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Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí | |
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Sujeto Obligado | | sutce slp |
| | Sindicato Único de Trabajadores del CECYTE | | | |
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Periodo | |
03 Marzo | | 2024 |
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Obligación | | Los sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan |
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Obligación específica. | | | | | |
| | Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables. |
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A ) Artículo | | 84 | | | |
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B ) Fracción | | V | | | |
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C ) Inciso | | | | | |
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Registro general |
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| | Para Consultar el documento | | | |
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Acceso directo: LTAIPSLP84V.xlsx |
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Hipervinculo | | | | | |
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2024.nsf/nombre_de_la_vista/178C3F17587BE5C006258AF800586A8C/$File/LTAIPSLP84V.xlsx |
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Visor de Datos abiertos | | Datos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08 |
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TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Estructura Orgánica LTAIPSLP84V Se deberá publicar la estructura vigente, es decir, la que está en operación en el sujeto obligado y ha sido aprobada y/o dictaminada por la autoridad competente. Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Denominación del área Denominación del puesto (Redactados con perspectiva de género) Denominación del cargo (de conformidad con nombramiento otorgado) Área de adscripción inmediata superior Denominación de la norma que establece atribuciones, responsabilidades y/o funciones y el fundamento legal (artículo y/o fracción) Atribuciones, responsabilidades y/o funciones, según sea el caso (Redactadas con perspectiva de género) Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso (Redactados con perspectiva de género) Número total de prestadores de servicios profesionales Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2024 01/03/2024 31/03/2024 Secretario General Secretario General Secretario General Sindicato Único de Trabajadores del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de San Luis Potosí Estatutos del Sindicato Único de Trabajadores del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de San Luis Potosí Capítulo VI, Artículo 29. Capítulo VIII, Artículo 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44 "a) Representar al Sindicato y al Comité Ejecutivo Estatal de acuerdo con la Ley y los presentes estatutos. b) Convocar y presidir las Asambleas Generales ordinarias y extraordinarias, con o sin tema de elección. c) Convocar a reuniones del Comité Ejecutivo Estatal, cuantas veces lo estime conveniente. d) Cuidar que cada uno de los demás Secretarios del Comité Ejecutivo Estatal del Sindicato atiendan los asuntos que sean de su respectiva competencia, evitando que se tomen atribuciones que no les corresponden, solicitándoles que le informen de todo asunto, cuantas veces lo considere conveniente. e) Firmar, conjuntamente, con el titular de la secretaría que corresponda del Comité Ejecutivo Estatal, la correspondencia y documentos que se requieran y que estén relacionados con asuntos oficiales del Sindicato. f) Autorizar, invariablemente, todo asunto o actividad a desarrollar por las Secretarías del Comité Ejecutivo Estatal o de los representantes sindicales en los Centros de Trabajo. Cuidar y estar al pendiente del desarrollo del asunto o actividad autorizada. g) Notificar con toda oportunidad a las Autoridades del Trabajo, Civiles o Militares, al Instituto de Seguridad Social al Servicio de los Trabajadores del Estado, al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad Social para los Trabajadores del Estado, a la Institución o Patrón, de la elección del nuevo Comité Ejecutivo Estatal y de la Comisión de Honor y Justicia del Sindicato, así como cualquier cambio o modificación de los órganos antes mencionados. h) Notificar altas y bajas de afiliados a las autoridades laborales. i) Revisar periódicamente el movimiento de fondos económicos que se registren en las finanzas del Sindicato y autorizar con su firma cualquier partida de egresos, así como verificar los gastos ordinarios y extraordinarios de la organización o para los fines que previamente haya autorizado la Asamblea General legalmente celebrada. j) Otorgar o revocar poderes generales o parciales a personas físicas o morales, así como a asesores jurídicos que estime conveniente para el funcionamiento del Sindicato. k) Designar o acreditar representantes del Sindicato a: Congresos, Consejos, convenciones y en general, a todo tipo de actos y eventos externos, nacionales o internacionales con instituciones o empresas con las que tenga relaciones. l) Seleccionar y acreditar en comisiones, o como Delegados Especiales, a miembros del Sindicato. m) Contratar los servicios Profesionales especializados para la consecución de los fines del Sindicato. n) Turnar expedientes de interés a la Comisión de Honor y Justicia para su estudio. o) Representar al Sindicato ante la Federación Nacional de Sindicatos de Cecyte’s." http://www.cegaipslp.org.mx/HV2024.nsf/nombre_de_la_vista/571AB42A4BDF26A406258AF80057C632/$File/Título+LTAIPSLP84V.docx 0 Unidad de Transparencia 07/04/2024 07/04/2024 Se informa que cada uno de los miembros de la Organización se encarga de mantener actualizada su información y la hace llegar a la Unidad de Transparencia quien le da el trámite correspondiente de conformidad a la normativa aplicable. 