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Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí | |
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Sujeto Obligado | | pgje slp |
| | Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí. | | | |
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Periodo | |
04 Abril | | 2024 |
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Obligación | | Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos. |
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Obligación específica. | | | | | |
| | Los servicios que ofrecen señalando los requisitos para acceder a ellos. |
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A ) Artículo | | 84 | | | |
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B ) Fracción | | XXIV | | | |
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C ) Inciso | | | | | |
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Registro general |
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| | Para Consultar el documento | | | |
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Acceso directo: LTAIPSLP84XXIV ABRIL.xlsx |
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Hipervinculo | | | | | |
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2024.nsf/nombre_de_la_vista/1C1CE6437C519E1A06258B17005F3D50/$File/LTAIPSLP84XXIV+ABRIL.xlsx |
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Visor de Datos abiertos | | Datos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08 |
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TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Servicios ofrecidos LTAIPSLP84XXIV La información para dar a conocer los servicios públicos que presta el sujeto obligado, tanto de las actividades realizadas por la administración pública para satisfacer necesidades de la población, como las realizadas por los sujetos obligados que no formen parte de la Administración Pública, pero que involucren el uso de recursos públicos. Los servicios deben estar al alcance de la población sin necesidad de que el ésta los exija, como es el caso de los trámites. Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Nombre del servicio Tipo de servicio (catálogo) Tipo de población usuaria y/o población objetivo (Redactados con perspectiva de género) Descripción del objetivo del servicio (Redactado con perspectiva de género) Modalidad del servicio Enumerar y detallar los requisitos (Redactados con perspectiva de género) Documentos requeridos, en su caso (Redactados con perspectiva de género) Hipervínculo a los formatos respectivo(s) publicado(s) en medio oficial ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 02/07/2021 -> Última fecha de publicación del formato en el medio de difusión oficial Tiempo de respuesta ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 02/07/2021 -> Plazo con el que cuenta el sujeto obligado para prevenir al solicitante ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 02/07/2021 -> Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 02/07/2021 -> Vigencia de los avisos, permisos, licencias, autorizaciones, registros y demás resoluciones que se emitan "Área en la que se proporciona el servicio y los datos de contacto
Tabla_549847" ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 02/07/2021 -> Objetivo de la inspección o verificación, en caso de que se requiera para llevar a cabo el servicio ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 02/07/2021 -> Monto de los derechos o aprovechamientos aplicables, en su caso, o la forma de determinar dicho monto, así como las alternativas para realizar el pago. En su caso, especificar que es gratuito Sustento legal para su cobro Lugares donde se efectúa el pago Fundamento jurídico-administrativo del servicio Derechos de la población usuaria ante la negativa o la falta ante la prestación del servicio (Redactados con perspectiva de género) ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 02/07/2021 -> Información que deberá conservar para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del servicio ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 02/07/2021 -> Información adicional del servicio, en su caso (Redactada con perspectiva de género) "Otro medio que permita el envío de consultas y documentos
Tabla_566299" "Lugar para reportar presuntas anomalias
Tabla_549839" Hipervínculo al Catálogo Nacional de Regulaciones, Tramites y Servicios o al sistema homólogo Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2024 01/04/2024 30/04/2024 Recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información Directo Toda la población en general Garantizar a toda persona el derecho humano de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes, Legislativo; Ejecutivo; y Judicial; organismos autónomos; partidos políticos; fideicomisos y fondos públicos; así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito estatal y municipal. A través de la Plataforma Nacional, en la oficina u oficinas designadas para ello, vía correo electrónico, correo postal, mensajería, telégrafo, verbalmente o cualquier medio aprobado por el Sistema Nacional. "I. Nombre o, en su caso, los datos generales de su
representante; II. Domicilio o medio para recibir notificaciones; III. La descripción de la información solicitada; IV. Cualquier otro dato que facilite su búsqueda y eventual
localización, y
V. La modalidad en la que prefiere se otorgue el acceso a la
información, la cual podrá ser verbal, siempre y cuando sea para fines de orientación, mediante consulta directa, mediante
