Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadoopadebano slp
Organismo Operador paramunicipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Ébano

Periodo
08 Agosto2023

ObligaciónLos sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan

Obligación específica.
Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables.

A ) Artículo84

B ) FracciónV

C ) Inciso


Registro general

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LTAIPSLP84V LISTO ago.xlsx

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2023.nsf/nombre_de_la_vista/77772C42FAC13C0A06258A6F0082B8E3/$File/LTAIPSLP84V+LISTO+ago.xlsx




Visor de Datos abiertosDatos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08


TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Estructura Orgánica LTAIPSLP84V Se deberá publicar la estructura vigente, es decir, la que está en operación en el sujeto obligado y ha sido aprobada y/o dictaminada por la autoridad competente. Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Denominación del área Denominación del puesto (Redactados con perspectiva de género) Denominación del cargo (de conformidad con nombramiento otorgado) Área de adscripción inmediata superior Denominación de la norma que establece atribuciones, responsabilidades y/o funciones y el fundamento legal (artículo y/o fracción) Atribuciones, responsabilidades y/o funciones, según sea el caso (Redactadas con perspectiva de género) Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso (Redactados con perspectiva de género) Número total de prestadores de servicios profesionales Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2023 01/08/2023 31/08/2023 Direccion General Director General Director General Direccion General Ley de Aguas del Estado de San Luis Potosi "Articulo 100.- I. Tener la representación legal del organismo, con todas las facultades generales y especiales querequieran poder o cláusula especial conforme a la ley; así como otorgar y revocar poderes,formular querellas y denuncias, otorgar el perdón extintivo de la acción penal, elaborar y absolver posiciones, así como promover y desistirse del juicio de amparo; II. Presentar anualmente al cabildo para conocimiento, un informe general, por escrito, aprobado previamente por la Junta de Gobierno Dicho informe debe contener, en forma explícita, el grado de cumplimiento de las metas establecidas en el Proyecto Estratégico de Desarrollo y las aclaraciones que al respecto considere convenientes. Asimismo, debe ser publicado de conformidad con la Ley de Transparencia Administrativa y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí. De dicho informe se dará vista al Congreso del Estado; III. Elaborar la propuesta del Proyecto Estratégico de Desarrollo del organismo y actualizarlo anualmente, sometiéndolo a la aprobación de la Junta de Gobierno; IV. Supervisar la ejecución del Proyecto Estratégico de Desarrollo, aprobado por la Junta de Gobierno; V. Realizar los estudios tarifarios para determinar, en apego a lo dispuesto en la presente Ley, las cuotas y tarifas aplicables por la prestación de los servicios públicos; VI. Proponer a la Junta de Gobierno las cuotas y tarifas referidas en la fracción anterior, para que de considerarlo pertinente, las remita al Congreso del Estado, a través del ayuntamiento respectivo, para su aprobación y en su caso publicación; VII. Determinar y cobrar, a través del procedimiento administrativo de ejecución en términos de lo previsto en la presente Ley y demás ordenamientos aplicables, los adeudos que resulten de aplicar las cuotas o tarifas por los servicios que preste el organismo; VIII. Coordinar las actividades técnicas, administrativas y financieras del organismo, para lograr una mayor eficiencia y eficacia del mismo; IX. Celebrar los actos jurídicos de dominio y administración que sean necesarios para el funcionamiento del organismo; X. Gestionar y obtener, conforme a la legislación aplicable y previa autorización de la Junta de Gobierno, el financiamiento para obras, servicios y amortización de pasivos, así como suscribir créditos o títulos de crédito, contratos u obligaciones ante instituciones públicas y privadas; XI. Autorizar las erogaciones correspondientes del presupuesto, y someter a la aprobación de la Junta de Gobierno las erogaciones extraordinarias; XII. Ordenar el pago de los derechos por el uso o aprovechamiento de aguas estatales y nacionales y de sus respectivos bienes inherentes, de conformidad con la legislación aplicable; XIII. Ejecutar los acuerdos de la Junta de Gobierno; XIV. Convocar a reuniones de la Junta de Gobierno, por propia iniciativa, a petición de dos o más miembros de la Junta, en términos del reglamento interior del organismo; XV. Presentar para su aprobación a la Junta de Gobierno, un informe anual de actividades del organismo, dentro de los tres primeros meses de su ejercicio inmediato posterior, que contenga: a) Los informes sobre el cumplimiento de acuerdos de la Junta de Gobierno, mensualmente. b) Los estados financieros del organismo de acuerdo al reglamento interior de éste c) El avance en las metas establecidas en el Programa Operativo Anual, semestralmente. d) El avance en los programas de operación autorizados por la propia Junta de Gobierno,
trimestralmente. e) El estado de cumplimiento de los programas de obras y erogaciones en las mismas,