2024 01/03/2024 31/03/2024 Secretario de Trabajo y Conflictos Secretario de Trabajo y Conflictos Secretario de Trabajo y Conflictos Sindicato Único de Trabajadores del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de San Luis Potosí Estatutos del Sindicato Único de Trabajadores del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de San Luis Potosí Capítulo VI, Artículo 29. Capítulo VIII, Artículo 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44 "a) Intervenir en representación del Sindicato, previa autorización del Secretario General, en los conflictos de trabajo que se susciten entre el patrón y los agremiados o entre los mismos agremiados, buscando en todo momento la conciliación. b) Interiorizarse en el estudio de la doctrina sobre Derecho de Trabajo y de la legislación laboral vigente, a fin de estar en condiciones de resolver favorablemente cualquier problema o conflicto que pudiera lesionar los intereses del Sindicato o sus agremiados. c) Informar al Secretario General sobre todo asunto de su Secretaría. d) Todo asunto a gestionar por esta Secretaría deberá ser autorizado y firmado por el Secretario General del Sindicato, o en su caso, a quien él indique. e) Formular un informe anual de las actividades desarrolladas por su Secretaría, dándolo a conocer al Secretario General, quien a su vez lo podrá exponer en Asamblea General. " http://www.cegaipslp.org.mx/HV2024.nsf/nombre_de_la_vista/571AB42A4BDF26A406258AF80057C632/$File/Título+LTAIPSLP84V.docx 0 Unidad de Transparencia 07/04/2024 07/04/2024 Se informa que cada uno de los miembros de la Organización se encarga de mantener actualizada su información y la hace llegar a la Unidad de Transparencia quien le da el trámite correspondiente de conformidad a la normativa aplicable. 2024 01/03/2024 31/03/2024 Secretario de Organización Secretario de Organización Secretario de Organización Sindicato Único de Trabajadores del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de San Luis Potosí Estatutos del Sindicato Único de Trabajadores del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de San Luis Potosí Capítulo VI, Artículo 29. Capítulo VIII, Artículo 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44 "a) Realizar constantemente labor de orientación entre los miembros del Sindicato con el fin de que cada uno mantenga la conciencia de que al agruparse en una organización sindical es con el propósito de unir su acción y fuerza para luchar por su mejoramiento económico, social y cultural. b) Procurar que exista entre todos los trabajadores integrantes del Sindicato, absoluta fraternidad y unidad para el buen funcionamiento de la propia organización. c) Cuidar que siempre se observe por parte de los integrantes del Sindicato una conducta de absoluto respeto y disciplina para el Sindicato, para sus representantes a fin de que se cumpla fielmente con las obligaciones que les corresponden que son base para disfrutar de los beneficios establecidos en estos estatutos. d) Cuando el Sindicato deba participar a través de todos sus integrantes, en actos o reuniones públicas de carácter obrero-sindical, cívico-cultural, o político desarrollará la actividad correspondiente para que la totalidad de los miembros de la misma organización atiendan debidamente los citatorios y concurran con puntualidad para que resalte su presencia. e) Llevar un padrón actualizado de cada uno de los miembros del Sindicato con sus domicilios, teléfonos, centro de trabajo, puesto, categoría y otros datos que se necesiten. f) Elaborar las credenciales de todos los socios afiliados a esta organización sindical, así como las del Comité Ejecutivo Estatal que los acredite en sus respectivas carteras. g) Informar al Secretario General sobre todo asunto de su Secretaría. h) Todo asunto a gestionar por esta Secretaría deberá ser autorizado y firmado por el Secretario General del Sindicato, o en su caso, a quien él indique. i) Formular un informe anual de las actividades desarrolladas por su Secretaría, dándolo a conocer al Secretario General, quien a su vez lo podrá exponer en Asamblea General. " http://www.cegaipslp.org.mx/HV2024.nsf/nombre_de_la_vista/571AB42A4BDF26A406258AF80057C632/$File/Título+LTAIPSLP84V.docx 0 Unidad de Transparencia 07/04/2024 07/04/2024 Se informa que cada uno de los miembros de la Organización se encarga de mantener actualizada su información y la hace llegar a la Unidad de Transparencia quien le da el trámite correspondiente de conformidad a la normativa aplicable. 