Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadosege slp
Secretaria de Educación de Gobierno del Estado

Periodo
02 Febrero2024

ObligaciónLas recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención, hasta su total cumplimiento.

Obligación específica.
Recomendaciones emitidas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

A ) Artículo84

B ) FracciónXLII

C ) IncisoA


Registro general

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LTAIPSLP84XLIIA.xlsx

Hipervinculo
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2024 01/02/2024 29/02/2024 00/00/0000 JUSTIFICACION DE LA INFORMACIÓN NO GENERADA: El artículo 131 fracción I de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), establece: “Los expedientes de queja pueden concluirse del modo siguiente: I. Recomendación”. Por otra parte, el numeral 111 del Reglamento Interior de la CEDH dice: “Una vez aprobada y suscrita la recomendación por el Presidente de la Comisión, se notificará de inmediato a la autoridad o servidor pública a la que vaya dirigida, a fin de que adopte las medidas necesarias para su cumplimiento…”. Luego entonces, se advierte que las Recomendaciones pueden ser emitidas en cualquier momento por el organismo autónomo en materia de promoción y protección de los derechos humanos, siendo del área de injerencia de los sujetos obligados lo relativo a su aceptación y cumplimiento, sin embargo, al no haber sido recibida notificación de la emisión de una Recomendación dirigida a la Secretaría de Educación durante el mes que se reporta, se advierte la imposibilidad para esta unidad administrativa de publicar información al respecto. JUSTIFICACION DE LA INFORMACIÓN NO GENERADA: El artículo 131 fracción I de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), establece: “Los expedientes de queja pueden concluirse del modo siguiente: I. Recomendación”. Por otra parte, el numeral 111 del Reglamento Interior de la CEDH dice: “Una vez aprobada y suscrita la recomendación por el Presidente de la Comisión, se notificará de inmediato a la autoridad o servidor pública a la que vaya dirigida, a fin de que adopte las medidas necesarias para su cumplimiento…”. Luego entonces, se advierte que las Recomendaciones pueden ser emitidas en cualquier momento por el organismo autónomo en materia de promoción y protección de los derechos humanos, siendo del área de injerencia de los sujetos obligados lo relativo a su aceptación y cumplimiento, sin embargo, al no haber sido recibida notificación de la emisión de una Recomendación dirigida a la Secretaría de Educación durante el mes que se reporta, se advierte la imposibilidad para esta unidad administrativa de publicar información al respecto. Recomendación específica JUSTIFICACION DE LA INFORMACIÓN NO GENERADA: El artículo 131 fracción I de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), establece: “Los expedientes de queja pueden concluirse del modo siguiente: I. Recomendación”. Por otra parte, el numeral 111 del Reglamento Interior de la CEDH dice: “Una vez aprobada y suscrita la recomendación por el Presidente de la Comisión, se notificará de inmediato a la autoridad o servidor pública a la que vaya dirigida, a fin de que adopte las medidas necesarias para su cumplimiento…”. Luego entonces, se advierte que las Recomendaciones pueden ser emitidas en cualquier momento por el organismo autónomo en materia de promoción y protección de los derechos humanos, siendo del área de injerencia de los sujetos obligados lo relativo a su aceptación y cumplimiento, sin embargo, al no haber sido recibida notificación de la emisión de una Recomendación dirigida a la Secretaría de Educación durante el mes que se reporta, se advierte la imposibilidad para esta unidad administrativa de publicar información al respecto. 00/00/0000 00/00/0000 Aceptada JUSTIFICACION DE LA INFORMACIÓN NO GENERADA: El artículo 131 fracción I de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), establece: “Los expedientes de queja pueden concluirse del modo siguiente: I. Recomendación”. Por otra parte, el numeral 111 del Reglamento Interior de la CEDH dice: “Una vez aprobada y suscrita la recomendación por el Presidente de la Comisión, se notificará de inmediato a la autoridad o servidor pública a la que vaya dirigida, a fin de que adopte las medidas necesarias para su cumplimiento…”. Luego entonces, se advierte que las Recomendaciones pueden ser emitidas en cualquier momento por el organismo autónomo en materia de promoción y protección de los derechos humanos, siendo del área de injerencia de los sujetos obligados lo relativo a su aceptación y cumplimiento, sin embargo, al