la expedición de copias simples o certificadas o la
reproducción en cualquier otro medio, incluidos los
electrónicos. En su caso, el solicitante señalará el formato accesible o la
lengua indígena, sin tener que acreditar su origen étnico, en
la que se requiera la información de acuerdo a lo señalado en
la presente Ley. La información de las fracciones I y IV será proporcionada por
el solicitante de manera opcional y, en ningún caso, podrá ser
un requisito indispensable para la procedencia de la solicitud." En caso de ejercer su derecho directamente en la Unidad de Transparencia podrá presentar su solicitud a través de escrito libre con los requisitos para ejercer su derecho y/o mediante formato. http://www.cegaipslp.org.mx/HV2021Tres.nsf/nombre_de_la_vista/53BC977454A37AF086258817005D2C35/$File/SOLICITUD+DE+INFORMACION.docx 01/04/2022 10 DÍAS 5 días 10 días 60 días 1 No se genera Gratuito, cuando el solicitante requiera la información de manera impresa, y la entrega no implique mas de veinte hojas, de lo contrario por copia simple cubrirá un costo de cero punto cero uno Unidad de Medida Actualizada, para la copia certificada debera cubrir cero punto cincuenta Unidad de Medida Actualizada, el pago deberá realizarse únicamente mediante depósito bancario. LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ. ARTÍCULO 62. Los sujetos obligados deberán atender al principio de máxima publicidad, permitiendo que la información pública se difunda en medios electrónicos que facilite su reproducción directa por el interesado o solicitante. En los demás casos, respetando el principio de gratuidad, los sujetos obligados observarán las cuotas que se fijen en sus respectivas Leyes de Ingresos por su reproducción. Los sujetos obligados que por su naturaleza jurídica no cuenten con Ley de Ingresos, deberá remitirse a la Ley de Ingresos del Estado o Municipios, según corresponda. ARTÍCULO 165. En caso de existir costos para obtener la información, deberán cubrirse de manera previa a la entrega y no podrán ser superiores a la suma de: … La información deberá ser entregada sin costo, cuando implique la entrega de no más de veinte hojas simples. Las unidades de transparencia podrán exceptuar el pago de reproducción y envío atendiendo a las circunstancias socioeconómicas del solicitante. LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024. Anexo único, Artículo 1. Por copia simple, cero punto cero dos, por copia certificada, uno punto diez, unidad de medida actualizada. "A efecto de que realice el pago correspondiente se le brinda la siguiente información: • Nombre del Titular: Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí. • Institución Bancaría: Banco Mercantil del Norte SOCIEDAD ANONIMA
• Número de cuenta: 1162221076
" REGLAMENTO INTERNO DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ. Artículo 48. La Unidad de Transparencia será el órgano encargado de la conducción y ejecución de los actos jurídicos necesarios para transparentar el ejercicio de la función pública de los servidores públicos de la Fiscalía General, dando cumplimiento a lo estipulado en la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública del Estado, y estará a cargo de un Subdirector quien será nombrado y removido libremente por el Fiscal General, quien para el desempeño de su función tendrá las atribuciones siguientes: fracción II. Recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información pública; "RECURSO DE REVISIÓN: De conformidad con el artículo 166 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, la ciudadanía podrá interponer, por sí mismo o a través de su representante, de manera directa o por medios electrónicos, recurso de revisión ante la CEGAIP o ante la Unidad de Transparencia que haya conocido de la solicitud dentro de los quince días siguientes a la fecha de la notificación de la respuesta, o del vencimiento del plazo para su notificación. " Numero de Folio orotgado por la Plataforma Nacional de Transparencia No se genera 1 1 http://catalogonacional.gob.mx Unidad Transparencia 08/05/2024 08/05/2024 Se informa que, para respetar las características técnicas del formato, en las columnas R, se estableció la leyenda “no se genera” toda vez que este servicio no requiere de una inspección, lo anterior por no formar parte de los requisitos que establece el artículo 146 de la LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PUBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ que a la letra dice: Para presentar una solicitud no se podrán exigir mayores requisitos que los siguientes: I. Nombre o, en su caso, los datos generales de su representante; II. Domicilio o medio para recibir notificaciones; III. La descripción de la información solicitada; IV. Cualquier otro dato que facilite su búsqueda y eventual localización, y V. La modalidad en la que prefiere se otorgue el acceso a la información, la cual podrá ser verbal, siempre y cuando sea para fines de orientación, mediante consulta directa, mediante la expedición de copias simples o certificadas o la reproducción en cualquier otro medio, incluidos los electrónicos. En la columna Y, se estableció la leyenda “no se genera”, toda vez que no se cuenta con información adicional del servicio al encontrarse establecido el procedimiento en la citada ley de transparencia en su artículo 143. Las Unidades de Transparencia de los sujetos obligados deberán garantizar las medidas y condiciones de accesibilidad para que toda persona pueda ejercer el derecho de acceso a la