2024 01/03/2024 31/03/2024 Secretario de Finanzas Secretario de Finanzas Secretario de Finanzas Sindicato Único de Trabajadores del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de San Luis Potosí Estatutos del Sindicato Único de Trabajadores del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de San Luis Potosí Capítulo VI, Artículo 29. Capítulo VIII, Artículo 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44 "a) Tener bajo su cargo los fondos económicos, documentos de valores, muebles e inmuebles propiedad del Sindicato, formando de estos un inventario. De las cuotas de todos los miembros del Sindicato, tanto ordinarias como extraordinarias, cuidar que estén al corriente, así como de los descuentos por sanciones económicas acordadas por mayoría de votos de los integrantes titulares del Comité Ejecutivo Estatal. c) Cuando por disposición del Contrato Colectivo de Trabajo, el Colegio deba hacer las deducciones de las cantidades que a cada afiliado corresponda pagar por cuotas sindicales, formulará por escrito el respectivo oficio y posteriormente pasará a recoger las cantidades deducidas. d) Mantener al corriente la contabilidad de los movimientos de los fondos del Sindicato. e) Solamente entregará cantidades de dinero mediante recibo, siempre y cuando sea para asuntos del Sindicato y que estén debidamente autorizados por el Secretario General. f) Informar al Secretario General sobre todo asunto de su Secretaría. g) Todo asunto a gestionar por esta Secretaría deberá ser autorizado y firmado por el Secretario General del Sindicato, o en su caso, a quien él indique. h) Formular un informe anual de las actividades desarrolladas por su Secretaría, dándolo a conocer al Secretario General, quien a su vez lo podrá exponer en Asamblea General. " http://www.cegaipslp.org.mx/HV2024.nsf/nombre_de_la_vista/571AB42A4BDF26A406258AF80057C632/$File/Título+LTAIPSLP84V.docx 0 Unidad de Transparencia 07/04/2024 07/04/2024 Se informa que cada uno de los miembros de la Organización se encarga de mantener actualizada su información y la hace llegar a la Unidad de Transparencia quien le da el trámite correspondiente de conformidad a la normativa aplicable. 2024 01/03/2024 31/03/2024 Secretaria de Actas Secretaria de Actas Secretaria de Actas Sindicato Único de Trabajadores del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de San Luis Potosí Estatutos del Sindicato Único de Trabajadores del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de San Luis Potosí Capítulo VI, Artículo 29. Capítulo VIII, Artículo 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44 "a) Hacerse cargo del archivo del Sindicato. b) Recibir y despachar la correspondencia de todas las Secretarias. c) Redactar el acta correspondiente de cada una de las asambleas, y previa aprobación de la misma por la Asamblea, asentarla en el Libro de Actas. d) Redactar las actas de los acuerdos tomados por mayoría de votos de los integrantes titulares del Comité Ejecutivo Estatal. e) Informar al Secretario General sobre todo asunto de su Secretaría. f) Todo asunto a gestionar por esta Secretaría deberá ser autorizado y firmado por el Secretario General del Sindicato, o en su caso, a quien él indique. g) Formular un informe anual de las actividades desarrolladas por su Secretaría, dándolo a conocer al Secretario General, quien a su vez lo podrá exponer en Asamblea General. " http://www.cegaipslp.org.mx/HV2024.nsf/nombre_de_la_vista/571AB42A4BDF26A406258AF80057C632/$File/Título+LTAIPSLP84V.docx 0 Unidad de Transparencia 07/04/2024 07/04/2024 Se informa que cada uno de los miembros de la Organización se encarga de mantener actualizada su información y la hace llegar a la Unidad de Transparencia quien le da el trámite correspondiente de conformidad a la normativa aplicable. 2024 01/03/2024 31/03/2024 Secretaria de Acción Social Secretaria de Acción Social Secretaria de Acción Social Sindicato Único de Trabajadores del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de San Luis Potosí Estatutos del Sindicato Único de Trabajadores del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de San Luis Potosí Capítulo VI, Artículo 29. Capítulo VIII, Artículo 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44 "a) Analizar las prestaciones sociales para los miembros del Sindicato, en cuanto a cantidad y mecanismos de operación para su otorgamiento; su relación con los montos de cuotas y aportaciones que respaldan el servicio y con los objetivos de la institución que los proporciona; su comparación con otras instituciones y otros servicios semejantes y elaborar la propuesta que mejore la calidad de las prestaciones actuales. b) Participar como representante de los trabajadores sindicalizados y de sus beneficiarios en acciones de apoyo en la gestión de servicios, a fin de obtenerlos con la oportunidad y calidad establecidas en las normas correspondientes. c) Tramitar todo lo relativo a los servicios médicos, de previsión y de asistencia social que prestan las instituciones Oficiales, a los miembros del sindicato y a sus familiares y derechohabientes, de igual forma lo referente al seguro de vida de los Trabajadores al Servicio del Estado. d) Exigir ante las autoridades respectivas, se corrijan las irregularidades cometidas en la prestación de servicios médicos asistenciales y preventivos a los miembros del Sindicato y a sus familiares. e) Gestionar la aplicación de todo acuerdo oficial que pueda ser en beneficio de los trabajadores. f) Gestionar los convenios para descuentos especiales ante establecimientos, negocios o empresas, en compras de todo artículo que sea de interés a los miembros del Sindicato. g) Gestionar Becas académicas para estudios de los trabajadores. h) Gestionar apoyos de guarderías, previa lista de personal solicitante. i) Promover el establecimiento de seguros de vida de grupo o la incorporación al seguro de vida colectivo de los trabajadores al servicio del Estado para beneficio de los trabajadores de la educación. j) Informar al Secretario General sobre todo asunto de su Secretaría. k) Todo asunto a gestionar por esta Secretaría deberá ser autorizado y firmado por el Secretario General del Sindicato, o en su caso, a quien él i |
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