, de lo contrario dará lugar a que se interprete que la misma no fue aceptada, o bien la autoridad podrá emitir su respuesta de no aceptación lo que dará lugar a que la misma tendrá que fundar, motivar y hacer pública su negativa; aunado a que este Organismo Público, podrá solicitar su comparecencia ante el Congreso del Estado para que explique el motivo de su negativa; lo anterior con fundamento en el apartado B del artículo 102 Constitucional, fracción I y II del artículo 143 de la ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos; articulo 113 y 114 del Reglamento de la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos
2022 01/10/2022 31/10/2022 009/2022 Comisión Estatal de Derechos Humanos Con la finalidad de que sea Reparado de manera Integral el daño ocasionado a V1 y V2, instruya a quien corresponda para que sean inscritas en el Registro Estatal de Víctimas, para los términos que resulten procedentes de acuerdo a la Ley de Atención a Víctimas del Estado de San Luis Potosí Con la finalidad de que sea Reparado de manera Integral el daño ocasionado a V1 y V2, instruya a quien corresponda para que sean inscritas en el Registro Estatal de Víctimas, para los términos que resulten procedentes de acuerdo a la Ley de Atención a Víctimas del Estado de San Luis Potosí Como Garantía de No Repetición, realice las gestiones necesarias a efecto de que se incluya un programa de adiestramiento al personal de la Dirección General de Seguridad Pública Municipal de Cedral, S.L.P., incluyendo a mandos superiores, mandos medios, sobre los temas de: “Erradicación de tratos crueles, inhumanos, degradantes y tortura”, conducta considerada una violación grave a derechos humanos. Remita a esta Comisión Estatal las constancias documentales que acrediten el cumplimiento de este punto Expediente http://www.cegaipslp.org.mx/HV2022.nsf/nombre_de_la_vista/4C57FC7101E6EEB3862588F60065D41A/$File/Recomendacion+09+2022.docx Unidad de Seguimiento de Recomendaciones 10/11/2022 10/11/2022 La Unidad de Seguimiento de Recomendaciones de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí, informa que respecto a la respuesta de aceptación, se atiende a lo estipulado en el artículo 113 del Reglamento de la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, en razón que una vez emitido el pronunciamiento, la autoridad a la que se dirige, tiene un plazo de 10 días para responder, de lo contrario dará lugar a que se interprete que la misma no fue aceptada, o bien la autoridad podrá emitir su respuesta de no aceptación lo que dará lugar a que la misma tendrá que fundar, motivar y hacer pública su negativa; aunado a que este Organismo Público, podrá solicitar su comparecencia ante el Congreso del Estado para que explique el motivo de su negativa; lo anterior con fundamento en el apartado B del artículo 102 Constitucional, fracción I y II del artículo 143 de la ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos; articulo 113 y 114 del Reglamento de la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidadA8CA27DAF8D1CC70862588F60066B743Creado el 11/10/2022 12:44:34 PM
Carátula de registro02FB2A945C078C99862588F60066C3EAAutorcedh slp
RegistroD6192EB6CA1E5880862588F60066F566Tipo de documento1 Registro general




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