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Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí | |
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Sujeto Obligado | | cedral slp |
| | Cedral | | | |
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Periodo | |
08 Agosto | | 2022 |
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Obligación | | El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad. |
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Obligación específica. | | | | | |
| | Inventario de bienes muebles e inmuebles donados. |
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A ) Artículo | | 84 | | | |
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B ) Fracción | | XLI | | | |
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C ) Inciso | | G | | | |
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Registro general |
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| | Para Consultar el documento | | | |
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Acceso directo: LTAIPSLP84XLIG.xlsx |
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Hipervinculo | | | | | |
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2022.nsf/nombre_de_la_vista/EF3CBB198FBE113E86258941006B9DCC/$File/LTAIPSLP84XLIG.xlsx |
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Visor de Datos abiertos | | Datos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08 |
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TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Inventario de bienes muebles e inmuebles donados LTAIPSLP84XLIG El inventario de bienes muebles e inmuebles que se su caso, de hayan donado en el cual se incluirán las actividades a las que se destinará el bien, así como el donatario y demás información que permita tener cuenta de dicha donación. Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Descripción del bien Actividades a que se destinará el bien (catálogo) Personería jurídica del donante (catálogo) Nombre(s) del donante, en su caso Primer apellido del donante, en su caso Segundo apellido del donante Tipo de persona moral, en su caso Denominación o razón social donante, en su caso Valor de adquisición o de inventario del bien donado Fecha de firma del contrato de donación Hipervínculo al Acuerdo presidencial, en su caso Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2022 01/08/2022 31/08/2022 LEY DE BIENES DEL ESTADO Y MUNICIPIOS DE SAN LUIS POTOSI ARTICULO 37. los bienes del domunio privado del Estado y mmunicipios solo podran ser donados a istituciones o a asociaciones privadas, cuando estas persigan fines no lucrativos. Asi mismo podran ser donados en forma condicionada y previo estiudio que asi lo justifique, a entidades o instituciones generadoras de empleo en las reguines o zonas marguinadas de la entidad. en estos casos tambien procedera la revocacion y revision de los mismos al patrimonio del Estado o municipios en los terminos del aerticulo que antecede, si aquellas cambian la naturaleza de su objetivo o su caracter no lucrativo, o bien dejan de cumplir su objetivo o se extingue su personalidad juridica. Otra Persona física LEY DE BIENES DEL ESTADO Y MUNICIPIOS DE SAN LUIS POTOSI ARTICULO 37. los bienes del domunio privado del Estado y mmunicipios solo podran ser donados a istituciones o a asociaciones privadas, cuando estas persigan fines no lucrativos. Asi mismo podran ser donados en forma condicionada y previo estiudio que asi lo justifique, a entidades o instituciones generadoras de empleo en las reguines o zonas marguinadas de la entidad. en estos casos tambien procedera la revocacion y revision de los mismos al patrimonio del Estado o municipios en los terminos del aerticulo que antecede, si aquellas cambian la naturaleza de su objetivo o su caracter no lucrativo, o bien dejan de cumplir su objetivo o se extingue su personalidad juridica. LEY DE BIENES DEL ESTADO Y MUNICIPIOS DE SAN LUIS POTOSI ARTICULO 37. los bienes del domunio privado del Estado y mmunicipios solo podran ser donados a istituciones o a asociaciones privadas, cuando estas persigan fines no lucrativos. Asi mismo podran ser donados en forma condicionada y previo estiudio que asi lo justifique, a entidades o instituciones generadoras de empleo en las reguines o zonas marguinadas de la entidad. en estos casos tambien procedera la revocacion y revision de los mismos al patrimonio del Estado o municipios en los terminos del aerticulo que antecede, si aquellas cambian la naturaleza de su objetivo o su caracter no lucrativo, o bien dejan de cumplir su objetivo o se extingue su personalidad juridica. LEY DE BIENES DEL ESTADO Y MUNICIPIOS DE SAN LUIS POTOSI ARTICULO 37. los bienes del domunio privado del Estado y mmunicipios solo podran ser donados a istituciones o a asociaciones privadas, cuando estas persigan fines no lucrativos. Asi mismo podran ser donados en forma condicionada y previo estiudio que asi lo justifique, a entidades o instituciones generadoras de empleo en las reguines o zonas marguinadas de la entidad. en estos casos tambien procedera la revocacion y revision de los mismos al patrimonio del Estado o municipios en los terminos del aerticulo que antecede, si aquellas cambian la naturaleza de su objetivo o su caracter no lucrativo, o bien dejan de cumplir su objetivo o se extingue su personalidad juridica. LEY DE BIENES DEL ESTADO Y MUNICIPIOS DE SAN LUIS POTOSI ARTICULO 37. los bienes del domunio privado del Estado y mmunicipios solo podran ser donados a istituciones o a asociaciones privadas, cuando estas persigan fines no lucrativos. Asi mismo podran ser donados en forma condicionada y previo estiudio que asi lo justifique, a entidades o instituciones generadoras de empleo en las reguines o zonas marguinadas de la entidad. en estos casos tambien procedera la revocacion y revision de los mismos al patrimonio del Estado o municipios en los terminos del aerticulo que antecede, si aquellas cambian la naturaleza de su objetivo o su caracter no lucrativo, o bien dejan de cumplir su objetivo o se extingue su personalidad juridica. LEY DE BIENES DEL ESTADO Y MUNICIPIOS DE SAN LUIS POTOSI ARTICULO 37. los bienes del domunio privado del Estado y mmunicipios solo podran ser donados a istituciones o a asociaciones privadas, cuando estas persigan fines no lucrativos. Asi mismo podran ser donados en forma condicionada y previo estiudio que asi lo justifique, a en
tidades o instituciones generadoras de empleo en las reguines o zonas marguinadas de la entidad. en estos casos tambien procedera la revocacion y revision de los mismos al patrimonio del Estado o municipios en los terminos del aerticulo que antecede, si aquellas cambian la naturaleza de su objetivo o su caracter no lucrativo, o bien dejan de cumplir su objetivo o se extingue su personalidad juridica. 0 24/01/2023 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2022Dos.nsf/nombre_de_la_vista/F6DBDA032E2231B986258941006B666A/$File/HIPERVINCULO6.docx CONTRALORIA MUNICIPAL 24/02/2023 24/01/2023 LEY DE BIENES DEL ESTADO Y MUNICIPIOS DE SAN LUIS POTOSI ARTICULO 37. los bienes del domunio privado del Estado y mmunicipios solo podran ser donados a istituciones o a asociaciones privadas, cuando estas persigan fines no lucrativos. Asi mismo podran ser donados en forma condicionada y previo estiudio que asi lo justifique, a entidades o instituciones generadoras de empleo en las reguines o zonas marguinadas de la entidad. en estos casos tambien procedera la revocacion y revision de los mismos al patrimonio del Estado o municipios en los terminos del aerticulo que antecede, si aquellas cambian la naturaleza de su objetivo o su caracter no lucrativo, o bien dejan de cumplir su objetivo o se extingue su personalidad juridica. |
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