mensualmente; XVI. Presentar a la Junta de Gobierno, para su aprobación, los proyectos de presupuestos de ingresos y de egresos, así como el programa de labores del ejercicio siguiente, antes del quince de noviembre de cada año; XVII. Establecer relaciones de coordinación con las autoridades federales, estatales y municipales,
la administración pública centralizada o paraestatal, y las personas de los sectores social y privado, para el trámite y atención de asuntos de interés común; XVIII. Ordenar que se practiquen las visitas de inspección y verificación domiciliaria, o con la información documental que obre en expediente, realizar la revisión del cumplimiento de las obligaciones de los usuarios; XIX. Vigilar que se realicen en forma regular y periódica muestras y análisis del agua, así como
estadísticas de los resultados que se obtengan, a fin de establecer las medidas adecuadas para mejorar la calidad del agua que se distribuye a la población, así como la que una vez utilizada se vierta a los cauces o vasos, de conformidad con la legislación aplicable;XX. Realizar las actividades que se requieran para lograr q ue el organismo preste a la comunidad servicios adecuados y eficientes; XXI. Fungir como Secretario de la Junta de Gobierno con voz, pero sin voto, y presentar el acta anterior e informar a la junta el avance de los acuerdos; XXII. Invitar a las sesiones de la Junta de Gobierno a otros representantes de dependencias de los
tres ámbitos de gobierno, así como a representantes de los usuarios que formen parte del Consejo Consultivo, quienes en su caso tendrán voz pero no voto; XXIII. Acudir a todas las sesiones de la Junta de Gobierno; XXIV. Nombrar y remover al personal del organismo; XXV. Someter a la aprobación de la Junta de Gobierno, el reglamento interior del organismo y sus modificaciones; así como los manuales de organización, de procedimientos y de servicios públicos; XXVI. Remitir al consejo consultivo, los documentos enlistados en la fracción XV de este artículo; XXVII. Presentar al consejo consultivo para su opinión, un informe, dentro de los tres primeros meses del año, que contenga las acciones del último ejercicio, con el fin de mejorar la calidad de los servicios, y XXVIII. Las demás que le señalen la Junta de Gobierno, esta Ley y el Reglamento Interior." http://www.cegaipslp.org.mx/HV2023.nsf/nombre_de_la_vista/344BD63FA4D8185406258A6F005E7F99/$File/Director+General+Requisitos+Art+84+Fracc+V.pdf 1 ADMINISTRACION Y FINANZAS 22/11/2023 22/11/2023 NINGUNA
2023 01/08/2023 31/08/2023 Jefatura de Administracion y Finanzas Jefe de Administracion y Finanzas Jefe de Administracion y Finanzas Direccion General Reglamento interno de la Direccion de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Ebano San Luis Potosi, denominado DAPAS "Artículo 32. La Jefatura de Administración y Finanzas tendrá las siguientes funciones: I. Mantener y actualizar el patrimonio del Organismo; II. Entregar a la Dirección a más tardar el primer día hábil del mes de noviembre de cada año, la propuesta de las cuotas y tarifas vigentes para el siguiente ejercicio fiscal; III. Entregar a la Dirección a más tardar el primer día hábil del mes de noviembre de cada año, la propuesta de los presupuestos de ingresos y egresos del Organismo; IV. Apoyar al Director en la obtención y aplicación de los recursos económicos, así como en la prestación de servicios administrativos que en general requiera el organismo para la realización de sus programas; V. Adquirir los materiales y suministros que requieran los diferentes departamentos y áreas del Organismo que hayan sido aprobadas por el director en los términos de la ley respectiva; VI. Cuando estos materiales sean para la realización de alguna obra cuyo costo sea de los establecidos por el Congreso del Estado mediante decreto, deberá someterse su aprobación a la Junta de Gobierno, quien hará las veces de comité de adquisiciones en los términos de la ley respectiva; VII. En los términos de la fracción XIV del artículo sexto del presente Reglamento, contratar los servicios profesionales o técnicos que requiera la función de los diferentes departamentos del Organismo que hayan sido aprobados por el Director; VIII. Seleccionar, reclutar y contratar los recursos humanos que sean autorizados por el Director del Organismo, cuidando que se implementen los cursos de capacitación que se requieran para el mejor desempeño de las funciones propias del personal; IX. Elaborar o actualizar conjuntamente con las demás áreas del Organismo, los manuales de organización, procedimientos y descripción de puestos; X. Elaborar y presentar al Director del Organismo, los estados financieros del mes; XI. Coordinar la realización de auditorías y revisiones periódicas al Organismo, en coordinación con el Contralor Interno; XII. Llevar la contabilidad general del Organismo y establecer las medidas de registro y control para asegurar que los recursos económicos provenientes no se desvíen hacia otros propósitos que no sean los propios de su función específica; XIII. Validar la información financiera y presupuestal que presenten las autoridades competentes, al realizar cualquier obra o al obtener datos estadísticos para las mismas; XIV. Manejar bajo la supervisión del Director General, su patrimonio inmobiliario y la inversión de capitales y sus rendimientos; XV. Elaborar y mantener actualizado el inventario de los bienes muebles e inmuebles del organismo, vigilando su correcto registro, uso, conservación y mantenimiento; XVI. Implementar el sistema de control interno para el resguardo adecuado de los muebles e inmuebles propiedad del Organismo; XVII. Cobrar a los usuarios los derechos derivados de la prestación de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento y los demás conceptos que hayan sido autorizados por la Junta de Gobierno; y
