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Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí | |
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Sujeto Obligado | | cedral slp |
| | Cedral | | | |
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Periodo | |
03 Marzo | | 2024 |
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Obligación | | Los informes finales de resultados definitivos de las auditorías concluidas |
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Obligación específica. | | | | | |
| | Los informes finales de resultados definitivos de las auditorías concluidas al ejercicio presupuestal de cada sujeto obligado que se realicen, en su caso, las aclaraciones que correspondan; una vez que se hayan agotado y resuelto los recursos que en su caso hubieren sido promovidos. |
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A ) Artículo | | 84 | | | |
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B ) Fracción | | XXX | | | |
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C ) Inciso | | | | | |
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Registro general |
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| | Para Consultar el documento | | | |
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Acceso directo: LTAIPSLP84XXX.xlsx |
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Hipervinculo | | | | | |
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2024.nsf/nombre_de_la_vista/35BE6AC61971A38506258AF400712726/$File/LTAIPSLP84XXX.xlsx |
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Visor de Datos abiertos | | Datos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08 |
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TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Resultados de auditorías realizadas LTAIPSLP84XXX La información correspondiente a los resultados de las auditorías internas y externas realizadas a su ejercicio presupuestal, así como los hallazgos, observaciones, conclusiones, recomendaciones, dictámenes o documentos correspondientes, entregados por la instancia que las haya realizado y, en su caso, el seguimiento a cada una de ellas. Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Ejercicio(s) auditado(s) Periodo auditado Rubro (catálogo) Tipo de auditoría Número de auditoría Órgano que realizó la revisión o auditoría Número o folio que identifique el oficio o documento de apertura Número del oficio de solicitud de información Número de oficio de solicitud de información adicional Objetivo(s) de la realización de la auditoría Rubros sujetos a revisión Fundamentos legales Número de oficio de notificación de resultados Hipervínculo al oficio o documento de notificación de resultados Por rubro sujeto a revisión, especificar hallazgos Hipervínculo a las recomendaciones hechas Hipervínculos a los informes finales, de revisión y/o dictamen Tipo de acción determinada por el órgano fiscalizador Servidor(a) público(a) y/o área responsable de recibir los resultados ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 01/07/2023 -> Sexo (catálogo) Total de solventaciones y/o aclaraciones realizadas Hipervínculo al informe sobre las aclaraciones realizadas por el sujeto obligado, en su caso Total de acciones por solventar Hipervínculo al Programa anual de auditorías Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2024 01/03/2024 31/03/2024 "Éste sujeto obligado sí está facultado para generar la información. DE LA REVISIÓN Y FISCALIZACIÓN EN TIEMPO REAL DEL EJERCICIO FISCAL EN CURSO CAPÍTULO ÚNICO
ARTÍCULO 44. Con el propósito de evitar la materialización de irregularidades, el Instituto de Fiscalización Superior revisará y fiscalizará el ejercicio de los recursos públicos en tiempo real del ejercicio fiscal en curso, respecto de las entidades fiscalizadas que, como resultado de la fiscalización de la cuenta pública del ejercicio inmediato anterior, hayan resultado con dictamen negativo. ARTÍCULO 45. Para los efectos de la revisión y fiscalización en tiempo real del ejercicio fiscal en curso, el Instituto de Fiscalización Superior implementará los sistemas que resulten necesarios. EN EL MES REPORTADO NO SE LLEVARON A CABO AUDITORIAS. " "Éste sujeto obligado sí está facultado para generar la información. DE LA REVISIÓN Y FISCALIZACIÓN EN TIEMPO REAL DEL EJERCICIO FISCAL EN CURSO CAPÍTULO ÚNICO
ARTÍCULO 44. Con el propósito de evitar la materialización de irregularidades, el Instituto de Fiscalización Superior revisará y fiscalizará el ejercicio de los recursos públicos en tiempo real del ejercicio fiscal en curso, respecto de las entidades fiscalizadas que, como resultado de la fiscalización de la cuenta pública del ejercicio inmediato anterior, hayan resultado con dictamen negativo. ARTÍCULO 45. Para los efectos de la revisión y fiscalización en tiempo real del ejercicio fiscal en curso, el Instituto de Fiscalización Superior implementará los sistemas que resulten necesarios. EN EL MES REPORTADO NO SE LLEVARON A CABO AUDITORIAS. " Auditoría interna "Éste sujeto obligado sí está facultado para generar la información. DE LA REVISIÓN Y FISCALIZACIÓN EN TIEMPO REAL DEL EJERCICIO FISCAL EN CURSO CAPÍTULO ÚNICO
