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Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí | |
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Sujeto Obligado | | cedh slp |
| | Comisión Estatal de Derechos Humanos | | | |
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Periodo | |
05 Mayo | | 2023 |
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Obligación | | Relacionadas con Derechos Humanos. |
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Obligación específica. | | | | | |
| | Toda la información con que cuente, relacionada con hechos constitutivos de violaciones graves de derechos humanos o delitos de lesa humanidad, una vez determinados así por la autoridad competente, incluyendo, en su caso, las acciones de reparación del daño, atención a víctimas y de no repetición |
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A ) Artículo | | 88 | | | |
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B ) Fracción | | II | | | |
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C ) Inciso | | F | | | |
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Registro general |
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| | Para Consultar el documento | | | |
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Acceso directo: LTAIPSLP88IIF mayo.xlsx |
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Hipervinculo | | | | | |
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2023.nsf/nombre_de_la_vista/D4EA6470358A081A062589C6006A98FC/$File/LTAIPSLP88IIF+mayo.xlsx |
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Visor de Datos abiertos | | Datos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08 |
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TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Violaciones graves de derechos humanos LTAIPSLP88IIF En cumplimiento de esta fracción los Organismos de Protección de los Derechos Humanos organizarán toda la información con que cuenten, relacionada con hechos constitutivos de violaciones graves de derechos humanos o delitos de lesa humanidad, toda vez que hayan sido determinados por la autoridad competente; incluyendo en su caso, las acciones de reparación del daño, atención a víctimas y de no repetición
Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Número(s) de expediente(s) Autoridad competente que determinó la existencia de la violación o delito Descripción de las Acciones de reparación del daño Descripción de las Acciones de atención a víctimas Descripción de las Acciones de no repetición Tipo de documento que integra el expediente de violaciones graves o de lesa humanidad (catálogo) Hipervínculo a versión pública de cada documento que forme parte del expediente Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2023 01/05/2023 31/05/2023 003/2023 Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí Con la finalidad de que a V1 y VI 1 les sea reparado de manera integral el daño ocasionado, y en vista de que según información que consta en el expediente de queja, ya cuentan con el número de Registro Estatal de Víctimas previsto en la Ley de Atención a Víctimas para el Estado de San Luis Potosí, se le brinde atención psicológica tanto a las víctimas directas e indirectas, como medida de rehabilitación prevista en el artículo 62 del mismo ordenamiento legal, en términos de la Ley Estatal de Atención a Víctimas, con motivo de la responsabilidad institucional atribuida a servidores públicos de esa Secretaría de Educación Con la finalidad de que a V1 y VI 1 les sea reparado de manera integral el daño ocasionado, y en vista de que según información que consta en el expediente de queja, ya cuentan con el número de Registro Estatal de Víctimas previsto en la Ley de Atención a Víctimas para el Estado de San Luis Potosí, se le brinde atención psicológica tanto a las víctimas directas e indirectas, como medida de rehabilitación prevista en el artículo 62 del mismo ordenamiento legal, en términos de la Ley Estatal de Atención a Víctimas, con motivo de la responsabilidad institucional atribuida a servidores públicos de esa Secretaría de Educación Como garantía de no repetición instruya al personal Directivo del Departamento de Educación Básica, a efecto de que se diseñen, impartan y evalúen cursos de capacitación dirigidos al personal directivo, docente y administrativo del Jardín de Niños 1, referentes al tema: derechos de la niñez a una vida libre de violencia y prevención del abuso sexual infantil y violación Expediente http://www.cegaipslp.org.mx/HV2022Dos.nsf/nombre_de_la_vista/A39C3B811176C9EC062589C600625AC8/$File/Recomendación+3-2023.pdf Unidad de Seguimiento de Recomendaciones 06/06/2023 06/06/2023 La Unidad de Seguimiento de Recomendaciones de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí, informa que el recurso de impugnación lo establece el artículo 125 del Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, el que señala: Artículo 125. El recurso de impugnación procede en contra de las resoluciones definitivas que dicte la Comisión Estatal que ocasionen algún perjuicio a la víctima; contra la negativa de aceptación de la recomendación por parte de las autoridades; contra las recomendaciones cuando a juicio del interesado no se haya reparado debidamente la violación denunciada, o contra el deficiente o insuficiente cumplimiento de la recomendación. A su vez el artículo 126 del mismo ordenamiento establece el procedimiento que deberá observar el interesado, de acuerdo a lo siguiente: Artículo 126. Cuando se trate de negativa de aceptación de la recomendación, el visitador general notificará esta circunstancia al interesado para que manifieste lo que a su derecho convenga, haciéndole saber que cuenta con un plazo de 30 días naturales para que presente el recurso correspondiente. La Recomendación 13/2022 se informa en este periodo toda vez que hasta el 12 de enero del 2023 se tuvo conocimiento de la aceptación por parte de la autoridad de la recomendación 13/2022. 2023 01/05/2023 31/05/2023 004/2023 Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí Con la finalidad de que sea Reparado de manera Integral el daño ocasionado a V, instruya al personal a su cargo para que realice las acciones efectivas para su reparación conforme a los términos de la Ley de Atención a Víctimas para el Estado de San Luis Potosí Con la finalidad de que sea Reparado de manera Integral el daño ocasionado a V, instruya al personal a su cargo para que realice las acciones efectivas para su reparación conforme a los términos de la Ley de Atención a Víctimas para el Estado de San Luis Potosí Como Garantía de No Repetición, realice las gestiones necesarias a efecto de que se incluya un programa de capacitación al personal de la Dirección General de Seguridad Pública Municipal de Matehuala, S.L.P., incluyendo a mandos superiores, mandos medios y Jueces Calificadores sobre los temas para la “Erradicación de tratos crueles, inhumanos, degradantes y tortura, a la erradicación de las detenciones ilegales y arbitrarias, así como al debido proceso y a la presunción de inocencia”. Expediente http://www.cegaipslp.org.mx/HV2022Dos.nsf/nombre_de_la_vista/9731E8202381471D062589C60062E095/$File/Recomendación+4-2023.pdf Unidad de Seguimiento de Recomendaciones 06/06/2023 06/06/2023 La Unidad de Seguimiento de Recomendaciones de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí, informa que el recurso de impugnación lo establece el artículo 125 del Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, el que señala: Artículo 125. El recurso de impugnación procede en contra de las resoluciones definitivas que dicte la Comisión Estatal que ocasionen algún perjuicio a la víctima; contra la negativa de aceptación de la recomendación por parte de las autoridades; contra las recomendaciones cuando a juicio del interesado no se haya reparado debidamente la violación denunciada, o contra el deficiente o insuficiente cumplimiento de la recomendación. A su vez el artículo 126 del mismo ordenamiento establece el procedimiento que deberá observar el interesado, de acuerdo a lo siguiente: Artículo 126. Cuando se trate de negativa de aceptación de la recomendación, el visitador general notificará esta circunstancia al interesado para que manifieste lo que a su derecho convenga, haciéndole saber que cuenta con un plazo de 30 días naturales para que presente el recurso correspondiente. La Recomendación 13/2022 se informa en este periodo toda vez que hasta el 12 de enero del 2023 se tuvo conocimiento de la aceptación por parte de la autoridad de la recomendación 13/2022. |
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