XVIII. Las demás que le asigne el Director General." http://www.cegaipslp.org.mx/HV2023.nsf/nombre_de_la_vista/00BF0C05777DD64906258A6F005E9F98/$File/Jefatura+de+Adm+y+Fin++Requisitos+Art+84+Fracc+V.pdf 1 ADMINISTRACION Y FINANZAS 22/11/2023 22/11/2023 NINGUNA
2023 01/08/2023 31/08/2023 Jefatura de Comercializacion Jefe de Comercializacion Jefe de Comercializacion Direccion General Reglamento interno de la Direccion de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Ebano San Luis Potosi, denominado DAPAS "Artículo 33. La Jefatura de Comercialización tendrá las siguientes funciones: I. Vigilar que las personas a su cargo cumplan con sus responsabilidades así mismo que brinden un excelente servicio al usuario de agua potable; II. Desarrollar estrategias de publicidad y mercadeo a fin de dar a conocer a la ciudadanía de las acciones, proyectos y promociones del organismo operador desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia; III. Supervisar la atención al público en general sobre dudas por recargos, estados de cuenta, convenios; IV. Analizar y co-autorizar con dirección convenios con usuarios morosos para buscar el pronto pago de su deuda y que esta no aumente más; V. Coordinar acciones para diseñar y poner en práctica programas de difusión e información general en materia de agua potable y alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales destinados al público; VI. Autorizar ajustes de cortes y reconexiones; VII. Brindar información sobre los saldos de los usuarios; VIII. Supervisar la hoja diaria de cortes; IX. Autorizar para que los cortadores lleven a cabo la reconexión; y
X. Las demás que le asigne el Director General. " http://www.cegaipslp.org.mx/HV2023.nsf/nombre_de_la_vista/96FFF3CCB436BF5806258A6F005F83E2/$File/Jefatura+de+Comercializacion++Requisitos+Art+84+Fracc+V.pdf 1 ADMINISTRACION Y FINANZAS 22/11/2023 22/11/2023 NINGUNA
2023 01/08/2023 31/08/2023 Jefatura de Operaciones Jefe de Operaciones Jefe de Operaciones Direccion General Reglamento interno de la Direccion de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Ebano San Luis Potosi, denominado DAPAS "Artículo 31. La Jefatura de Operaciones tendrá las siguientes funciones: I. Planear, programar, presupuestar, construir, ampliar, administrar, conservar y mejorar el sistema de agua potable, alcantarillado y saneamiento de aguas residuales; II. Estudiar y dictaminar lo conducente sobre la calidad del agua y sus probables usos; III. Estudiar y dictaminar la factibilidad de proporcionar el servicio del agua potable, alcantarillado y saneamiento que soliciten los particulares y los fraccionamientos del área geográfica en los términos de la Ley; IV. En coordinación con la Jefatura de Administración y Finanzas, realizar los estudios técnicos de las tarifas y cuotas para presentarlos al Director; V. Participar con el Jefatura de Administración y Finanzas en la formulación del presupuesto anual de egresos; VI. Coordinar la realización de estudios para detectar la problemática actual y la demanda de servicios a cargo del organismo, el establecimiento de precios unitarios de las obras, así como proponer al director, la contratación de servicios técnicos que sean requeridos por el Organismo; VII. En coordinación con el Jefatura de Administración y Finanzas, elaborar y mantener actualizado el padrón de usuarios del sistema de agua potable y alcantarillado a cargo del Organismo; VIII. Apoyar a la Jefatura de Administración y Finanzas en la elaboración y/o actualización en su caso, de los proyectos de manuales de organización, descripción de puestos y procedimientos de los departamentos a su cargo para su análisis y aprobación por la Dirección General; IX. Validar la información técnica que presenten las autoridades competentes, al realizar cualquier obra o al obtener datos estadísticos para las mismas; y
X. Las demás que le asigne el Director General. " http://www.cegaipslp.org.mx/HV2023.nsf/nombre_de_la_vista/CEA0910EA193E69F06258A6F00601E37/$File/Jefatura+de+Operaciones+Requisitos+Art+84+Fracc+V.pdf 1 ADMINISTRACION Y FINANZAS 22/11/2023 22/11/2023 NINGUNA
2023 01/08/2023 31/08/2023 Cultura del Agua Encargado Encargado de Cultura del Agua Direccion General Ley de Aguas del Estado de San Luis Potosi "TITULO SEPTIMO CULTURA DEL AGUA CAPITULO I Del Uso Eficiente y Racional Artículo 190. Las autoridades en materia de agua deben promover una cultura para el uso eficiente y cuidado del recurso, a través de la realización de acciones y campañas tendientes a: I. Concientizar a la población que el elemento agua es un recurso vital y escaso, que debe
aprovecharse con racionalidad y eficiencia; II. Promover



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad6D36EC42384581DD06258A6F0081C958Creado el 11/22/2023 05:47:50 PM
Carátula de registro72F1C6804BF6A5AE06258A6F00829F33Autoropadebano slp
Registro77772C42FAC13C0A06258A6F0082B8E3Tipo de documento1 Registro general




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