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Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí | |
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Sujeto Obligado | | huehuetlan slp |
| | Huehuetlan | | | |
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Periodo | |
03 Marzo | | 2024 |
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Obligación | | Adicionalmente, en el caso de los municipios: |
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Obligación específica. | | | | | |
| | El contenido de las gacetas municipales, las cuales deberán comprender los resolutivos y acuerdos aprobados por los ayuntamientos. |
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A ) Artículo | | 85 | | | |
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B ) Fracción | | II | | | |
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C ) Inciso | | B2 | | | |
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Registro general |
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| | Para Consultar el documento | | | |
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Acceso directo: LTAIPSLP85IIB2.xlsx |
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Hipervinculo | | | | | |
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2024.nsf/nombre_de_la_vista/3E8017794B4A701E06258AF600737394/$File/LTAIPSLP85IIB2.xlsx |
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Visor de Datos abiertos | | Datos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08 |
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TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Hipervínculo a las gacetas municipales LTAIPSLP85IIB2 Los sujetos obligados que no generan gacetas municipales publicarán un mensaje e hipervínculo al sujeto obligado que esté a cargo de publicar esta información
Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Mensaje Hipervínculo al portal de transparencia del sujeto obligado que hayan referido Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de Actualización Nota
2024 01/03/2024 31/03/2024 "HUEHUETLÁN, SAN LUIS POTOSÍ REGLAMENTO DE LA GACETA MUNICIPAL /ESTRADOS DEL MUNICIPIO DE HUEHUETLÁN, SAN LUIS POTOSÍ EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Ley Orgánica del Municipio Libre en su artículo 29 estipula que Los reglamentos, bandos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general que expidan los Ayuntamientos dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia, que deriven de la presente Ley y de las demás en materia municipal que de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Constitución del Estado expida el Congreso Local, complementarán en lo conducente las disposiciones de las mismas y asegurarán en cuanto corresponda, la participación ciudadana y vecinal. El artículo 30 de la Ley Orgánica en su fracción IV. Establece que las normas expedidas por los Ayuntamientos que sean de observancia general, serán obligatorias a partir de su publicación, salvo disposición en contrario, la que deberá hacerse en el Periódico Oficial del Estado, así como en lugares públicos y visibles de la cabecera municipal y en su caso delegaciones, lo que certificará el Secretario del Ayuntamiento. En consecuencia, en el artículo 31 de la citada Ley en Materia Normativa en su fracción I. dispone que es facultad del Ayuntamiento expedir y publicar bandos de policía y gobierno, reglamentos, circulares y demás disposiciones municipales conforme al procedimiento que establece la presente Ley; en virtud de lo anterior se tiene a bien emitir el Reglamento de la Gaceta Municipal/estrados del Municipio de Huehuetlán, S.L.P. Se establece un glosario con las definiciones pertinentes a fin de que haya claridad a los conceptos regulados en el presente reglamento. REGLAMENTO DE LA GACETA MUNICIPAL /ESTRADOS DEL MUNICIPIO DE HUEHUETLÁN, SAN LUIS POTOSÍ CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1º El presente reglamento es de orden público e interés social el cual tiene por objeto establecer las normas con las cuales debe regirse la elaboración y publicación de la Gaceta Municipal/Estrados del Ayuntamiento de Huehuetlán, S.L.P. ARTICULO 2º. Para los efectos de este reglamento se entenderá por: AYUNTAMIENTO: Es un órgano de gobierno colegiado electo por representación popular, conformado por un presidente, un regidor de mayoría relativa, cinco regidores de representación proporcional y un síndico municipal, cuya integración y funciones se rigen de acuerdo a lo establecido en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí y la Ley Orgánica del Municipio Libre de San Luis Potosí. BANDO: El Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Huehuetlán, S.L.P., es la normativa que rige al Municipio, sus disposiciones son de orden público e interés social y tiene por objeto establecer las bases para la actuación de las autoridades municipales, así como fijar criterios