Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadocedh slp
Comisión Estatal de Derechos Humanos

Periodo
10 Octubre2022

ObligaciónRelacionadas con Derechos Humanos.

Obligación específica.
La relación de recomendaciones impuestas que se emiten.

A ) Artículo88

B ) FracciónII

C ) IncisoC


Registro general

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LTAIPSLP88II C.xlsx

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TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Quejas y denuncias en materia de derechos humanos. LTAIPSLP88IIC Quejas y denuncias en materia de derechos humanos. Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Nombre, denominación o razón social del ente recomendado Precepto legal infringido Tipo de recomendación Monto o plazo según corresponda para cumplir recomendación Obligaciones para con la víctima Estado de la recomendación Impugnación notificada Recomendación impuesta sin efectos Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de Actualización Nota
2022 01/10/2022 31/10/2022 DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD EN EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, DIRECTOR GENERAL DEL HOSPITAL CENTRAL “DR. IGNACIO MORONES PRIETO” Artículos 4º, párrafos cuarto y octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, fracciones I, II y V; 3, fracciones II y IV; 23, 27, fracciones III, IV y X; 32, 33, 51, 61, fracciones I y II; 61 Bis y 63 de la Ley General de Salud; así como el contenido de las Normas Oficiales Mexicanas NOM-007-SSA2-2016, para la atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio, y de la persona recién nacida y NOM-004-SSA3-2012 del expediente clínico Especifica 15 días, artículo 113 del Reglamento Interior de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Con la finalidad de que sea Reparado de manera Integral el daño ocasionado a V1 víctima directa, instruya a quien corresponda para que sean inscrita en el Registro Estatal de Víctimas, para los términos que resulten procedentes de acuerdo a la Ley de Atención a Víctimas del Estado de San Luis Potosí aceptada En el mes que se informa no se recibió medio de impugnación No aplica Unidad de Seguimiento de Recomendaciones 10/11/2022 10/11/2022 La Unidad de Seguimiento de Recomendaciones de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí, informa que el recurso de impugnación lo establece el artículo 125 del Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, el que señala: Artículo 125. El recurso de impugnación procede en contra de las resoluciones definitivas que dicte la Comisión Estatal que ocasionen algún perjuicio a la víctima; contra la negativa de aceptación de la recomendación por parte de las autoridades; contra las recomendaciones cuando a juicio del interesado no se haya reparado debidamente la violación denunciada, o contra el deficiente o insuficiente cumplimiento de la recomendación. A su vez el artículo 126 del mismo ordenamiento establece el procedimiento que deberá observar el interesado, de acuerdo a lo siguiente: Artículo 126. Cuando se trate de negativa de aceptación de la recomendación, el visitador general notificará esta circunstancia al interesado para que manifieste lo que a su derecho convenga, haciéndole saber que cuenta con un plazo de 30 días naturales para que presente el recurso correspondiente. 2022 01/10/2022 31/10/2022 PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE CEDRAL, S.L.P. Artículos 1°, 16, párrafo primero, 19, párrafo último, y 20, apartado B, de la Carta Magna de los Estados Unidos Mexicanos, 1, 2, 3, 4, 6, 7, 8, y 12 de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, artículo 56, fracción XV, de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado Especifica 15 días, artículo 113 del Reglamento Interior de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Con la finalidad de que sea Reparado de manera Integral el daño ocasionado a V1 y V2, instruya a quien corresponda para que sean inscritas en el Registro Estatal de Víctimas, para los términos que resulten procedentes de acuerdo a la Ley de Atención a Víctimas del Estado de San Luis Potosí En tiempo de ser contestada En tiempo de ser contestada No aplica Unidad de Seguimiento de Recomendaciones 10/11/2022 10/11/2022 La Unidad de Seguimiento de Recomendaciones de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí, informa que el recurso de impugnación lo establece el artículo 125 del Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, el que señala: Artículo 125. El recurso de impugnación procede en contra de las resoluciones definitivas que dicte la Comisión Estatal que ocasionen algún perjuicio a la víctima; contra la negativa de aceptación de la recomendación por parte de las autoridades; contra las recomendaciones cuando a juicio del interesado no se haya reparado debidamente la violación denunciada, o contra el deficiente o insuficiente cumplimiento de la recomendación. A su vez el artículo 126 del mismo ordenamiento establece el procedimiento que deberá observar el interesado, de acuerdo a lo siguiente: Artículo 126. Cuando se trate de negativa de aceptación de la recomendación, el visitador general notificará esta circunstancia al interesado para que manifieste lo que a su derecho convenga, haciéndole saber que cuenta con un plazo de 30 días naturales para que presente el recurso correspondiente.



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad655FFED9620AD42F862588F600667C8ACreado el 11/10/2022 12:40:26 PM
Carátula de registro2A7B8892E6CA0184862588F6006682E1Autorcedh slp
RegistroE0ADFFD875117EAB862588F600669443Tipo de documento1 Registro general




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