no haber sido recibida notificación de la emisión de una Recomendación dirigida a la Secretaría de Educación durante el mes que se reporta, se advierte la imposibilidad para esta unidad administrativa de publicar información al respecto. http://www.cegaipslp.org.mx/HV2024.nsf/nombre_de_la_vista/5DADDD73A114D32A06258AD9005A9618/$File/prevefebrero.pdf 00/00/0000 00/00/0000 JUSTIFICACION DE LA INFORMACIÓN NO GENERADA: El artículo 131 fracción I de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), establece: “Los expedientes de queja pueden concluirse del modo siguiente: I. Recomendación”. Por otra parte, el numeral 111 del Reglamento Interior de la CEDH dice: “Una vez aprobada y suscrita la recomendación por el Presidente de la Comisión, se notificará de inmediato a la autoridad o servidor pública a la que vaya dirigida, a fin de que adopte las medidas necesarias para su cumplimiento…”. Luego entonces, se advierte que las Recomendaciones pueden ser emitidas en cualquier momento por el organismo autónomo en materia de promoción y protección de los derechos humanos, siendo del área de injerencia de los sujetos obligados lo relativo a su aceptación y cumplimiento, sin embargo, al no haber sido recibida notificación de la emisión de una Recomendación dirigida a la Secretaría de Educación durante el mes que se reporta, se advierte la imposibilidad para esta unidad administrativa de publicar información al respecto. JUSTIFICACION DE LA INFORMACIÓN NO GENERADA: El artículo 131 fracción I de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), establece: “Los expedientes de queja pueden concluirse del modo siguiente: I. Recomendación”. Por otra parte, el numeral 111 del Reglamento Interior de la CEDH dice: “Una vez aprobada y suscrita la recomendación por el Presidente de la Comisión, se notificará de inmediato a la autoridad o servidor pública a la que vaya dirigida, a fin de que adopte las medidas necesarias para su cumplimiento…”. Luego entonces, se advierte que las Recomendaciones pueden ser emitidas en cualquier momento por el organismo autónomo en materia de promoción y protección de los derechos humanos, siendo del área de injerencia de los sujetos obligados lo relativo a su aceptación y cumplimiento, sin embargo, al no haber sido recibida notificación de la emisión de una Recomendación dirigida a la Secretaría de Educación durante el mes que se reporta, se advierte la imposibilidad para esta unidad administrativa de publicar información al respecto. 00/00/0000 https://derechoshumanosslp.org/ JUSTIFICACION DE LA INFORMACIÓN NO GENERADA: El artículo 131 fracción I de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), establece: “Los expedientes de queja pueden concluirse del modo siguiente: I. Recomendación”. Por otra parte, el numeral 111 del Reglamento Interior de la CEDH dice: “Una vez aprobada y suscrita la recomendación por el Presidente de la Comisión, se notificará de inmediato a la autoridad o servidor pública a la que vaya dirigida, a fin de que adopte las medidas necesarias para su cumplimiento…”. Luego entonces, se advierte que las Recomendaciones pueden ser emitidas en cualquier momento por el organismo autónomo en materia de promoción y protección de los derechos humanos, siendo del área de injerencia de los sujetos obligados lo relativo a su aceptación y cumplimiento, sin embargo, al no haber sido recibida notificación de la emisión de una Recomendación dirigida a la Secretaría de Educación durante el mes que se reporta, se advierte la imposibilidad para esta unidad administrativa de publicar información al respecto. 00/00/0000 1 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2024.nsf/nombre_de_la_vista/5DADDD73A114D32A06258AD9005A9618/$File/prevefebrero.pdf JUSTIFICACION DE LA INFORMACIÓN NO GENERADA: El artículo 131 fracción I de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), establece: “Los expedientes de queja pueden concluirse del modo siguiente: I. Recomendación”. Por otra parte, el numeral 111 del Reglamento Interior de la CEDH dice: “Una vez aprobada y suscrita la recomendación por el Presidente de la Comisión,