y demás disposiciones normativas en el municipio de Huehuetlán, S.L.P., establecer las normas reglamentarias de su gobierno y de la Administración Pública, así como imponer sanciones a quienes las violen, de acuerdo a las leyes federales, estatales y municipales vigentes. DOCUMENTOS DE NATURALEZA INTERNA: Relativo a las circulares, oficios, memorándum, comunicados oficiales o cualquier otro documento con estas características. DOCUMENTOS DE CARÁCTER GENERAL: Los decretos, reglamentos, acuerdos administrativos, bando, bases normativas y cualquier otro de observancia general. GACETA MUNICIPAL/ ESTRADO: Órgano de difusión oficial de publicación del Ayuntamiento de Huehuetlán, S.L.P., de carácter permanente e interés público, cuyo objetivo es hacer del conocimiento de la ciudadanía, oficios, circulares, bando de policía y gobierno, reglamentos, comunicados oficiales y demás disposiciones administrativas de observancia general emitidas por el Ayuntamiento de Huehuetlán, S.L.P., por el Presidente Municipal o por cualquier autoridad u organismo auxiliar municipal facultado. ARTICULO 3º. Será facultad de la Secretaría General del Ayuntamiento la publicación en la Gaceta Municipal/Estrados de los documentos de carácter General expedidos por el Ayuntamiento, así como los documentos de Naturaleza Interna emitidos por el Presidente Municipal o cualquier otra autoridad facultada, lo anterior para su difusión y vigencia. ARTICULO 4º. Corresponde a la Secretaría General: I. La operación, control y vigilancia de las publicaciones efectuadas en la Gaceta Municipal/Estrados. II. Realizar las publicaciones de manera oportuna en la Gaceta Municipal/Estrados de los documentos de Naturaleza Interna y de carácter General que sean remitidos para su difusión. III. Conservar, Organizar y archivar las publicaciones. IV. Notificar al Presidente Municipal cuando haya la necesidad de corregir errores o haya necesidad de realizar la fe de erratas en los textos publicados. V. Las demás disposiciones que señalen los reglamentos municipales. CAPÍTULO SEGUNDO DEL CONTENIDO Y PERIODICIDAD DE LA GACETA MUNICIPAL/ESTRADOS ARTICULO 5º. Se publicará en la Gaceta Municipal/Estrados lo siguiente: I. Los reglamentos municipales, disposiciones generales y administrativas de observancia general expedidas por el Ayuntamiento. II. Los acuerdos, resolutivos, documentos de naturaleza interna o circulares de interés general emitidos por el Ayuntamiento o autoridad facultada para ello. III. Documentos de interés publico
IV. Las convocatorias para la celebración de consultas a la ciudadanía
V. Aquellos que por su importancia lo determine el Presidente Municipal o el Ayuntamiento. ARTICULO 6º. La conformación de la Gaceta Municipal/Estrados deberá contener los siguientes datos: I. El Escudo Municipal; II. El nombre de “Gaceta Municipal/Estrados del H. Ayuntamiento del Municipio de Huehuetlán, S.L.P.”, con el agregado del periodo para el que fue electo; III. Lugar y fecha de publicación; IV. Sumario de contenido; V. La numeración consecutiva de los acuerdos y resolutivos, la cual deberá iniciar en cada periodo de administración pública del Ayuntamiento Municipal a partir del número (1), y VI. El acto o documento que sea materia de publicación. Todo documento se publicará respaldado con la firma del responsable de la publicación, visto bueno del Secretario General y la autorización del Presidente Municipal o en su caso la palabra Rúbrica, lo que será suficiente para la validez jurídica del documento. ARTICULO 7º. Los documentos deberán ser presentados para su publicación ordinaria los primeros 10 días de cada bimestre en la Secretaria General. En ediciones extraordinarias pueden ser presentados en cualquier momento para su publicación. ARTICULO 8º. En caso de errores de impresión o por errores en el texto de los documentos publicados, se procede a la inserción de la fe de erratas. CAPÍTULO TERCERO DE LA DISTRIBUCIÓN Y DIFUSIÓN DE LAS PUBLICACIONES ARTICULO 9º. La Gaceta Municipal/Estrados se distribuirá a los integrantes del ayuntamiento y a las áreas de la administración municipal. ARTICULO 10º. La Gaceta Municipal/Estrados deberá publicarse en la página oficial del Ayuntamiento, solo para efectos informativos. TRANSITORIOS PRIMERO. El presente Reglamento entrara en vigor a partir del día de su aprobación en cabildo y de su difusión en la Gaceta Municipal/Estrados. Dado en Sala de Cabildo de Huehuetlán, San Luis Potosí a 28 de Mayo del Dos mil diecinueve. ATENTAMENTE: JOSE ANTONIO OLIVARES MORALES
PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL
(RUBRICA) LIC. CARLO VINICIO ROSA MARQUEZ
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO
(RUBRICA)" http://www.huehuetlan-slp.gob.mx/2021-2024/index.php/gacetas-2021-2022 Secretaría General 05/04/2024 05/04/2024 Información general publicada para toda la ciudadanía. |
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