ARTÍCULO 44. Con el propósito de evitar la materialización de irregularidades, el Instituto de Fiscalización Superior revisará y fiscalizará el ejercicio de los recursos públicos en tiempo real del ejercicio fiscal en curso, respecto de las entidades fiscalizadas que, como resultado de la fiscalización de la cuenta pública del ejercicio inmediato anterior, hayan resultado con dictamen negativo. ARTÍCULO 45. Para los efectos de la revisión y fiscalización en tiempo real del ejercicio fiscal en curso, el Instituto de Fiscalización Superior implementará los sistemas que resulten necesarios. EN EL MES REPORTADO NO SE LLEVARON A CABO AUDITORIAS. " 0 "Éste sujeto obligado sí está facultado para generar la información. DE LA REVISIÓN Y FISCALIZACIÓN EN TIEMPO REAL DEL EJERCICIO FISCAL EN CURSO CAPÍTULO ÚNICO
ARTÍCULO 44. Con el propósito de evitar la materialización de irregularidades, el Instituto de Fiscalización Superior revisará y fiscalizará el ejercicio de los recursos públicos en tiempo real del ejercicio fiscal en curso, respecto de las entidades fiscalizadas que, como resultado de la fiscalización de la cuenta pública del ejercicio inmediato anterior, hayan resultado con dictamen negativo. ARTÍCULO 45. Para los efectos de la revisión y fiscalización en tiempo real del ejercicio fiscal en curso, el Instituto de Fiscalización Superior implementará los sistemas que resulten necesarios. EN EL MES REPORTADO NO SE LLEVARON A CABO AUDITORIAS. " 0 0 0 "Éste sujeto obligado sí está facultado para generar la información. DE LA REVISIÓN Y FISCALIZACIÓN EN TIEMPO REAL DEL EJERCICIO FISCAL EN CURSO CAPÍTULO ÚNICO
ARTÍCULO 44. Con el propósito de evitar la materialización de irregularidades, el Instituto de Fiscalización Superior revisará y fiscalizará el ejercicio de los recursos públicos en tiempo real del ejercicio fiscal en curso, respecto de las entidades fiscalizadas que, como resultado de la fiscalización de la cuenta pública del ejercicio inmediato anterior, hayan resultado con dictamen negativo. ARTÍCULO 45. Para los efectos de la revisión y fiscalización en tiempo real del ejercicio fiscal en curso, el Instituto de Fiscalización Superior implementará los sistemas que resulten necesarios. EN EL MES REPORTADO NO SE LLEVARON A CABO AUDITORIAS. " "Éste sujeto obligado sí está facultado para generar la información. DE LA REVISIÓN Y FISCALIZACIÓN EN TIEMPO REAL DEL EJERCICIO FISCAL EN CURSO CAPÍTULO ÚNICO
ARTÍCULO 44. Con el propósito de evitar la materialización de irregularidades, el Instituto de Fiscalización Superior revisará y fiscalizará el ejercicio de los recursos públicos en tiempo real del ejercicio fiscal en curso, respecto de las entidades fiscalizadas que, como resultado de la fiscalización de la cuenta pública del ejercicio inmediato anterior, hayan resultado con dictamen negativo. ARTÍCULO 45. Para los efectos de la revisión y fiscalización en tiempo real del ejercicio fiscal en curso, el Instituto de Fiscalización Superior implementará los sistemas que resulten necesarios. EN EL MES REPORTADO NO SE LLEVARON A CABO AUDITORIAS. " "Éste sujeto obligado sí está facultado para generar la información. DE LA REVISIÓN Y FISCALIZACIÓN EN TIEMPO REAL DEL EJERCICIO FISCAL EN CURSO CAPÍTULO ÚNICO
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ARTÍCULO 44. Con el propósito de evitar la materialización de irregularidades, el Instituto de Fiscalización Superior revisará y fiscalizará el ejercicio de los recursos públicos en tiempo real del ejercicio fiscal en curso, respecto de las entidades fiscalizadas que, como resultado de la fiscalización de la cuenta pública del ejercicio inmediato anterior, hayan resultado con dictamen negativo. ARTÍCULO 45. Para los efectos de la revisión y fiscalización en tiempo real del ejercicio fiscal en curso, el Instituto de Fiscalización Superior implementará los sistemas que resulten necesarios. EN EL MES REPORTADO NO SE LLEVARON A CABO AUDITORIAS. " "Éste sujeto obligado sí está facultado para generar la información. DE LA REVISIÓN Y FISCALIZACIÓN EN TIEMPO REAL DEL EJERCICIO FISCAL EN CURSO CAPÍTULO ÚNICO
ARTÍCULO 44. Con el propósito de evitar la materialización de irregularidades, el Instituto de Fiscalización Superior revisará y fiscalizará el ejercicio de los recursos públicos en tiempo real del ejercicio fiscal en curso, respecto de las entidades fiscalizadas que, como resultado de la fiscalización de la cuenta pública del ejercicio inmediato anterior, hayan resultado con dictamen negativo. ARTÍCULO 45. Para los efectos de la revisión y fiscalización en tiempo real del ejercicio fiscal en curso, el Instituto de Fiscalización Superior implementará los sistemas que resulten necesarios. EN EL MES REPORTADO NO SE LLEVARON A CABO AUDITORIAS. " Hombre 0 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2024.nsf/nombre_de_la_vista/9794D05BC5807D9E06258AF400710D72/$File/HIPERVINCULO+6.docx 0 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2024.nsf/nombre_de_la_vista/9794D05BC5807D9E06258AF400710D72/$File/HIPERVINCULO+6.docx CONTRALORIA 03/05/2024 03/04/2024 |
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