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Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí | |
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Sujeto Obligado | | carn slp |
| | Centro de Asistencia Social Rafael Nieto | | | |
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Periodo | |
07 Julio | | 2023 |
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Obligación | | Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos. |
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Obligación específica. | | | | | |
| | Los servicios que ofrecen señalando los requisitos para acceder a ellos. |
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A ) Artículo | | 84 | | | |
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B ) Fracción | | XXIV | | | |
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C ) Inciso | | | | | |
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Registro general |
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| | Para Consultar el documento | | | |
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Acceso directo: 24. LTAIPSLP84XXIV JUL 2023.xlsx |
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Hipervinculo | | | | | |
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2023.nsf/nombre_de_la_vista/18CA1135083DF78F062589FF0053DACF/$File/24.+LTAIPSLP84XXIV+JUL+2023.xlsx |
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Visor de Datos abiertos | | Datos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08 |
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TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Servicios ofrecidos LTAIPSLP84XXIV La información para dar a conocer los servicios públicos que presta el sujeto obligado, tanto de las actividades realizadas por la administración pública para satisfacer necesidades de la población, como las realizadas por los sujetos obligados que no formen parte de la Administración Pública, pero que involucren el uso de recursos públicos. Los servicios deben estar al alcance de la población sin necesidad de que el ésta los exija, como es el caso de los trámites. Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Nombre del servicio Tipo de servicio (catálogo) Tipo de usuario y/o población objetivo Descripción del servicio Modalidad del servicio Enumerar y detallar los requisitos Documentos requeridos, en su caso Hipervínculo a los formatos respectivo(s) publicado(s) en medio oficial Última fecha de publicación del formato en el medio de difusión oficial Tiempo de respuesta Plazo con el que cuenta el sujeto obligado para prevenir al solicitante Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención Vigencia de los avisos, permisos, licencias, autorizaciones, registros y demás resoluciones que se emitan "Área en la que se proporciona el servicio y los datos de contacto
Tabla_549847" Objetivo de la inspección o verificación, en caso de que se requiera para llevar a cabo el servicio Monto de los derechos o aprovechamientos aplicables, en su caso, o la forma de determinar dicho monto, así como las alternativas para realizar el pago. En su caso, especificar que es gratuito Sustento legal para su cobro Lugares donde se efectúa el pago Fundamento jurídico-administrativo del servicio Derechos del usuario ante la negativa o la falta Información que deberá conservar para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del servicio Información adicional del servicio, en su caso "Otro medio que permita el envío de consultas y documentos
Tabla_566299" "Lugar para reportar presuntas anomalias
Tabla_549839" Hipervínculo al Catálogo Nacional de Regulaciones, Tramites y Servicios o al sistema homólogo Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2023 01/07/2023 31/07/2023 Cuidado alternativo y acogimiento residencial a niños y/o adolescentes que son canalizados por la Procuraduría de Proteccion de Niñas, Niños y Adolescentes Directo Niños y adolescentes, desde los seis años, hasta los diecisiete años y once meses de edad, cuando se encuentren sin cuidado parental o familiar, que hayan sido víctimas de abandono, violencia, maltrato, abuso físico, psicológico o sexual, y en casos especiales se podrá prolongar la estancia hasta los veinte años, que son canalizados por la Procuraduría de Proteccion de Niñas, Niños y Adolescentes Cuidado alternativo y acogimiento residencial, otorgando la orientación y educación apropiada a su edad, encaminadas a lograr su desarrollo físico, cognoscitivo, afectivo y social, hasta el máximo de sus posibilidades, así como la comprensión y ejercicio de sus derechos. Presencial Para recibir el cuidado alternativo y acogimiento residencial, el niño y/o adolescente debe ser canalizado por la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes. Documento de canalizacion expedido por la Procuraduría de Proteccion de Niños, Niñas y Adolescentes http://www.cegaipslp.org.mx/HV2022Dos.nsf/nombre_de_la_vista/9D421C4351B00B05062589A30065110F/$File/ART+84+XXIV+FORMATOS.docx 01/07/2023 Inmediata De acuerdo a la normatividad aplicable, no existe plazo establecido para prevenir al solicitante De acuerdo a la normatividad aplicable, no existe plazo establecido, ya que no existe la figura de prevencion. Durante el tiempo de estancia en el centro y el tiempo que se requiera de acuerdo a cada caso 1 Comprobar que la atencion integral sea la adecuada garantizando los derechos humanos No se genera monto de derechos a pagar por el servicio Debido a que no tiene costo, no se tiene fundamento legal Debido a que no tiene costo, no se requiere lugar para efectuar el pago Decreto de Creacion y Reglamento Interior del Centro de Asistencia Social Rafael Nieto y articulo 30 TER de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado Derecho a solicitar que se garanticen sus derechos humanos Documentación relativa al ingreso y tambien a la persona No se genera información adicional del servicio ya que toda esta detallada en el formato 2 3 http://rutys.slp.gob.mx/ Direccion General 10/09/2023 02/08/2023 Referente a la columna L, se informa que no se publica en medio oficial pues no se genera formato especifico alguno ya que el usuario debe ser canalizado por la Procuraduria de Niñas, Niños y Adolescentes de conformidad con el articulo 30 TER de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado, que a la letra dice: “Los centros de asistencia social que reciban niñas, niños y adolescentes en situación de indefensión o desamparo familiar, sólo podrán recibir niñas, niños y adolescentes por disposición de la Procuraduría de Protección o de autoridad competente”. |
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