información, mediante solicitudes de información y deberá apoyar al solicitante en la elaboración de las mismas, de conformidad con las bases establecidas en el presente Título. Respecto a la tabla 549847 en la columna F se estableció “0” ya que no se cuenta con un número interior, y en la columna P se informó “no se gena” por no contar con un domicilio en el extranjero, toda vez que la competencia de la Unidad de Transparencia es dentro del Estado de San Luis Potosí como lo señala EL REGLAMENTO INTERNO DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ en su artículo 48. Unidad de Transparencia. La Unidad de Transparencia será el órgano encargado de la conducción y ejecución de los actos jurídicos necesarios para transparentar el ejercicio de la función pública de los servidores públicos de la Fiscalía General, dando cumplimiento a lo estipulado en la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública del Estado, y estará a cargo de un Subdirector quien será nombrado y removido libremente por el Fiscal General, quien para el desempeño de su función tendrá las atribuciones siguientes, en la tabla 549299 columna G se informó “0”, ya que no se cuenta con un número interior, por lo que corresponde a la tabla 549839 en la columnas G se informa “0” ya que no se cuenta con un número interior, en tanto que en la columna Q se informa “no se genera” toda vez que la competencia del Visitador General se encuentra dentro del Estado de San Luis Potosí como lo refiere el REGLAMENTO INTERNO DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ en su artículo 35. Visitaduría General. La Visitaduría General es el órgano encargado de planear, organizar, coordinar y ejecutar las normas y programas para la evaluación técnico-jurídica, de las actividades realizadas por las áreas tácticas operativas de la Fiscalía General del Estado. Al frente de la Visitaduría General estará un Visitador General quien será nombrado y removido libremente por el Fiscal General, quien para el correcto desempeño de su función contará con las facultades que le otorga la Ley Orgánica. 2024 01/04/2024 30/04/2024 Recibir y dar tramites a las solicitudes de Acceso a datos personales Directo Toda la población en general que la persona titular de los datos tengan el derecho de acceder a sus datos personales que obren en posesión de la Fiscalía General del Estado, así como, a conocer la información relacionada con las condiciones, generalidades y particularidades de su tratamiento. presencial "I. El nombre completo del titular y, en su caso, de su representante, así como su domicilio o cualquier otro medio para oír y recibir notificaciones; II. La descripción clara y precisa de los datos personales respecto de los que se busca ejercer alguno de los derechos de acceso rectificación cancelación y oposición, salvo que se trate del derecho de acceso; III. La descripción del derecho de acceso rectificación cancelación y oposición que se pretende ejercer, o bien, lo que solicita el titular; IV. Los documentos que acrediten la identidad del titular, y en su caso, la personalidad e identidad de su representante, y
V. Cualquier otro elemento o documento que facilite la localización de los datos personales,
VI. El titular deberá señalar la modalidad en la que prefiere que éstos se reproduzcan. VII. Podrá aportar las pruebas que estime pertinentes para acreditar la procedencia de su solicitud, las cuales deberán acompañarse a la misma al momento de su presentación. " "Si el derecho lo ejerce
1. Directamente el Titular deberá de presentar Identificación oficial,
2. A través de representante éste deberá acreditar su identidad y personalidad presentando: a) Copia simple de la identificación oficial del titular. b) Identificación oficial del representante. c) Instrumento público, o carta poder simple firmada ante dos testigos, o declaración en comparecencia personal del titular. 3. Solicitud a través de escrito libre con los requisitos para ejercer su derecho y/o formato. " http://www.cegaipslp.org.mx/HV2021Tres.nsf/nombre_de_la_vista/CA09D9164D64FF9586258817005D170B/$File/ACCESO.docx 01/04/2022 20 DÍAS 5 días 10 días 60 días 1 No se genera Gratuito No se genera no se genera LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS DE SAN LUIS POTOSÍ. ARTÍCULO 75. El titular, por sí mismo o por medio de su representante, podrá presentar una solicitud para el ejercicio de los derechos ARCO ante la Unidad de Transparencia del responsable, a través de escrito libre, formatos, medios electrónicos o cualquier otro medio que establezca la CEGAIP, o bien, vía Plataforma Nacional. RECURSO DE REVISIÓN: De conformidad con el artículo 127 de la Ley De Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de San Luis Potosí. ARTÍCULO 127. El titular, por sí mismo o a través de su representante, podrá interponer un recurso de revisión ante la CEGAIP o la Unidad de Transparencia del responsable que haya conocido de la solicitud para el ejercicio de los derechos ARCO o de portabilidad de los datos personales, dentro de un plazo que no podrá exceder de quince días contados a partir del día siguiente a la fecha de notificación de la respuesta. Nombre de quien solicito el servicio. No se genera 1 1 http://catalogonacional.gob.mx Unidad Transparencia 08/05/2024 08/05/2024 Se informa que, para respetar las características técnicas del formato, en las columnas R, se estableció la leyenda “no se genera” toda vez que este servicio no requiere de una inspección por no formar parte de |
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