se notificará de inmediato a la autoridad o servidor pública a la que vaya dirigida, a fin de que adopte las medidas necesarias para su cumplimiento…”. Luego entonces, se advierte que las Recomendaciones pueden ser emitidas en cualquier momento por el organismo autónomo en materia de promoción y protección de los derechos humanos, siendo del área de injerencia de los sujetos obligados lo relativo a su aceptación y cumplimiento, sin embargo, al no haber sido recibida notificación de la emisión de una Recomendación dirigida a la Secretaría de Educación durante el mes que se reporta, se advierte la imposibilidad para esta unidad administrativa de publicar información al respecto. 00/00/0000 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2024.nsf/nombre_de_la_vista/5DADDD73A114D32A06258AD9005A9618/$File/prevefebrero.pdf JUSTIFICACION DE LA INFORMACIÓN NO GENERADA: El artículo 131 fracción I de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), establece: “Los expedientes de queja pueden concluirse del modo siguiente: I. Recomendación”. Por otra parte, el numeral 111 del Reglamento Interior de la CEDH dice: “Una vez aprobada y suscrita la recomendación por el Presidente de la Comisión, se notificará de inmediato a la autoridad o servidor pública a la que vaya dirigida, a fin de que adopte las medidas necesarias para su cumplimiento…”. Luego entonces, se advierte que las Recomendaciones pueden ser emitidas en cualquier momento por el organismo autónomo en materia de promoción y protección de los derechos humanos, siendo del área de injerencia de los sujetos obligados lo relativo a su aceptación y cumplimiento, sin embargo, al no haber sido recibida notificación de la emisión de una Recomendación dirigida a la Secretaría de Educación durante el mes que se reporta, se advierte la imposibilidad para esta unidad administrativa de publicar información al respecto. 00/00/0000 0 0 Con pruebas de cumplimiento parcial 00/00/0000 00/00/0000 https://derechoshumanosslp.org/ Departamento de Prevención y Atención al Educando 29/02/2024 07/03/2024 JUSTIFICACION DE LA INFORMACIÓN NO GENERADA: El artículo 131 fracción I de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), establece: “Los expedientes de queja pueden concluirse del modo siguiente: I. Recomendación”. Por otra parte, el numeral 111 del Reglamento Interior de la CEDH dice: “Una vez aprobada y suscrita la recomendación por el Presidente de la Comisión, se notificará de inmediato a la autoridad o servidor pública a la que vaya dirigida, a fin de que adopte las medidas necesarias para su cumplimiento…”. Luego entonces, se advierte que las Recomendaciones pueden ser emitidas en cualquier momento por el organismo autónomo en materia de promoción y protección de los derechos humanos, siendo del área de injerencia de los sujetos obligados lo relativo a su aceptación y cumplimiento, sin embargo, al no haber sido recibida notificación de la emisión de una Recomendación dirigida a la Secretaría de Educación durante el mes que se reporta, se advierte la imposibilidad para esta unidad administrativa de publicar información al respecto. La información referente a las opciones predeterminadas en el formato solo se utilizan para respetar los criterios de publicación, mas no son de utilidad en el mismo para el presente mes.



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad4D7B08705DFDF0E906258AD9005B5D24Creado el 03/07/2024 10:39:21 AM
Carátula de registroB86E99BBA5E87CD806258AD9005B6180Autorsege slp
Registro331223FEA28D70BB06258AD9005B7E6DTipo de documento1 Registro general




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